Chequia / Doctrina supranacional

Football Dataco

Doctrina supranacional. La inclusión en esta ficha no convierte una referencia extranjera en una decisión nacional. Se conserva el estado y el alcance de la fuente.

Expediente y fuentes

Nombre
Football Dataco
Cita
C-604/10; ECLI:EU:C:2012:115
Tribunal
Tribunal de Justicia de la Unión Europea
Instancia
supranacional
Fechas
Decisión
2012-03-01
Estado
resuelta
Resultado
Dos respuestas: estándar de creación propia en selección/disposición, y exclusión de otros criterios nacionales de copyright de bases, salvo la disposición transitoria del art. 14(2). Costas al juez remitente (§ 53).
Resumen
La estructura de selección o disposición debe expresar creatividad propia. El esfuerzo para crear los datos es ajeno a ese examen; trabajo y pericia no reemplazan originalidad. Copyright y derecho sui generis son independientes.
Antecedentes
Los organizadores de calendarios de fútbol elaboraban fechas y emparejamientos mediante reglas, solicitudes de clubes, computación y revisión manual. Reclamaron copyright y derecho de base de datos frente a su reutilización. La primera instancia reconoció copyright pero no los otros títulos; la apelación planteó la interpretación europea.
Historia procesal
Court of Appeal del Reino Unido remitió el 2010-12-10; recepción 2010-12-21. El TJUE resolvió el estándar, no el litigio final ni una inscripción.
Cuestión jurídica
¿La habilidad o trabajo al crear datos bastan para copyright de su base?
Criterio
La estructura de selección o disposición debe expresar creatividad propia. El esfuerzo para crear los datos es ajeno a ese examen; trabajo y pericia no reemplazan originalidad. Copyright y derecho sui generis son independientes.
Fundamento decisivo
La directiva protege la organización creativa, no los datos como tales; la ausencia de libertad por reglas técnicas excluye el presupuesto. Corresponde al juez nacional aplicar el test (§§ 43–44).
Límites
No resuelve titularidad de datos GenAI. La discusión principal es copyright; no trasladar sin más su ratio al cómputo de inversión sui generis ni presentarlo como fallo checo.
Relevancia
doctrina-general
Referencias relacionadas
    Peso del precedente
    Interpretación prejudicial autorizada del derecho de la Unión, pertinente en su ámbito armonizado; no sentencia nacional checa. Integración/votación: Sala Tercera: K. Lenaerts, presidente y ponente; J. Malenovský; E. Juhász; G. Arestis; D. Šváby. No se publica distribución individual de votos.
    Fuente
    Referencia
    Football Dataco
    Enlace
    Consultar fuente
    Autoridad
    Tribunal de Justicia de la Unión Europea
    Tipo
    primary_full_text
    Tipo de evidencia
    primary_full_text
    Localizador
    Sentencia completa §§ 1–53 y dispositivo 1–2; §§ 27–46
    Verificación documentada
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