Brasil / Casos nacionales
Luiz Cláudio Nogaroto Amaral y Concurseiros Assessoria para Concursos Ltda v. Estratégia Concursos S/A
Casos nacionales. La inclusión en esta ficha no convierte una referencia extranjera en una decisión nacional. Se conserva el estado y el alcance de la fuente.
Expediente y fuentes
- Nombre
- Luiz Cláudio Nogaroto Amaral y Concurseiros Assessoria para Concursos Ltda v. Estratégia Concursos S/A
- Cita
- Apelação Cível 1059524-70.2021.8.26.0002; registro 2024.0000417932; voto 37.831
- Tribunal
- Tribunal de Justiça de São Paulo, 10ª Câmara de Direito Privado
- Instancia
- apelación estatal
- Fechas
- Decisión
- 2024-05-14
- Estado
- resuelto-firmeza-no-verificada
- Resultado
- Apelación no provista; se mantienen R$435.000 de daños materiales y R$50.000 morales, cese y retractación; honorarios de apelación elevados al 12%. No se verificó tránsito en juzgado ni cobro.
- Resumen
- Sí en estos hechos probados. El conjunto y los comentarios no eran reproducción servil del texto legal: se acreditó labor de profesionales y organización original protegible por art. 7 XIII.
- Antecedentes
- Estratégia lanzó en mayo de 2020 una plataforma pagada de preguntas de concursos, preguntas originales y comentarios de profesores. Aportó contratos de autores/cesión, fls. 1023–2121. Los demandados copiaron y vendieron contenido en un sitio de coaching; el dominio correspondía a Luiz y facturas a Concurseiros. Alegaron textos legales sin originalidad y posible generación por IA, pero esta última fue una afirmación defensiva, no hecho establecido.
- Historia procesal
- La 7ª Vara Cível del Foro Central, juez Antonio Carlos de Figueiredo Negreiros, estimó parcialmente: cese bajo multa, R$435.000 materiales, R$50.000 morales, actualización e intereses, retractación en web/redes y honorarios del 10%. Los demandados apelaron por legitimación, originalidad, prueba y cuantías. El TJSP desestimó íntegramente y elevó honorarios al 12%.
- Cuestión jurídica
- ¿La prueba de elaboración humana, cesión y selección/disposición del banco justificaba protección e indemnización frente a la copia, pese a invocar literalidad legal o IA?
- Criterio
- Sí en estos hechos probados. El conjunto y los comentarios no eran reproducción servil del texto legal: se acreditó labor de profesionales y organización original protegible por art. 7 XIII.
- Fundamento decisivo
- La legitimación de los demandados se apoyó en dominio y facturación, sin prueba de que el tercero MAG asumiera la conducta. Contratos y comparación probaron creación profesional, copia y apropiación comercial. La protección recae en expresión/selección/disposición, no en monopolio de ley, datos o método pedagógico abstracto. El cálculo material y daño moral se mantuvieron según las circunstancias documentadas.
- Límites
- No es una concesión ni rechazo de autoría de IA. La frase defensiva sobre IA en p. 3 no se convirtió en hallazgo judicial. No toda pregunta, metodología o banco queda protegido automáticamente; el alcance depende de expresión humana probada, no de mera inversión.
- Relevancia
- doctrina-general
- Referencias relacionadas
- Peso del precedente
- Decisión de cámara de apelación del TJSP; autoridad estatal ordinaria, no repetitivo ni incidente de resolución de demandas repetitivas identificado. No representa decisión nacional vinculante sobre IA. Integración/votación: Unanimidad: Coelho Mendes (ponente), Angela Moreno Pacheco de Rezende Lopes (presidenta) y José Aparício Coelho Prado Neto.
- Fuente
- Referencia
- Luiz Cláudio Nogaroto Amaral y Concurseiros Assessoria para Concursos Ltda v. Estratégia Concursos S/A
- Enlace
- Consultar fuente
- Autoridad
- Tribunal de Justiça de São Paulo, 10ª Câmara de Direito Privado
- Tipo
- Doctrina general nacional: banco de preguntas humano; mención de IA sólo como alegación defensiva.
- Tipo de evidencia
- primary
- Método de comprobación
- PDF oficial de diez páginas descargado y leído íntegro; la copia local se verificó como PDF, no desafío de acceso.
- Fecha de comprobación
- 2026-08-30
- Localizador
- PDF íntegro pp. 1–10: 1 fecha/integración; 2–5 trámite y alegación de IA; 6–8 autores, cesiones y art. 7 XIII; 9–10 reparación.
- Verificación documentada
- Sí