Alemania / Casos nacionales
Letra humana en canción producida con SunoAI
Casos nacionales. La inclusión en esta ficha no convierte una referencia extranjera en una decisión nacional. Se conserva el estado y el alcance de la fuente.
Expediente y fuentes
- additional sources
- Referencia
- BGH USM Haller II — publicación oficial BMJV
- Enlace
- Consultar fuente
- Autoridad
- Bundesgerichtshof / BMJV
- Tipo
- sentencia nacional
- Localizador
- Rn.1–74, tenor y panel
- Verificación documentada
- Sí
- Historia del resultado
- Fecha
- 2025-10-16
- Actuación
- Publicación de Y/Y–Extended
- Nota
- Antecedente relatado en la fuente; no implica expediente independiente íntegro.
- Fuente
- Enlace
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- Autoridad
- Landgericht Frankfurt am Main, 6. Zivilkammer
- Localizador
- Publicación oficial completa: Tatbestand, Entscheidungsgründe I–III; II.1.a–d, II.5–6; nota de apelabilidad.
- Verificación documentada
- Sí
- Fecha
- 2025-11-14
- Actuación
- Solicitud y primera declaración jurada
- Nota
- Antecedente relatado en la fuente; no implica expediente independiente íntegro.
- Fuente
- Enlace
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- Autoridad
- Landgericht Frankfurt am Main, 6. Zivilkammer
- Localizador
- Publicación oficial completa: Tatbestand, Entscheidungsgründe I–III; II.1.a–d, II.5–6; nota de apelabilidad.
- Verificación documentada
- Sí
- Fecha
- 2025-11-24
- Actuación
- Auto cautelar
- Nota
- Antecedente relatado en la fuente; no implica expediente independiente íntegro.
- Fuente
- Enlace
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- Autoridad
- Landgericht Frankfurt am Main, 6. Zivilkammer
- Localizador
- Publicación oficial completa: Tatbestand, Entscheidungsgründe I–III; II.1.a–d, II.5–6; nota de apelabilidad.
- Verificación documentada
- Sí
- Fecha
- 2025-12-08
- Actuación
- Segunda declaración jurada
- Nota
- Antecedente relatado en la fuente; no implica expediente independiente íntegro.
- Fuente
- Enlace
- Consultar fuente
- Autoridad
- Landgericht Frankfurt am Main, 6. Zivilkammer
- Localizador
- Publicación oficial completa: Tatbestand, Entscheidungsgründe I–III; II.1.a–d, II.5–6; nota de apelabilidad.
- Verificación documentada
- Sí
- Fecha
- 2025-12-17
- Actuación
- Sentencia sobre oposición
- Nota
- Fecha de decisión verificada.
- Fuente
- Enlace
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- Autoridad
- Landgericht Frankfurt am Main, 6. Zivilkammer
- Localizador
- Publicación oficial completa: Tatbestand, Entscheidungsgründe I–III; II.1.a–d, II.5–6; nota de apelabilidad.
- Verificación documentada
- Sí
- Nombre
- Letra humana en canción producida con SunoAI
- Cita
- LG Frankfurt am Main, 2-06 O 401/25; ECLI:DE:LGFFM:2025:1217.2.06O401.25.00
- Tribunal
- Landgericht Frankfurt am Main, 6. Zivilkammer
- Instancia
- primera instancia
- Fechas
- Decisión
- 2025-12-17
- Estado
- cautelar-apelable
- Resultado
- Confirmación de la prohibición de reproducción, distribución, puesta a disposición, adaptación y promoción en el alcance del auto, e información de origen/canales conforme a §101(7) UrhG. La información sobre beneficios ya había sido denegada en la fase inicial. No se liquidaron daños. Costas adicionales a demandada y las propias de intervención a la interviniente; EUR29.750 es cuantía de la oposición.
- Resumen
- Se confirmó la tutela cautelar de la letra humana; la cuestión de si la música es a su vez obra protegida quedó expresamente fuera de la decisión necesaria.
- Antecedentes
- Una autora afirmó haber escrito en abril de 2025 la letra original de «X», entregada al productor P, quien utilizó SunoAI al menos para la música y trabajó con ella en versiones posteriores. El distribuidor demandado publicó «Y» y «Y–Extended» el 2025-10-16. La autora reclamó la letra humana reconocible en esas versiones, no exclusividad sobre toda la grabación ni sobre la música. La defensa sostuvo que también la letra era IA y presentó informes de un experto.
- Historia procesal
- Solicitud cautelar del 2025-11-14 y medida concedida el 2025-11-24. Tras oposición del distribuidor y de la interviniente, la sentencia del 2025-12-17 confirmó la medida. La publicación oficial dice expresamente que es apelable. Un reporte profesional de junio de 2026 menciona apelación pendiente, pero no se verificó su expediente ni una resolución superior; se conserva sólo como pista.
- Cuestión jurídica
- Determinar si la autoría de la letra original quedó suficientemente acreditada bajo §294 ZPO y si su expresión protegida subsiste en versiones posteriores con IA.
- Criterio
- Se confirmó la tutela cautelar de la letra humana; la cuestión de si la música es a su vez obra protegida quedó expresamente fuera de la decisión necesaria.
- Fundamento decisivo
- Ante indicios concretos de generación IA, la reclamante debe detallar el proceso y los elementos humanos. En sede cautelar, declaraciones juradas coherentes y circunstancias del caso pueden satisfacer la verosimilitud. Una modificación posterior con IA no extingue derechos sobre expresión humana anterior que siga siendo reconocible.
- Límites
- No registro estatal, no reconocimiento de autoría a Suno, no protección declarada de música autónoma, ni declaración de que toda declaración jurada vence cualquier pericial. La anotación GEMA «Freie Verteilung» no es concesión registral. Las fechas de abril/julio parcialmente anonimizadas se conservan con precisión mensual, sin inventar día. Actualización al corte: BGH USM Haller II (2026-07-02), Rn.61–67, abandona la comparación obligatoria de impresiones globales y distingue protección normativa de reconocibilidad fáctica. No se afirma revocado este fallo.
- Relevancia
- autoría-asistida
- Referencias relacionadas
- Peso del precedente
- Resolución cautelar de primera instancia, con estándar de prueba rebajado y susceptible de apelación. Integración/votación: 6. Zivilkammer del LG Frankfurt; nombres de integrantes no publicados en el texto consultado. No se publican votos separados; no se afirma unanimidad.
- Fuente
- Referencia
- Letra humana en canción producida con SunoAI
- Enlace
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- Autoridad
- Landgericht Frankfurt am Main, 6. Zivilkammer
- Tipo
- autoria-asistida
- Tipo de evidencia
- primary_judgment_text
- Fecha de comprobación
- 2026-08-31
- Localizador
- Publicación oficial completa: Tatbestand, Entscheidungsgründe I–III; II.1.a–d, II.5–6; nota de apelabilidad.
- Verificación documentada
- Sí