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Derecho de autor e inteligencia artificial en Marruecos

Marruecos: parcial. La Ley 2-00 exige autor persona física y creación intelectual original; no contiene ficción de obra generada por computadora. El output autónomo no tiene vía verificada de copyright. Un resultado asistido sólo protege expresión humana original, identificable y trazable. Obra colectiva, audiovisual, productor fonográfico y fijación son capas separadas. BMDAV administra declaraciones/repertorios como gestión colectiva, no grants constitutivos.

Investigación abierta. Corte general del Atlas: 31 de agosto de 2026. Cobertura no significa revisión completa ni vigencia certificada.

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Marco y alcance

Output autónomo: los arts. 1(1), 2 y 3 conectan obra, creación original y una persona física que creó la expresión. Si el modelo determinó las palabras, trazos, composición, melodía, voz, actuación o secuencia final sin elecciones expresivas humanas trazables, no se identifica autor estatutario. Novedad, belleza, utilidad, coste, publicación o éxito no sustituyen ese gate. No existe una ficción marroquí de computer-generated work o necessary arrangements en la Ley 2-00 consolidada ni en el texto parlamentario oficial de 013.26. Usuario, programador, propietario, operador, prompter, financiador, comitente o productor no reciben autoría por su rol. La conclusión sobre la redacción promulgada de 013.26 queda condicionada al cotejo del BO 7533 primario. Prompt e iteración: un prompt suficientemente original puede ser obra textual separada. Repetir prompts, ajustar temperatura/seed/parámetros, seleccionar un candidato o pagar el servicio prueba proceso y esfuerzo, no que la persona haya creado cada rasgo final. El art. 8 excluye ideas, métodos, sistemas y conceptos; no se retiene precedente judicial nacional primario para un umbral adicional. Obra asistida: texto, dibujo, fotografía, música, actuación, código, guion, dirección, encuadre, composición, secuencia, montaje, máscaras, inpainting, retoque o reescritura humanos pueden protegerse si son originales, perceptibles y se conectan a una persona. La matriz debe excluir del alcance los componentes que el modelo eligió autónomamente. Transformación y colección: el art. 5 puede proteger una adaptación humana o la elección/coordinación/arreglo original de outputs. Es un derecho sobre esa contribución o estructura, no sobre cada output ni sobre ideas/datos incorporados. Una selección trivial o puramente funcional no basta. Obra colectiva: el art. 1(3) exige creación por varios autores y el art. 33 atribuye primera titularidad a la persona bajo cuya iniciativa/responsabilidad se creó y publicó. Como autor significa persona física, esta regla distribuye derechos sobre contribuciones humanas fusionadas; no convierte a la empresa en autora de expresión generada autónomamente. Empleo y contratos: el art. 35 transfiere derechos patrimoniales del autor empleado dentro del ámbito usual. Cesión, encargo, términos de plataforma o contrato de producción sólo mueven derechos que existen; no crean originalidad ni autor humano ausente. Audiovisual: el art. 36 reconoce coautores humanos como director, guionista y compositor y normalmente transfiere sus derechos al productor. Un film híbrido puede proteger guion, dirección, actuación y montaje humanos aunque ciertos planos sintéticos carezcan de autor. La empresa productora no recibe por ello autoría del residuo generado. Fonograma/fijación: el productor puede ser persona física o jurídica y la definición abarca otros sonidos o representaciones de sonidos, lo que permite argumentar un derecho conexo en la primera fijación de audio sintético. Esta capa protege la fijación y sus actos de reproducción/distribución/comunicación; no convierte al productor en autor de música, letra o voz. No se localizó caso marroquí 100 % sintético. Intérprete: el art. 1(23) enumera personas que actúan, cantan, tocan o ejecutan. Una voz o avatar puramente sintéticos no son intérprete sin una actuación humana identificable. Si una persona actuó y la IA modificó su señal, deben separarse actuación, fijación, transformación, fonograma y expresión final. Fijación: el art. 2 hace innecesaria la fijación para que nazca copyright de autor, mientras los arts. 1(26)-(27) y 51 la vuelven central para derechos conexos del productor. Poseer o fijar un archivo no suple autoría humana. BMDAV: una declaración puede ayudar a identificar reclamante, obra, fecha, porcentajes o repertorio, y el art. 38 ofrece una presunción procesal rebatible cuando un nombre aparece habitualmente. Ni la declaración ni la presunción son examen de originalidad o grant. La regla de subsistencia aplicable es el art. 2; no se retiene sentencia primaria que altere esa regla. 013.26 y dominio público: el texto parlamentario y referencias contemporáneas describen autorización BMDAV para explotación comercial de obras cuyo plazo expiró. Si el BO promulgado coincide, es una carga/licencia de uso y recaudación que no restaura autoría privada ni concede copyright nuevo; falta archivar el BO 7533 primario antes de tratarlo como regla final. Prueba recomendada: conservar output y hash, modelo/versión, términos, prompts, parámetros, seed, candidatos, fechas, bocetos, inputs propios, permisos, capas, máscaras, pistas, archivos fuente, historial de edición, commits, decisiones de montaje/selección, identidad/rol de cada persona, contrato y primera fijación. Construir una tabla persona-acto-elemento-archivo-versión-fuente. Defensas y objeciones: falta de autor persona física; ausencia de originalidad; idea/concepto/estilo; aporte sólo técnico, organizativo o financiero; selección trivial; contrato sin obra subyacente; presunción o declaración rebatida por historial; derechos de terceros en inputs; falta de disclosure de IA; y confusión entre copyright, obra colectiva, audiovisual, intérprete, fonograma, fijación, repertorio, licencia BMDAV, depósito, OMPIC o dominio público.

Limitaciones documentadas

No se localizó sentencia marroquí ni decisión administrativa motivada que establezca un umbral GenAI para prompting, iteración, selección, edición, inpainting, montaje o disclosure. BMDAV no ofrece índice público completo de declaraciones, observaciones, rechazos, recursos o certificados; pueden existir expedientes manuales, internos, privados o sin revelación de IA. No se retuvo criterio judicial nacional completo. Las pistas 508/1 y 4948 sólo constan en una base privada/no publicada y no tienen copia judicial primaria descargada; 531/1 y 2916 se conservan sólo como reportes privados en el paquete, tampoco como criterios. No se localizó aplicación nacional de los derechos de productor fonográfico o de intérprete a audio, voz, avatar o performance íntegramente sintéticos. No se obtuvo del BMDAV el reglamento interior completo con criterios internos de afiliación/declaración ni respuesta oficial sobre si verifica originalidad o autoría humana. El portal público de sentencias sufrió limitaciones de disponibilidad/indexación; decisiones con título neutral, anonimizadas, en papel o sin OCR pueden escapar. No se archivó copia primaria del BO n° 7533: la URL SGG árabe devolvió timeout y la francesa no fue accesible. El texto parlamentario aprobado y una nota BMDAV son corroboración, no sustituto del BO para la vigencia o redacción final de 013.26. Sin un output concreto no puede cuantificarse la expresión humana final ni resolverse contratos, terceros, obra colectiva/audiovisual, empleo, primera fijación o alcance exacto del activo.

Registro y actos documentados

Estado
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Resumen
BMDAV recibe afiliaciones y declaraciones para identificar obras/titulares y gestionar explotación, licencias y regalías. Es una CMO pública, no un registro constitutivo ni un examen publicado de originalidad/autoría. OMPIC registra propiedad industrial y comercio, no obras. Al corte: 0 grants y 0 denials GenAI individuales verificados, con límite negativo expreso.
Actos documentados

    Casos nacionales

    No hay entradas en esta colección del Atlas. Esto no demuestra que no existan casos.

    Procedimientos conocidos

    No hay entradas en esta colección del Atlas. Esto no demuestra que no existan casos.

    Autoridades reportadas

    No hay entradas en esta colección del Atlas. Esto no demuestra que no existan casos.

    Referencias extranjeras comparadas

    No hay entradas en esta colección del Atlas. Esto no demuestra que no existan casos.

    Referencias de contexto

    No hay entradas en esta colección del Atlas. Esto no demuestra que no existan casos.

    Doctrina supranacional

    No hay entradas en esta colección del Atlas. Esto no demuestra que no existan casos.

    Fuentes de la ficha

    Alcance de la confianza documental

    Alta para la Ley 2-00 consolidada hasta 66-19, autor-persona-física, creación intelectual original, protección desde la creación aun sin fijación y naturaleza de gestión colectiva del BMDAV; alta para excluir OMPIC, depósito legal, ISBN y licencias de explotación como grants de copyright; media-alta para excluir el output autónomo por la lectura conjunta de los arts. 1, 2, 3 y 8; condicionada para la vigencia y texto ejecutable de 013.26 mientras no se archive el BO 7533 primario; media para prompt, iteración, selección, inpainting y edición por falta de precedente nacional primario; media para productor sobre sonidos íntegramente sintéticos porque el texto es amplio pero no se localizó aplicación nacional.

    Búsquedas y límites de los resultados sin casos

    verified absence
    No
    vocabularies
      Nota
      La ausencia todavía debe enlazarse con el ledger de búsquedas de esta jurisdicción.