Grecia / Casos nacionales
B. M. contra S. A. — pintura «El barco» atribuida a otro en calendario UNESCO
Casos nacionales. La inclusión en esta ficha no convierte una referencia extranjera en una decisión nacional. Se conserva el estado y el alcance de la fuente.
Expediente y fuentes
- Nombre
- B. M. contra S. A. — pintura «El barco» atribuida a otro en calendario UNESCO
- Cita
- ΑΠ 927/2025, ΣΤ΄ Ποινικό Τμήμα
- Tribunal
- Areios Pagos, Sala Penal VI
- Instancia
- última instancia penal
- Fechas
- Decisión
- 2025-05-20
- Audiencia
- 2025-04-29
- Publicación
- 2025-06-19
- pronounced
- 2025-06-19
- Recurso
- 2024-12-16
- Estado
- resuelto-casacion-desestimada
- Resultado
- Casación desestimada; condena penal confirmada.
- Resumen
- La motivación fue suficiente: la técnica mixta, composición individualizada y rasgos distintivos permitían tratar la pintura como expresión original; borrar/oscurecer la firma, atribuírsela y usar la fotografía en el calendario acreditaron explotación y dolo. Se rechazó la casación.
- Antecedentes
- La pintora S. A. exhibió en junio de 2017 una obra de técnica mixta, un velero con piezas de madera y firma visible. B. M., entonces director artístico de un grupo UNESCO, obtuvo permiso para fotografiarla. Para el calendario 2018 se envió una imagen oscurecida en la zona de la firma, junto al currículum de B. M.; éste recibió veinte ejemplares y aceptó felicitaciones como si fuera autor. Tras requerimiento de 13-11-2017, el grupo retiró y reimprimió el calendario, salvo esos ejemplares. No hubo IA.
- Historia procesal
- La Audiencia Penal de Atenas 2472/2024 lo declaró culpable por art.66(1), impuso ocho meses de prisión suspendida por tres años y registró la sentencia el 25-11-2024. Recurso 16-12-2024. El Areios Pagos oyó el asunto 29-04-2025, decidió 20-05-2025 y publicó 19-06-2025.
- Cuestión jurídica
- Si la condena describió suficientemente una obra original, la explotación y alteración de atribución, el dolo y los elementos del art.66(1).
- Criterio
- La motivación fue suficiente: la técnica mixta, composición individualizada y rasgos distintivos permitían tratar la pintura como expresión original; borrar/oscurecer la firma, atribuírsela y usar la fotografía en el calendario acreditaron explotación y dolo. Se rechazó la casación.
- Fundamento decisivo
- La originalidad es cuestión fáctica, pero la sentencia debe identificar sus elementos. El criterio nacional enfatiza contribución personal, vínculo con personalidad y expresión sensorial. El tribunal de casación controla la suficiencia y coherencia de la motivación, no revalora la prueba.
- Límites
- No es decisión sobre output GenAI ni sobre una foto como obra autónoma. La conducta fue apropiación de una pintura humana preexistente y supresión de atribución. La sentencia no crea un porcentaje de aporte humano ni resuelve prompts.
- Relevancia
- doctrina-general
- Referencias relacionadas
- Peso del precedente
- Sentencia de casación penal del Areios Pagos que confirma la condena y expone el estándar nacional de originalidad; alto peso en este litigio, no holding GenAI. Integración/votación: Eleni Katsouli (vicepresidenta), Kleovoulos-Dimitrios Kokkoros (ponente), Leonidas Chatzistavrou, Panagiotis Lymperopoulos y Eleni Theodorakopoulou. Cinco integrantes identificados; no se publica voto separado ni cómputo numérico.
- Fuente
- Referencia
- B. M. contra S. A. — pintura «El barco» atribuida a otro en calendario UNESCO
- Enlace
- Consultar fuente
- Autoridad
- Areios Pagos, Sala Penal VI
- Tipo
- jurisprudencia nacional penal de derecho de autor; analogía material, no GenAI
- Tipo de evidencia
- primary_judicial_fulltext_official
- Método de comprobación
- Lectura íntegra del fallo oficial del Areios Pagos, incluida regla, hechos probados, motivación penal y dispositivo.
- Fecha de comprobación
- 2026-08-31
- Localizador
- §§37–45 regla y tipo penal; §§56–80 hechos, originalidad, dolo y motivación; §§83–87 dispositivo y fechas.
- Verificación documentada
- Sí