Finlandia / Casos nacionales

A v Sanoma Media Finland Oy

Casos nacionales. La inclusión en esta ficha no convierte una referencia extranjera en una decisión nacional. Se conserva el estado y el alcance de la fuente.

Expediente y fuentes

Nombre
A v Sanoma Media Finland Oy
Cita
MAO:61/2023
record kind
judgment
Tribunal
Markkinaoikeus (Tribunal del Mercado de Finlandia)
Instancia
Tribunal nacional especializado, primera instancia
Fechas
Decisión
2023-02-09
appeal deadline
2023-04-11
Estado
sentencia-firme-segun-fuente
Resultado
Éxito sustancial de A bajo derecho de fotografía simple, no reconocimiento de originalidad autoral ni concesión sobre IA.
Resumen
La imagen no alcanzó originalidad como obra del§1, pero recibió protección fotográfica del§49a. La publicación concreta no satisfizo ni excepción de actualidad ni cita justificada. Se declaró la infracción y se ordenó cese y no repetición en ese artículo;7000euros de compensación y110812,51de costas. No se impuso la multa coercitiva solicitada.
Antecedentes
La esposa de A, campeón finlandés de Fórmula1 anonimizado en la sentencia, tomó en enero2021 una fotografía ordinaria de A junto a un muñeco de nieve en su jardín en Suiza y cedió los derechos a A. A la publicó en Instagram Stories, visible24horas, en una cuenta profesional con unos2millones de seguidores. Helsingin Sanomat reprodujo sin permiso una captura en un artículo del13enero2021 acerca de su supuesto tercer hermano. La imagen siguió accesible en la publicación durante más de dos años. No era una imagen generada por IA ni una colaboración publicitaria pagada.
Historia procesal
A reclamó declaración de infracción, prohibición del uso y repetición, multa coercitiva50000euros, compensación7000euros y costas110832,51. Hubo cartas15y23febrero y9marzo2021 y correos4y14mayo2021. La defensa alegó fotografía ordinaria, actualidad, cita, libertad informativa, condiciones de Instagram y cuantía excesiva; objetó la multa por la independencia legal del redactor responsable. Prueba documental y testimoniosSV/PH. El cuerpo no precisa fecha de demanda ni audiencia: no se inventan a partir del número de asunto.
Cuestión jurídica
Si la reproducción íntegra de una fotografía ordinaria cedida al demandante estaba amparada por la información de actualidad o la cita y qué remedios cabían contra el editor.
Criterio
La imagen no alcanzó originalidad como obra del§1, pero recibió protección fotográfica del§49a. La publicación concreta no satisfizo ni excepción de actualidad ni cita justificada. Se declaró la infracción y se ordenó cese y no repetición en ese artículo;7000euros de compensación y110812,51de costas. No se impuso la multa coercitiva solicitada.
Fundamento decisivo
§§7–13: no se acreditaron decisiones individuales creativas en la toma ordinaria con configuración automática, pero§49a no exige ese umbral. §§28–47: entre temporadas de F1 no había un evento específico suficiente; publicar la foto humorística fue un hecho concreto pero de escasa importancia que no justificaba el sacrificio del derecho en esta ponderación. §§48–70: una fotografía entera puede ser cita en principio, pero aquí la reproducción íntegra no era necesaria ni conforme a buenas prácticas, pudiendo describirse verbalmente, en un periódico comercial y con permanencia opuesta a las24horas de la publicación inicial. No es prohibición universal de citar fotografías ni de informar sobre famosos.
Límites
Hechos de2021 y sentencia de9febrero2023 anteriores a reforma263/2023 vigente3abril2023, incluida excepción49a(4) sobre reproducciones de arte ya en dominio público, inaplicable a esta foto. No trasladar fotografía de cámara a imagen sintética sin acreditar supuesto49a. Identidad de A se conserva anonimizada. No se consultaron materiales probatorios privados.
Relevancia
doctrina-general
Referencias relacionadas
    Peso del precedente
    Finlex dice Lainvoimainen (firme); plazo para solicitar permiso de apelación11abril2023. No se deduce que hubo apelación ni fecha exacta de firmeza. Integración/votación: Jussi Karttunen Pertti Lenkkeri Mirva Näsi La fuente afirma expresamente resolución unánime de los tres miembros.
    Fuente
    Referencia
    A v Sanoma Media Finland Oy
    Enlace
    Consultar fuente
    Autoridad
    Markkinaoikeus (Tribunal del Mercado de Finlandia)
    Tipo
    primary_full_judgment
    Tipo de evidencia
    primary_full_judgment
    Localizador
    Cuerpo íntegro: §§7–13,28–70,72–112,113–121, dispositivo/coram/firmeza.
    Verificación documentada
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