Brasil / Casos nacionales
Globo Comunicação e Participação S.A. v. Juliana Veronezi Lopes da Silva Coelho
Casos nacionales. La inclusión en esta ficha no convierte una referencia extranjera en una decisión nacional. Se conserva el estado y el alcance de la fuente.
Expediente y fuentes
- Nombre
- Globo Comunicação e Participação S.A. v. Juliana Veronezi Lopes da Silva Coelho
- Cita
- REsp 1.400.463/RJ (2012/0070544-9)
- Tribunal
- Superior Tribunal de Justiça, Terceira Turma
- Instancia
- tribunal superior federal
- Fechas
- Decisión
- 2019-11-12
- Publicación
- 2019-11-21
- Estado
- resuelto-firmeza-no-verificada
- Resultado
- Especial no provisto; se mantiene responsabilidad patrimonial en los términos del TJRJ. No se restaura el daño moral retirado por extra petita ni se verifica suma final liquidada.
- Resumen
- No. El derecho conexo del productor sobre el fonograma no absorbe el de la intérprete sobre su ejecución.
- Antecedentes
- La profesora de canto Juliana y una alumna grabaron Li Emi Ali Emília, por encargo de Vinheta Áudio Mídia Ltda, para el tema de Emília en Sítio do Pica-Pau Amarelo. Globo incluyó después la grabación en un CD de la serie con autorización del productor, pero sin autorización ni crédito de la intérprete y sin cesión escrita de sus derechos a éste.
- Historia procesal
- Primera instancia condenó a Globo por daños materiales y morales y acogió la reclamación de regreso frente a la productora. El TJRJ mantuvo daños por ventas del CD a liquidar, pero retiró la reparación moral por extra petita: la demanda modificada ya no la pedía. Excluyó las sanciones invocadas y distribuyó sucumbencia. Las aclaraciones ajustaron intereses desde citación y no cambiaron el fondo. Globo recurrió ante el STJ, que desestimó el especial.
- Cuestión jurídica
- ¿La autorización del productor de la fijación bastaba para reproducirla comercialmente sin consentimiento independiente de la intérprete?
- Criterio
- No. El derecho conexo del productor sobre el fonograma no absorbe el de la intérprete sobre su ejecución.
- Fundamento decisivo
- Arts. 90 y 93 regulan objetos y titulares distintos. Consentir la grabación para un programa no equivale a ceder todas las modalidades de explotación. Arts. 4 y 50 exigen lectura restrictiva y forma escrita de la transmisión; no se acreditó cesión que liberara a Globo de obtener permiso de la artista.
- Límites
- Trata una interpretación humana. No reconoce un intérprete sintético ni concede derecho de autor a una composición autónoma. El productor debe respetar obra e interpretación incorporadas y no adquiere ambas por poseer la grabación.
- Relevancia
- doctrina-general
- Referencias relacionadas
- Peso del precedente
- Decisión colegiada del STJ sobre ley federal; autoridad nacional relevante, no identificada en la fuente como repetitivo ni precedente de observancia general erga omnes. Resuelve el recurso y orienta casos análogos; no se presume tránsito en juzgado. Integración/votación: Unanimidad: Marco Aurélio Bellizze (ponente), Moura Ribeiro (presidente), Nancy Andrighi, Paulo de Tarso Sanseverino y Ricardo Villas Bôas Cueva.
- Fuente
- Referencia
- Globo Comunicação e Participação S.A. v. Juliana Veronezi Lopes da Silva Coelho
- Enlace
- Consultar fuente
- Autoridad
- Superior Tribunal de Justiça, Terceira Turma
- Tipo
- Doctrina general nacional: independencia de derechos del intérprete y productor de fonograma.
- Tipo de evidencia
- primary
- Método de comprobación
- Lectura del registro primario SCON y páginas pertinentes del PDF oficial.
- Fecha de comprobación
- 2026-08-30
- Localizador
- PDF p. física 3 (resolución de origen) y 5 (relatório fáctico); SCON ementa 1–8 y acórdão.
- Verificación documentada
- Sí