Colombia / Casos nacionales
García Martínez v. Universidad Autónoma de Occidente — originalidad del diseño editorial
Casos nacionales. La inclusión en esta ficha no convierte una referencia extranjera en una decisión nacional. Se conserva el estado y el alcance de la fuente.
Expediente y fuentes
- Nombre
- García Martínez v. Universidad Autónoma de Occidente — originalidad del diseño editorial
- Cita
- DNDA, sentencia de 17 de enero de 2018, radicado 1-2016-60472
- Tribunal
- Dirección Nacional de Derecho de Autor, Subdirección de Asuntos Jurisdiccionales
- Instancia
- primera instancia
- Fechas
- Decisión
- 2018-01-17
- Estado
- apelacion-desierta-2020-tutela-improcedente-2021
- Resultado
- Declara probada la inexistencia de obra protegible, niega las pretensiones e impone costas; agencias en derecho por COP 1.861.836.
- Resumen
- Los elementos aportados no acreditan una obra original protegible; por ello fracasan las pretensiones de infracción.
- Antecedentes
- Juan Carlos García Martínez, contratado para corrección de estilo de El Marketing a Su Alcance de Gustavo Prettel Vidal, alegó haber elaborado por encargo adicional un diseño editorial entregado el 24 de septiembre de 2009 y usado en la publicación de 2013 sin pago ni cesión. La universidad negó el encargo y la originalidad; la publicación se atribuía al diseñador Henry Quintero Mendoza. Se discutían tipografía, columnas, notas y elementos gráficos, sin IA.
- Historia procesal
- Tras conciliación frustrada el 13 de octubre de 2015 por inasistencia de la universidad, se presentó demanda el 29 de julio de 2016. La DNDA actuó como juez civil, no como oficina registral; examinó contratos, ejemplares y prueba. La sentencia fue apelada. En 2020 el Tribunal declaró desierto el recurso por falta de sustentación; en 2021 la Corte Suprema declaró improcedente una tutela contra ese trámite, sin confirmar el fondo autoral.
- Cuestión jurídica
- ¿Los cambios de diagramación y corrección de estilo alegados constituyen una obra original apropiada por la universidad?
- Criterio
- Los elementos aportados no acreditan una obra original protegible; por ello fracasan las pretensiones de infracción.
- Fundamento decisivo
- La individualidad no surge de ajustes editoriales funcionales y usuales por sí solos. Columnas, fuentes, notas y fondos grises obedecían a soluciones instrumentales; la tutela autoral protege expresión propia, no las ideas o técnicas de presentación. Un diseño verdaderamente creativo sí podría superar el umbral.
- Límites
- No es IA ni regla de desprotección de todo diseño editorial. La relatoría oficial transcribe motivación y parte resolutiva, pero no sustituye todo el expediente probatorio. La apelación terminó por deserción, no por confirmación del razonamiento. No se obtuvo certificado separado de ejecutoria.
- Relevancia
- doctrina-general
- Referencias relacionadas
- COL/agent-3-procedure-1
- COL/agent-3-procedure-2
- Peso del precedente
- Sentencia nacional de primera instancia judicial de la DNDA, inter partes, no precedente de alta corte. Materialmente relevante porque la resolución administrativa 144/2024 la cita para evaluar retoques y originalidad. Integración/votación: Juez monocrático Carlos Andrés Corredor Blanco, Subdirector de Asuntos Jurisdiccionales. No hay votación colegiada.
- Fuente
- Referencia
- García Martínez v. Universidad Autónoma de Occidente — originalidad del diseño editorial
- Enlace
- Consultar fuente
- Autoridad
- Dirección Nacional de Derecho de Autor, Subdirección de Asuntos Jurisdiccionales
- Tipo
- jurisprudencia nacional de doctrina general; no GenAI
- Tipo de evidencia
- primary_official_fulltext
- Fecha de comprobación
- 2026-08-30
- Localizador
- pp. 1–6 (antecedentes y alegaciones), 7–12 (originalidad), 13–14 (resuelve y apelación).
- Verificación documentada
- Sí