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Derecho de autor e inteligencia artificial en Finlandia

Obtener el acto primario individual GenAI y resolver la discrepancia temporal de la consulta oficial antes de afirmar un resultado registral concreto.

Investigación abierta. Corte general del Atlas: 31 de agosto de 2026. Cobertura no significa revisión completa ni vigencia certificada.

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Marco y alcance

Obtener el acto primario individual GenAI y resolver la discrepancia temporal de la consulta oficial antes de afirmar un resultado registral concreto.

Limitaciones documentadas

Ningún cuerpo nacional GenAI de fondo localizado y leído en este corpus; no certifica inexistencia en Finlandia. Yle2024 es pista secundaria sin acto individual primario ni recibo. Consulta oficial26agosto2026 bloqueada403; índice tiene fechas de cierre contradictorias24/25septiembre. No se releyeron íntegros cuerpos TJUE del borrador anterior; referencias separadas y no certificadas de nuevo. Ley consolidada leída por disposiciones pertinentes, no toda la ley; guíaOKM sólo sección2.3.3 y metadatos. Fechas exactas de presentación/audiencia y eventual recurso de los dosMAO no acreditadas; Finlex sí declara firmeza. No sentencia del litigio de Turku subyacente aTN2008; voto numérico no publicado. Fotografía49a y productor46/46a frente a síntesis requieren hechos y calificación específica; no protección automática por analogía. No se localizaron decisiones nacionales de fondo sobre autoría/subsistencia de output GenAI; afirmación limitada al corpus. Los cuerpos completos de KKO 1964 II 59, KKO 1979 II 64 y KKO 1989:149 no están en las páginas consultadas. MAO:474/2025 menciona acción principal cuya decisión final no se identificó.

Registro y actos documentados

Estado
no_registry
Resumen
Conclusión institucional sobre registro estatal de obras: protección automática sin solicitud, respuesta oficialWIPO2010 corroborada conPRH2025/2026. Teosto administra repertorio y reparto; Gramex grabaciones/remuneraciones; depósito y catálogo conservan material. No son concesiones de derecho de autor ni hacen a IA autora.
Actos documentados

    Casos nacionales

    Datadrivers Oy y A v Suomen Kuljetusturva Oy

    Nombre
    Datadrivers Oy y A v Suomen Kuljetusturva Oy
    Cita
    MAO:271/2025
    record kind
    judgment
    Tribunal
    Markkinaoikeus (Tribunal del Mercado de Finlandia)
    Instancia
    Tribunal nacional especializado, primera instancia
    Fechas
    Decisión
    2025-05-22
    appeal deadline
    2025-07-21
    Estado
    sentencia-firme-segun-fuente
    Resultado
    Demanda rechazada en fondo salvo petición declarativa comercial inadmitida; no indemnización a actores.
    Resumen
    Las expresiones reclamadas no alcanzaban originalidad, ni aisladamente ni combinadas como se alegó; la formación demandada era obra independiente y no adaptación del manual. Se rechazaron las pretensiones de copyright y prohibición/daños de competencia desleal. La declaración autónoma de deslealtad comercial quedó inadmitida por falta de competencia para esa declaración.
    Antecedentes
    A escribió Linja-autonkuljettajan käsikirja, manual para formación de conductores de autobús, y transmitió a Datadrivers los derechos patrimoniales transferibles, conservando derechos morales en sus aportaciones. Demandaron a Suomen Kuljetusturva por supuesta copia de partes, expresiones, encabezados y estructura en casi3000 diapositivas de formación. Era pacífico que el manual completo estaba protegido, pero no se alegó copia total. Se discutían unas decenas de expresiones de un manual de aproximadamente una décima parte de la extensión del material demandado, incluyendo normas, hechos, vocabulario usual y orientaciones oficiales. No había IA.
    Historia procesal
    Se acumularon los asuntos de copyright654/2024 y29/2025 y el de prácticas comerciales664/2024, sin convertirlos en tres precedentes. Pretensiones: declaración de infracción, prohibición bajo56g, compensación60000euros, declaración/prohibición de competencia desleal y10000euros adicionales. La defensa alegó indeterminación, ausencia de originalidad de fragmentos, creación independiente, prescripción y exceso de daños. Se recibieron documentos y testimonios deA,EH,MF,B,VR; un material docente probatorio era reservado y no se accedió a él. El fallo publicado relata lo suficiente para su ratio. Fecha de presentación exacta y fecha de audiencia no constan en el cuerpo; no se infieren de los números de expediente.
    Cuestión jurídica
    Determinar si las partes concretas y expresiones supuestamente copiadas eran originales/protegidas y si el material docente constituía infracción o adaptación, sin confundir protección del manual completo con monopolio sobre datos/estilo/legislación.
    Criterio
    Las expresiones reclamadas no alcanzaban originalidad, ni aisladamente ni combinadas como se alegó; la formación demandada era obra independiente y no adaptación del manual. Se rechazaron las pretensiones de copyright y prohibición/daños de competencia desleal. La declaración autónoma de deslealtad comercial quedó inadmitida por falta de competencia para esa declaración.
    Fundamento decisivo
    §§19–28: temas, hechos, estilo genérico y encabezados determinados por formación reglada no están monopolizados; las limitaciones técnicas/prácticas y textos oficiales de§9 explicaban similitudes. Trabajo, tiempo o elección de palabras habituales no acreditaban decisiones creativas originales de los fragmentos. El material no equivalía a imitación servil; no había deber copyright de citar fragmentos no protegidos. §§31–34 separan falta de jurisdicción declarativa comercial y fracaso de los otros reclamos por falta de copia ilícita.
    Límites
    No IA. Originalidad del manual completo pacífica, no denegada. La frase de producción puramente mecánica es cita de dictamen en§18; no se convierte en fallo GenAI. No se leyó prueba reservada, órdenes independientes ni eventual expediente de apelación. No absolutizar que todo fragmento corto o todo material técnico carezca de protección.
    Relevancia
    doctrina-general
    Referencias relacionadas
      Peso del precedente
      Finlex indica Lainvoimainen (firme). No se infiere una decisión de apelación ni la fecha exacta de firmeza. Integración/votación: Anne Ekblom-Wörlund Reima Jussila Jari Tiainen La fuente dice expresamente Asian ovat yksimielisesti ratkaisseet: decisión unánime de los tres jueces nombrados.
      Fuente
      Referencia
      Datadrivers Oy y A v Suomen Kuljetusturva Oy
      Enlace
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      Autoridad
      Markkinaoikeus (Tribunal del Mercado de Finlandia)
      Tipo
      primary_full_judgment
      Tipo de evidencia
      primary_full_judgment
      Localizador
      Cuerpo íntegro; §§1–47; en particular3–4,10–18,19–34,47 y dispositivo.
      Verificación documentada

      A v Sanoma Media Finland Oy

      Nombre
      A v Sanoma Media Finland Oy
      Cita
      MAO:61/2023
      record kind
      judgment
      Tribunal
      Markkinaoikeus (Tribunal del Mercado de Finlandia)
      Instancia
      Tribunal nacional especializado, primera instancia
      Fechas
      Decisión
      2023-02-09
      appeal deadline
      2023-04-11
      Estado
      sentencia-firme-segun-fuente
      Resultado
      Éxito sustancial de A bajo derecho de fotografía simple, no reconocimiento de originalidad autoral ni concesión sobre IA.
      Resumen
      La imagen no alcanzó originalidad como obra del§1, pero recibió protección fotográfica del§49a. La publicación concreta no satisfizo ni excepción de actualidad ni cita justificada. Se declaró la infracción y se ordenó cese y no repetición en ese artículo;7000euros de compensación y110812,51de costas. No se impuso la multa coercitiva solicitada.
      Antecedentes
      La esposa de A, campeón finlandés de Fórmula1 anonimizado en la sentencia, tomó en enero2021 una fotografía ordinaria de A junto a un muñeco de nieve en su jardín en Suiza y cedió los derechos a A. A la publicó en Instagram Stories, visible24horas, en una cuenta profesional con unos2millones de seguidores. Helsingin Sanomat reprodujo sin permiso una captura en un artículo del13enero2021 acerca de su supuesto tercer hermano. La imagen siguió accesible en la publicación durante más de dos años. No era una imagen generada por IA ni una colaboración publicitaria pagada.
      Historia procesal
      A reclamó declaración de infracción, prohibición del uso y repetición, multa coercitiva50000euros, compensación7000euros y costas110832,51. Hubo cartas15y23febrero y9marzo2021 y correos4y14mayo2021. La defensa alegó fotografía ordinaria, actualidad, cita, libertad informativa, condiciones de Instagram y cuantía excesiva; objetó la multa por la independencia legal del redactor responsable. Prueba documental y testimoniosSV/PH. El cuerpo no precisa fecha de demanda ni audiencia: no se inventan a partir del número de asunto.
      Cuestión jurídica
      Si la reproducción íntegra de una fotografía ordinaria cedida al demandante estaba amparada por la información de actualidad o la cita y qué remedios cabían contra el editor.
      Criterio
      La imagen no alcanzó originalidad como obra del§1, pero recibió protección fotográfica del§49a. La publicación concreta no satisfizo ni excepción de actualidad ni cita justificada. Se declaró la infracción y se ordenó cese y no repetición en ese artículo;7000euros de compensación y110812,51de costas. No se impuso la multa coercitiva solicitada.
      Fundamento decisivo
      §§7–13: no se acreditaron decisiones individuales creativas en la toma ordinaria con configuración automática, pero§49a no exige ese umbral. §§28–47: entre temporadas de F1 no había un evento específico suficiente; publicar la foto humorística fue un hecho concreto pero de escasa importancia que no justificaba el sacrificio del derecho en esta ponderación. §§48–70: una fotografía entera puede ser cita en principio, pero aquí la reproducción íntegra no era necesaria ni conforme a buenas prácticas, pudiendo describirse verbalmente, en un periódico comercial y con permanencia opuesta a las24horas de la publicación inicial. No es prohibición universal de citar fotografías ni de informar sobre famosos.
      Límites
      Hechos de2021 y sentencia de9febrero2023 anteriores a reforma263/2023 vigente3abril2023, incluida excepción49a(4) sobre reproducciones de arte ya en dominio público, inaplicable a esta foto. No trasladar fotografía de cámara a imagen sintética sin acreditar supuesto49a. Identidad de A se conserva anonimizada. No se consultaron materiales probatorios privados.
      Relevancia
      doctrina-general
      Referencias relacionadas
        Peso del precedente
        Finlex dice Lainvoimainen (firme); plazo para solicitar permiso de apelación11abril2023. No se deduce que hubo apelación ni fecha exacta de firmeza. Integración/votación: Jussi Karttunen Pertti Lenkkeri Mirva Näsi La fuente afirma expresamente resolución unánime de los tres miembros.
        Fuente
        Referencia
        A v Sanoma Media Finland Oy
        Enlace
        Consultar fuente
        Autoridad
        Markkinaoikeus (Tribunal del Mercado de Finlandia)
        Tipo
        primary_full_judgment
        Tipo de evidencia
        primary_full_judgment
        Localizador
        Cuerpo íntegro: §§7–13,28–70,72–112,113–121, dispositivo/coram/firmeza.
        Verificación documentada

        Helsingin yliopiston Kehityspalvelut Oy v Aller Julkaisut Oy

        Nombre
        Helsingin yliopiston Kehityspalvelut Oy v Aller Julkaisut Oy
        Cita
        KKO:2000:56
        record kind
        judgment
        Tribunal
        Korkein oikeus (Corte Suprema de Finlandia)
        Instancia
        Corte suprema nacional
        Fechas
        Decisión
        2000-05-09
        presented
        2000-03-20
        Estado
        sentencia-final
        Resultado
        Responsabilidad por infringir protección de catálogo; no holding de autoría de obra ni GenAI.
        Resumen
        Sí. La lista combinaba una gran cantidad de datos y estaba protegida como catálogo; la Universidad no actuó como autoridad ni ejerció poder público al aprobarla, por lo que §9 no excluía la protección. La reproducción íntegra infringió §49.
        Antecedentes
        La Universidad de Helsinki mantenía una lista de onomásticos finlandeses con 752 nombres distribuidos por día. La revisión aprobada en 1992 añadió 39 nombres, eliminó 2 y trasladó 6. Aller Julkaisut reprodujo íntegramente esa lista en un calendario de la revista 7 päivää. La disputa no era si la lista era una obra autoral original, sino si gozaba de la protección específica de catálogo del entonces §49 y si la exclusión de documentos públicos del §9 la dejaba sin protección.
        Historia procesal
        El Tribunal de Distrito de Helsinki condenó a Aller a pagar 60.440,26 marcos de compensación; la Corte de Apelaciones confirmó. KKO concedió permiso de apelación, recibió contestación y confirmó el resultado. No se publica disidencia.
        Cuestión jurídica
        Si una lista onomástica de 752 datos podía recibir protección de catálogo bajo el §49 aunque fuera aprobada por la Universidad de Helsinki, y si la reproducción completa infringía ese derecho.
        Criterio
        Sí. La lista combinaba una gran cantidad de datos y estaba protegida como catálogo; la Universidad no actuó como autoridad ni ejerció poder público al aprobarla, por lo que §9 no excluía la protección. La reproducción íntegra infringió §49.
        Fundamento decisivo
        El §49 histórico protegía productos próximos a obras cuya elaboración exigía esfuerzo, conocimiento y capital, siempre que combinaran gran cantidad de datos. La selección se apoyó en investigación de frecuencia y la distribución en conocimiento onomástico. La aprobación universitaria carecía del carácter de ejercicio de poder público que activa §9. Reproducir todo el contenido satisfizo la infracción.
        Límites
        Aplica §49(34/1991). No declara obra autoral ni autoría humana de la lista; no aborda base actual, entrenamiento, prompts u outputs.
        Relevancia
        doctrina-general
        Referencias relacionadas
          Peso del precedente
          Corte Suprema nacional con cuerpo íntegro oficial. Integración/votación: Suhonen Raulos Palaja Arponen Välimäki Sin disidencia publicada; el cuerpo oficial identifica cinco magistrados.
          Fuente
          Referencia
          Helsingin yliopiston Kehityspalvelut Oy v Aller Julkaisut Oy
          Enlace
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          Autoridad
          Korkein oikeus (Corte Suprema de Finlandia)
          Tipo
          primary_full_judgment
          Tipo de evidencia
          primary_full_judgment
          Localizador
          Cuerpo íntegro; 752 nombres, 39 altas, 2 bajas, 6 traslados, fundamentos y dispositivo.
          Verificación documentada

          X Ab y otros v Z öppet bolag y otros

          Nombre
          X Ab y otros v Z öppet bolag y otros
          Cita
          KKO:2005:43
          record kind
          judgment
          Tribunal
          Korkein oikeus (Corte Suprema de Finlandia)
          Instancia
          Corte suprema nacional
          Fechas
          Decisión
          2005-03-30
          presented
          2004-03-16
          Estado
          sentencia-final
          Resultado
          Infracción de copyright de vocabularios; no GenAI.
          Resumen
          Sí. La selección y disposición respondían a decisiones pedagógicas originales, no compilación mecánica; copiar los vocabularios completos a disquetes infringió copyright y paternidad.
          Antecedentes
          Libros para alumnos suecoparlantes de primaria contenían textos graduados y vocabularios finés-sueco por capítulo. Una empresa copió esos vocabularios a disquetes legibles por ordenador y los comercializó usando nombres de las series. El proceso pedagógico incluía decidir palabras, secuencia, contexto y progresión.
          Historia procesal
          La demanda acumuló copyright, paternidad, marcas y prácticas comerciales. Tras dos instancias, KKO examinó originalidad y copia. Raulos y Vuori discreparon sobre práctica comercial desleal, no sobre el núcleo copyright.
          Cuestión jurídica
          Si vocabularios de palabras comunes eran originales por selección/secuencia contextual y si su copia digital infringía copyright.
          Criterio
          Sí. La selección y disposición respondían a decisiones pedagógicas originales, no compilación mecánica; copiar los vocabularios completos a disquetes infringió copyright y paternidad.
          Fundamento decisivo
          Las palabras eran libres, pero la combinación contextual reflejaba elecciones humanas sobre orden, repetición y dificultad. La reproducción separada de esos elementos sustanciales fue infracción.
          Límites
          No IA. No toda lista se protege; importó selección/secuencia probada. No presentar disidencias como rechazo del holding copyright.
          Relevancia
          doctrina-general
          Referencias relacionadas
            Peso del precedente
            Corte Suprema nacional con cuerpo y votos íntegros. Integración/votación: Suhonen Raulos Vuori Aarnio Könkkölä Mayoría; disidencias de Raulos y Vuori limitadas a práctica comercial.
            Fuente
            Referencia
            X Ab y otros v Z öppet bolag y otros
            Enlace
            Consultar fuente
            Autoridad
            Korkein oikeus (Corte Suprema de Finlandia)
            Tipo
            primary_full_judgment
            Tipo de evidencia
            primary_full_judgment
            Localizador
            Cuerpo íntegro; selección pedagógica, copia digital, dispositivo y opiniones.
            Verificación documentada

            A, B, C, D y E v Blind Spot Pictures Oy e Iron Sky Universe Oy

            Nombre
            A, B, C, D y E v Blind Spot Pictures Oy e Iron Sky Universe Oy
            Cita
            MAO:302/18
            record kind
            judgment
            Tribunal
            Markkinaoikeus (Tribunal del Mercado de Finlandia)
            Instancia
            Tribunal nacional especializado, primera instancia
            Fechas
            Decisión
            2018-05-31
            Estado
            sentencia-firme-segun-fuente
            Resultado
            Reconocimiento limitado de contribución CGI humana; no acto GenAI.
            Resumen
            La participación intensiva no bastó para autoría global. Sólo la nave japonesa mostró elecciones individuales suficientes de A; los derechos económicos habían sido cedidos.
            Antecedentes
            Cinco profesionales VFX reclamaron autoría en Iron Sky y numerosos modelos CGI. Cientos participaron, unas treinta personas en VFX y al menos diez en posiciones centrales. Los modelos se construyeron con software desde conceptos 2D, instrucciones y trabajo coordinado.
            Historia procesal
            Demanda y reconvención examinaron contribuciones, contratos y materiales. Se rechazó autoría de la película completa y mayoría de elementos; se reconoció a A copyright sólo en una nave japonesa, con derechos económicos ampliamente cedidos por empleo. Finlex indica firmeza.
            Cuestión jurídica
            Si trabajo técnico-creativo en CGI colaborativo convierte a cada participante en autor de la película o de elementos concretos, y cómo separar creación de dirección, ideas y cesión.
            Criterio
            La participación intensiva no bastó para autoría global. Sólo la nave japonesa mostró elecciones individuales suficientes de A; los derechos económicos habían sido cedidos.
            Fundamento decisivo
            Tiempo, pericia y ejecución de conceptos dirigidos no prueban por sí solos autoría. Debe identificarse contribución expresiva independiente y persona. Autoría y titularidad por cesión son distintas.
            Límites
            No IA generativa. Reconocimiento limitado a una nave; cesión no decide creación. No extender a todo CGI.
            Relevancia
            doctrina-general
            Referencias relacionadas
              Peso del precedente
              Tribunal especializado; inferior a KKO. Integración/votación: Anne Ekblom-Wörlund Markus Mattila Pekka Savola Unánime según cuerpo.
              Fuente
              Referencia
              A, B, C, D y E v Blind Spot Pictures Oy e Iron Sky Universe Oy
              Enlace
              Consultar fuente
              Autoridad
              Markkinaoikeus (Tribunal del Mercado de Finlandia)
              Tipo
              primary_full_judgment
              Tipo de evidencia
              primary_full_judgment
              Localizador
              Cuerpo íntegro; VFX, objetos, nave japonesa, cesión, dispositivo y panel.
              Verificación documentada

              Lovegrove Studio Limited y Ross Lovegrove v Brown-Forman Finland Oy y otros

              Nombre
              Lovegrove Studio Limited y Ross Lovegrove v Brown-Forman Finland Oy y otros
              Cita
              MAO:78/2023
              record kind
              judgment
              Tribunal
              Markkinaoikeus (Tribunal del Mercado de Finlandia)
              Instancia
              Tribunal nacional especializado, primera instancia
              Fechas
              Decisión
              2023-02-17
              Estado
              sentencia-firme-segun-fuente
              Resultado
              Originalidad humana reconocida; no infracción; no GenAI.
              Resumen
              Ty Nant fue original porque reflejaba elecciones libres; las botellas Finlandia no eran copias ni adaptaciones y no infringieron.
              Antecedentes
              Ross Lovegrove diseñó hacia 2000 la botella Ty Nant en un encargo de unos tres años: tres prototipos y una cuarta versión final asimétrica, técnicamente difícil. Se alegó copia por botellas Finlandia Vodka 2011/2018.
              Historia procesal
              El tribunal recibió prueba de diseño, prototipos, fabricación y comparación. Reconoció originalidad pese a restricciones técnicas, pero negó copia/adaptación. Finlex indica firmeza.
              Cuestión jurídica
              Si restricciones técnicas eliminaban libertad creativa y, de existir obra, si los productos demandados reproducían su expresión.
              Criterio
              Ty Nant fue original porque reflejaba elecciones libres; las botellas Finlandia no eran copias ni adaptaciones y no infringieron.
              Fundamento decisivo
              Las limitaciones técnicas no excluyen protección si queda espacio creativo. Subsistencia e infracción son gates separados.
              Límites
              No IA; diseño industrial específico. Originalidad no implica que todo resultado condicionado esté protegido ni copiado.
              Relevancia
              doctrina-general
              Referencias relacionadas
                Peso del precedente
                Tribunal especializado; inferior a KKO. Integración/votación: Anne Ekblom-Wörlund Markus Mattila Mirva Näsi Unánime.
                Fuente
                Referencia
                Lovegrove Studio Limited y Ross Lovegrove v Brown-Forman Finland Oy y otros
                Enlace
                Consultar fuente
                Autoridad
                Markkinaoikeus (Tribunal del Mercado de Finlandia)
                Tipo
                primary_full_judgment
                Tipo de evidencia
                primary_full_judgment
                Localizador
                Cuerpo íntegro; tres años/cuatro prototipos, restricciones, originalidad, comparación y dispositivo.
                Verificación documentada

                A v Rosebud Books Oy

                Nombre
                A v Rosebud Books Oy
                Cita
                MAO:474/2025
                record kind
                interim_order
                Tribunal
                Markkinaoikeus (Tribunal del Mercado de Finlandia)
                Instancia
                Tribunal nacional especializado, medida cautelar
                Fechas
                Decisión
                2025-09-12
                appeal deadline
                2025-11-11
                Estado
                orden-cautelar-firme-segun-fuente
                Resultado
                No injunction; sin fallo final de mérito.
                Resumen
                Probable obra en traducción; no probable amenaza ni obra autónoma en maquetación. Cautelar denegada.
                Antecedentes
                Un traductor contratado en 2022 realizó una traducción finlandesa de Aion, Kalojen aika, y maquetación de 322 páginas terminada en junio de 2025. Temió que Rosebud publicara una edición anunciada como 200 páginas y pidió prohibición cautelar.
                Historia procesal
                La cautelar se presentó con acción principal. Bajo el estándar sumario sólo se evaluó probabilidad, no mérito final. Se estimó probable copyright de traducción, no amenaza de abreviación/modificación ni originalidad de maquetación, y se denegó. La orden aparece firme; el mérito no consta resuelto aquí.
                Cuestión jurídica
                Qué podía decidirse cautelarmente sobre traducción/maquetación y si había amenaza probable.
                Criterio
                Probable obra en traducción; no probable amenaza ni obra autónoma en maquetación. Cautelar denegada.
                Fundamento decisivo
                Una traducción original puede protegerse, pero una cautelar no decide definitivamente subsistencia o infracción. Sin prueba de cambios/amenaza no procede injunction.
                Límites
                No IA. No sentencia final ni acto registral. La maquetación sólo no fue hecha probable en este expediente.
                Relevancia
                doctrina-general
                Referencias relacionadas
                  Peso del precedente
                  Tribunal especializado; mérito reservado. Integración/votación: Reima Jussila Riikka Pirttisalo Teemu Matikainen Unánime.
                  Fuente
                  Referencia
                  A v Rosebud Books Oy
                  Enlace
                  Consultar fuente
                  Autoridad
                  Markkinaoikeus (Tribunal del Mercado de Finlandia)
                  Tipo
                  primary_full_interim_order
                  Tipo de evidencia
                  primary_full_interim_order
                  Localizador
                  §§1–16, dispositivo, recurso, unanimidad y firmeza.
                  Verificación documentada

                  Procedimientos conocidos

                  No hay entradas en esta colección del Atlas. Esto no demuestra que no existan casos.

                  Autoridades reportadas

                  FIN-KKO-1964-II-59

                  Nombre
                  FIN-KKO-1964-II-59
                  Cita
                  KKO:1964-II-59
                  Tribunal
                  Korkein oikeus
                  Fechas
                  year
                  1964
                  Referencias relacionadas
                    Estado
                    resumen-judicial-oficial
                    Antecedentes
                    Tras un manual de resistencia de hormigón armado de A, B publicó otro semejante. Se acreditó que coincidencias provenían en gran parte de fuentes extranjeras comunes.
                    Criterio reportado
                    El libro de B era sustancialmente original y no adaptación; no hubo infracción.
                    Límites
                    Sólo resumen oficial; no fecha exacta, instancias, razonamiento, panel o voto. No criteria completo ni GenAI.
                    Fuente
                    Enlace
                    Consultar fuente
                    Localizador
                    Resumen oficial completo
                    Verificación documentada
                    No
                    Tipo de evidencia
                    reported_only

                    FIN-KKO-1979-II-64

                    Nombre
                    FIN-KKO-1979-II-64
                    Cita
                    KKO:1979-II-64
                    Tribunal
                    Korkein oikeus
                    Fechas
                    year
                    1979
                    Referencias relacionadas
                      Estado
                      resumen-judicial-oficial
                      Antecedentes
                      A pintó un cuadro usando una fotografía publicada de B y lo exhibió y ofreció a venta.
                      Criterio reportado
                      La pintura no era copia sino obra independiente; se rechazaron acusación y daños.
                      Límites
                      Sólo resumen oficial; no fecha exacta, razonamiento, panel o votos. No criteria ni GenAI.
                      Fuente
                      Enlace
                      Consultar fuente
                      Localizador
                      Resumen oficial completo
                      Verificación documentada
                      No
                      Tipo de evidencia
                      reported_only

                      FIN-KKO-1989-149

                      Nombre
                      FIN-KKO-1989-149
                      Cita
                      KKO:1989:149
                      Tribunal
                      Korkein oikeus
                      Fechas
                      Reportado
                      1989-12-19
                      year
                      1989
                      Referencias relacionadas
                        Estado
                        resumen-judicial-oficial
                        partial decision date
                        1989-12-19
                        Antecedentes
                        Se reclamó copyright arquitectónico sobre una casa tipo.
                        Criterio reportado
                        No protección: ni elementos ni conjunto suficientemente independientes y originales.
                        Límites
                        Encabezado/resumen, no cuerpo ni votos. No permite reconstruir prueba/ratio más allá del enunciado.
                        Fuente
                        Enlace
                        Consultar fuente
                        Localizador
                        Encabezado y resumen oficial
                        Verificación documentada
                        No
                        Tipo de evidencia
                        reported_only

                        Referencias extranjeras comparadas

                        No hay entradas en esta colección del Atlas. Esto no demuestra que no existan casos.

                        Referencias de contexto

                        S / N — gráfico del ecosistema de política del conocimiento

                        Nombre
                        S / N — gráfico del ecosistema de política del conocimiento
                        Cita
                        TN2024:7
                        record kind
                        advisory_opinion
                        Tribunal
                        Tekijänoikeusneuvosto (Consejo de Derecho de Autor)
                        Instancia
                        tribunal nacional
                        Fechas
                        opinion
                        2024-09-24
                        Decisión
                        2024-09-24
                        Estado
                        dictamen-consultivo-no-vinculante
                        Resultado
                        No obra según mayoría; cuestiones2–4 no examinadas.
                        Resumen
                        Mayoría: ni conjunto ni partes satisfacen§1; al responder negativamente la primera cuestión no respondió cuestiones2–4.
                        Antecedentes
                        S, empleador, pidió opinión sobre gráfico preparado por la anterior empleada N a partir de idea/boceto discutidos con colega. Representaba actores y relaciones del sistema finlandés de política del conocimiento mediante diseño sunburst, categorías, texto y colores de identidad empresarial. N reivindicó decisiones sobre selección, disposición y colores adicionales. No había IA.
                        Historia procesal
                        Cuatro preguntas: umbral de obra, modificación, facultad del empleador de usar/editar y crédito. N pudo responder. Consejo resolvió sobre materiales aportados, no prueba judicial ni interpretación vinculante de contrato. Fecha de solicitud no acreditada en la ficha. No se acreditó litigio posterior.
                        Cuestión jurídica
                        Si el gráfico contiene elecciones originales suficientes y, de ser así, qué derechos y facultades contractuales existirían.
                        Criterio
                        Mayoría: ni conjunto ni partes satisfacen§1; al responder negativamente la primera cuestión no respondió cuestiones2–4.
                        Fundamento decisivo
                        §§15–22: estructura sunburst usual, materia fáctica, exigencias de representación y colores corporativos restringían libertad. Inversión, detalle o habilidad no bastaban. §23 deja sin resolver adaptación, empleo y derechos morales; no equivale a decidir que toda producción laboral es del empleador.
                        Límites
                        Edilex aloja documento primario del Consejo; no se leyó registro emisor separado. La referencia heredada a pp7–10 como fundamento de negativa era errónea: esas páginas son disidencia. No constituye concesión/negativa estatal de registro, no fija hechos contractuales ni regla GenAI.
                        Relevancia
                        doctrina-general
                        Referencias relacionadas
                          Peso del precedente
                          Opinión nacional consultiva no vinculante bajo§55, no sentencia ni precedente obligatorio. Integración/votación: Ulla-Maija Mylly (presidenta) Juha Vesala Samuli Melart Mirkka Kivilehto Mari Lampenius (disidente) Valtteri Niiranen Ismo Huhtanen Maria Rehbinder Timo Enroth (disidente) Albert Mäkelä Diez participantes listados; dos disidencias expresas. La etiqueta8–2 sería inferencia aritmética, no fórmula de votación publicada; no se presenta como unanimidad.
                          Fuente
                          Referencia
                          S / N — gráfico del ecosistema de política del conocimiento
                          Enlace
                          Consultar fuente
                          Autoridad
                          Tekijänoikeusneuvosto (Consejo de Derecho de Autor)
                          Tipo
                          dictamen-consultivo-no-vinculante
                          Tipo de evidencia
                          primary_full_advisory_opinion
                          Localizador
                          Texto completo10pp; mayoría1–6,§§15–23; composiciónp6; disidencia6–10.
                          Verificación documentada

                          A / B — Pirkanmaan kudospankki, Access y TissueDB

                          Nombre
                          A / B — Pirkanmaan kudospankki, Access y TissueDB
                          Cita
                          TN2008:16
                          record kind
                          advisory_opinion
                          Tribunal
                          Tekijänoikeusneuvosto (Consejo de Derecho de Autor)
                          Instancia
                          tribunal nacional
                          Fechas
                          opinion
                          2008-12-04
                          Decisión
                          2008-12-04
                          Estado
                          dictamen-consultivo-no-vinculante
                          Resultado
                          Diferenciación entre umbral autoral no satisfecho y posible protección del contenido de la base/catálogo; titularidad contractual no resuelta.
                          Resumen
                          Sin obra§1 en el sistema Access examinado, formularios, campos, consultas o disposición. Los2757registros podían satisfacer protección de catálogo y la inversión descrita de base49; formulario/consulta vacíos no. No se pronuncia sobre el copyright del software Microsoft Access subyacente ni determina definitivamente titular contractual.
                          Antecedentes
                          A alegó haber desarrollado durante20años, con10000–15000horas de especialización médica, un sistema Access de banco óseo con2757registros, más de40campos y67consultas. B sostuvo que el sistema posterior de navegador/MySQL TissueDB era independiente; se discutían aportes de un estudiante, definiciones, formularios y datos hospitalarios. Existía controversia civil en el tribunal de distrito de Turku; no consta aquí su resultado.
                          Historia procesal
                          El Consejo examinó documentación, respuestas contradictorias y opinión técnica del profesor Tomi Männistö: formularios/consultas Access empleaban herramientas incorporadas, sin programación fuente propia. Se formularon preguntasA1/A2,B1/B2,C,D sobre obras, base, adaptación y titularidad. No se resolvieron hechos disputados ni contratos. No se aporta número completo ni sentencia del litigio civil.
                          Cuestión jurídica
                          Si el sistema/formularios/consultas son obra o base/catálogo y si mera especificación, empleo o aportaciones a sistema posterior otorgan autoría/titularidad.
                          Criterio
                          Sin obra§1 en el sistema Access examinado, formularios, campos, consultas o disposición. Los2757registros podían satisfacer protección de catálogo y la inversión descrita de base49; formulario/consulta vacíos no. No se pronuncia sobre el copyright del software Microsoft Access subyacente ni determina definitivamente titular contractual.
                          Fundamento decisivo
                          pp9–17: creador humano y decisiones originales de selección/programación frente a especificaciones funcionales. La ausencia de originalidad del formulario no elimina protección separada del conjunto de datos; creación de datos e inversión en obtención/verificación/presentación difieren. No se exige escribir personalmente todo código para toda autoría.40b y49 deben analizarse por separado.
                          Límites
                          No IA. No sentencia subyacente de Turku verificada, no decisión definitiva sobre titularidad, no resolución sobre software Access subyacente. La protección de datos no se convierte en monopolio sobre datos individuales o ideas de funcionalidad.
                          Relevancia
                          autoria-output
                          Referencias relacionadas
                            Peso del precedente
                            Opinión consultiva no vinculante; marco histórico2008, preceptos actuales cotejados separadamente. Integración/votación: Marcus Norrgård (presidente) Arto Alaspää Martti Heikkilä Ismo Huhtanen Tuula Hämäläinen Jussi Karttunen Päivi Liedes Kirsi-Marja Okkonen Paula Paloranta Tytti Peltonen Maria E. Rehbinder Risto Ryti Tommi Saarikivi Katariina Sorvari Se listan14participantes. El cuerpo no declara unanimidad ni división numérica; no se infiere por falta de voto separado.
                            Fuente
                            Referencia
                            A / B — Pirkanmaan kudospankki, Access y TissueDB
                            Enlace
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                            Autoridad
                            Tekijänoikeusneuvosto (Consejo de Derecho de Autor)
                            Tipo
                            dictamen-consultivo-no-vinculante
                            Tipo de evidencia
                            primary_full_advisory_opinion
                            Localizador
                            18pp íntegras; reglas9–14,respuestas15–17,composición18.
                            Verificación documentada

                            Doctrina supranacional

                            No hay entradas en esta colección del Atlas. Esto no demuestra que no existan casos.

                            Fuentes de la ficha

                            Alcance de la confianza documental

                            Alta sobre contenido normativo cotejado y naturaleza institucional; condicionada para aplicación GenAI individual y derechos de fijación/fotografía, sin sentencia nacional GenAI de fondo verificada en este corpus.

                            Alcance de las aportaciones humanas

                            Sólo expresión humana original acreditable, no número de prompts o coste.

                            Enlaces a expedientes individuales