Colombia / Casos nacionales

C-155/1998 — derechos morales, cesión patrimonial y régimen andino

Casos nacionales. La inclusión en esta ficha no convierte una referencia extranjera en una decisión nacional. Se conserva el estado y el alcance de la fuente.

Expediente y fuentes

Nombre
C-155/1998 — derechos morales, cesión patrimonial y régimen andino
Cita
Corte Constitucional, C-155/1998, D-1797, D-1809, D-1813 y D-1818
Tribunal
Corte Constitucional de Colombia, Sala Plena
Instancia
última instancia
Fechas
Decisión
1998-04-28
Estado
resuelto-control-constitucional
Resultado
Exequibilidad formal limitada a los cargos; exequibilidad condicionada del art. 33 e inexequibilidad de la expresión irrenunciable del art. 34.
Resumen
La ley supera los cargos formales; el art. 33 es exequible bajo entendimiento de libre cesión sin afectar seguridad social irrenunciable; se expulsa la palabra irrenunciable del art. 34.
Antecedentes
Claudia Blum de Barberi y otros ciudadanos cuestionaron la Ley 397 de 1997 por vicios de trámite legislativo y, particularmente, sus arts. 33 y 34 sobre derechos de autores y regalías de participantes en obras. La controversia confrontaba irrenunciabilidad, libertad contractual, seguridad social y compromisos comunitarios; no había IA.
Historia procesal
Cuatro demandas públicas acumuladas el 28 de agosto de 1997. La Corte examinó pruebas del trámite congresional, intervenciones y concepto del Procurador, y resolvió conjuntamente cargos formales y sustantivos.
Cuestión jurídica
¿La ley cultural fue expedida válidamente y puede declararse irrenunciable, en forma general, el componente patrimonial o las regalías de autores y colaboradores?
Criterio
La ley supera los cargos formales; el art. 33 es exequible bajo entendimiento de libre cesión sin afectar seguridad social irrenunciable; se expulsa la palabra irrenunciable del art. 34.
Fundamento decisivo
Distingue derechos morales ligados a la creatividad humana y derechos patrimoniales transmisibles. Reconoce primacía y aplicación preferente de las normas comunitarias en su competencia, sin equiparar automáticamente todo el régimen andino al bloque de constitucionalidad.
Límites
No resuelve autoría GenAI ni concede registro. La lectura de regalías es histórica y no sustituye reformas posteriores de remuneración; el precedente relevante aquí es la distinción entre creación humana, moralidad y titularidad patrimonial.
Relevancia
doctrina-general
Referencias relacionadas
    Peso del precedente
    Control abstracto con efectos generales sobre las disposiciones revisadas; doctrina constitucional nacional, no acto registral. Integración/votación: Ponente y presidente Vladimiro Naranjo Mesa; Antonio Barrera Carbonell, Eduardo Cifuentes Muñoz, Carlos Gaviria Díaz, José Gregorio Hernández Galindo, Hernando Herrera Vergara, Carmenza Isaza de Gómez (E), Alejandro Martínez Caballero y Fabio Morón Díaz. Hernández Galindo salvó parcialmente el voto frente a la inexequibilidad del art. 34; no se presenta como unánime.
    Fuente
    Referencia
    C-155/1998 — derechos morales, cesión patrimonial y régimen andino
    Enlace
    Consultar fuente
    Autoridad
    Corte Constitucional de Colombia, Sala Plena
    Tipo
    jurisprudencia nacional de doctrina general; no GenAI
    Tipo de evidencia
    primary_official_fulltext
    Fecha de comprobación
    2026-08-30
    Localizador
    VI, §3, numerales 17–25, especialmente 18–19; DECISIÓN, resolutivos 1–3; salvamento de Hernández Galindo.
    Verificación documentada
    Volver a Colombia