Chequia / Doctrina supranacional

Eva-Maria Painer

Doctrina supranacional. La inclusión en esta ficha no convierte una referencia extranjera en una decisión nacional. Se conserva el estado y el alcance de la fuente.

Expediente y fuentes

Nombre
Eva-Maria Painer
Cita
C-145/10; ECLI:EU:C:2011:798
Tribunal
Tribunal de Justicia de la Unión Europea
Instancia
supranacional
Fechas
Decisión
2011-12-01
Estado
resuelta
Resultado
Cinco respuestas interpretativas: acumulación no excluida por diversidad de leyes; test de fotografía; seguridad pública coordinada con autoridades; cita no requiere que el texto receptor sea obra; identificación de fuente y autor con excepción precisada. No decide indemnización ni ordena retirada a las editoras. Costas al juez nacional (§ 150).
Resumen
El retrato puede reflejar personalidad mediante elecciones libres en preparación, toma y revelado, incluso con programas. Si cumple originalidad, no tiene protección inferior. No basta invocar unilateralmente seguridad pública; la cita tiene condiciones de puesta a disposición y fuente, con las precisiones del fallo.
Antecedentes
Una fotógrafa realizó retratos infantiles, incluida la fotografía de Natascha K., secuestrada en 1998. Tras su fuga en 2006, periódicos austriacos y alemanes publicaron fotografías y un retrato compuesto mediante ordenador sin autorización y, en ocasiones, sin identificación correcta. La fotógrafa demandó el 2007-04-10 para obtener cese, cuentas, remuneración e indemnización.
Historia procesal
El procedimiento cautelar austriaco llegó al Oberster Gerichtshof en 2009-08-26. El Handelsgericht Wien remitió cuestiones del procedimiento principal el 2010-03-08, recibidas el 2010-03-22. La sentencia europea no es el fallo austriaco posterior ni una decisión checa.
Cuestión jurídica
¿Puede un retrato fotográfico ser original, qué alcance tiene su protección y bajo qué condiciones operan competencia conjunta, cita y seguridad pública?
Criterio
El retrato puede reflejar personalidad mediante elecciones libres en preparación, toma y revelado, incluso con programas. Si cumple originalidad, no tiene protección inferior. No basta invocar unilateralmente seguridad pública; la cita tiene condiciones de puesta a disposición y fuente, con las precisiones del fallo.
Fundamento decisivo
La libertad creativa, no la supuesta naturaleza mecánica de la fotografía, determina originalidad (§§ 87–94). Las demás respuestas preservan previsibilidad jurisdiccional y equilibrio de excepciones; no deciden que todo retrato sea obra.
Límites
Retrato compuesto por ordenador no equivale a litigio sobre GenAI autónoma. No importa a Chequia un derecho vecino de fotografía simple.
Relevancia
doctrina-general
Referencias relacionadas
    Peso del precedente
    Interpretación prejudicial autorizada del derecho de la Unión, pertinente en su ámbito armonizado; no sentencia nacional checa. Integración/votación: Sala Tercera: K. Lenaerts, presidente; J. Malenovský, ponente; E. Juhász; G. Arestis; T. von Danwitz. No se publica distribución individual de votos.
    Fuente
    Referencia
    Eva-Maria Painer
    Enlace
    Consultar fuente
    Autoridad
    Tribunal de Justicia de la Unión Europea
    Tipo
    primary_full_text
    Tipo de evidencia
    primary_full_text
    Localizador
    Sentencia completa §§ 1–150 y dispositivo 1–5; §§ 87–99, 100–149
    Verificación documentada
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