Argentina / Casos nacionales
Lotería Nacional S.E. — denuncia por uso de slogan
Casos nacionales. La inclusión en esta ficha no convierte una referencia extranjera en una decisión nacional. Se conserva el estado y el alcance de la fuente.
Expediente y fuentes
- Nombre
- Lotería Nacional S.E. — denuncia por uso de slogan
- Cita
- Causa 13.392/08
- Tribunal
- Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal n.º 8, Secretaría n.º 16
- Instancia
- Juzgado federal penal de primera instancia
- Fechas
- Decisión
- 2010-11-03
- Estado
- resolved-first-instance-archived
- Resultado
- Archivo de las actuaciones; no se dictó orden administrativa autónoma de cancelación del asiento.
- Resumen
- Concluyó que el slogan carecía de originalidad personal, afirmó que no debió registrarse y archivó por inexistencia de delito.
- Antecedentes
- La denuncia presentada el 23 de abril de 2008 sostuvo uso no autorizado de un slogan depositado ante DNDA el 21 de julio de 2004 y renovado el 19 de julio de 2007. Se invocó el tipo penal de Ley 11.723.
- Historia procesal
- El juzgado reunió constancias del depósito y analizó si el slogan era obra protegible antes de decidir la continuidad penal.
- Cuestión jurídica
- Si un slogan registrado poseía expresión personal y original suficiente para constituir bien jurídico tutelado penalmente.
- Criterio
- Concluyó que el slogan carecía de originalidad personal, afirmó que no debió registrarse y archivó por inexistencia de delito.
- Fundamento decisivo
- El depósito o registro formal de un slogan no sustituye la existencia de expresión personal original; si el objeto carece de ese requisito, no hay bien jurídico autoral cuya lesión pueda sostener la persecución penal.
- Límites
- Primera instancia, no vinculante y no IA. No invalida por sí el registro ni transforma toda inscripción en irrelevante.
- Relevancia
- doctrina-general
- Referencias relacionadas
- Peso del precedente
- Persuasivo federal de primera instancia; valor principal como ejemplo de revisión judicial posterior al depósito. Integración/votación: Marcelo Martínez de Giorgi; juez único. Orden unipersonal de Marcelo Martínez de Giorgi; no hay votación colegiada.
- Fuente
- Referencia
- Lotería Nacional S.E. — denuncia por uso de slogan
- Enlace
- Consultar fuente
- Autoridad
- Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal n.º 8, Secretaría n.º 16
- Tipo
- official_court_hosted_first_instance_decision
- Tipo de evidencia
- official_court_hosted_first_instance_decision
- Localizador
- pp. 1-8 completas; denuncia y depósito pp. 1-3; originalidad pp. 6-7; parte resolutiva p. 8
- Verificación documentada
- Sí