Finlandia / Casos nacionales

Datadrivers Oy y A v Suomen Kuljetusturva Oy

Casos nacionales. La inclusión en esta ficha no convierte una referencia extranjera en una decisión nacional. Se conserva el estado y el alcance de la fuente.

Expediente y fuentes

Nombre
Datadrivers Oy y A v Suomen Kuljetusturva Oy
Cita
MAO:271/2025
record kind
judgment
Tribunal
Markkinaoikeus (Tribunal del Mercado de Finlandia)
Instancia
Tribunal nacional especializado, primera instancia
Fechas
Decisión
2025-05-22
appeal deadline
2025-07-21
Estado
sentencia-firme-segun-fuente
Resultado
Demanda rechazada en fondo salvo petición declarativa comercial inadmitida; no indemnización a actores.
Resumen
Las expresiones reclamadas no alcanzaban originalidad, ni aisladamente ni combinadas como se alegó; la formación demandada era obra independiente y no adaptación del manual. Se rechazaron las pretensiones de copyright y prohibición/daños de competencia desleal. La declaración autónoma de deslealtad comercial quedó inadmitida por falta de competencia para esa declaración.
Antecedentes
A escribió Linja-autonkuljettajan käsikirja, manual para formación de conductores de autobús, y transmitió a Datadrivers los derechos patrimoniales transferibles, conservando derechos morales en sus aportaciones. Demandaron a Suomen Kuljetusturva por supuesta copia de partes, expresiones, encabezados y estructura en casi3000 diapositivas de formación. Era pacífico que el manual completo estaba protegido, pero no se alegó copia total. Se discutían unas decenas de expresiones de un manual de aproximadamente una décima parte de la extensión del material demandado, incluyendo normas, hechos, vocabulario usual y orientaciones oficiales. No había IA.
Historia procesal
Se acumularon los asuntos de copyright654/2024 y29/2025 y el de prácticas comerciales664/2024, sin convertirlos en tres precedentes. Pretensiones: declaración de infracción, prohibición bajo56g, compensación60000euros, declaración/prohibición de competencia desleal y10000euros adicionales. La defensa alegó indeterminación, ausencia de originalidad de fragmentos, creación independiente, prescripción y exceso de daños. Se recibieron documentos y testimonios deA,EH,MF,B,VR; un material docente probatorio era reservado y no se accedió a él. El fallo publicado relata lo suficiente para su ratio. Fecha de presentación exacta y fecha de audiencia no constan en el cuerpo; no se infieren de los números de expediente.
Cuestión jurídica
Determinar si las partes concretas y expresiones supuestamente copiadas eran originales/protegidas y si el material docente constituía infracción o adaptación, sin confundir protección del manual completo con monopolio sobre datos/estilo/legislación.
Criterio
Las expresiones reclamadas no alcanzaban originalidad, ni aisladamente ni combinadas como se alegó; la formación demandada era obra independiente y no adaptación del manual. Se rechazaron las pretensiones de copyright y prohibición/daños de competencia desleal. La declaración autónoma de deslealtad comercial quedó inadmitida por falta de competencia para esa declaración.
Fundamento decisivo
§§19–28: temas, hechos, estilo genérico y encabezados determinados por formación reglada no están monopolizados; las limitaciones técnicas/prácticas y textos oficiales de§9 explicaban similitudes. Trabajo, tiempo o elección de palabras habituales no acreditaban decisiones creativas originales de los fragmentos. El material no equivalía a imitación servil; no había deber copyright de citar fragmentos no protegidos. §§31–34 separan falta de jurisdicción declarativa comercial y fracaso de los otros reclamos por falta de copia ilícita.
Límites
No IA. Originalidad del manual completo pacífica, no denegada. La frase de producción puramente mecánica es cita de dictamen en§18; no se convierte en fallo GenAI. No se leyó prueba reservada, órdenes independientes ni eventual expediente de apelación. No absolutizar que todo fragmento corto o todo material técnico carezca de protección.
Relevancia
doctrina-general
Referencias relacionadas
    Peso del precedente
    Finlex indica Lainvoimainen (firme). No se infiere una decisión de apelación ni la fecha exacta de firmeza. Integración/votación: Anne Ekblom-Wörlund Reima Jussila Jari Tiainen La fuente dice expresamente Asian ovat yksimielisesti ratkaisseet: decisión unánime de los tres jueces nombrados.
    Fuente
    Referencia
    Datadrivers Oy y A v Suomen Kuljetusturva Oy
    Enlace
    Consultar fuente
    Autoridad
    Markkinaoikeus (Tribunal del Mercado de Finlandia)
    Tipo
    primary_full_judgment
    Tipo de evidencia
    primary_full_judgment
    Localizador
    Cuerpo íntegro; §§1–47; en particular3–4,10–18,19–34,47 y dispositivo.
    Verificación documentada
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