Colombia / Casos nacionales

DNDA 144/2024 — Laguna de los Sueños; Apreciando la Tormenta; Como en las Nubes; Perdidos en el Bosque; Caminata en las Montañas; Blues y ciudad; Pareja Baila Guabina; Pajarillos al Atardecer; La Flor. Tema con Variaciones.; Fractalisis; Nocturnal Man

Casos nacionales. La inclusión en esta ficha no convierte una referencia extranjera en una decisión nacional. Se conserva el estado y el alcance de la fuente.

Expediente y fuentes

applicant
Carlos Andrés Rivera Arenas
Nombre
DNDA 144/2024 — Laguna de los Sueños; Apreciando la Tormenta; Como en las Nubes; Perdidos en el Bosque; Caminata en las Montañas; Blues y ciudad; Pareja Baila Guabina; Pajarillos al Atardecer; La Flor. Tema con Variaciones.; Fractalisis; Nocturnal Man
Cita
Resolución 144; solicitudes 1-2024-4368, 1-2024-4382, 1-2024-4385, 1-2024-4389, 1-2024-4397, 1-2024-4488, 1-2024-4501, 1-2024-4507, 1-2024-4527, 1-2024-4536, 1-2024-4541
Tribunal
Dirección Nacional de Derecho de Autor, Oficina de Registro
Instancia
oficina administrativa
Fechas
Decisión
2024-04-30
Estado
resuelto-firmeza-no-verificada
Resultado
Niega once solicitudes, sin inscribir parcialmente los retoques.
Resumen
La intervención humana existe, pero los cambios probados son correctivos y no alcanzan originalidad suficiente en esas once imágenes.
Antecedentes
Carlos Andrés Rivera Arenas presentó once imágenes generadas con IA y efectivamente retocadas. Aportó originales y versiones finales: ajustes de contraste, brillo, saturación, temperatura, tono, nitidez, colores de flores y atmósferas de tormenta o noche, con iteraciones adicionales en Caminata en las Montañas. No es un expediente de ausencia total de trabajo humano.
Historia procesal
Once solicitudes del 18 de enero de 2024. La oficina requirió identificar aportes y comparar antes/después; se aportó PDF con imágenes y explicaciones, pero el acto no precisa las fechas del requerimiento y respuesta. Tras comparar versiones, negó el 30 de abril. Prevé reposición y apelación subsidiaria en diez días.
Cuestión jurídica
¿Los retoques concretamente demostrados añaden una impronta humana original protegible a las imágenes generadas?
Criterio
La intervención humana existe, pero los cambios probados son correctivos y no alcanzan originalidad suficiente en esas once imágenes.
Fundamento decisivo
La originalidad no se presume por realizar trabajo o usar herramientas de edición: requiere una expresión propia identificable. La comparación no reveló una impronta personal distinta de correcciones gráficas. El acto cita García Martínez v. Universidad Autónoma de Occidente, 17 de enero de 2018, sobre ajustes instrumentales y originalidad.
Límites
No prohíbe toda edición humana ni declara que cualquier ajuste de color carezca de originalidad. La suficiencia se resolvió sobre las versiones y explicaciones particulares. No equivale a falta absoluta de intervención humana.
Relevancia
autoria-asistida
Referencias relacionadas
    Peso del precedente
    Acto administrativo individual de registro; obligatorio dentro del expediente conforme a su estado procesal, no sentencia ni precedente judicial erga omnes. Integra una línea administrativa pública y motivada, susceptible de control judicial. Integración/votación: Nathalie Granados Bermeo, Jefe de la Oficina de Registro (E). Nathalie Granados Bermeo, Jefe de la Oficina de Registro (E). Decisión monocrática; no existe votación colegiada publicada.
    Fuente
    Referencia
    DNDA 144/2024 — Laguna de los Sueños; Apreciando la Tormenta; Como en las Nubes; Perdidos en el Bosque; Caminata en las Montañas; Blues y ciudad; Pareja Baila Guabina; Pajarillos al Atardecer; La Flor. Tema con Variaciones.; Fractalisis; Nocturnal Man
    Enlace
    Consultar fuente
    Autoridad
    Dirección Nacional de Derecho de Autor, Oficina de Registro
    Tipo
    acto administrativo nacional sobre registro de contenido GenAI
    Tipo de evidencia
    primary_official_fulltext
    Fecha de comprobación
    2026-08-30
    Localizador
    pp. 3–9 (solicitudes), 13–15 (prueba antes/después), 18–19 (originalidad y antecedente García), 20 (resuelve).
    Verificación documentada
    Volver a Colombia