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Derecho de autor e inteligencia artificial en Colombia

Colombia: output autónomo sin derecho de autor; sólo expresión humana original acreditada. Dos registros humanos limitados reportados, sin certificados identificados.

Investigación abierta. Corte general del Atlas: 31 de agosto de 2026. Cobertura no significa revisión completa ni vigencia certificada.

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Marco y alcance

Parcial distingue objetos, no porcentajes de intervención: la expresión generada autónomamente no cumple autoría humana. Textos humanos originales y otros aportes expresivos acreditados pueden conservar derecho de autor aunque se integren con IA. Existe reporte oficial de dos inscripciones limitadas al texto humano, pero no certificados individuales. Diecinueve negativas administrativas prueban cómo fallaron los procesos concretos, no una prohibición de toda asistencia.

Limitaciones documentadas

Dos inscripciones de texto humano reportadas por DNDA en 2023: identidad, fecha individual, radicado y certificado no publicados; no se afirma protección de ilustraciones IA. Quince de las diecinueve negativas no tienen estado posterior de recursos/ejecutoria verificado; cuatro sí tienen informe afirmativo de firmeza administrativa en noviembre de 2023. Bavaria2022 tiene copia primaria parcial/indexada y cita oficial, pero PDF completo bloqueado403; TJCA90-IP-2017 no recuperado íntegro y fecha de decisión desconocida. Ambos quedan fuera de criterios verificados. Errores internos de 137, 262, 263, 069, 097 y 152: se conserva literalmente el conflicto relevante; no se localizó acto de corrección ni se decide nulidad. Consulta pública RNDA no ofrece un filtro IA identificado; la investigación no constituye censo de todas las inscripciones o expedientes no publicados. No sentencia judicial directa de autoría GenAI localizada ni precedente sobre fijación fonográfica GenAI; la posibilidad de derechos conexos no está adjudicada en el corpus. PL107/2025 es tratado como proyecto, no ley; el informe parlamentario comprobado está actualizado a marzo2026 y no acredita por sí solo todos los eventos posteriores.

Registro y actos documentados

Estado
Denegado
Resumen
19 resoluciones de negativa individualizadas; 47 solicitudes identificadas en antecedentes, con discrepancia de radicado dispositivo en 263. Además, la DNDA reportó 2 inscripciones de texto humano con ilustraciones IA excluidas, sin identificadores/certificados. Cero inscripciones de expresión IA individualmente verificadas.
Actos documentados
  • record
    DNDA, Resolución 095 de 2023-03-13
    Nombre
    DNDA 095/2023 — Face of Death; Hands of Life; Divine Glow; Wish; Thorns in Love; Galaxy Way; Between Machine and Bones; Water and Energy; Gold in Soul; Spark of Love; No Gender
    Obra
    Face of Death; Hands of Life; Divine Glow; Wish; Thorns in Love; Galaxy Way; Between Machine and Bones; Water and Energy; Gold in Soul; Spark of Love; No Gender
    Fecha
    2023-03-13
    Fechas
    Decisión
    2023-03-13
    Resultado
    Niega las once solicitudes identificadas en el acto; no otorga una inscripción parcial.
    Alcance
    La solicitante no acreditó ejecución humana de la expresión concreta; las once imágenes presentadas no satisfacen el concepto autoral de obra.
    Límites
    No decide el estatuto de un texto original de instrucciones ni de una edición humana posterior no alegada. Es una decisión registral sobre once expedientes, no una prohibición de toda asistencia informática.
    Estado
    firme-administrativamente-informado-2023-11-08
    Verificación documentada
    Fecha de comprobación
    2026-08-30
    Calidad documental de la fuente
    primary_official_fulltext
    Enlace
    Consultar fuente
    Localizador
    pp. 3–8 (formularios y hechos), 11–14 (aplicación), 15 (resuelve y firma).
    applicant
    Daniela Morante Duque
    Fuente
    Enlace
    Consultar fuente
    Referencia
    DNDA, Resolución 095 de 2023-03-13
    Localizador
    pp. 3–8 (formularios y hechos), 11–14 (aplicación), 15 (resuelve y firma).
    Verificación documentada
    Tipo de acto
    negativa o cancelación; efecto según expediente
  • record
    DNDA, Resolución 137 de 2023-05-02
    Nombre
    DNDA 137/2023 — Conversaciones poéticas con ChatGPT: poesía de la mente artificial
    Obra
    Conversaciones poéticas con ChatGPT: poesía de la mente artificial
    Fecha
    2023-05-02
    Fechas
    Decisión
    2023-05-02
    Resultado
    Niega la única solicitud del libro; la posibilidad de registrar los poemas humanos no equivale a una inscripción parcial concedida en este acto.
    Alcance
    Se rechaza la inscripción del libro presentado, pero se reconoce expresamente que los poemas originales creados por la solicitante pueden merecer protección propia y solicitud separada si satisfacen originalidad.
    Límites
    No niega protección a los poemas humanos originales. Tampoco prueba que posteriormente se inscribieran. El índice llama al documento resolución de 16 de mayo; la fecha interna es 2 de mayo. El art. 2 notifica por error a Daniela Morante Duque y el art. 1 menciona 26 de enero donde antecedentes y encabezado dicen 26 de febrero. Se conservan las discrepancias, sin declarar nulidad ni corregirlas silenciosamente.
    Estado
    firme-administrativamente-informado-2023-11-08
    Verificación documentada
    Fecha de comprobación
    2026-08-30
    Calidad documental de la fuente
    primary_official_fulltext
    Enlace
    Consultar fuente
    Localizador
    p. 3 (solicitud), pp. 7–9 (regla), 9–12 (aplicación y poemas humanos), 12 (resuelve, fecha y firma).
    applicant
    Ángela María Rendón Mora
    Fuente
    Enlace
    Consultar fuente
    Referencia
    DNDA, Resolución 137 de 2023-05-02
    Localizador
    p. 3 (solicitud), pp. 7–9 (regla), 9–12 (aplicación y poemas humanos), 12 (resuelve, fecha y firma).
    Verificación documentada
    Tipo de acto
    negativa o cancelación; efecto según expediente
  • record
    DNDA, Resolución 147 de 2023-05-16
    Nombre
    DNDA 147/2023 — El poder de la inteligencia artificial: cuentos de ciencia ficción escritos por ChatGPT
    Obra
    El poder de la inteligencia artificial: cuentos de ciencia ficción escritos por ChatGPT
    Fecha
    2023-05-16
    Fechas
    Decisión
    2023-05-16
    Resultado
    Niega una solicitud; no concede registro total ni parcial.
    Alcance
    Los relatos generados no acreditan una creación intelectual humana protegible a nombre del solicitante.
    Límites
    No decide sobre un texto escrito por una persona que sólo use IA para revisión o sobre una edición creativa probada. Se utiliza la fecha del documento, no la etiqueta incorrecta del índice.
    Estado
    firme-administrativamente-informado-2023-11-08
    Verificación documentada
    Fecha de comprobación
    2026-08-30
    Calidad documental de la fuente
    primary_official_fulltext
    Enlace
    Consultar fuente
    Localizador
    p. 3 (hechos), pp. 6–9 (razonamiento), 10 (resuelve y firma).
    applicant
    Carlo Stefano Martínez Villar
    Fuente
    Enlace
    Consultar fuente
    Referencia
    DNDA, Resolución 147 de 2023-05-16
    Localizador
    p. 3 (hechos), pp. 6–9 (razonamiento), 10 (resuelve y firma).
    Verificación documentada
    Tipo de acto
    negativa o cancelación; efecto según expediente
  • record
    DNDA, Resolución 185 de 2023-06-14
    Nombre
    DNDA 185/2023 — CarnivIA: Marimonda; MarimondaAI; TorAIto (niño vestido de Torito)
    Obra
    CarnivIA: Marimonda; MarimondaAI; TorAIto (niño vestido de Torito)
    Fecha
    2023-06-14
    Fechas
    Decisión
    2023-06-14
    Resultado
    Niega las tres solicitudes, sin inscripción parcial.
    Alcance
    Las imágenes resultantes no se inscriben como obras del solicitante.
    Límites
    No decide el estatuto jurídico general de manifestaciones tradicionales ni de una composición humana posterior; la negativa se refiere a las imágenes y proceso acreditados.
    Estado
    firme-administrativamente-informado-2023-11-08
    Verificación documentada
    Fecha de comprobación
    2026-08-30
    Calidad documental de la fuente
    primary_official_fulltext
    Enlace
    Consultar fuente
    Localizador
    pp. 3–4 (hechos), 8–10 (aplicación), 11 (resuelve y firma).
    applicant
    Harold Lozada
    Fuente
    Enlace
    Consultar fuente
    Referencia
    DNDA, Resolución 185 de 2023-06-14
    Localizador
    pp. 3–4 (hechos), 8–10 (aplicación), 11 (resuelve y firma).
    Verificación documentada
    Tipo de acto
    negativa o cancelación; efecto según expediente
  • record
    DNDA, Resolución 421 de 2023-12-01
    Nombre
    DNDA 421/2023 — TOCIX
    Obra
    TOCIX
    Fecha
    2023-12-01
    Fechas
    Decisión
    2023-12-01
    Resultado
    Niega la solicitud de TOCIX; sin inscripción parcial.
    Alcance
    No se acredita una obra original ejecutada por una persona natural en la imagen presentada.
    Límites
    La ausencia de una intervención probada no demuestra que toda edición o asistencia futura sea insuficiente. Firmeza y recursos efectivamente interpuestos no verificados.
    Estado
    resuelto-firmeza-no-verificada
    Verificación documentada
    Fecha de comprobación
    2026-08-30
    Calidad documental de la fuente
    primary_official_fulltext
    Enlace
    Consultar fuente
    Localizador
    p. 3 (hechos), pp. 8–10 (aplicación), 10–11 (resuelve y firma).
    applicant
    Ubeimar Zapata Franco
    Fuente
    Enlace
    Consultar fuente
    Referencia
    DNDA, Resolución 421 de 2023-12-01
    Localizador
    p. 3 (hechos), pp. 8–10 (aplicación), 10–11 (resuelve y firma).
    Verificación documentada
    Tipo de acto
    negativa o cancelación; efecto según expediente
  • record
    DNDA, Resolución 139 de 2024-04-24
    Nombre
    DNDA 139/2024 — Mujer y Cannabis en la ciencia
    Obra
    Mujer y Cannabis en la ciencia
    Fecha
    2024-04-24
    Fechas
    Decisión
    2024-04-24
    Resultado
    Niega la única solicitud, sin reconocimiento parcial de las contribuciones alegadas.
    Alcance
    Los aportes alegados no prueban ejecución creadora humana de la expresión concreta de la imagen.
    Límites
    No es una decisión sobre derechos en el software o datos del sistema ni sobre entrenamiento lícito. No establece que toda dirección artística sea insuficiente: resuelve el proceso concreto sin edición final.
    Estado
    resuelto-firmeza-no-verificada
    Verificación documentada
    Fecha de comprobación
    2026-08-30
    Calidad documental de la fuente
    primary_official_fulltext
    Enlace
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    Localizador
    pp. 3–5 (solicitud y respuesta), 12–13 (aplicación), 14 (resuelve).
    applicant
    Johana Mireya Niño Abella y Sandra Milena Jiménez Abella
    Fuente
    Enlace
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    Referencia
    DNDA, Resolución 139 de 2024-04-24
    Localizador
    pp. 3–5 (solicitud y respuesta), 12–13 (aplicación), 14 (resuelve).
    Verificación documentada
    Tipo de acto
    negativa o cancelación; efecto según expediente
  • record
    DNDA, Resolución 143 de 2024-04-30
    Nombre
    DNDA 143/2024 — Visión de Substantia 1-4
    Obra
    Visión de Substantia 1-4
    Fecha
    2024-04-30
    Fechas
    Decisión
    2024-04-30
    Resultado
    Niega las cuatro solicitudes; sin inscripción parcial.
    Alcance
    No se demuestra creación humana de las imágenes y las descripciones aportadas no identifican suficientemente su expresión concreta.
    Límites
    La falta de identificación es un fundamento procedimental adicional, no la definición general de originalidad. No se decide sobre una composición manual acreditada.
    Estado
    resuelto-firmeza-no-verificada
    Verificación documentada
    Fecha de comprobación
    2026-08-30
    Calidad documental de la fuente
    primary_official_fulltext
    Enlace
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    Localizador
    pp. 3–6 (formularios), 14–15 (aplicación y parte resolutiva).
    applicant
    Santiago Bedoya Patiño
    Fuente
    Enlace
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    Referencia
    DNDA, Resolución 143 de 2024-04-30
    Localizador
    pp. 3–6 (formularios), 14–15 (aplicación y parte resolutiva).
    Verificación documentada
    Tipo de acto
    negativa o cancelación; efecto según expediente
  • record
    DNDA, Resolución 144 de 2024-04-30
    Nombre
    DNDA 144/2024 — Laguna de los Sueños; Apreciando la Tormenta; Como en las Nubes; Perdidos en el Bosque; Caminata en las Montañas; Blues y ciudad; Pareja Baila Guabina; Pajarillos al Atardecer; La Flor. Tema con Variaciones.; Fractalisis; Nocturnal Man
    Obra
    Laguna de los Sueños; Apreciando la Tormenta; Como en las Nubes; Perdidos en el Bosque; Caminata en las Montañas; Blues y ciudad; Pareja Baila Guabina; Pajarillos al Atardecer; La Flor. Tema con Variaciones.; Fractalisis; Nocturnal Man
    Fecha
    2024-04-30
    Fechas
    Decisión
    2024-04-30
    Resultado
    Niega once solicitudes, sin inscribir parcialmente los retoques.
    Alcance
    La intervención humana existe, pero los cambios probados son correctivos y no alcanzan originalidad suficiente en esas once imágenes.
    Límites
    No prohíbe toda edición humana ni declara que cualquier ajuste de color carezca de originalidad. La suficiencia se resolvió sobre las versiones y explicaciones particulares. No equivale a falta absoluta de intervención humana.
    Estado
    resuelto-firmeza-no-verificada
    Verificación documentada
    Fecha de comprobación
    2026-08-30
    Calidad documental de la fuente
    primary_official_fulltext
    Enlace
    Consultar fuente
    Localizador
    pp. 3–9 (solicitudes), 13–15 (prueba antes/después), 18–19 (originalidad y antecedente García), 20 (resuelve).
    applicant
    Carlos Andrés Rivera Arenas
    Fuente
    Enlace
    Consultar fuente
    Referencia
    DNDA, Resolución 144 de 2024-04-30
    Localizador
    pp. 3–9 (solicitudes), 13–15 (prueba antes/después), 18–19 (originalidad y antecedente García), 20 (resuelve).
    Verificación documentada
    Tipo de acto
    negativa o cancelación; efecto según expediente
  • record
    DNDA, Resolución 262 de 2024-09-03
    Nombre
    DNDA 262/2024 — the bAng bIg (grafía estilizada del formulario)
    Obra
    the bAng bIg (grafía estilizada del formulario)
    Fecha
    2024-09-03
    Fechas
    Decisión
    2024-09-03
    Resultado
    Niega la solicitud 1-2024-68427; sin inscripción parcial.
    Alcance
    No se demuestra una obra audiovisual original humana sobre la que puedan operar los títulos autorales o la presunción patrimonial del productor invocados.
    Límites
    No niega universalmente derechos conexos en una primera fijación sonora ni decide un registro de fonograma; resolvió una solicitud de obra audiovisual. Tampoco concluye que no existiera edición alguna: no fue explicada y acreditada.
    Estado
    resuelto-firmeza-no-verificada
    Verificación documentada
    Fecha de comprobación
    2026-08-30
    Calidad documental de la fuente
    primary_official_fulltext
    Enlace
    Consultar fuente
    Localizador
    pp. 3–4 (formulario y duración), 11 (créditos y requerimiento), 12–15 (aplicación), 16 (resuelve).
    applicant
    Pablo Vélez Posada
    Fuente
    Enlace
    Consultar fuente
    Referencia
    DNDA, Resolución 262 de 2024-09-03
    Localizador
    pp. 3–4 (formulario y duración), 11 (créditos y requerimiento), 12–15 (aplicación), 16 (resuelve).
    Verificación documentada
    Tipo de acto
    negativa o cancelación; efecto según expediente
  • record
    DNDA, Resolución 263 de 2024-09-09
    Nombre
    DNDA 263/2024 — fin del mundo
    Obra
    fin del mundo
    Fecha
    2024-09-09
    Fechas
    Decisión
    2024-09-09
    Resultado
    Acto de negativa sobre fin del mundo según motivación y encabezado; el art. 1 menciona por error aparente el radicado 68427. No se afirma que el acto resuelva limpiamente 63713 sin la salvedad documental.
    Alcance
    La motivación considera insuficiente la identificación de aportes humanos y niega el registro de la obra presentada.
    Límites
    La discrepancia de radicado impide sumar sin reservas 47 negativas operativas únicas en la serie. No se emite conclusión sobre validez o nulidad del acto, ni sobre derechos conexos de una fijación.
    Estado
    resuelto-firmeza-no-verificada
    Verificación documentada
    Fecha de comprobación
    2026-08-30
    Calidad documental de la fuente
    primary_official_fulltext
    Enlace
    Consultar fuente
    Localizador
    pp. 3–4 (solicitud), 12–14 (Pika Labs y aplicación), 15 (radicado dispositivo y firma).
    applicant
    Sebastián Hincapié Parra
    Fuente
    Enlace
    Consultar fuente
    Referencia
    DNDA, Resolución 263 de 2024-09-09
    Localizador
    pp. 3–4 (solicitud), 12–14 (Pika Labs y aplicación), 15 (radicado dispositivo y firma).
    Verificación documentada
    Tipo de acto
    negativa o cancelación; efecto según expediente
  • record
    DNDA, Resolución 042 de 2025-01-23
    Nombre
    DNDA 042/2025 — Episode 1: Quixote, Eternal Horizons
    Obra
    Episode 1: Quixote, Eternal Horizons
    Fecha
    2025-01-23
    Fechas
    Decisión
    2025-01-23
    Resultado
    Niega la solicitud, sin inscripción parcial.
    Alcance
    No se acreditó una aportación creadora humana a la expresión audiovisual presentada.
    Límites
    No resuelve un derecho sobre Don Quijote, una interpretación humana efectivamente probada, ni derechos conexos fonográficos. No identifica por marca la herramienta utilizada.
    Estado
    resuelto-firmeza-no-verificada
    Verificación documentada
    Fecha de comprobación
    2026-08-30
    Calidad documental de la fuente
    primary_official_fulltext
    Enlace
    Consultar fuente
    Localizador
    pp. 3–4 (hechos), 13–14 (aplicación y decisión).
    applicant
    Juan Manuel Degiovanni Preciado
    Fuente
    Enlace
    Consultar fuente
    Referencia
    DNDA, Resolución 042 de 2025-01-23
    Localizador
    pp. 3–4 (hechos), 13–14 (aplicación y decisión).
    Verificación documentada
    Tipo de acto
    negativa o cancelación; efecto según expediente
  • record
    DNDA, Resolución 055 de 2025-02-07
    Nombre
    DNDA 055/2025 — AUN LATE FUERTE
    Obra
    AUN LATE FUERTE
    Fecha
    2025-02-07
    Fechas
    Decisión
    2025-02-07
    Resultado
    Niega una solicitud de obra musical con letra; no concede registro separado de letra o música.
    Alcance
    No se acreditó creación humana de la composición y letra sometidas a registro.
    Límites
    No declara que toda canción asistida por IA sea irregistrable. Tampoco decide derechos conexos de una grabación ni la titularidad contractual entre plataformas y usuaria.
    Estado
    resuelto-firmeza-no-verificada
    Verificación documentada
    Fecha de comprobación
    2026-08-30
    Calidad documental de la fuente
    primary_official_fulltext
    Enlace
    Consultar fuente
    Localizador
    pp. 3–4 (solicitud), 13–14 (requerimiento, aplicación y resolución).
    applicant
    Nidia Esperanza Muñoz Villamil
    Fuente
    Enlace
    Consultar fuente
    Referencia
    DNDA, Resolución 055 de 2025-02-07
    Localizador
    pp. 3–4 (solicitud), 13–14 (requerimiento, aplicación y resolución).
    Verificación documentada
    Tipo de acto
    negativa o cancelación; efecto según expediente
  • record
    DNDA, Resolución 058 de 2025-02-10
    Nombre
    DNDA 058/2025 — Capitule 1, Scene 1: A Silent Journey
    Obra
    Capitule 1, Scene 1: A Silent Journey
    Fecha
    2025-02-10
    Fechas
    Decisión
    2025-02-10
    Resultado
    Niega una solicitud, sin inscripción parcial.
    Alcance
    No se acredita una obra humana original ni, por tanto, la titularidad autoral solicitada sobre el audiovisual.
    Límites
    Expediente distinto de 042, aunque comparte solicitante y tema. No decide sobre todo posible guion humano, selección creativa probada ni derechos conexos.
    Estado
    resuelto-firmeza-no-verificada
    Verificación documentada
    Fecha de comprobación
    2026-08-30
    Calidad documental de la fuente
    primary_official_fulltext
    Enlace
    Consultar fuente
    Localizador
    pp. 3–4 (hechos), 13–14 (aplicación y resuelve).
    applicant
    Juan Manuel Degiovanni Preciado
    Fuente
    Enlace
    Consultar fuente
    Referencia
    DNDA, Resolución 058 de 2025-02-10
    Localizador
    pp. 3–4 (hechos), 13–14 (aplicación y resuelve).
    Verificación documentada
    Tipo de acto
    negativa o cancelación; efecto según expediente
  • record
    DNDA, Resolución 069 de 2025-02-17
    Nombre
    DNDA 069/2025 — Celia Dreams, Eliana Dreams and Eugenia Dreams
    Obra
    Celia Dreams, Eliana Dreams and Eugenia Dreams
    Fecha
    2025-02-17
    Fechas
    Decisión
    2025-02-17
    Resultado
    Niega las tres solicitudes, sin inscripción parcial.
    Alcance
    Las instrucciones y perfiles no acreditan ejecución original humana de las imágenes presentadas.
    Límites
    No decide derechos de personalidad de personas reales ni una protección general de personajes ficticios. La incoherencia procesal del párrafo inicial se mantiene documentada; no se infiere nulidad.
    Estado
    resuelto-firmeza-no-verificada
    Verificación documentada
    Fecha de comprobación
    2026-08-30
    Calidad documental de la fuente
    primary_official_fulltext
    Enlace
    Consultar fuente
    Localizador
    pp. 3–5 (formularios y discrepancia), 12 (aplicación), 13 (resuelve).
    applicant
    Carlos Andrés González
    Fuente
    Enlace
    Consultar fuente
    Referencia
    DNDA, Resolución 069 de 2025-02-17
    Localizador
    pp. 3–5 (formularios y discrepancia), 12 (aplicación), 13 (resuelve).
    Verificación documentada
    Tipo de acto
    negativa o cancelación; efecto según expediente
  • record
    DNDA, Resolución 097 de 2025-03-14
    Nombre
    DNDA 097/2025 — SEBASTRIPAN
    Obra
    SEBASTRIPAN
    Fecha
    2025-03-14
    Fechas
    Decisión
    2025-03-14
    Resultado
    Niega una solicitud; recursos de reposición y apelación subsidiaria en diez días.
    Alcance
    No se demuestra el aporte creador humano necesario para inscribir la imagen.
    Límites
    097 es el número interno verificado; no se duplica como un supuesto caso 079. No decide titularidad ni infracción respecto de una obra previa no identificada judicialmente.
    Estado
    resuelto-firmeza-no-verificada
    Verificación documentada
    Fecha de comprobación
    2026-08-30
    Calidad documental de la fuente
    primary_official_fulltext
    Enlace
    Consultar fuente
    Localizador
    pp. 2–3 (hechos), 7–9 (Meta AI, requerimiento y aplicación), 9–10 (resuelve y firma).
    applicant
    Cristian Sebastián Paz Valencia
    Fuente
    Enlace
    Consultar fuente
    Referencia
    DNDA, Resolución 097 de 2025-03-14
    Localizador
    pp. 2–3 (hechos), 7–9 (Meta AI, requerimiento y aplicación), 9–10 (resuelve y firma).
    Verificación documentada
    Tipo de acto
    negativa o cancelación; efecto según expediente
  • record
    DNDA, Resolución 133 de 2025-04-30
    Nombre
    DNDA 133/2025 — Diseño caratula paar Entre la carne y la nada. Obra creada con mis promps en Dalle; Galeria ilustraciones echas con PromeIA con mis prompts e ideas
    Obra
    Diseño caratula paar Entre la carne y la nada. Obra creada con mis promps en Dalle; Galeria ilustraciones echas con PromeIA con mis prompts e ideas
    Fecha
    2025-04-30
    Fechas
    Decisión
    2025-04-30
    Resultado
    Niega las dos solicitudes; no registra las imágenes ni los relatos humanos por este acto.
    Alcance
    No se demuestra creación humana de las expresiones visuales solicitadas.
    Límites
    No decide la protección independiente de los relatos propios. Son dos solicitudes —una contiene una galería—, no necesariamente sólo dos imágenes.
    Estado
    resuelto-firmeza-no-verificada
    Verificación documentada
    Fecha de comprobación
    2026-08-30
    Calidad documental de la fuente
    primary_official_fulltext
    Enlace
    Consultar fuente
    Localizador
    pp. 3–4 (hechos), 9–10 (plataformas y aplicación), 11–12 (resuelve).
    applicant
    Carlos Ariel Icaria Suarez
    Fuente
    Enlace
    Consultar fuente
    Referencia
    DNDA, Resolución 133 de 2025-04-30
    Localizador
    pp. 3–4 (hechos), 9–10 (plataformas y aplicación), 11–12 (resuelve).
    Verificación documentada
    Tipo de acto
    negativa o cancelación; efecto según expediente
  • record
    DNDA, Resolución 152 de 2025-06-05
    Nombre
    DNDA 152/2025 — Máquinas 3D en proceso productivo
    Obra
    Máquinas 3D en proceso productivo
    Fecha
    2025-06-05
    Fechas
    Decisión
    2025-06-05
    Resultado
    Niega una solicitud; no concede inscripción parcial.
    Alcance
    Las instrucciones sucesivas no acreditan ejecución humana de la imagen final.
    Límites
    No sostiene que tres prompts sean un umbral numérico decisivo ni que ninguna fotografía asistida sea protegible. La fecha contradictoria del requerimiento se conserva como no aclarada.
    Estado
    resuelto-firmeza-no-verificada
    Verificación documentada
    Fecha de comprobación
    2026-08-30
    Calidad documental de la fuente
    primary_official_fulltext
    Enlace
    Consultar fuente
    Localizador
    p. 3 (formulario), 9 (marca/herramienta), 11 (respuesta y aplicación), 12 (resuelve).
    applicant
    Alejandro Arango Correa
    Fuente
    Enlace
    Consultar fuente
    Referencia
    DNDA, Resolución 152 de 2025-06-05
    Localizador
    p. 3 (formulario), 9 (marca/herramienta), 11 (respuesta y aplicación), 12 (resuelve).
    Verificación documentada
    Tipo de acto
    negativa o cancelación; efecto según expediente
  • record
    DNDA, Resolución 153 de 2025-06-05
    Nombre
    DNDA 153/2025 — SentIA / SentíA
    Obra
    SentIA / SentíA
    Fecha
    2025-06-05
    Fechas
    Decisión
    2025-06-05
    Resultado
    Niega la solicitud 1-2025-28955; no registra parcialmente guion, imágenes o movimiento.
    Alcance
    No se demuestra cómo los materiales humanos alegados se concretan en una expresión original de la obra presentada; la descripción tampoco individualiza adecuadamente su forma.
    Límites
    No niega por principio la protección de personajes ni decide que los posibles bocetos carezcan de originalidad. La insuficiencia de prueba y la descripción formal son distintas de una prohibición de toda asistencia IA.
    Estado
    resuelto-firmeza-no-verificada
    Verificación documentada
    Fecha de comprobación
    2026-08-30
    Calidad documental de la fuente
    primary_official_fulltext
    Enlace
    Consultar fuente
    Localizador
    p. 3 (hechos), 10–11 (descripción, respuesta, seis imágenes y aplicación), 11–12 (resuelve).
    applicant
    Verónica Perilla Cortés
    Fuente
    Enlace
    Consultar fuente
    Referencia
    DNDA, Resolución 153 de 2025-06-05
    Localizador
    p. 3 (hechos), 10–11 (descripción, respuesta, seis imágenes y aplicación), 11–12 (resuelve).
    Verificación documentada
    Tipo de acto
    negativa o cancelación; efecto según expediente
  • record
    DNDA, Resolución 154 de 2025-06-05
    Nombre
    DNDA 154/2025 — 52 imágenes creadas para el libro Ecos del alma
    Obra
    52 imágenes creadas para el libro Ecos del alma
    Fecha
    2025-06-05
    Fechas
    Decisión
    2025-06-05
    Resultado
    Niega una solicitud que reúne 52 imágenes, no 52 solicitudes; sin inscripción parcial.
    Alcance
    No se acredita una aportación humana original concreta suficiente para registrar la obra presentada.
    Límites
    No declara que todo uso de Photoshop o toda edición de una imagen IA carezca de protección. El defecto es de acreditación e identificación en este expediente; no se concluye ausencia absoluta de trabajo humano.
    Estado
    resuelto-firmeza-no-verificada
    Verificación documentada
    Fecha de comprobación
    2026-08-30
    Calidad documental de la fuente
    primary_official_fulltext
    Enlace
    Consultar fuente
    Localizador
    p. 3 (solicitud), 10–11 (respuesta y valoración), 12 (resuelve).
    applicant
    Víctor Alfonso González Urrutia
    Fuente
    Enlace
    Consultar fuente
    Referencia
    DNDA, Resolución 154 de 2025-06-05
    Localizador
    p. 3 (solicitud), 10–11 (respuesta y valoración), 12 (resuelve).
    Verificación documentada
    Tipo de acto
    negativa o cancelación; efecto según expediente

Casos nacionales

C-276/1996 — autoría humana y presunción de cesión cinematográfica

Nombre
C-276/1996 — autoría humana y presunción de cesión cinematográfica
Cita
Corte Constitucional, C-276/1996, expediente D-1163
Tribunal
Corte Constitucional de Colombia, Sala Plena
Instancia
última instancia
Fechas
Decisión
1996-06-20
Estado
resuelto-control-constitucional
Resultado
Declara exequibles los arts. 20, 81 y 98 de la Ley 23 de 1982 en el texto examinado.
Resumen
Los artículos demandados son exequibles: la transferencia presunta es supletiva y admite pacto contrario, sin convertir al productor en creador humano ni transferir derechos morales.
Antecedentes
María Teresa Garcés Lloreda, actuando como ciudadana y manifestando representación de ACTO, impugnó los arts. 20, 81 y 98 de la Ley 23 de 1982. Consideraba que las presunciones de cesión al encargante/productor coartaban autonomía, trabajo, igualdad y facultad de negociar remuneración de autores y colaboradores cinematográficos. No hubo obra generada con IA ni disputa sobre un archivo específico.
Historia procesal
Acción pública de inconstitucionalidad admitida por la calidad ciudadana de la actora; comunicaciones y fijación en lista. El Procurador y la DNDA intervinieron defendiendo constitucionalidad y distinguiendo autores de titulares de derechos conexos. La Sala Plena resolvió el control abstracto el 20 de junio de 1996.
Cuestión jurídica
¿La presunción legal de transferencia de derechos patrimoniales de obras por encargo y cinematográficas vulnera autonomía y protección constitucional del autor?
Criterio
Los artículos demandados son exequibles: la transferencia presunta es supletiva y admite pacto contrario, sin convertir al productor en creador humano ni transferir derechos morales.
Fundamento decisivo
La creación original corresponde a la persona natural; una persona jurídica o no creadora puede ser titular derivada de derechos patrimoniales. La concentración de explotación en el productor facilita una obra colaborativa y respeta libertad contractual porque no es una imposición inderogable.
Límites
Analogía de titularidad, no decisión GenAI. El art. 20 fue sustituido en 2011 y el régimen de remuneración audiovisual recibió reformas posteriores: no se usa el texto de 1996 como si fuera la ley actual. La protección originaria exige previamente una obra; la financiación no la produce jurídicamente.
Relevancia
doctrina-general
Referencias relacionadas
    Peso del precedente
    Sentencia de control abstracto, cosa juzgada constitucional respecto del objeto y cargos decididos; doctrina nacional superior de autoría/titularidad. Su texto histórico debe leerse con las reformas posteriores. Integración/votación: Ponente Julio César Ortiz Gutiérrez. Sala: Carlos Gaviria Díaz (presidente), Jorge Arango Mejía, Antonio Barrera Carbonell, Eduardo Cifuentes Muñoz, José Gregorio Hernández Galindo, Hernando Herrera Vergara, Alejandro Martínez Caballero, Vladimiro Naranjo Mesa y Julio César Ortiz Gutiérrez. No aparece voto individual separado en el texto publicado; no se infiere una votación numérica.
    Fuente
    Referencia
    C-276/1996 — autoría humana y presunción de cesión cinematográfica
    Enlace
    Consultar fuente
    Autoridad
    Corte Constitucional de Colombia, Sala Plena
    Tipo
    jurisprudencia nacional de doctrina general; no GenAI
    Tipo de evidencia
    primary_official_fulltext
    Fecha de comprobación
    2026-08-30
    Localizador
    I–V (antecedentes, demanda e intervenciones); VI, apartados Tercera b, Cuarta y Quinta; RESUELVE y firmas.
    Verificación documentada

    C-155/1998 — derechos morales, cesión patrimonial y régimen andino

    Nombre
    C-155/1998 — derechos morales, cesión patrimonial y régimen andino
    Cita
    Corte Constitucional, C-155/1998, D-1797, D-1809, D-1813 y D-1818
    Tribunal
    Corte Constitucional de Colombia, Sala Plena
    Instancia
    última instancia
    Fechas
    Decisión
    1998-04-28
    Estado
    resuelto-control-constitucional
    Resultado
    Exequibilidad formal limitada a los cargos; exequibilidad condicionada del art. 33 e inexequibilidad de la expresión irrenunciable del art. 34.
    Resumen
    La ley supera los cargos formales; el art. 33 es exequible bajo entendimiento de libre cesión sin afectar seguridad social irrenunciable; se expulsa la palabra irrenunciable del art. 34.
    Antecedentes
    Claudia Blum de Barberi y otros ciudadanos cuestionaron la Ley 397 de 1997 por vicios de trámite legislativo y, particularmente, sus arts. 33 y 34 sobre derechos de autores y regalías de participantes en obras. La controversia confrontaba irrenunciabilidad, libertad contractual, seguridad social y compromisos comunitarios; no había IA.
    Historia procesal
    Cuatro demandas públicas acumuladas el 28 de agosto de 1997. La Corte examinó pruebas del trámite congresional, intervenciones y concepto del Procurador, y resolvió conjuntamente cargos formales y sustantivos.
    Cuestión jurídica
    ¿La ley cultural fue expedida válidamente y puede declararse irrenunciable, en forma general, el componente patrimonial o las regalías de autores y colaboradores?
    Criterio
    La ley supera los cargos formales; el art. 33 es exequible bajo entendimiento de libre cesión sin afectar seguridad social irrenunciable; se expulsa la palabra irrenunciable del art. 34.
    Fundamento decisivo
    Distingue derechos morales ligados a la creatividad humana y derechos patrimoniales transmisibles. Reconoce primacía y aplicación preferente de las normas comunitarias en su competencia, sin equiparar automáticamente todo el régimen andino al bloque de constitucionalidad.
    Límites
    No resuelve autoría GenAI ni concede registro. La lectura de regalías es histórica y no sustituye reformas posteriores de remuneración; el precedente relevante aquí es la distinción entre creación humana, moralidad y titularidad patrimonial.
    Relevancia
    doctrina-general
    Referencias relacionadas
      Peso del precedente
      Control abstracto con efectos generales sobre las disposiciones revisadas; doctrina constitucional nacional, no acto registral. Integración/votación: Ponente y presidente Vladimiro Naranjo Mesa; Antonio Barrera Carbonell, Eduardo Cifuentes Muñoz, Carlos Gaviria Díaz, José Gregorio Hernández Galindo, Hernando Herrera Vergara, Carmenza Isaza de Gómez (E), Alejandro Martínez Caballero y Fabio Morón Díaz. Hernández Galindo salvó parcialmente el voto frente a la inexequibilidad del art. 34; no se presenta como unánime.
      Fuente
      Referencia
      C-155/1998 — derechos morales, cesión patrimonial y régimen andino
      Enlace
      Consultar fuente
      Autoridad
      Corte Constitucional de Colombia, Sala Plena
      Tipo
      jurisprudencia nacional de doctrina general; no GenAI
      Tipo de evidencia
      primary_official_fulltext
      Fecha de comprobación
      2026-08-30
      Localizador
      VI, §3, numerales 17–25, especialmente 18–19; DECISIÓN, resolutivos 1–3; salvamento de Hernández Galindo.
      Verificación documentada

      García Martínez v. Universidad Autónoma de Occidente — originalidad del diseño editorial

      Nombre
      García Martínez v. Universidad Autónoma de Occidente — originalidad del diseño editorial
      Cita
      DNDA, sentencia de 17 de enero de 2018, radicado 1-2016-60472
      Tribunal
      Dirección Nacional de Derecho de Autor, Subdirección de Asuntos Jurisdiccionales
      Instancia
      primera instancia
      Fechas
      Decisión
      2018-01-17
      Estado
      apelacion-desierta-2020-tutela-improcedente-2021
      Resultado
      Declara probada la inexistencia de obra protegible, niega las pretensiones e impone costas; agencias en derecho por COP 1.861.836.
      Resumen
      Los elementos aportados no acreditan una obra original protegible; por ello fracasan las pretensiones de infracción.
      Antecedentes
      Juan Carlos García Martínez, contratado para corrección de estilo de El Marketing a Su Alcance de Gustavo Prettel Vidal, alegó haber elaborado por encargo adicional un diseño editorial entregado el 24 de septiembre de 2009 y usado en la publicación de 2013 sin pago ni cesión. La universidad negó el encargo y la originalidad; la publicación se atribuía al diseñador Henry Quintero Mendoza. Se discutían tipografía, columnas, notas y elementos gráficos, sin IA.
      Historia procesal
      Tras conciliación frustrada el 13 de octubre de 2015 por inasistencia de la universidad, se presentó demanda el 29 de julio de 2016. La DNDA actuó como juez civil, no como oficina registral; examinó contratos, ejemplares y prueba. La sentencia fue apelada. En 2020 el Tribunal declaró desierto el recurso por falta de sustentación; en 2021 la Corte Suprema declaró improcedente una tutela contra ese trámite, sin confirmar el fondo autoral.
      Cuestión jurídica
      ¿Los cambios de diagramación y corrección de estilo alegados constituyen una obra original apropiada por la universidad?
      Criterio
      Los elementos aportados no acreditan una obra original protegible; por ello fracasan las pretensiones de infracción.
      Fundamento decisivo
      La individualidad no surge de ajustes editoriales funcionales y usuales por sí solos. Columnas, fuentes, notas y fondos grises obedecían a soluciones instrumentales; la tutela autoral protege expresión propia, no las ideas o técnicas de presentación. Un diseño verdaderamente creativo sí podría superar el umbral.
      Límites
      No es IA ni regla de desprotección de todo diseño editorial. La relatoría oficial transcribe motivación y parte resolutiva, pero no sustituye todo el expediente probatorio. La apelación terminó por deserción, no por confirmación del razonamiento. No se obtuvo certificado separado de ejecutoria.
      Relevancia
      doctrina-general
      Referencias relacionadas
      • COL/agent-3-procedure-1
      • COL/agent-3-procedure-2
      Peso del precedente
      Sentencia nacional de primera instancia judicial de la DNDA, inter partes, no precedente de alta corte. Materialmente relevante porque la resolución administrativa 144/2024 la cita para evaluar retoques y originalidad. Integración/votación: Juez monocrático Carlos Andrés Corredor Blanco, Subdirector de Asuntos Jurisdiccionales. No hay votación colegiada.
      Fuente
      Referencia
      García Martínez v. Universidad Autónoma de Occidente — originalidad del diseño editorial
      Enlace
      Consultar fuente
      Autoridad
      Dirección Nacional de Derecho de Autor, Subdirección de Asuntos Jurisdiccionales
      Tipo
      jurisprudencia nacional de doctrina general; no GenAI
      Tipo de evidencia
      primary_official_fulltext
      Fecha de comprobación
      2026-08-30
      Localizador
      pp. 1–6 (antecedentes y alegaciones), 7–12 (originalidad), 13–14 (resuelve y apelación).
      Verificación documentada

      C-165/2023 — Tratado de Marrakech y concepto general de obra

      Nombre
      C-165/2023 — Tratado de Marrakech y concepto general de obra
      Cita
      Corte Constitucional, C-165/2023, LAT-466
      Tribunal
      Corte Constitucional de Colombia, Sala Plena
      Instancia
      última instancia
      Fechas
      Decisión
      2023-05-18
      Estado
      resuelto-control-constitucional
      Resultado
      Declara constitucional el tratado y exequible su ley aprobatoria; ordena comunicar la sentencia a Presidencia y Congreso.
      Resumen
      El Tratado de Marrakech es constitucional y la Ley 2090 de 2021 es exequible.
      Antecedentes
      Se revisó el Tratado de Marrakech de 27 de junio de 2013 y la Ley 2090 de 22 de junio de 2021, que lo aprobó. El instrumento facilita formatos accesibles a personas ciegas o con dificultades para acceder al texto impreso. No se juzgó una creación IA ni una solicitud individual de registro.
      Historia procesal
      La Presidencia remitió la ley el 30 de junio de 2021. Auto de conocimiento y pruebas de 21 de julio de 2021, con requerimientos adicionales en diciembre de 2021, marzo y septiembre de 2022. Continuación del trámite el 7 de octubre de 2022 y fijación en lista el 13 de octubre. Control automático integral formal y material por la Sala Plena.
      Cuestión jurídica
      ¿El tratado y su ley aprobatoria son constitucionales, incluyendo sus límites al derecho de autor para accesibilidad?
      Criterio
      El Tratado de Marrakech es constitucional y la Ley 2090 de 2021 es exequible.
      Fundamento decisivo
      La protección autoral se armoniza con igualdad, educación, cultura y accesibilidad. Como marco de análisis, ¶65 describe la obra como creación formal, original y reproducible del ingenio humano; ¶¶66–70 separan moral y patrimonio. Esa formulación general no resuelve por sí sola la frontera técnica de contribución humana en GenAI.
      Límites
      La proposición de humanidad es doctrina general utilizada en control de un tratado de accesibilidad, no holding directo de autoría IA ni concesión registral. No se equipara la fecha de la sentencia a entrada internacional en vigor del tratado.
      Relevancia
      doctrina-general
      Referencias relacionadas
        Peso del precedente
        Control constitucional automático de tratado y ley aprobatoria, efectos generales sobre el objeto revisado. Su marco autoral es doctrina nacional superior, con alcance limitado por el problema decidido. Integración/votación: Ponente Natalia Ángel Cabo. Diana Fajardo Rivera (presidenta), Natalia Ángel Cabo, Juan Carlos Cortés González, Alejandro Linares Cantillo, Antonio José Lizarazo Ocampo, Paola Andrea Meneses Mosquera, Cristina Pardo Schlesinger y José Fernando Reyes Cuartas. Jorge Enrique Ibáñez Najar figura ausente con comisión. Sin voto separado identificado; no se infiere unanimidad.
        Fuente
        Referencia
        C-165/2023 — Tratado de Marrakech y concepto general de obra
        Enlace
        Consultar fuente
        Autoridad
        Corte Constitucional de Colombia, Sala Plena
        Tipo
        jurisprudencia nacional de doctrina general; no GenAI
        Tipo de evidencia
        primary_official_fulltext
        Fecha de comprobación
        2026-08-30
        Localizador
        Antecedentes del trámite; ¶¶65–70 y 76; RESUELVE y firmas.
        Verificación documentada

        DNDA 095/2023 — Face of Death; Hands of Life; Divine Glow; Wish; Thorns in Love; Galaxy Way; Between Machine and Bones; Water and Energy; Gold in Soul; Spark of Love; No Gender

        applicant
        Daniela Morante Duque
        Nombre
        DNDA 095/2023 — Face of Death; Hands of Life; Divine Glow; Wish; Thorns in Love; Galaxy Way; Between Machine and Bones; Water and Energy; Gold in Soul; Spark of Love; No Gender
        Cita
        Resolución 095; solicitudes 1-2022-114913, 1-2022-114923, 1-2022-114930, 1-2022-114940, 1-2022-114951, 1-2022-114956, 1-2022-114959, 1-2022-114982, 1-2022-114984, 1-2022-114986, 1-2022-114989
        Tribunal
        Dirección Nacional de Derecho de Autor, Oficina de Registro
        Instancia
        oficina administrativa
        Fechas
        Decisión
        2023-03-13
        Estado
        firme-administrativamente-informado-2023-11-08
        Resultado
        Niega las once solicitudes identificadas en el acto; no otorga una inscripción parcial.
        Resumen
        La solicitante no acreditó ejecución humana de la expresión concreta; las once imágenes presentadas no satisfacen el concepto autoral de obra.
        Antecedentes
        Daniela Morante Duque presentó once imágenes atribuyéndose los lineamientos, inspiración y representación de asuntos como muerte, vida, amor, identidad y energía. En los formularios explicó que había utilizado Wonder AI. Lo sometido a registro eran las imágenes resultantes, no un texto literario autónomo de sus instrucciones.
        Historia procesal
        Once solicitudes en línea presentadas entre el 6 y el 7 de diciembre de 2022. La oficina examinó los formularios y las imágenes; el acto no documenta un requerimiento adicional respondido por la solicitante. Resolución inicial de negativa, con reposición y apelación subsidiaria. La respuesta oficial DNDA de 8 de noviembre de 2023, p. 6, informa que no se interpusieron recursos y que esta resolución estaba firme.
        Cuestión jurídica
        ¿Los lineamientos e ideas de la usuaria bastan para atribuirle la autoría de las once imágenes ejecutadas mediante Wonder AI?
        Criterio
        La solicitante no acreditó ejecución humana de la expresión concreta; las once imágenes presentadas no satisfacen el concepto autoral de obra.
        Fundamento decisivo
        La autoría exige creación intelectual de una persona natural y expresión original, no sólo ideas o instrucciones. La oficina atribuye al programa las decisiones que materializan colores, formas y composición, sin identificar ejecución expresiva de la solicitante.
        Límites
        No decide el estatuto de un texto original de instrucciones ni de una edición humana posterior no alegada. Es una decisión registral sobre once expedientes, no una prohibición de toda asistencia informática.
        Relevancia
        autoria-output
        Referencias relacionadas
          Peso del precedente
          Acto administrativo individual de registro; obligatorio dentro del expediente conforme a su estado procesal, no sentencia ni precedente judicial erga omnes. Integra una línea administrativa pública y motivada, susceptible de control judicial. Integración/votación: Nathalie Granados Bermeo, Profesional Especializada 2028 grado 15, encargada de la Jefatura de Registro. Nathalie Granados Bermeo, Profesional Especializada 2028 grado 15, encargada de la Jefatura de Registro. Decisión monocrática; no existe votación colegiada publicada.
          Fuente
          Referencia
          DNDA 095/2023 — Face of Death; Hands of Life; Divine Glow; Wish; Thorns in Love; Galaxy Way; Between Machine and Bones; Water and Energy; Gold in Soul; Spark of Love; No Gender
          Enlace
          Consultar fuente
          Autoridad
          Dirección Nacional de Derecho de Autor, Oficina de Registro
          Tipo
          acto administrativo nacional sobre registro de contenido GenAI
          Tipo de evidencia
          primary_official_fulltext
          Fecha de comprobación
          2026-08-30
          Localizador
          pp. 3–8 (formularios y hechos), 11–14 (aplicación), 15 (resuelve y firma).
          Verificación documentada

          DNDA 137/2023 — Conversaciones poéticas con ChatGPT: poesía de la mente artificial

          applicant
          Ángela María Rendón Mora
          Nombre
          DNDA 137/2023 — Conversaciones poéticas con ChatGPT: poesía de la mente artificial
          Cita
          Resolución 137; solicitudes 1-2023-18132
          Tribunal
          Dirección Nacional de Derecho de Autor, Oficina de Registro
          Instancia
          oficina administrativa
          Fechas
          Decisión
          2023-05-02
          Estado
          firme-administrativamente-informado-2023-11-08
          Resultado
          Niega la única solicitud del libro; la posibilidad de registrar los poemas humanos no equivale a una inscripción parcial concedida en este acto.
          Resumen
          Se rechaza la inscripción del libro presentado, pero se reconoce expresamente que los poemas originales creados por la solicitante pueden merecer protección propia y solicitud separada si satisfacen originalidad.
          Antecedentes
          Ángela María Rendón Mora pidió registrar Conversaciones poéticas con ChatGPT: poesía de la mente artificial. Aportaba poemas propios como inspiración al sistema y reproducía la respuesta poética y el intercambio. Alegaba así una interacción literaria, no solamente un título dado al generador; el expediente diferencia sus poemas originales de los versos producidos por ChatGPT.
          Historia procesal
          Solicitud 1-2023-18132 presentada el 26 de febrero de 2023 según encabezado y antecedentes. La oficina examinó el libro y diálogos, incluidos pedidos de un poema más profundo o menos pasional. La negativa está fechada 2 de mayo de 2023 en el documento. La respuesta oficial de 8 de noviembre de 2023, p. 6, confirma ausencia de recursos y firmeza administrativa a esa fecha.
          Cuestión jurídica
          ¿La inclusión de poemas humanos y su uso como inspiración convierte en obra protegida el conjunto de conversaciones y poemas generados?
          Criterio
          Se rechaza la inscripción del libro presentado, pero se reconoce expresamente que los poemas originales creados por la solicitante pueden merecer protección propia y solicitud separada si satisfacen originalidad.
          Fundamento decisivo
          Una variación algorítmica de un poema humano no adquiere por sí sola condición de obra derivada: también requiere creación humana. El vínculo entre autor y poema propio subsiste, mientras instrucciones y términos de uso de ChatGPT no convierten a la usuaria en autora de los versos generados.
          Límites
          No niega protección a los poemas humanos originales. Tampoco prueba que posteriormente se inscribieran. El índice llama al documento resolución de 16 de mayo; la fecha interna es 2 de mayo. El art. 2 notifica por error a Daniela Morante Duque y el art. 1 menciona 26 de enero donde antecedentes y encabezado dicen 26 de febrero. Se conservan las discrepancias, sin declarar nulidad ni corregirlas silenciosamente.
          Relevancia
          autoria-asistida
          Referencias relacionadas
            Peso del precedente
            Acto administrativo individual de registro; obligatorio dentro del expediente conforme a su estado procesal, no sentencia ni precedente judicial erga omnes. Integra una línea administrativa pública y motivada, susceptible de control judicial. Integración/votación: Nathalie Granados Bermeo, Profesional Especializada 2028 grado 15, encargada de la Jefatura de Registro. Nathalie Granados Bermeo, Profesional Especializada 2028 grado 15, encargada de la Jefatura de Registro. Decisión monocrática; no existe votación colegiada publicada.
            Fuente
            Referencia
            DNDA 137/2023 — Conversaciones poéticas con ChatGPT: poesía de la mente artificial
            Enlace
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            Autoridad
            Dirección Nacional de Derecho de Autor, Oficina de Registro
            Tipo
            acto administrativo nacional sobre registro de contenido GenAI
            Tipo de evidencia
            primary_official_fulltext
            Fecha de comprobación
            2026-08-30
            Localizador
            p. 3 (solicitud), pp. 7–9 (regla), 9–12 (aplicación y poemas humanos), 12 (resuelve, fecha y firma).
            Verificación documentada

            DNDA 147/2023 — El poder de la inteligencia artificial: cuentos de ciencia ficción escritos por ChatGPT

            applicant
            Carlo Stefano Martínez Villar
            Nombre
            DNDA 147/2023 — El poder de la inteligencia artificial: cuentos de ciencia ficción escritos por ChatGPT
            Cita
            Resolución 147; solicitudes 1-2023-16905
            Tribunal
            Dirección Nacional de Derecho de Autor, Oficina de Registro
            Instancia
            oficina administrativa
            Fechas
            Decisión
            2023-05-16
            Estado
            firme-administrativamente-informado-2023-11-08
            Resultado
            Niega una solicitud; no concede registro total ni parcial.
            Resumen
            Los relatos generados no acreditan una creación intelectual humana protegible a nombre del solicitante.
            Antecedentes
            Carlo Stefano Martínez Villar solicitó registro de El poder de la inteligencia artificial: cuentos de ciencia ficción escritos por ChatGPT. El propio libro, sus relatos y la presentación del proceso declaraban generación con ChatGPT; no se delimitó una capa literaria humana original separada que la solicitud pretendiera registrar por sí misma.
            Historia procesal
            Solicitud 1-2023-16905 del 22 de febrero de 2023. Examen administrativo del ejemplar y manifestaciones del solicitante. El documento está fechado 16 de mayo de 2023, aunque la etiqueta y URL del índice dicen 2 de mayo. La respuesta DNDA de 8 de noviembre de 2023, p. 6, informa que no hubo recursos y que el acto estaba firme.
            Cuestión jurídica
            ¿La orientación de ChatGPT para producir cuentos permite inscribirlos como obra literaria del usuario?
            Criterio
            Los relatos generados no acreditan una creación intelectual humana protegible a nombre del solicitante.
            Fundamento decisivo
            Las instrucciones describen ideas o resultados deseados; el sistema elabora la expresión literaria. La facultad contractual de usar el resultado no suple el requisito legal de autoría y originalidad. No se juzga el mérito literario.
            Límites
            No decide sobre un texto escrito por una persona que sólo use IA para revisión o sobre una edición creativa probada. Se utiliza la fecha del documento, no la etiqueta incorrecta del índice.
            Relevancia
            autoria-output
            Referencias relacionadas
              Peso del precedente
              Acto administrativo individual de registro; obligatorio dentro del expediente conforme a su estado procesal, no sentencia ni precedente judicial erga omnes. Integra una línea administrativa pública y motivada, susceptible de control judicial. Integración/votación: Julián David Riaño Ibáñez, Subdirector Técnico de Capacitación, Investigación y Desarrollo, encargado de la Jefatura de Registro. Julián David Riaño Ibáñez, Subdirector Técnico de Capacitación, Investigación y Desarrollo, encargado de la Jefatura de Registro. Decisión monocrática; no existe votación colegiada publicada.
              Fuente
              Referencia
              DNDA 147/2023 — El poder de la inteligencia artificial: cuentos de ciencia ficción escritos por ChatGPT
              Enlace
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              Autoridad
              Dirección Nacional de Derecho de Autor, Oficina de Registro
              Tipo
              acto administrativo nacional sobre registro de contenido GenAI
              Tipo de evidencia
              primary_official_fulltext
              Fecha de comprobación
              2026-08-30
              Localizador
              p. 3 (hechos), pp. 6–9 (razonamiento), 10 (resuelve y firma).
              Verificación documentada

              DNDA 185/2023 — CarnivIA: Marimonda; MarimondaAI; TorAIto (niño vestido de Torito)

              applicant
              Harold Lozada
              Nombre
              DNDA 185/2023 — CarnivIA: Marimonda; MarimondaAI; TorAIto (niño vestido de Torito)
              Cita
              Resolución 185; solicitudes 1-2023-42469, 1-2023-42475, 1-2023-42490
              Tribunal
              Dirección Nacional de Derecho de Autor, Oficina de Registro
              Instancia
              oficina administrativa
              Fechas
              Decisión
              2023-06-14
              Estado
              firme-administrativamente-informado-2023-11-08
              Resultado
              Niega las tres solicitudes, sin inscripción parcial.
              Resumen
              Las imágenes resultantes no se inscriben como obras del solicitante.
              Antecedentes
              Harold Lozada presentó tres imágenes de personajes del carnaval: dos marimondas y un niño vestido de Torito. Expuso la generación con Midjourney, las instrucciones y elección de resultados. No se acreditó en el expediente una ejecución plástica manual posterior de las imágenes.
              Historia procesal
              Tres solicitudes 1-2023-42469, 1-2023-42475 y 1-2023-42490 presentadas el 5 de mayo de 2023. Se confrontaron formularios y archivos. La negativa de 14 de junio de 2023 admite reposición y apelación subsidiaria. La respuesta oficial de 8 de noviembre de 2023, p. 6, reporta que no se interpusieron recursos y que estaba firme.
              Cuestión jurídica
              ¿Dar instrucciones a Midjourney y seleccionar tres imágenes de carnaval constituye la creación de sus formas concretas?
              Criterio
              Las imágenes resultantes no se inscriben como obras del solicitante.
              Fundamento decisivo
              El proceso descrito acredita ideas y elección del resultado, pero el programa realiza la expresión visual; esa intervención no satisface el umbral de creación intelectual de una persona natural.
              Límites
              No decide el estatuto jurídico general de manifestaciones tradicionales ni de una composición humana posterior; la negativa se refiere a las imágenes y proceso acreditados.
              Relevancia
              autoria-output
              Referencias relacionadas
                Peso del precedente
                Acto administrativo individual de registro; obligatorio dentro del expediente conforme a su estado procesal, no sentencia ni precedente judicial erga omnes. Integra una línea administrativa pública y motivada, susceptible de control judicial. Integración/votación: Nathalie Granados Bermeo, Profesional Especializada 2028 grado 15, encargada de la Jefatura de Registro. Nathalie Granados Bermeo, Profesional Especializada 2028 grado 15, encargada de la Jefatura de Registro. Decisión monocrática; no existe votación colegiada publicada.
                Fuente
                Referencia
                DNDA 185/2023 — CarnivIA: Marimonda; MarimondaAI; TorAIto (niño vestido de Torito)
                Enlace
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                Autoridad
                Dirección Nacional de Derecho de Autor, Oficina de Registro
                Tipo
                acto administrativo nacional sobre registro de contenido GenAI
                Tipo de evidencia
                primary_official_fulltext
                Fecha de comprobación
                2026-08-30
                Localizador
                pp. 3–4 (hechos), 8–10 (aplicación), 11 (resuelve y firma).
                Verificación documentada

                DNDA 421/2023 — TOCIX

                applicant
                Ubeimar Zapata Franco
                Nombre
                DNDA 421/2023 — TOCIX
                Cita
                Resolución 421; solicitudes 1-2023-88060
                Tribunal
                Dirección Nacional de Derecho de Autor, Oficina de Registro
                Instancia
                oficina administrativa
                Fechas
                Decisión
                2023-12-01
                Estado
                resuelto-firmeza-no-verificada
                Resultado
                Niega la solicitud de TOCIX; sin inscripción parcial.
                Resumen
                No se acredita una obra original ejecutada por una persona natural en la imagen presentada.
                Antecedentes
                Ubeimar Zapata Franco pidió registrar TOCIX, imagen de una calavera morada con flores y humo. Declaró que la imagen se produjo mediante inteligencia artificial; no individualizó intervención manual creadora de las formas finales ni se identifica la herramienta por nombre.
                Historia procesal
                Solicitud 1-2023-88060 presentada el 7 de septiembre de 2023. La oficina evaluó la descripción y archivo, y negó el 1 de diciembre de 2023. El acto literalmente menciona cinco días para recurrir; se registra ese dato histórico, sin presentarlo como asesoría sobre el plazo legal aplicable. No se localizó una resolución posterior del expediente.
                Cuestión jurídica
                ¿La imagen declarada como generada por IA acredita una obra artística humana registrable?
                Criterio
                No se acredita una obra original ejecutada por una persona natural en la imagen presentada.
                Fundamento decisivo
                La explicación del solicitante no identifica ejecución humana de la expresión: las ideas e instrucciones no son la forma protegible y el algoritmo produce esa forma.
                Límites
                La ausencia de una intervención probada no demuestra que toda edición o asistencia futura sea insuficiente. Firmeza y recursos efectivamente interpuestos no verificados.
                Relevancia
                autoria-output
                Referencias relacionadas
                  Peso del precedente
                  Acto administrativo individual de registro; obligatorio dentro del expediente conforme a su estado procesal, no sentencia ni precedente judicial erga omnes. Integra una línea administrativa pública y motivada, susceptible de control judicial. Integración/votación: Nathalie Granados Bermeo, Jefe de la Oficina de Registro (E). Nathalie Granados Bermeo, Jefe de la Oficina de Registro (E). Decisión monocrática; no existe votación colegiada publicada.
                  Fuente
                  Referencia
                  DNDA 421/2023 — TOCIX
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                  Autoridad
                  Dirección Nacional de Derecho de Autor, Oficina de Registro
                  Tipo
                  acto administrativo nacional sobre registro de contenido GenAI
                  Tipo de evidencia
                  primary_official_fulltext
                  Fecha de comprobación
                  2026-08-30
                  Localizador
                  p. 3 (hechos), pp. 8–10 (aplicación), 10–11 (resuelve y firma).
                  Verificación documentada

                  DNDA 139/2024 — Mujer y Cannabis en la ciencia

                  applicant
                  Johana Mireya Niño Abella y Sandra Milena Jiménez Abella
                  Nombre
                  DNDA 139/2024 — Mujer y Cannabis en la ciencia
                  Cita
                  Resolución 139; solicitudes 1-2024-14559
                  Tribunal
                  Dirección Nacional de Derecho de Autor, Oficina de Registro
                  Instancia
                  oficina administrativa
                  Fechas
                  Decisión
                  2024-04-24
                  Estado
                  resuelto-firmeza-no-verificada
                  Resultado
                  Niega la única solicitud, sin reconocimiento parcial de las contribuciones alegadas.
                  Resumen
                  Los aportes alegados no prueban ejecución creadora humana de la expresión concreta de la imagen.
                  Antecedentes
                  Johana Mireya Niño Abella, ingeniera, y Sandra Milena Jiménez Abella, artista, alegaron coautoría de Mujer y Cannabis en la ciencia. La primera describió ajuste o alimentación temática del sistema con cannabis y enteógenos; la segunda formuló concepto, instrucciones, evaluación, rechazo y selección de imágenes. Indicaron que el resultado final aceptado no fue editado después de generarlo.
                  Historia procesal
                  Solicitud 1-2024-14559 del 12 de febrero de 2024. Ante requerimiento de aclaración del proceso creativo, cuya fecha no publica el acto, se respondió el 8 de marzo de 2024 mediante radicado 1-2024-25181. La oficina confrontó esta explicación con la imagen y negó el 24 de abril; el acto prevé reposición y apelación subsidiaria dentro de diez días.
                  Cuestión jurídica
                  ¿La contribución ingenieril temática y la dirección artística por prompts, validación y selección hacen coautoras a las solicitantes del resultado no editado?
                  Criterio
                  Los aportes alegados no prueban ejecución creadora humana de la expresión concreta de la imagen.
                  Fundamento decisivo
                  La oficina distingue el trabajo humano previo y conceptual del control de la forma final. Alimentación temática, descripción y selección no desplazan al programa como ejecutor de colores, formas y composición en este expediente.
                  Límites
                  No es una decisión sobre derechos en el software o datos del sistema ni sobre entrenamiento lícito. No establece que toda dirección artística sea insuficiente: resuelve el proceso concreto sin edición final.
                  Relevancia
                  autoria-asistida
                  Referencias relacionadas
                    Peso del precedente
                    Acto administrativo individual de registro; obligatorio dentro del expediente conforme a su estado procesal, no sentencia ni precedente judicial erga omnes. Integra una línea administrativa pública y motivada, susceptible de control judicial. Integración/votación: Nathalie Granados Bermeo, Jefe de la Oficina de Registro (E). Nathalie Granados Bermeo, Jefe de la Oficina de Registro (E). Decisión monocrática; no existe votación colegiada publicada.
                    Fuente
                    Referencia
                    DNDA 139/2024 — Mujer y Cannabis en la ciencia
                    Enlace
                    Consultar fuente
                    Autoridad
                    Dirección Nacional de Derecho de Autor, Oficina de Registro
                    Tipo
                    acto administrativo nacional sobre registro de contenido GenAI
                    Tipo de evidencia
                    primary_official_fulltext
                    Fecha de comprobación
                    2026-08-30
                    Localizador
                    pp. 3–5 (solicitud y respuesta), 12–13 (aplicación), 14 (resuelve).
                    Verificación documentada

                    DNDA 143/2024 — Visión de Substantia 1-4

                    applicant
                    Santiago Bedoya Patiño
                    Nombre
                    DNDA 143/2024 — Visión de Substantia 1-4
                    Cita
                    Resolución 143; solicitudes 1-2024-8395, 1-2024-8400, 1-2024-8402, 1-2024-8404
                    Tribunal
                    Dirección Nacional de Derecho de Autor, Oficina de Registro
                    Instancia
                    oficina administrativa
                    Fechas
                    Decisión
                    2024-04-30
                    Estado
                    resuelto-firmeza-no-verificada
                    Resultado
                    Niega las cuatro solicitudes; sin inscripción parcial.
                    Resumen
                    No se demuestra creación humana de las imágenes y las descripciones aportadas no identifican suficientemente su expresión concreta.
                    Antecedentes
                    Santiago Bedoya Patiño presentó Visión de Substantia 1, 2, 3 y 4, imágenes digitales vinculadas con plantas, aromaterapia y salud. Los textos aportados describían propósitos y mensajes deseados; tres repetían una descripción. No se documentó ejecución humana de los elementos visuales finales.
                    Historia procesal
                    Cuatro solicitudes del 29 de enero de 2024, radicados 1-2024-8395, 8400, 8402 y 8404. La oficina examinó los PDF y formularios y observó además la insuficiente identificación descriptiva de las imágenes. No se documenta un requerimiento adicional respondido. Negativa el 30 de abril de 2024 con reposición y apelación subsidiaria en diez días.
                    Cuestión jurídica
                    ¿Las descripciones conceptuales y resultados de Visual Electric cumplen originalidad humana e identificación de la obra artística presentada?
                    Criterio
                    No se demuestra creación humana de las imágenes y las descripciones aportadas no identifican suficientemente su expresión concreta.
                    Fundamento decisivo
                    La oficina distingue descripción de una obra de instrucciones o finalidades para generarla: expresar un mensaje deseado no implica materializarlo de manera original. El requisito de descripción registral se evalúa junto al requisito sustantivo, sin confundirlos.
                    Límites
                    La falta de identificación es un fundamento procedimental adicional, no la definición general de originalidad. No se decide sobre una composición manual acreditada.
                    Relevancia
                    autoria-output
                    Referencias relacionadas
                      Peso del precedente
                      Acto administrativo individual de registro; obligatorio dentro del expediente conforme a su estado procesal, no sentencia ni precedente judicial erga omnes. Integra una línea administrativa pública y motivada, susceptible de control judicial. Integración/votación: Nathalie Granados Bermeo, Jefe de la Oficina de Registro (E). Nathalie Granados Bermeo, Jefe de la Oficina de Registro (E). Decisión monocrática; no existe votación colegiada publicada.
                      Fuente
                      Referencia
                      DNDA 143/2024 — Visión de Substantia 1-4
                      Enlace
                      Consultar fuente
                      Autoridad
                      Dirección Nacional de Derecho de Autor, Oficina de Registro
                      Tipo
                      acto administrativo nacional sobre registro de contenido GenAI
                      Tipo de evidencia
                      primary_official_fulltext
                      Fecha de comprobación
                      2026-08-30
                      Localizador
                      pp. 3–6 (formularios), 14–15 (aplicación y parte resolutiva).
                      Verificación documentada

                      DNDA 144/2024 — Laguna de los Sueños; Apreciando la Tormenta; Como en las Nubes; Perdidos en el Bosque; Caminata en las Montañas; Blues y ciudad; Pareja Baila Guabina; Pajarillos al Atardecer; La Flor. Tema con Variaciones.; Fractalisis; Nocturnal Man

                      applicant
                      Carlos Andrés Rivera Arenas
                      Nombre
                      DNDA 144/2024 — Laguna de los Sueños; Apreciando la Tormenta; Como en las Nubes; Perdidos en el Bosque; Caminata en las Montañas; Blues y ciudad; Pareja Baila Guabina; Pajarillos al Atardecer; La Flor. Tema con Variaciones.; Fractalisis; Nocturnal Man
                      Cita
                      Resolución 144; solicitudes 1-2024-4368, 1-2024-4382, 1-2024-4385, 1-2024-4389, 1-2024-4397, 1-2024-4488, 1-2024-4501, 1-2024-4507, 1-2024-4527, 1-2024-4536, 1-2024-4541
                      Tribunal
                      Dirección Nacional de Derecho de Autor, Oficina de Registro
                      Instancia
                      oficina administrativa
                      Fechas
                      Decisión
                      2024-04-30
                      Estado
                      resuelto-firmeza-no-verificada
                      Resultado
                      Niega once solicitudes, sin inscribir parcialmente los retoques.
                      Resumen
                      La intervención humana existe, pero los cambios probados son correctivos y no alcanzan originalidad suficiente en esas once imágenes.
                      Antecedentes
                      Carlos Andrés Rivera Arenas presentó once imágenes generadas con IA y efectivamente retocadas. Aportó originales y versiones finales: ajustes de contraste, brillo, saturación, temperatura, tono, nitidez, colores de flores y atmósferas de tormenta o noche, con iteraciones adicionales en Caminata en las Montañas. No es un expediente de ausencia total de trabajo humano.
                      Historia procesal
                      Once solicitudes del 18 de enero de 2024. La oficina requirió identificar aportes y comparar antes/después; se aportó PDF con imágenes y explicaciones, pero el acto no precisa las fechas del requerimiento y respuesta. Tras comparar versiones, negó el 30 de abril. Prevé reposición y apelación subsidiaria en diez días.
                      Cuestión jurídica
                      ¿Los retoques concretamente demostrados añaden una impronta humana original protegible a las imágenes generadas?
                      Criterio
                      La intervención humana existe, pero los cambios probados son correctivos y no alcanzan originalidad suficiente en esas once imágenes.
                      Fundamento decisivo
                      La originalidad no se presume por realizar trabajo o usar herramientas de edición: requiere una expresión propia identificable. La comparación no reveló una impronta personal distinta de correcciones gráficas. El acto cita García Martínez v. Universidad Autónoma de Occidente, 17 de enero de 2018, sobre ajustes instrumentales y originalidad.
                      Límites
                      No prohíbe toda edición humana ni declara que cualquier ajuste de color carezca de originalidad. La suficiencia se resolvió sobre las versiones y explicaciones particulares. No equivale a falta absoluta de intervención humana.
                      Relevancia
                      autoria-asistida
                      Referencias relacionadas
                        Peso del precedente
                        Acto administrativo individual de registro; obligatorio dentro del expediente conforme a su estado procesal, no sentencia ni precedente judicial erga omnes. Integra una línea administrativa pública y motivada, susceptible de control judicial. Integración/votación: Nathalie Granados Bermeo, Jefe de la Oficina de Registro (E). Nathalie Granados Bermeo, Jefe de la Oficina de Registro (E). Decisión monocrática; no existe votación colegiada publicada.
                        Fuente
                        Referencia
                        DNDA 144/2024 — Laguna de los Sueños; Apreciando la Tormenta; Como en las Nubes; Perdidos en el Bosque; Caminata en las Montañas; Blues y ciudad; Pareja Baila Guabina; Pajarillos al Atardecer; La Flor. Tema con Variaciones.; Fractalisis; Nocturnal Man
                        Enlace
                        Consultar fuente
                        Autoridad
                        Dirección Nacional de Derecho de Autor, Oficina de Registro
                        Tipo
                        acto administrativo nacional sobre registro de contenido GenAI
                        Tipo de evidencia
                        primary_official_fulltext
                        Fecha de comprobación
                        2026-08-30
                        Localizador
                        pp. 3–9 (solicitudes), 13–15 (prueba antes/después), 18–19 (originalidad y antecedente García), 20 (resuelve).
                        Verificación documentada

                        DNDA 262/2024 — the bAng bIg (grafía estilizada del formulario)

                        applicant
                        Pablo Vélez Posada
                        Nombre
                        DNDA 262/2024 — the bAng bIg (grafía estilizada del formulario)
                        Cita
                        Resolución 262; solicitudes 1-2024-68427
                        Tribunal
                        Dirección Nacional de Derecho de Autor, Oficina de Registro
                        Instancia
                        oficina administrativa
                        Fechas
                        Decisión
                        2024-09-03
                        Estado
                        resuelto-firmeza-no-verificada
                        Resultado
                        Niega la solicitud 1-2024-68427; sin inscripción parcial.
                        Resumen
                        No se demuestra una obra audiovisual original humana sobre la que puedan operar los títulos autorales o la presunción patrimonial del productor invocados.
                        Antecedentes
                        Pablo Vélez Posada presentó un audiovisual experimental de 4 minutos 36 segundos sobre el Big Bang, con túneles fractales e imágenes psicodélicas y sonido incidental generado. Figuraba como director y productor; los créditos también lo llamaban escritor, director y editor, atribuían fotografía a PixVerse.ai, música a Facebook Music Gen y diseño sonoro a My Edit.online, con producción Legendary Creatures Films.
                        Historia procesal
                        Solicitud 1-2024-68427 del 20 de junio de 2024. La oficina requirió aclarar el proceso creativo al contrastar formulario y créditos; no recibió respuesta y el acto no publica la fecha del requerimiento. Negativa del 3 de septiembre con recursos en diez días. Un párrafo inicial copia el radicado y fecha del expediente 263; encabezado, hechos propios y decisión de este acto corresponden a 68427.
                        Cuestión jurídica
                        ¿Nombrarse director, escritor, editor y productor acredita una obra audiovisual humana cuando imágenes y sonidos se atribuyen a generadores y no se explica la aportación creadora?
                        Criterio
                        No se demuestra una obra audiovisual original humana sobre la que puedan operar los títulos autorales o la presunción patrimonial del productor invocados.
                        Fundamento decisivo
                        Las denominaciones de crédito no reemplazan prueba del proceso expresivo. La ausencia de aclaración impide identificar aportes humanos a la forma concreta. La presunción en favor del productor presupone una obra protegible, no crea por sí sola ese objeto.
                        Límites
                        No niega universalmente derechos conexos en una primera fijación sonora ni decide un registro de fonograma; resolvió una solicitud de obra audiovisual. Tampoco concluye que no existiera edición alguna: no fue explicada y acreditada.
                        Relevancia
                        autoria-output
                        Referencias relacionadas
                          Peso del precedente
                          Acto administrativo individual de registro; obligatorio dentro del expediente conforme a su estado procesal, no sentencia ni precedente judicial erga omnes. Integra una línea administrativa pública y motivada, susceptible de control judicial. Integración/votación: Nathalie Granados Bermeo, Jefe de la Oficina de Registro. Nathalie Granados Bermeo, Jefe de la Oficina de Registro. Decisión monocrática; no existe votación colegiada publicada.
                          Fuente
                          Referencia
                          DNDA 262/2024 — the bAng bIg (grafía estilizada del formulario)
                          Enlace
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                          Autoridad
                          Dirección Nacional de Derecho de Autor, Oficina de Registro
                          Tipo
                          acto administrativo nacional sobre registro de contenido GenAI
                          Tipo de evidencia
                          primary_official_fulltext
                          Fecha de comprobación
                          2026-08-30
                          Localizador
                          pp. 3–4 (formulario y duración), 11 (créditos y requerimiento), 12–15 (aplicación), 16 (resuelve).
                          Verificación documentada

                          DNDA 263/2024 — fin del mundo

                          applicant
                          Sebastián Hincapié Parra
                          Nombre
                          DNDA 263/2024 — fin del mundo
                          Cita
                          Resolución 263; solicitudes 1-2024-63713
                          Tribunal
                          Dirección Nacional de Derecho de Autor, Oficina de Registro
                          Instancia
                          oficina administrativa
                          Fechas
                          Decisión
                          2024-09-09
                          Estado
                          resuelto-firmeza-no-verificada
                          Resultado
                          Acto de negativa sobre fin del mundo según motivación y encabezado; el art. 1 menciona por error aparente el radicado 68427. No se afirma que el acto resuelva limpiamente 63713 sin la salvedad documental.
                          Resumen
                          La motivación considera insuficiente la identificación de aportes humanos y niega el registro de la obra presentada.
                          Antecedentes
                          Sebastián Hincapié Parra presentó un MP4 de acción de 1 minuto 57 segundos, terminado en 2023, sobre el fin del mundo y la extinción de culturas. Se declaró director/productor y se identificó generación mediante Pika Labs; no se probó qué expresión audiovisual ejecutó personalmente.
                          Historia procesal
                          Solicitud 1-2024-63713 del 8 de junio de 2024 según encabezado y hechos. Requerimiento para explicar el proceso creativo no contestado; fecha no publicada. Resolución de 9 de septiembre de 2024. Su parte dispositiva escribe 1-2024-68427, radicado de la resolución 262, en lugar del 63713 del asunto: discrepancia literal comprobada, sin acto de corrección localizado.
                          Cuestión jurídica
                          ¿El audiovisual generado con Pika Labs y atribuido al solicitante acredita una creación humana que permita su registro como obra?
                          Criterio
                          La motivación considera insuficiente la identificación de aportes humanos y niega el registro de la obra presentada.
                          Fundamento decisivo
                          El papel de director o productor debe corresponder a una contribución creadora o titularidad derivada de una obra existente. La generación y las instrucciones descritas, sin aclaración de la expresión humana, no demuestran ese objeto.
                          Límites
                          La discrepancia de radicado impide sumar sin reservas 47 negativas operativas únicas en la serie. No se emite conclusión sobre validez o nulidad del acto, ni sobre derechos conexos de una fijación.
                          Relevancia
                          autoria-output
                          Referencias relacionadas
                            Peso del precedente
                            Acto administrativo individual de registro; obligatorio dentro del expediente conforme a su estado procesal, no sentencia ni precedente judicial erga omnes. Integra una línea administrativa pública y motivada, susceptible de control judicial. Integración/votación: Nathalie Granados Bermeo, Jefe de la Oficina de Registro. Nathalie Granados Bermeo, Jefe de la Oficina de Registro. Decisión monocrática; no existe votación colegiada publicada.
                            Fuente
                            Referencia
                            DNDA 263/2024 — fin del mundo
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                            Consultar fuente
                            Autoridad
                            Dirección Nacional de Derecho de Autor, Oficina de Registro
                            Tipo
                            acto administrativo nacional sobre registro de contenido GenAI
                            Tipo de evidencia
                            primary_official_fulltext
                            Fecha de comprobación
                            2026-08-30
                            Localizador
                            pp. 3–4 (solicitud), 12–14 (Pika Labs y aplicación), 15 (radicado dispositivo y firma).
                            Verificación documentada

                            DNDA 042/2025 — Episode 1: Quixote, Eternal Horizons

                            applicant
                            Juan Manuel Degiovanni Preciado
                            Nombre
                            DNDA 042/2025 — Episode 1: Quixote, Eternal Horizons
                            Cita
                            Resolución 042; solicitudes 1-2024-146536
                            Tribunal
                            Dirección Nacional de Derecho de Autor, Oficina de Registro
                            Instancia
                            oficina administrativa
                            Fechas
                            Decisión
                            2025-01-23
                            Estado
                            resuelto-firmeza-no-verificada
                            Resultado
                            Niega la solicitud, sin inscripción parcial.
                            Resumen
                            No se acreditó una aportación creadora humana a la expresión audiovisual presentada.
                            Antecedentes
                            Juan Manuel Degiovanni Preciado presentó Episode 1: Quixote, Eternal Horizons, audiovisual musical de 1 minuto 10 segundos. Don Quijote viaja por escenarios icónicos del mundo y aparece un manto rojo, sin diálogo hablado, con música épica. Declaró creación IA de escenarios y música, se anotó como director/productor/artista y a Luisa Fernanda García Hoyos como coproductora y artista.
                            Historia procesal
                            Solicitud 1-2024-146536 del 23 de diciembre de 2024. Examen del formulario y audiovisual; no consta requerimiento adicional respondido en este acto. Negativa del 23 de enero de 2025, con reposición y apelación subsidiaria en diez días.
                            Cuestión jurídica
                            ¿El nombramiento de director/productores y artistas permite atribuir obra humana a escenas y música declaradas generadas con IA?
                            Criterio
                            No se acreditó una aportación creadora humana a la expresión audiovisual presentada.
                            Fundamento decisivo
                            La autoría audiovisual y titularidad del productor parten de una obra que cumpla la creación humana original; llenar esos campos no sustituye la prueba de la ejecución expresiva.
                            Límites
                            No resuelve un derecho sobre Don Quijote, una interpretación humana efectivamente probada, ni derechos conexos fonográficos. No identifica por marca la herramienta utilizada.
                            Relevancia
                            autoria-output
                            Referencias relacionadas
                              Peso del precedente
                              Acto administrativo individual de registro; obligatorio dentro del expediente conforme a su estado procesal, no sentencia ni precedente judicial erga omnes. Integra una línea administrativa pública y motivada, susceptible de control judicial. Integración/votación: Nathalie Granados Bermeo, Jefe de la Oficina de Registro. Nathalie Granados Bermeo, Jefe de la Oficina de Registro. Decisión monocrática; no existe votación colegiada publicada.
                              Fuente
                              Referencia
                              DNDA 042/2025 — Episode 1: Quixote, Eternal Horizons
                              Enlace
                              Consultar fuente
                              Autoridad
                              Dirección Nacional de Derecho de Autor, Oficina de Registro
                              Tipo
                              acto administrativo nacional sobre registro de contenido GenAI
                              Tipo de evidencia
                              primary_official_fulltext
                              Fecha de comprobación
                              2026-08-30
                              Localizador
                              pp. 3–4 (hechos), 13–14 (aplicación y decisión).
                              Verificación documentada

                              DNDA 055/2025 — AUN LATE FUERTE

                              applicant
                              Nidia Esperanza Muñoz Villamil
                              Nombre
                              DNDA 055/2025 — AUN LATE FUERTE
                              Cita
                              Resolución 055; solicitudes 1-2024-118307
                              Tribunal
                              Dirección Nacional de Derecho de Autor, Oficina de Registro
                              Instancia
                              oficina administrativa
                              Fechas
                              Decisión
                              2025-02-07
                              Estado
                              resuelto-firmeza-no-verificada
                              Resultado
                              Niega una solicitud de obra musical con letra; no concede registro separado de letra o música.
                              Resumen
                              No se acreditó creación humana de la composición y letra sometidas a registro.
                              Antecedentes
                              Nidia Esperanza Muñoz Villamil presentó una obra musical con letra, de género reggaetón, terminada en 2024, utilizando ChatGPT y AIMUSICFACTORY.AI. Se invocó el seudónimo Manuel Mark y se aportaron partitura PDF y documento de declaración/contrato; este no equivalía a la declaración notarial de seudónimo exigida para ese trámite.
                              Historia procesal
                              Solicitud 1-2024-118307 del 16 de octubre de 2024. La oficina requirió el 13 de diciembre de 2024 explicar las contribuciones humanas; no obtuvo respuesta dentro del término. Negativa del 7 de febrero de 2025 con reposición y apelación en diez días; la orden de archivo una vez firme no demuestra por sí misma que ya lo estuviera.
                              Cuestión jurídica
                              ¿La partitura y letra declaradas producidas con IA acreditan una composición humana registrable y cumplen los extremos formales del seudónimo?
                              Criterio
                              No se acreditó creación humana de la composición y letra sometidas a registro.
                              Fundamento decisivo
                              La notación musical fija un contenido, pero no prueba que una persona haya creado ese contenido. La falta de respuesta dejó sin identificar una contribución humana original. La cuestión formal del seudónimo es distinta de la autoría sustantiva.
                              Límites
                              No declara que toda canción asistida por IA sea irregistrable. Tampoco decide derechos conexos de una grabación ni la titularidad contractual entre plataformas y usuaria.
                              Relevancia
                              autoria-output
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                                Peso del precedente
                                Acto administrativo individual de registro; obligatorio dentro del expediente conforme a su estado procesal, no sentencia ni precedente judicial erga omnes. Integra una línea administrativa pública y motivada, susceptible de control judicial. Integración/votación: Nathalie Granados Bermeo, Jefe de la Oficina de Registro. Nathalie Granados Bermeo, Jefe de la Oficina de Registro. Decisión monocrática; no existe votación colegiada publicada.
                                Fuente
                                Referencia
                                DNDA 055/2025 — AUN LATE FUERTE
                                Enlace
                                Consultar fuente
                                Autoridad
                                Dirección Nacional de Derecho de Autor, Oficina de Registro
                                Tipo
                                acto administrativo nacional sobre registro de contenido GenAI
                                Tipo de evidencia
                                primary_official_fulltext
                                Fecha de comprobación
                                2026-08-30
                                Localizador
                                pp. 3–4 (solicitud), 13–14 (requerimiento, aplicación y resolución).
                                Verificación documentada

                                DNDA 058/2025 — Capitule 1, Scene 1: A Silent Journey

                                applicant
                                Juan Manuel Degiovanni Preciado
                                Nombre
                                DNDA 058/2025 — Capitule 1, Scene 1: A Silent Journey
                                Cita
                                Resolución 058; solicitudes 1-2025-6678
                                Tribunal
                                Dirección Nacional de Derecho de Autor, Oficina de Registro
                                Instancia
                                oficina administrativa
                                Fechas
                                Decisión
                                2025-02-10
                                Estado
                                resuelto-firmeza-no-verificada
                                Resultado
                                Niega una solicitud, sin inscripción parcial.
                                Resumen
                                No se acredita una obra humana original ni, por tanto, la titularidad autoral solicitada sobre el audiovisual.
                                Antecedentes
                                Juan Manuel Degiovanni Preciado presentó Capitule 1, Scene 1: A Silent Journey, musical audiovisual de cuatro minutos terminado en 2024: Don Quijote recorre paisajes icónicos y futuristas, sin diálogo, con música de inspiración multicultural. Declaró generación de escenarios y música con IA, se atribuyó dirección/producción y consignó a Luisa Fernanda García Hoyos como coproductora.
                                Historia procesal
                                Solicitud 1-2025-6678 del 19 de enero de 2025. La oficina evaluó formulario y audiovisual y negó el 10 de febrero de 2025; no documenta un requerimiento adicional respondido. Recursos de reposición y apelación subsidiaria en diez días.
                                Cuestión jurídica
                                ¿La atribución de dirección y producción acredita creación intelectual humana del musical audiovisual generado?
                                Criterio
                                No se acredita una obra humana original ni, por tanto, la titularidad autoral solicitada sobre el audiovisual.
                                Fundamento decisivo
                                El régimen de autores audiovisuales y productor no exime de probar la creación humana de la expresión; los campos de dirección y producción y el concepto narrativo no satisfacen por sí solos esa exigencia.
                                Límites
                                Expediente distinto de 042, aunque comparte solicitante y tema. No decide sobre todo posible guion humano, selección creativa probada ni derechos conexos.
                                Relevancia
                                autoria-output
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                                  Peso del precedente
                                  Acto administrativo individual de registro; obligatorio dentro del expediente conforme a su estado procesal, no sentencia ni precedente judicial erga omnes. Integra una línea administrativa pública y motivada, susceptible de control judicial. Integración/votación: Nathalie Granados Bermeo, Jefe de la Oficina de Registro. Nathalie Granados Bermeo, Jefe de la Oficina de Registro. Decisión monocrática; no existe votación colegiada publicada.
                                  Fuente
                                  Referencia
                                  DNDA 058/2025 — Capitule 1, Scene 1: A Silent Journey
                                  Enlace
                                  Consultar fuente
                                  Autoridad
                                  Dirección Nacional de Derecho de Autor, Oficina de Registro
                                  Tipo
                                  acto administrativo nacional sobre registro de contenido GenAI
                                  Tipo de evidencia
                                  primary_official_fulltext
                                  Fecha de comprobación
                                  2026-08-30
                                  Localizador
                                  pp. 3–4 (hechos), 13–14 (aplicación y resuelve).
                                  Verificación documentada

                                  DNDA 069/2025 — Celia Dreams, Eliana Dreams and Eugenia Dreams

                                  applicant
                                  Carlos Andrés González
                                  Nombre
                                  DNDA 069/2025 — Celia Dreams, Eliana Dreams and Eugenia Dreams
                                  Cita
                                  Resolución 069; solicitudes 1-2025-3615, 1-2025-3631, 1-2025-3635
                                  Tribunal
                                  Dirección Nacional de Derecho de Autor, Oficina de Registro
                                  Instancia
                                  oficina administrativa
                                  Fechas
                                  Decisión
                                  2025-02-17
                                  Estado
                                  resuelto-firmeza-no-verificada
                                  Resultado
                                  Niega las tres solicitudes, sin inscripción parcial.
                                  Resumen
                                  Las instrucciones y perfiles no acreditan ejecución original humana de las imágenes presentadas.
                                  Antecedentes
                                  Carlos Andrés González pidió registrar las imágenes de las influencers digitales Celia Dreams, Eliana Dreams y Eugenia Dreams, en JPG. Las descripciones detallaban cabello, altura, cuerpo, vestimenta y personalidad deseada. Las solicitudes declaraban creación con IA, sin identificar ejecución humana de las formas concretas.
                                  Historia procesal
                                  Tres solicitudes 1-2025-3615, 3631 y 3635 del 12 de enero de 2025 según encabezado y resolutivo. La p. 3 contiene un párrafo copiado del expediente 042, con fecha 23 de diciembre de 2024 y radicado 1-2024-146536. No se toma esa copia como fecha de estas solicitudes. Negativa del 17 de febrero con recursos en diez días.
                                  Cuestión jurídica
                                  ¿La definición detallada de personajes o influencers digitales acredita autoría de sus imágenes generadas?
                                  Criterio
                                  Las instrucciones y perfiles no acreditan ejecución original humana de las imágenes presentadas.
                                  Fundamento decisivo
                                  Precisar atributos o intención no equivale a plasmarlos en una forma artística propia; el sistema genera la imagen. Se distingue el personaje conceptual de una expresión visual efectivamente creada por una persona.
                                  Límites
                                  No decide derechos de personalidad de personas reales ni una protección general de personajes ficticios. La incoherencia procesal del párrafo inicial se mantiene documentada; no se infiere nulidad.
                                  Relevancia
                                  autoria-output
                                  Referencias relacionadas
                                    Peso del precedente
                                    Acto administrativo individual de registro; obligatorio dentro del expediente conforme a su estado procesal, no sentencia ni precedente judicial erga omnes. Integra una línea administrativa pública y motivada, susceptible de control judicial. Integración/votación: Nathalie Granados Bermeo, Jefe de la Oficina de Registro. Nathalie Granados Bermeo, Jefe de la Oficina de Registro. Decisión monocrática; no existe votación colegiada publicada.
                                    Fuente
                                    Referencia
                                    DNDA 069/2025 — Celia Dreams, Eliana Dreams and Eugenia Dreams
                                    Enlace
                                    Consultar fuente
                                    Autoridad
                                    Dirección Nacional de Derecho de Autor, Oficina de Registro
                                    Tipo
                                    acto administrativo nacional sobre registro de contenido GenAI
                                    Tipo de evidencia
                                    primary_official_fulltext
                                    Fecha de comprobación
                                    2026-08-30
                                    Localizador
                                    pp. 3–5 (formularios y discrepancia), 12 (aplicación), 13 (resuelve).
                                    Verificación documentada

                                    DNDA 097/2025 — SEBASTRIPAN

                                    applicant
                                    Cristian Sebastián Paz Valencia
                                    Nombre
                                    DNDA 097/2025 — SEBASTRIPAN
                                    Cita
                                    Resolución 097; solicitudes 1-2024-145731
                                    Tribunal
                                    Dirección Nacional de Derecho de Autor, Oficina de Registro
                                    Instancia
                                    oficina administrativa
                                    Fechas
                                    Decisión
                                    2025-03-14
                                    Estado
                                    resuelto-firmeza-no-verificada
                                    Resultado
                                    Niega una solicitud; recursos de reposición y apelación subsidiaria en diez días.
                                    Resumen
                                    No se demuestra el aporte creador humano necesario para inscribir la imagen.
                                    Antecedentes
                                    Cristian Sebastián Paz Valencia presentó SEBASTRIPAN, JPG de una pintura psicodélica con bicicleta y referencias al LSD, declarada como derivada y terminada en 2024. Se identificó el uso de Meta AI, sin acreditar ejecución humana del resultado final.
                                    Historia procesal
                                    Solicitud 1-2024-145731 del 20 de diciembre de 2024 según encabezado, antecedentes y decisión. La oficina requirió el 17 de enero de 2025 aclarar el aporte creativo, sin respuesta. La cara del documento dice Resolución 097 del 14 de marzo de 2025; índice y nombre de archivo dicen 079. El párrafo de competencia dice 23 de diciembre, divergencia menor que tampoco se corrige silenciosamente.
                                    Cuestión jurídica
                                    ¿La presentación de una imagen derivada producida con Meta AI demuestra creación humana original?
                                    Criterio
                                    No se demuestra el aporte creador humano necesario para inscribir la imagen.
                                    Fundamento decisivo
                                    Declarar carácter derivado no elimina la exigencia de creación humana original en la transformación. El requerimiento no contestado dejó sin sustento esa contribución.
                                    Límites
                                    097 es el número interno verificado; no se duplica como un supuesto caso 079. No decide titularidad ni infracción respecto de una obra previa no identificada judicialmente.
                                    Relevancia
                                    autoria-output
                                    Referencias relacionadas
                                      Peso del precedente
                                      Acto administrativo individual de registro; obligatorio dentro del expediente conforme a su estado procesal, no sentencia ni precedente judicial erga omnes. Integra una línea administrativa pública y motivada, susceptible de control judicial. Integración/votación: Nathalie Granados Bermeo, Jefe de la Oficina de Registro. Nathalie Granados Bermeo, Jefe de la Oficina de Registro. Decisión monocrática; no existe votación colegiada publicada.
                                      Fuente
                                      Referencia
                                      DNDA 097/2025 — SEBASTRIPAN
                                      Enlace
                                      Consultar fuente
                                      Autoridad
                                      Dirección Nacional de Derecho de Autor, Oficina de Registro
                                      Tipo
                                      acto administrativo nacional sobre registro de contenido GenAI
                                      Tipo de evidencia
                                      primary_official_fulltext
                                      Fecha de comprobación
                                      2026-08-30
                                      Localizador
                                      pp. 2–3 (hechos), 7–9 (Meta AI, requerimiento y aplicación), 9–10 (resuelve y firma).
                                      Verificación documentada

                                      DNDA 133/2025 — Diseño caratula paar Entre la carne y la nada. Obra creada con mis promps en Dalle; Galeria ilustraciones echas con PromeIA con mis prompts e ideas

                                      applicant
                                      Carlos Ariel Icaria Suarez
                                      Nombre
                                      DNDA 133/2025 — Diseño caratula paar Entre la carne y la nada. Obra creada con mis promps en Dalle; Galeria ilustraciones echas con PromeIA con mis prompts e ideas
                                      Cita
                                      Resolución 133; solicitudes 1-2025-17601, 1-2025-17610
                                      Tribunal
                                      Dirección Nacional de Derecho de Autor, Oficina de Registro
                                      Instancia
                                      oficina administrativa
                                      Fechas
                                      Decisión
                                      2025-04-30
                                      Estado
                                      resuelto-firmeza-no-verificada
                                      Resultado
                                      Niega las dos solicitudes; no registra las imágenes ni los relatos humanos por este acto.
                                      Resumen
                                      No se demuestra creación humana de las expresiones visuales solicitadas.
                                      Antecedentes
                                      Carlos Ariel Icaria Suarez presentó dos solicitudes: carátula del libro Entre la carne y la nada, con una mujer, vacío, lágrimas cuánticas y estética VHS azul inspirada en relatos propios, y una galería de ilustraciones de horror para una revista. Expuso sus ideas y prompts a DALL-E y PromeAI; no delimitó una ejecución plástica humana original.
                                      Historia procesal
                                      Solicitudes 1-2025-17601 y 17610 del 12 de febrero de 2025. Requerimiento de 11 de marzo de 2025 para explicar el proceso; no se respondió durante el mes concedido. Resolución de negativa del 30 de abril, con reposición y apelación subsidiaria en diez días.
                                      Cuestión jurídica
                                      ¿La inspiración en relatos propios, los prompts y los términos de las plataformas sustentan autoría de carátula y galería generadas?
                                      Criterio
                                      No se demuestra creación humana de las expresiones visuales solicitadas.
                                      Fundamento decisivo
                                      Los relatos e ideas previos no trasladan automáticamente su eventual protección a las imágenes ejecutadas por IA. La licencia contractual de explotación no sustituye los presupuestos del derecho de autor.
                                      Límites
                                      No decide la protección independiente de los relatos propios. Son dos solicitudes —una contiene una galería—, no necesariamente sólo dos imágenes.
                                      Relevancia
                                      autoria-output
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                                        Peso del precedente
                                        Acto administrativo individual de registro; obligatorio dentro del expediente conforme a su estado procesal, no sentencia ni precedente judicial erga omnes. Integra una línea administrativa pública y motivada, susceptible de control judicial. Integración/votación: Nathalie Granados Bermeo, Jefe de la Oficina de Registro. Nathalie Granados Bermeo, Jefe de la Oficina de Registro. Decisión monocrática; no existe votación colegiada publicada.
                                        Fuente
                                        Referencia
                                        DNDA 133/2025 — Diseño caratula paar Entre la carne y la nada. Obra creada con mis promps en Dalle; Galeria ilustraciones echas con PromeIA con mis prompts e ideas
                                        Enlace
                                        Consultar fuente
                                        Autoridad
                                        Dirección Nacional de Derecho de Autor, Oficina de Registro
                                        Tipo
                                        acto administrativo nacional sobre registro de contenido GenAI
                                        Tipo de evidencia
                                        primary_official_fulltext
                                        Fecha de comprobación
                                        2026-08-30
                                        Localizador
                                        pp. 3–4 (hechos), 9–10 (plataformas y aplicación), 11–12 (resuelve).
                                        Verificación documentada

                                        DNDA 152/2025 — Máquinas 3D en proceso productivo

                                        applicant
                                        Alejandro Arango Correa
                                        Nombre
                                        DNDA 152/2025 — Máquinas 3D en proceso productivo
                                        Cita
                                        Resolución 152; solicitudes 1-2025-43318
                                        Tribunal
                                        Dirección Nacional de Derecho de Autor, Oficina de Registro
                                        Instancia
                                        oficina administrativa
                                        Fechas
                                        Decisión
                                        2025-06-05
                                        Estado
                                        resuelto-firmeza-no-verificada
                                        Resultado
                                        Niega una solicitud; no concede inscripción parcial.
                                        Resumen
                                        Las instrucciones sucesivas no acreditan ejecución humana de la imagen final.
                                        Antecedentes
                                        Alejandro Arango Correa presentó Máquinas 3D en proceso productivo, JPG categorizado como fotografía: impresoras 3D blancas de diversos tamaños en una fábrica textil. La imagen tenía marca Meta AI. Aportó una instrucción inicial y dos posteriores para mejorar realismo y representar una planta industrial/IoT; no alegó edición manual final.
                                        Historia procesal
                                        Solicitud 1-2025-43318 del 7 de abril de 2025. La p. 11 fecha el requerimiento el 13 de marzo, anterior a la solicitud: contradicción que el texto no permite resolver. La respuesta sí se identifica como 12 de mayo de 2025, radicado 1-2025-61758. Negativa el 5 de junio con recursos en diez días.
                                        Cuestión jurídica
                                        ¿La imagen presentada como fotografía y generada mediante instrucciones sucesivas puede atribuirse al usuario como expresión original?
                                        Criterio
                                        Las instrucciones sucesivas no acreditan ejecución humana de la imagen final.
                                        Fundamento decisivo
                                        La clasificación solicitada como fotografía no transforma el proceso generativo en captura fotográfica humana. La propia explicación acredita instrucciones de resultado, mientras Meta AI materializa la forma.
                                        Límites
                                        No sostiene que tres prompts sean un umbral numérico decisivo ni que ninguna fotografía asistida sea protegible. La fecha contradictoria del requerimiento se conserva como no aclarada.
                                        Relevancia
                                        autoria-output
                                        Referencias relacionadas
                                          Peso del precedente
                                          Acto administrativo individual de registro; obligatorio dentro del expediente conforme a su estado procesal, no sentencia ni precedente judicial erga omnes. Integra una línea administrativa pública y motivada, susceptible de control judicial. Integración/votación: Nathalie Granados Bermeo, Jefe de la Oficina de Registro. Nathalie Granados Bermeo, Jefe de la Oficina de Registro. Decisión monocrática; no existe votación colegiada publicada.
                                          Fuente
                                          Referencia
                                          DNDA 152/2025 — Máquinas 3D en proceso productivo
                                          Enlace
                                          Consultar fuente
                                          Autoridad
                                          Dirección Nacional de Derecho de Autor, Oficina de Registro
                                          Tipo
                                          acto administrativo nacional sobre registro de contenido GenAI
                                          Tipo de evidencia
                                          primary_official_fulltext
                                          Fecha de comprobación
                                          2026-08-30
                                          Localizador
                                          p. 3 (formulario), 9 (marca/herramienta), 11 (respuesta y aplicación), 12 (resuelve).
                                          Verificación documentada

                                          DNDA 153/2025 — SentIA / SentíA

                                          applicant
                                          Verónica Perilla Cortés
                                          Nombre
                                          DNDA 153/2025 — SentIA / SentíA
                                          Cita
                                          Resolución 153; solicitudes 1-2025-28955
                                          Tribunal
                                          Dirección Nacional de Derecho de Autor, Oficina de Registro
                                          Instancia
                                          oficina administrativa
                                          Fechas
                                          Decisión
                                          2025-06-05
                                          Estado
                                          resuelto-firmeza-no-verificada
                                          Resultado
                                          Niega la solicitud 1-2025-28955; no registra parcialmente guion, imágenes o movimiento.
                                          Resumen
                                          No se demuestra cómo los materiales humanos alegados se concretan en una expresión original de la obra presentada; la descripción tampoco individualiza adecuadamente su forma.
                                          Antecedentes
                                          Verónica Perilla Cortés presentó un personaje animado educativo y emocional, de cuerpo completo e inspiración Disney. Describió un documento-guion con nombre, estética, paleta e instrucciones; utilizó ChatGPT para imágenes y Sora para movimiento. Aportó capturas y seis imágenes: una final estática y otras que parecían bocetos, sin explicar su relación causal con el resultado.
                                          Historia procesal
                                          Solicitud 1-2025-28955 del 6 de marzo de 2025. Requerimiento del 31 de marzo y respuesta del 14 de abril de 2025; el acto vuelve a utilizar el radicado de la solicitud al referirse a la respuesta. La oficina examinó materiales y negó el 5 de junio; recursos en diez días.
                                          Cuestión jurídica
                                          ¿El concepto, documento-guion, instrucciones y posibles bocetos acreditan una expresión humana del personaje animado presentado y cumplen la descripción registral?
                                          Criterio
                                          No se demuestra cómo los materiales humanos alegados se concretan en una expresión original de la obra presentada; la descripción tampoco individualiza adecuadamente su forma.
                                          Fundamento decisivo
                                          El personaje como idea, finalidad o conjunto de atributos no es la obra protegible. Hacen falta ejecución expresiva y nexo probado entre los aportes humanos y el resultado; presentar bocetos sin explicar ese nexo no satisface la carga en este expediente.
                                          Límites
                                          No niega por principio la protección de personajes ni decide que los posibles bocetos carezcan de originalidad. La insuficiencia de prueba y la descripción formal son distintas de una prohibición de toda asistencia IA.
                                          Relevancia
                                          autoria-asistida
                                          Referencias relacionadas
                                            Peso del precedente
                                            Acto administrativo individual de registro; obligatorio dentro del expediente conforme a su estado procesal, no sentencia ni precedente judicial erga omnes. Integra una línea administrativa pública y motivada, susceptible de control judicial. Integración/votación: Nathalie Granados Bermeo, Jefe de la Oficina de Registro. Nathalie Granados Bermeo, Jefe de la Oficina de Registro. Decisión monocrática; no existe votación colegiada publicada.
                                            Fuente
                                            Referencia
                                            DNDA 153/2025 — SentIA / SentíA
                                            Enlace
                                            Consultar fuente
                                            Autoridad
                                            Dirección Nacional de Derecho de Autor, Oficina de Registro
                                            Tipo
                                            acto administrativo nacional sobre registro de contenido GenAI
                                            Tipo de evidencia
                                            primary_official_fulltext
                                            Fecha de comprobación
                                            2026-08-30
                                            Localizador
                                            p. 3 (hechos), 10–11 (descripción, respuesta, seis imágenes y aplicación), 11–12 (resuelve).
                                            Verificación documentada

                                            DNDA 154/2025 — 52 imágenes creadas para el libro Ecos del alma

                                            applicant
                                            Víctor Alfonso González Urrutia
                                            Nombre
                                            DNDA 154/2025 — 52 imágenes creadas para el libro Ecos del alma
                                            Cita
                                            Resolución 154; solicitudes 1-2025-34779
                                            Tribunal
                                            Dirección Nacional de Derecho de Autor, Oficina de Registro
                                            Instancia
                                            oficina administrativa
                                            Fechas
                                            Decisión
                                            2025-06-05
                                            Estado
                                            resuelto-firmeza-no-verificada
                                            Resultado
                                            Niega una solicitud que reúne 52 imágenes, no 52 solicitudes; sin inscripción parcial.
                                            Resumen
                                            No se acredita una aportación humana original concreta suficiente para registrar la obra presentada.
                                            Antecedentes
                                            Víctor Alfonso González Urrutia presentó 52 imágenes creadas para el libro Ecos del alma en una sola solicitud. Alegó generación inicial con ChatGPT/DALL-E y ajustes manuales en Photoshop de luz, sombra, color, composición, tipografía y gráficos. Las afirmaciones se formularon en términos generales, sin individualizar los cambios originales en cada imagen.
                                            Historia procesal
                                            Solicitud 1-2025-34779 del 18 de marzo de 2025. Requerimiento del 8 de abril de 2025; respuesta radicada 1-2025-45349, sin fecha precisa publicada en el acto. La oficina contrastó la explicación y los archivos: sólo pudo identificar de manera visible título y nombre, no la creación sustantiva alegada. Negativa del 5 de junio con recursos en diez días.
                                            Cuestión jurídica
                                            ¿La afirmación de retoques en Photoshop y la adición de texto acreditan expresión humana original en las 52 imágenes?
                                            Criterio
                                            No se acredita una aportación humana original concreta suficiente para registrar la obra presentada.
                                            Fundamento decisivo
                                            Nombrar categorías de ajustes o el software de edición no prueba qué elementos fueron creados por el solicitante ni su originalidad; exige correspondencia entre explicación, versiones y expresión. Se suma una descripción genérica insuficiente para individualizar la obra.
                                            Límites
                                            No declara que todo uso de Photoshop o toda edición de una imagen IA carezca de protección. El defecto es de acreditación e identificación en este expediente; no se concluye ausencia absoluta de trabajo humano.
                                            Relevancia
                                            autoria-asistida
                                            Referencias relacionadas
                                              Peso del precedente
                                              Acto administrativo individual de registro; obligatorio dentro del expediente conforme a su estado procesal, no sentencia ni precedente judicial erga omnes. Integra una línea administrativa pública y motivada, susceptible de control judicial. Integración/votación: Nathalie Granados Bermeo, Jefe de la Oficina de Registro. Nathalie Granados Bermeo, Jefe de la Oficina de Registro. Decisión monocrática; no existe votación colegiada publicada.
                                              Fuente
                                              Referencia
                                              DNDA 154/2025 — 52 imágenes creadas para el libro Ecos del alma
                                              Enlace
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                                              Autoridad
                                              Dirección Nacional de Derecho de Autor, Oficina de Registro
                                              Tipo
                                              acto administrativo nacional sobre registro de contenido GenAI
                                              Tipo de evidencia
                                              primary_official_fulltext
                                              Fecha de comprobación
                                              2026-08-30
                                              Localizador
                                              p. 3 (solicitud), 10–11 (respuesta y valoración), 12 (resuelve).
                                              Verificación documentada

                                              Procedimientos conocidos

                                              García Martínez v. UAO — deserción de apelación

                                              Nombre
                                              García Martínez v. UAO — deserción de apelación
                                              Cita
                                              Tribunal Superior de Bogotá, auto de 28 de septiembre de 2020, 005-2016-00472-01
                                              Tribunal
                                              Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, Sala Civil
                                              Instancia
                                              apelación
                                              Fechas
                                              Decisión
                                              2020-09-28
                                              Estado
                                              recurso-de-apelacion-desierto
                                              Resultado
                                              Declara desierto el recurso y dispone devolver el expediente una vez ejecutoriado.
                                              Resumen
                                              La falta de sustentación causa deserción de la apelación.
                                              Antecedentes
                                              Tras perder el litigio de originalidad del diseño editorial, García Martínez apeló. El trámite se adaptó a la sustentación escrita bajo el Decreto Legislativo 806 de 2020.
                                              Historia procesal
                                              Auto de 30 de junio de 2020 concedió el término de sustentación; el apelante no sustentó. Auto de 28 de septiembre, notificado en estado electrónico E-95 del 29 de septiembre. Posteriormente cuestionado en STC6668-2021.
                                              Cuestión jurídica
                                              ¿Qué consecuencia tiene omitir sustentación del recurso ante el tribunal?
                                              Criterio
                                              La falta de sustentación causa deserción de la apelación.
                                              Fundamento decisivo
                                              Aplicación del art. 14 del DL 806/2020 y arts. 322, 325 y 327 CGP; reparos ante el juez inicial no reemplazan la sustentación ante el superior.
                                              Límites
                                              No revisa originalidad, infracción ni el fondo del fallo de 2018. No es confirmación sustantiva ni caso de IA.
                                              Relevancia
                                              doctrina-general
                                              Referencias relacionadas
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                                              Providencia procesal inter partes; se conserva para reconstruir la trayectoria, fuera del conteo de criterios sustantivos nacionales. Integración/votación: Magistrada Adriana Saavedra Lozada, decisión monocrática publicada.
                                              Fuente
                                              Referencia
                                              García Martínez v. UAO — deserción de apelación
                                              Enlace
                                              Consultar fuente
                                              Autoridad
                                              Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, Sala Civil
                                              Tipo
                                              procedimiento nacional relacionado, no criterio sustantivo de autoría
                                              Tipo de evidencia
                                              primary_official_fulltext
                                              Fecha de comprobación
                                              2026-08-30
                                              Localizador
                                              p. física 50 del PDF de 130 páginas del estado E-95; auto íntegro.
                                              Verificación documentada

                                              STC6668-2021 — tutela sobre deserción y notificación

                                              Nombre
                                              STC6668-2021 — tutela sobre deserción y notificación
                                              Cita
                                              Corte Suprema de Justicia, STC6668-2021, 11001-02-03-000-2021-01565-00
                                              Tribunal
                                              Corte Suprema de Justicia de Colombia, Sala de Casación Civil
                                              Instancia
                                              tutela de primera instancia ante alta corte
                                              Fechas
                                              Decisión
                                              2021-06-09
                                              Estado
                                              tutela-improcedente-impugnacion-posterior-no-verificada
                                              Resultado
                                              Declara improcedente el amparo; ordena comunicar y remitir a eventual revisión constitucional si no se impugna.
                                              Resumen
                                              El amparo es improcedente por incumplir subsidiariedad e inmediatez y porque la notificación por estado electrónico fue válida.
                                              Antecedentes
                                              García Martínez alegó que la transición digital y la falta de correo electrónico personal le impidieron conocer los autos que exigieron sustentación y declararon desierto su recurso. Pretendía reabrir la apelación contra el fallo autoral de 2018.
                                              Historia procesal
                                              Tutela presentada el 13 de mayo de 2021 contra la Sala Civil del Tribunal; se vinculó a DNDA, universidad y demás intervinientes. La Corte consultó los autos y estados E-34 del 1 de julio de 2020 y E-95 del 29 de septiembre de 2020, sin recursos ordinarios del accionante.
                                              Cuestión jurídica
                                              ¿La deserción y falta de notificación por correo personal vulneraron debido proceso y acceso a la justicia?
                                              Criterio
                                              El amparo es improcedente por incumplir subsidiariedad e inmediatez y porque la notificación por estado electrónico fue válida.
                                              Fundamento decisivo
                                              El actor no utilizó la reposición contra los autos y transcurrieron más de siete meses; la publicación por los canales legales no requería correo individual adicional. No se reabre el litigio ordinario por incuria.
                                              Límites
                                              No decide autoría, originalidad o infracción ni valida sustantivamente la sentencia DNDA. No se verificó decisión ulterior sobre impugnación o selección constitucional.
                                              Relevancia
                                              doctrina-general
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                                              Peso del precedente
                                              Decisión nacional de tutela sobre requisitos procesales; sólo antecedente de la trayectoria de García, no criterio sustantivo autoral para el mapa. Integración/votación: Ponente Luis Alonso Rico Puerta; Francisco Ternera Barrios (presidente), Hilda González Neira, Álvaro Fernando García Restrepo, Aroldo Wilson Quiroz Monsalvo, Luis Alonso Rico Puerta, Octavio Augusto Tejeiro Duque y Luis Armando Tolosa Villabona. No se publica voto separado.
                                              Fuente
                                              Referencia
                                              STC6668-2021 — tutela sobre deserción y notificación
                                              Enlace
                                              Consultar fuente
                                              Autoridad
                                              Corte Suprema de Justicia de Colombia, Sala de Casación Civil
                                              Tipo
                                              procedimiento nacional relacionado, no criterio sustantivo de autoría
                                              Tipo de evidencia
                                              primary_judicial_fulltext_mirror
                                              Fecha de comprobación
                                              2026-08-30
                                              Localizador
                                              pp. 1–3 (antecedentes), 4–8 (razón procesal), 9–10 (decisión y firmas).
                                              Verificación documentada

                                              Autoridades reportadas

                                              Consejo de Estado, Sección Primera, Bavaria S.A., 11001-03-24-000-2006-00320-00

                                              Nombre
                                              Consejo de Estado, Sección Primera, Bavaria S.A., 11001-03-24-000-2006-00320-00
                                              Cita
                                              Consejo de Estado, Sección Primera, Bavaria S.A., 11001-03-24-000-2006-00320-00
                                              Tribunal
                                              Consejo de Estado, Sección Primera
                                              Fechas
                                              Reportado
                                              2022-08-25
                                              Referencias relacionadas
                                                Estado
                                                reporte-no-validado-como-resolucion
                                                Antecedentes
                                                Cinco diseños de botellas de Bavaria rechazados por DNDA, conflicto de arte aplicado y originalidad. El antecedente fáctico y radicado están confirmados por la interpretación TJCA 317-IP-2019 íntegra. No hay IA.
                                                Historia procesal
                                                Acción de nulidad y restablecimiento contra negativas DNDA; la consulta prejudicial 317-IP-2019 está documentada. Se reportan Oficio 2-2005-9623 de 7 de octubre de 2005 y Resoluciones 268 de 30 de diciembre de 2005 y 099 de 5 de junio de 2006; no se reconstruye como cadena de actos íntegramente recuperados. La sentencia de 25 de agosto de 2022 sólo fue accesible en extractos indexados/citas.
                                                Criterio reportado
                                                La DNDA cita oficialmente el fallo de 2022 como fundamento del examen de originalidad; no se certifica aquí su holding completo ni el alcance exacto del dispositivo sin recuperar el texto.
                                                Límites
                                                Espejo devuelve HTTP 403 al abrir y descargar, incluyendo variante de descarga. Búsquedas por radicado, fecha, ponente y dominio Consejo de Estado no obtuvieron otra copia completa. Esto es falta de acceso, no inexistencia del caso.
                                                Fuente
                                                Enlace
                                                Consultar fuente
                                                Verificación documentada
                                                No
                                                Tipo de evidencia
                                                unverified_report

                                                TJCA, Proceso 90-IP-2017

                                                Nombre
                                                TJCA, Proceso 90-IP-2017
                                                Cita
                                                TJCA, Proceso 90-IP-2017
                                                Tribunal
                                                Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina
                                                Fechas
                                                Reportado
                                                2018-11-26
                                                Referencias relacionadas
                                                  Estado
                                                  reporte-no-validado-como-resolucion
                                                  Antecedentes
                                                  Extractos y metadatos refieren a Microsoft, Autodesk, Adobe y Symantec frente al Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural de Colombia por software; no contenido generado con IA.
                                                  Historia procesal
                                                  Interpretación prejudicial en litigio colombiano de software. La fecha exacta de resolución, órgano remitente y trayectoria completa no se confirmaron con texto primario íntegro.
                                                  Criterio reportado
                                                  No se atribuye un holding verificado. Los extractos mencionan creación humana y distinción entre ideas/funcionalidad y expresión.
                                                  Límites
                                                  URL CAN 404; variantes de Gaceta 3446 sin recuperación; ruta tribunal no recuperada. No convertir fecha de publicación en decisión ni tratar extractos como texto íntegro.
                                                  Fuente
                                                  Enlace
                                                  Consultar fuente
                                                  Verificación documentada
                                                  No
                                                  Tipo de evidencia
                                                  unverified_report

                                                  Referencias extranjeras comparadas

                                                  No hay entradas en esta colección del Atlas. Esto no demuestra que no existan casos.

                                                  Referencias de contexto

                                                  T-323/2024 — uso judicial de ChatGPT y debido proceso

                                                  Nombre
                                                  T-323/2024 — uso judicial de ChatGPT y debido proceso
                                                  Cita
                                                  Corte Constitucional, T-323/2024, expediente T-9.301.656
                                                  Tribunal
                                                  Corte Constitucional de Colombia, Sala Segunda de Revisión
                                                  Instancia
                                                  última instancia
                                                  Fechas
                                                  Decisión
                                                  2024-08-02
                                                  Estado
                                                  resuelto-revision-de-tutela
                                                  Resultado
                                                  Confirma parcialmente y modifica garantías de transporte y acompañante según condiciones; órdenes a la EPS para remover barreras en 48 horas, exhortación sobre doce principios y orden de lineamientos al Consejo Superior de la Judicatura en cuatro meses.
                                                  Resumen
                                                  No se invalida el fallo por ese uso, pues la motivación judicial humana precedió a la consulta; se imponen pautas de transparencia y control humano y se precisan garantías de salud.
                                                  Antecedentes
                                                  La madre identificada como Blanca promovió tutela por prestaciones de salud de su hijo Emilio, con autismo, frente a una EPS: copagos, transporte y acceso. El juez de circuito utilizó ChatGPT 3.5 en su fallo de segunda instancia, después de elaborar su razonamiento. Los nombres se presentan como anonimizados por la Corte.
                                                  Historia procesal
                                                  Fallo municipal de 7 de diciembre de 2022 y confirmación del circuito de 30 de enero de 2023. Selección para revisión en junio de 2023; pruebas ordenadas el 22 de agosto de 2023 y el 28 de febrero de 2024, incluida replicación de consultas el 8 de marzo. La Corte examinó salud y debido proceso en uso de IA.
                                                  Cuestión jurídica
                                                  ¿El uso de ChatGPT por el juez vulneró el debido proceso y qué garantías de salud y transporte requería el menor?
                                                  Criterio
                                                  No se invalida el fallo por ese uso, pues la motivación judicial humana precedió a la consulta; se imponen pautas de transparencia y control humano y se precisan garantías de salud.
                                                  Fundamento decisivo
                                                  La IA no puede sustituir al juez ni su razonamiento, y exige verificación, responsabilidad y transparencia. Las referencias a que ChatGPT no es persona o coautor sirven a ese problema de función judicial, no a adjudicar derechos sobre el texto.
                                                  Límites
                                                  No decide subsistencia de derecho de autor, originalidad de outputs, titularidad ni registro DNDA. Se conserva exclusivamente como contexto de uso judicial y no determina los colores del mapa.
                                                  Relevancia
                                                  contexto-uso-judicial-ia
                                                  Referencias relacionadas
                                                    Peso del precedente
                                                    Sentencia de revisión de tutela: órdenes para el caso y doctrina constitucional de debido proceso; no precedente directo de autoría GenAI. Integración/votación: Ponente Juan Carlos Cortés González; Diana Fajardo Rivera y Vladimir Fernández Andrade. No se identificó voto separado en la versión publicada.
                                                    Fuente
                                                    Referencia
                                                    T-323/2024 — uso judicial de ChatGPT y debido proceso
                                                    Enlace
                                                    Consultar fuente
                                                    Autoridad
                                                    Corte Constitucional de Colombia, Sala Segunda de Revisión
                                                    Tipo
                                                    contexto nacional: uso judicial de IA; no decisión de derecho de autor
                                                    Tipo de evidencia
                                                    primary_official_fulltext
                                                    Fecha de comprobación
                                                    2026-08-30
                                                    Localizador
                                                    ¶¶63–70, 359–365 y 423; parte resolutiva.
                                                    Verificación documentada

                                                    Doctrina supranacional

                                                    295-IP-2019 — originalidad de textos jurídicos

                                                    Nombre
                                                    295-IP-2019 — originalidad de textos jurídicos
                                                    Cita
                                                    TJCA, Proceso 295-IP-2019
                                                    Tribunal
                                                    Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina
                                                    Instancia
                                                    tribunal supranacional
                                                    Fechas
                                                    Decisión
                                                    2019-12-13
                                                    Estado
                                                    interpretacion-prejudicial-emitida
                                                    Resultado
                                                    Interpreta el régimen andino y ordena su observancia por el tribunal consultante; no condena por plagio ni resuelve el litigio peruano.
                                                    Resumen
                                                    La protección exige expresión original individualizada de una persona natural; afirmaciones comunes y contenido ideológico o técnico no adquieren protección por ser reproducidos en un texto.
                                                    Antecedentes
                                                    Francisco Javier Avendaño Arana y Gunther Hernán González Barrón litigaban frente al INDECOPI en un asunto sobre textos jurídicos atribuidos a Jimmy Ronquillo Pascual. Se discutían coincidencias en afirmaciones, definiciones y fragmentos legales, sin IA. Antecedente administrativo 2420-2015/DDA y proceso peruano 11836-2017-0-1801-JR-CA-24.
                                                    Historia procesal
                                                    El 24.º Juzgado Contencioso Administrativo con Subespecialidad de Mercado de Lima formuló consulta el 3 de julio de 2019; recibida el 31 de julio y admitida el 8 de octubre. El TJCA emitió interpretación prejudicial de la Decisión 351, dejando la determinación fáctica y el fallo nacional al órgano consultante.
                                                    Cuestión jurídica
                                                    ¿Qué originalidad requieren las obras escritas y cómo distinguir expresión individual protegible de ideas, fórmulas y afirmaciones jurídicas comunes?
                                                    Criterio
                                                    La protección exige expresión original individualizada de una persona natural; afirmaciones comunes y contenido ideológico o técnico no adquieren protección por ser reproducidos en un texto.
                                                    Fundamento decisivo
                                                    No sustituyen originalidad el esfuerzo, complejidad, mérito o inversión. La evaluación distingue idea y expresión, y corresponde al reclamante sustentar el carácter original y el uso indebido de la expresión, no sólo coincidencias en elementos comunes.
                                                    Límites
                                                    Es supranacional, no sentencia colombiana ni precedente GenAI. Su efecto colombiano deriva de interpretar el derecho andino común; la decisión de fondo de Perú y sus hechos no obligan automáticamente a Colombia.
                                                    Relevancia
                                                    doctrina-general
                                                    Referencias relacionadas
                                                      Peso del precedente
                                                      Interpretación prejudicial del TJCA: el juez consultante debe adoptarla conforme al art. 35 del Tratado y art. 128 del Estatuto; doctrina interpretativa del régimen común pertinente en Colombia, sin transformar el proceso peruano en jurisprudencia nacional. Integración/votación: Ponente Luis Rafael Vergara Quintero; Cecilia Luisa Ayllón Quinteros, Luis Rafael Vergara Quintero, Hernán Rodrigo Romero Zambrano y Hugo Ramiro Gómez Apac. Secretario Luis Felipe Aguilar Feijoó. No se publica voto individual separado.
                                                      Fuente
                                                      Referencia
                                                      295-IP-2019 — originalidad de textos jurídicos
                                                      Enlace
                                                      Consultar fuente
                                                      Autoridad
                                                      Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina
                                                      Tipo
                                                      interpretación prejudicial supranacional; analogía no GenAI
                                                      Tipo de evidencia
                                                      primary_fulltext_intergovernmental_repository
                                                      Fecha de comprobación
                                                      2026-08-30
                                                      Localizador
                                                      Antecedentes; §§1.2–1.6, 2.2–2.7 y 3.2; conclusión y firmas.
                                                      Verificación documentada
                                                      Fuente de contraste
                                                      Consultar fuente

                                                      317-IP-2019 — Bavaria, botellas y obra de arte aplicado

                                                      Nombre
                                                      317-IP-2019 — Bavaria, botellas y obra de arte aplicado
                                                      Cita
                                                      TJCA, Proceso 317-IP-2019
                                                      Tribunal
                                                      Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina
                                                      Instancia
                                                      tribunal supranacional
                                                      Fechas
                                                      Decisión
                                                      2021-06-21
                                                      Estado
                                                      interpretacion-prejudicial-emitida
                                                      Resultado
                                                      Fija interpretación vinculante para el órgano consultante y remite el pronunciamiento; no decide por sí mismo si las cinco botellas merecen registro.
                                                      Resumen
                                                      El registro es declarativo y probatorio, pero la oficina debe examinar si existe una obra original; utilidad industrial no excluye arte aplicado ni sustituye la creación humana.
                                                      Antecedentes
                                                      Bavaria S.A. controvertía ante el Consejo de Estado colombiano la negativa de inscripción de cinco diseños de botellas: Águila Imperial, Club Colombia, Brava, GX087 300 cc y GB3668 300 cc. El litigio 11001-03-24-000-2006-00320-00 requería distinguir diseño industrial, obra de arte aplicado y función probatoria del registro. No había IA.
                                                      Historia procesal
                                                      La Sección Primera del Consejo de Estado remitió oficio 3526 de 27 de agosto de 2019; recepción TJCA el 29 de agosto. La interpretación registra admisión el 15 de agosto de 2020 y deliberación del 21 de junio de 2021, acta 14-J-TJCA-2021. Responde una consulta previa al fallo colombiano de 2022, cuyo texto completo no se recuperó en esta revisión.
                                                      Cuestión jurídica
                                                      ¿Puede la oficina examinar originalidad para registrar arte aplicado y qué separa autor humano, titular patrimonial y utilidad industrial?
                                                      Criterio
                                                      El registro es declarativo y probatorio, pero la oficina debe examinar si existe una obra original; utilidad industrial no excluye arte aplicado ni sustituye la creación humana.
                                                      Fundamento decisivo
                                                      Se exige concepción y ejecución plástica con individualidad, no mera función utilitaria. La persona natural es autora; otras personas pueden ostentar titularidad patrimonial. Un examen cuidadoso evita utilizar derecho de autor para monopolizar elementos que no expresan creación intelectual.
                                                      Límites
                                                      No es una sentencia nacional ni GenAI. No suple la verificación del holding concreto del Consejo de Estado de 2022. No se convierte protección de diseño industrial en autoría.
                                                      Relevancia
                                                      doctrina-general
                                                      Referencias relacionadas
                                                        Peso del precedente
                                                        Interpretación prejudicial supranacional directamente requerida por un tribunal colombiano; éste debe aplicarla al resolver, sin que el TJCA sustituya su apreciación de los hechos. Integración/votación: Ponente Hernán Rodrigo Romero Zambrano. Gustavo García Brito, Luis Rafael Vergara Quintero, Hernán Rodrigo Romero Zambrano y Hugo Ramiro Gómez Apac; secretario Luis Felipe Aguilar Feijoó. Acta 14-J-TJCA-2021; sin voto individual separado publicado.
                                                        Fuente
                                                        Referencia
                                                        317-IP-2019 — Bavaria, botellas y obra de arte aplicado
                                                        Enlace
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                                                        Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina
                                                        Tipo
                                                        interpretación prejudicial supranacional; analogía no GenAI
                                                        Tipo de evidencia
                                                        primary_fulltext_intergovernmental_repository
                                                        Fecha de comprobación
                                                        2026-08-30
                                                        Localizador
                                                        Antecedentes; §§1.2–1.20 y 2.3–2.12, especialmente 2.8–2.11; conclusión y firmas.
                                                        Verificación documentada
                                                        Fuente de contraste
                                                        Consultar fuente

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                                                        Alta sobre autoría de persona natural, carácter declarativo del registro y contenido de los 19 actos publicados; condicionada sobre el umbral de aportación híbrida, identidad de dos inscripciones reportadas y jurisprudencia de acceso incompleto.

                                                        Enlaces a expedientes individuales