Costa Rica / Casos nacionales
Sala Primera 1922-F-S1-2022 — esculturas de corazones
Casos nacionales. La inclusión en esta ficha no convierte una referencia extranjera en una decisión nacional. Se conserva el estado y el alcance de la fuente.
Expediente y fuentes
- Nombre
- Sala Primera 1922-F-S1-2022 — esculturas de corazones
- Cita
- Sala Primera 1922-F-S1-2022 — esculturas de corazones
- Tribunal
- Sala Primera de la Corte Suprema de Justicia
- Instancia
- última instancia
- Fechas
- Decisión
- 2022-08-12
- Estado
- resuelto-firmeza-no-verificada
- Resultado
- Casación con lugar, sentencia anulada y reenvío; sin decisión de fondo sobre la idea.
- Resumen
- Los derechos de autor corresponden a personas físicas por creatividad y originalidad; una persona jurídica puede tener titularidad derivada, pero no reemplaza al creador.
- Antecedentes
- La controversia trató la pertenencia del proyecto de exhibir esculturas gigantes de corazones decoradas por artistas; el Tribunal dijo que debía demandar una fundación.
- Historia procesal
- El reclamante recurrió el rechazo por falta de legitimación; la Sala examinó autoría de persona física frente a posible titularidad de persona jurídica.
- Cuestión jurídica
- Si podía negarse legitimación al creador físico exigiendo que demandara una fundación y si el caso permitía decidir protectabilidad de la idea.
- Criterio
- Los derechos de autor corresponden a personas físicas por creatividad y originalidad; una persona jurídica puede tener titularidad derivada, pero no reemplaza al creador.
- Fundamento decisivo
- La exigencia de demandar mediante la fundación era incompatible con la regla de autoría originaria; debía separarse autor de titular económico y resolverse después la protectabilidad.
- Límites
- No reconoce copyright sobre ideas, no trata IA y no debe presentarse el reenvío como victoria sustantiva; no se localizó la decisión posterior.
- Relevancia
- autoria-output
- Referencias relacionadas
- Peso del precedente
- Sala Primera; máxima autoridad nacional localizada sobre autor-persona física, con resultado procesal limitado. Integración/votación: Firmaron Luis Guillermo Rivas Loáiciga, Iris Rocío Rojas Morales, Yuri López Casal y Jessica Jiménez Ramírez; Damaris Vargas Vásquez participó pero no firmó por vacaciones; sin voto salvado ni nota.
- Fuente
- Referencia
- Sala Primera 1922-F-S1-2022 — esculturas de corazones
- Enlace
- Consultar fuente
- Autoridad
- Sala Primera de la Corte Suprema de Justicia
- Tipo
- sentencia nacional de casación con lugar y reenvío; regla de autor-persona física
- Localizador
- exp. 17-000119-0180-CI; 2022-08-12 14:24; considerandos I-VI, por tanto y constancia de firma
- Verificación documentada
- Sí