Dinamarca / Doctrina supranacional

Mio y konektra, asuntos acumulados C-580/23 y C-795/23

Doctrina supranacional. La inclusión en esta ficha no convierte una referencia extranjera en una decisión nacional. Se conserva el estado y el alcance de la fuente.

Palais Royal
Palais Royal · Galleri Mikael & Thomas Asplund AB

Mesa de Asplund, identificada en §2 del reenvío prejudicial. No es la mesa Cord de Mio. La imagen no convierte el reenvío en una sentencia de fondo.

Fuente de la imagen

Ilustración documental; su inclusión no acredita registro ni permiso de reutilización.

Expediente y fuentes

Nombre
Mio y konektra, asuntos acumulados C-580/23 y C-795/23
Cita
TJUE,C-580/23 yC-795/23,4 de diciembre de2025
Tribunal
TJUE,SalaPrimera
Instancia
Supranacional, Unión Europea
Fechas
Decisión
2025-12-04
Estado
decidido
Resultado
Tres respuestas interpretativas; subsistencia concreta/infracción y costas principales para tribunales remitentes. No concesión danesa ni revocación expresa deRUB1.
Resumen
No relación regla/excepción ni requisitos más severos para arte aplicado. Las elecciones deben expresarse en el objeto; libertad técnica no presume creatividad. La infracción exige reproducción reconocible de elementos creativos.
Antecedentes
Dos litigios distintos: mesasPalaisRoyal/Cord enSuecia y sistema modularUSMHaller/piezasKonektra enAlemania. Se debatió originalidad de objetos funcionales e imitación de elementos expresivos; no son asuntos nacionales daneses.
Historia procesal
RemisionesSvea hovrätt20-9-2023 yBGH21-12-2023; acumulación13-5-2024; vista30-1-2025; conclusionesAG8-5-2025; sentencia4-12-2025. Resuelve interpretación, no adjudica remedios finales de cada acción.
Cuestión jurídica
Si arte aplicado exige umbral más estricto y cómo probar elecciones creativas y reproducción.
Criterio
No relación regla/excepción ni requisitos más severos para arte aplicado. Las elecciones deben expresarse en el objeto; libertad técnica no presume creatividad. La infracción exige reproducción reconocible de elementos creativos.
Fundamento decisivo
Distingue novedad/individualidad del diseño y originalidad autoral. Formas disponibles pueden combinarse originalmente. Intenciones, museos y reconocimiento no son decisivos. Mismo efecto visual global no es la prueba autoral; posible creación independiente no impide protección.
Límites
Aplicación aIA es inferencia limitada, no holding deIA. Obliga a no leerRUB1 ni cartasnáuticas como exigencia general de novedad o mérito estético. No trasladar la tramitación sueca/alemana al canon nacionalDNK.
Relevancia
doctrina-general
Referencias relacionadas
    Peso del precedente
    Interpretación prejudicial del Derecho de la UE, aplicable a Dinamarca; no sentencia de un tribunal danés. Integración/votación: F.Biltgen,T.vonDanwitz,I.Ziemele,A.Kumin,S.Gervasoni No se publican votos individuales separados.
    Fuente
    Referencia
    Mio y konektra, asuntos acumulados C-580/23 y C-795/23
    Enlace
    Consultar fuente
    Autoridad
    TJUE,SalaPrimera
    Tipo
    primary_judicial_full_text
    Tipo de evidencia
    primary_judicial_full_text
    Localizador
    Cuerpo íntegro §§1–93 y dispositivo; §§46–82 originalidad,83–92 infracción
    Verificación documentada
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