Japón / Casos nacionales
Chieko-shō / 智惠子抄 — autoría editorial
Casos nacionales. La inclusión en esta ficha no convierte una referencia extranjera en una decisión nacional. Se conserva el estado y el alcance de la fuente.
Expediente y fuentes
- Nombre
- Chieko-shō / 智惠子抄 — autoría editorial
- Cita
- 平成4(オ)797
- Tribunal
- 最高裁判所第三小法廷 — Tribunal Supremo, Tercera Sala
- Instancia
- tribunal nacional
- Fechas
- Decisión
- 1993-03-30
- Verificación documentada
- 2026-08-31
- Estado
- resuelto-tribunal-supremo
- Resultado
- Recurso rechazado; costas de casación a cargo de recurrentes. Se confirma juicio favorable a la titularidad editorial transmitida desde Takamura, sin otorgar al editor proponente autoría.
- Resumen
- Las decisiones expresivas decisivas fueron del poeta. La participación de D no superó planificación o concepción; no le correspondió el derecho de autor editorial reclamado.
- Antecedentes
- El volumen reunía poemas, tanka y prosa de Kōtarō Takamura sobre Chieko, con su autorización durante su vida. D, editor cuya sucesión reclamaba derecho editorial, propuso el volumen y una primera lista. El poeta revisó cuidadosamente la selección a partir de todos sus textos sobre Chieko, fijó el título y modificó la disposición: el plan usaba orden de publicaciones anteriores y revistas; el volumen final siguió principalmente cronología de creación. D sugirió algunas adiciones, pero aceptó íntegramente correcciones, aumentos y supresiones del poeta.
- Historia procesal
- Demanda y reconvención sobre cancelación de registro de derecho de autor y otras pretensiones. El Tribunal Superior de Tokio resolvió el21ene1992, expediente昭和63(ネ)4174. La sucesión del editor recurrió; el Supremo rechazó el recurso30mar1993. La ficha oficial cita集民168,599 y antiguo art.14 de la ley1899 junto al art.12 vigente. No se reconstruye una primera instancia no recuperada.
- Cuestión jurídica
- Determinar si proponer y organizar inicialmente una antología permite atribuir autoría editorial cuando el autor de los textos decide la selección, orden y título definitivos.
- Criterio
- Las decisiones expresivas decisivas fueron del poeta. La participación de D no superó planificación o concepción; no le correspondió el derecho de autor editorial reclamado.
- Fundamento decisivo
- En una colección de obras del poeta publicada vivo y con su autorización, su propia intervención editorial se presume salvo circunstancias especiales. La prueba confirmó esa intervención: selección cuidadosa, orden final y título. La propuesta ajena y la obediencia a decisiones del poeta no bastaron para crear autoría editorial. La sucesión del poeta adquirió el derecho por herencia.
- Límites
- Fallo humano sobre una antología concreta y marco histórico de1899; no decide protección de prompts, número de intentos o imagen generada por modelo. Su uso en GenAI es analogía expresamente adoptada por guía no vinculante. No excluye toda selección creativa ni toda coautoría editorial.
- Relevancia
- autoria-asistida
- Referencias relacionadas
- Peso del precedente
- Tribunal Supremo; decisión final en este proceso, valor interpretativo nacional elevado. No se afirma equivalencia automática con stare decisis anglosajón. Integración/votación: 坂上壽夫 (presidente), 貞家克己, 園部逸夫, 佐藤庄市郎, 可部恒雄. Unanimidad expresamente declarada: 裁判官全員一致.
- Fuente
- Referencia
- Chieko-shō / 智惠子抄 — autoría editorial
- Enlace
- Consultar fuente
- Autoridad
- 最高裁判所第三小法廷 — Tribunal Supremo, Tercera Sala
- Tipo
- sentencia íntegra oficial
- Tipo de evidencia
- primary_full_judgment
- Método de comprobación
- Sentencia íntegra oficial y ficha de identidad judicial leídas; se separan alegaciones, hechos y dispositivo. Guía2024 nota51 cotejada.
- Fecha de comprobación
- 2026-08-31
- Localizador
- PDF2p íntegro: motivos y dispositivo; ficha oficial73149 para fecha, expediente, tribunal inferior y cita. Guía2024p39n51.
- Verificación documentada
- Sí