Austria / Casos nacionales
OGH — productor de másteres fonográficos
Casos nacionales. La inclusión en esta ficha no convierte una referencia extranjera en una decisión nacional. Se conserva el estado y el alcance de la fuente.
Expediente y fuentes
- Nombre
- OGH — productor de másteres fonográficos
- Cita
- 4 Ob 135/06s
- Tribunal
- Oberster Gerichtshof (OGH), Austria
- Instancia
- máximo tribunal civil; revisión
- Fechas
- Decisión
- 2006-08-09
- Estado
- resolución-parcial-con-límites-procesales
- Resultado
- Desestimó revisión; subsistieron cesación, cuentas y publicación parcial. Destrucción y publicación vinculada seguían remitidas por falta de prueba de propiedad; el pago no se cuantificó en la sentencia parcial. Costas de tercera instancia como ulteriores costas procesales. Alcance territorial de cuentas limitado a envíos a Austria.
- Resumen
- La primera fijación atribuible a una persona natural o jurídica, con prestaciones técnicas, organizativas y económicas de producción, funda el derecho del productor bajo § 76. Es distinto del derecho de los compositores y músicos; irregularidades de la grabación no suprimen por sí solas su nacimiento frente al copiador.
- Antecedentes
- Un productor financió y organizó grabación, mezcla, máster, prensado y distribución de dos discos de una banda en 1997 y 1999. Asumía riesgo económico y conservaba los másteres. Otro productor comercializó en 2004 copias de esas grabaciones, incluidas ventas a Austria, discutiendo la validez de contratos con músicos.
- Historia procesal
- HG Wien, 2005-08-08, 24 Cg 163/04k-13; OLG Wien, 2006-03-15, 2 R 263/05v-18. Revisión del demandado contra la sentencia parcial y cuestiones de cuentas; destrucción había sido reenviada para esclarecer propiedad de los objetos.
- Cuestión jurídica
- Quién adquiere el derecho propio del productor de fonograma y si defectos de autorización de músicos eliminan ese derecho frente a un tercero que copia el máster.
- Criterio
- La primera fijación atribuible a una persona natural o jurídica, con prestaciones técnicas, organizativas y económicas de producción, funda el derecho del productor bajo § 76. Es distinto del derecho de los compositores y músicos; irregularidades de la grabación no suprimen por sí solas su nacimiento frente al copiador.
- Fundamento decisivo
- La actividad y riesgo acreditados identificaban al productor del máster; la posible ilicitud frente a intérpretes o autores no autorizaba al tercero a apropiarse de aquella fijación. Los titulares subyacentes conservan sus acciones propias.
- Límites
- No hay música generativa en los hechos. No atribuye autoría de composición al productor ni resuelve que cualquier descarga o copia de un archivo sintético sea primera fijación. No autoriza violar derechos de músicos; no confundir valores de las pretensiones con cantidades concedidas.
- Relevancia
- doctrina-general
- Referencias relacionadas
- Peso del precedente
- Autoridad nacional directa sobre la autonomía del derecho del productor y primera fijación; aplicación a sonidos sintéticos requiere probar el supuesto legal concreto. Integración/votación: Hon.-Prof. Dr. Griß, vicepresidenta/presidenta del tribunal; Dr. Schenk, Dr. Vogel, Dr. Jensik y Dr. Musger. El cuerpo oficial identifica el panel indicado, sin recuento individual ni disenso publicado; no se afirma unanimidad.
- Fuente
- Referencia
- OGH — productor de másteres fonográficos
- Enlace
- Consultar fuente
- Autoridad
- Oberster Gerichtshof (OGH), Austria
- Tipo
- Sentencia primaria íntegra
- Tipo de evidencia
- Sentencia primaria íntegra
- Localizador
- Kopf/Spruch; §§ 1.1–1.3, 2.1–2.2 y razonamiento territorial final
- Verificación documentada
- Sí