Alemania / Casos nacionales

Letra humana en canción producida con SunoAI

Casos nacionales. La inclusión en esta ficha no convierte una referencia extranjera en una decisión nacional. Se conserva el estado y el alcance de la fuente.

Expediente y fuentes

additional sources
  • Referencia
    BGH USM Haller II — publicación oficial BMJV
    Enlace
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    Autoridad
    Bundesgerichtshof / BMJV
    Tipo
    sentencia nacional
    Localizador
    Rn.1–74, tenor y panel
    Verificación documentada
Historia del resultado
  • Fecha
    2025-10-16
    Actuación
    Publicación de Y/Y–Extended
    Nota
    Antecedente relatado en la fuente; no implica expediente independiente íntegro.
    Fuente
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    Autoridad
    Landgericht Frankfurt am Main, 6. Zivilkammer
    Localizador
    Publicación oficial completa: Tatbestand, Entscheidungsgründe I–III; II.1.a–d, II.5–6; nota de apelabilidad.
    Verificación documentada
  • Fecha
    2025-11-14
    Actuación
    Solicitud y primera declaración jurada
    Nota
    Antecedente relatado en la fuente; no implica expediente independiente íntegro.
    Fuente
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    Autoridad
    Landgericht Frankfurt am Main, 6. Zivilkammer
    Localizador
    Publicación oficial completa: Tatbestand, Entscheidungsgründe I–III; II.1.a–d, II.5–6; nota de apelabilidad.
    Verificación documentada
  • Fecha
    2025-11-24
    Actuación
    Auto cautelar
    Nota
    Antecedente relatado en la fuente; no implica expediente independiente íntegro.
    Fuente
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    Autoridad
    Landgericht Frankfurt am Main, 6. Zivilkammer
    Localizador
    Publicación oficial completa: Tatbestand, Entscheidungsgründe I–III; II.1.a–d, II.5–6; nota de apelabilidad.
    Verificación documentada
  • Fecha
    2025-12-08
    Actuación
    Segunda declaración jurada
    Nota
    Antecedente relatado en la fuente; no implica expediente independiente íntegro.
    Fuente
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    Autoridad
    Landgericht Frankfurt am Main, 6. Zivilkammer
    Localizador
    Publicación oficial completa: Tatbestand, Entscheidungsgründe I–III; II.1.a–d, II.5–6; nota de apelabilidad.
    Verificación documentada
  • Fecha
    2025-12-17
    Actuación
    Sentencia sobre oposición
    Nota
    Fecha de decisión verificada.
    Fuente
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    Autoridad
    Landgericht Frankfurt am Main, 6. Zivilkammer
    Localizador
    Publicación oficial completa: Tatbestand, Entscheidungsgründe I–III; II.1.a–d, II.5–6; nota de apelabilidad.
    Verificación documentada
Nombre
Letra humana en canción producida con SunoAI
Cita
LG Frankfurt am Main, 2-06 O 401/25; ECLI:DE:LGFFM:2025:1217.2.06O401.25.00
Tribunal
Landgericht Frankfurt am Main, 6. Zivilkammer
Instancia
primera instancia
Fechas
Decisión
2025-12-17
Estado
cautelar-apelable
Resultado
Confirmación de la prohibición de reproducción, distribución, puesta a disposición, adaptación y promoción en el alcance del auto, e información de origen/canales conforme a §101(7) UrhG. La información sobre beneficios ya había sido denegada en la fase inicial. No se liquidaron daños. Costas adicionales a demandada y las propias de intervención a la interviniente; EUR29.750 es cuantía de la oposición.
Resumen
Se confirmó la tutela cautelar de la letra humana; la cuestión de si la música es a su vez obra protegida quedó expresamente fuera de la decisión necesaria.
Antecedentes
Una autora afirmó haber escrito en abril de 2025 la letra original de «X», entregada al productor P, quien utilizó SunoAI al menos para la música y trabajó con ella en versiones posteriores. El distribuidor demandado publicó «Y» y «Y–Extended» el 2025-10-16. La autora reclamó la letra humana reconocible en esas versiones, no exclusividad sobre toda la grabación ni sobre la música. La defensa sostuvo que también la letra era IA y presentó informes de un experto.
Historia procesal
Solicitud cautelar del 2025-11-14 y medida concedida el 2025-11-24. Tras oposición del distribuidor y de la interviniente, la sentencia del 2025-12-17 confirmó la medida. La publicación oficial dice expresamente que es apelable. Un reporte profesional de junio de 2026 menciona apelación pendiente, pero no se verificó su expediente ni una resolución superior; se conserva sólo como pista.
Cuestión jurídica
Determinar si la autoría de la letra original quedó suficientemente acreditada bajo §294 ZPO y si su expresión protegida subsiste en versiones posteriores con IA.
Criterio
Se confirmó la tutela cautelar de la letra humana; la cuestión de si la música es a su vez obra protegida quedó expresamente fuera de la decisión necesaria.
Fundamento decisivo
Ante indicios concretos de generación IA, la reclamante debe detallar el proceso y los elementos humanos. En sede cautelar, declaraciones juradas coherentes y circunstancias del caso pueden satisfacer la verosimilitud. Una modificación posterior con IA no extingue derechos sobre expresión humana anterior que siga siendo reconocible.
Límites
No registro estatal, no reconocimiento de autoría a Suno, no protección declarada de música autónoma, ni declaración de que toda declaración jurada vence cualquier pericial. La anotación GEMA «Freie Verteilung» no es concesión registral. Las fechas de abril/julio parcialmente anonimizadas se conservan con precisión mensual, sin inventar día. Actualización al corte: BGH USM Haller II (2026-07-02), Rn.61–67, abandona la comparación obligatoria de impresiones globales y distingue protección normativa de reconocibilidad fáctica. No se afirma revocado este fallo.
Relevancia
autoría-asistida
Referencias relacionadas
    Peso del precedente
    Resolución cautelar de primera instancia, con estándar de prueba rebajado y susceptible de apelación. Integración/votación: 6. Zivilkammer del LG Frankfurt; nombres de integrantes no publicados en el texto consultado. No se publican votos separados; no se afirma unanimidad.
    Fuente
    Referencia
    Letra humana en canción producida con SunoAI
    Enlace
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    Autoridad
    Landgericht Frankfurt am Main, 6. Zivilkammer
    Tipo
    autoria-asistida
    Tipo de evidencia
    primary_judgment_text
    Fecha de comprobación
    2026-08-31
    Localizador
    Publicación oficial completa: Tatbestand, Entscheidungsgründe I–III; II.1.a–d, II.5–6; nota de apelabilidad.
    Verificación documentada
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