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Derecho de autor e inteligencia artificial en Grecia

Parcial: protege expresión humana original identificable; no el contenido autónomo. OPI fecha archivos, no concede derecho de autor.

Investigación abierta. Corte general del Atlas: 31 de agosto de 2026. Cobertura no significa revisión completa ni vigencia certificada.

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Marco y alcance

La categoría parcial expresa divisibilidad por capas, no porcentaje de esfuerzo. Ningún pago, prompt, cuenta, depósito o fijación presume autoría del contenido generado.

Limitaciones documentadas

No sentencia nacionalGenAI directa localizada en las búsquedas públicas; ello no excluye procedimientos privados, no publicados o insuficientemente indexados. Resultados ulteriores de los reenvíos1493/2009 y1306/2012 no localizados; no se afirma cuantía final ni pago. AP257/1995 y113/1989 carecen aquí de texto íntegro/fecha exacta;6234/2007 está disponible sólo como extracto y se conserva fuera de criteria. No certificado de firmeza, ejecución o agotamiento de recursos extraordinarios para los nueve fallos; se informa la postura efectivamente publicada. AP711/2017 y los dos reenvíos anteriores carecen de resultado ulterior localizado. No población pública exhaustiva de cronoselladosOPI ni acceso a NOMOS o archivos privados. No se inventan grants/denials a partir de ese límite. El texto1215/2019 contiene discordancia interna en la fecha de apelación;1306/2012 en el número de primera instancia; se explican expresamente sin corregir al tribunal por inferencia. La guíaOPI2023 no indica día exacto de publicación ni determina umbrales de flujos modernos; su jerarquía es inferior a ley y doctrinaTJUE. El estudio estratégico OPI anunciado en abril2026 no se localizó como cuerpo público completo; sólo se usa el comunicado oficial y no se reconstruyen sus siete ejes más allá de lo publicado. Las búsquedas del31-08-2026 hallaron fallos tradicionales y páginas institucionales, pero ningún expediente griego público que decida autoría de outputGenAI ni acto individual de concesión/negativa.

Registro y actos documentados

Estado
no_registry
Resumen
No se identificó un registro general estatal de obras que examine y conceda derecho de autor: arts.1 y6(2), FAQOPI y guía13–15 establecen adquisición automática. El cronosellado autorizado porart.69 es fecha cierta de presentación; términos§4 excluyen prueba de protegibilidad/titularidad. Depósito bibliotecario, ISBN/ISSN/ISMN, ©, repertoriosCMO y medidas antipiratería son objetos distintos. No se verificó un acto individual de concesión o denegaciónGenAI.
Actos documentados

    Casos nacionales

    A. K. contra Ch. T. — traducciones filosóficas y licencia editorial

    Nombre
    A. K. contra Ch. T. — traducciones filosóficas y licencia editorial
    Cita
    ΑΠ 458/2024, Α1 Πολιτικό Τμήμα
    Tribunal
    Areios Pagos, Sala Civil A1
    Instancia
    última instancia
    Fechas
    Decisión
    2023-12-04
    Audiencia
    2023-09-18
    Publicación
    2024-03-27
    pronounced
    2024-03-27
    Estado
    resuelto-firmeza-no-verificada
    Resultado
    Desestimó casación y motivos adicionales; ordenó ingreso del depósito al tesoro y 2.700 euros de costas. Quedó en pie la solución de apelación respecto de las ocho traducciones: reconocimiento de derechos, cese con multa de 1.000 euros por infracción, 4.000 euros por daño moral con intereses y publicación del dispositivo en dos diarios de Atenas.
    Resumen
    Una traducción protegida presupone creación personal humana original, vinculada a la individualidad de su creador. La adquisición originaria nace del acto creativo. Se desestimaron los motivos de casación sobre la invalidez relativa por ausencia de escritura, el alegado abuso y la lesión moral; un motivo de responsabilidad por dependientes resultó inadmisible al no haberse planteado oportunamente.
    Antecedentes
    El traductor Ch. T., ingeniero civil con formación de posgrado en filosofía, colaboró durante unos veinte años con el editor A. K. en ocho traducciones del alemán al griego de obras de un filósofo identificado en el fallo como I. K. Los nombres y títulos completos están anonimizados. Acuerdos orales de publicación exclusiva preveían 130 euros por pliego de dieciséis páginas de 2.200 caracteres, sin precisar duración ni reimpresiones. El editor distribuyó 3.000 folletos alterando un término filosófico esencial elegido por el traductor. Rehusó retirarlos; fracasó después la formalización de un acuerdo escrito. El traductor retiró la autorización y el editor continuó la explotación, incluso en la distribución universitaria. No se alegó traducción automática ni herramienta generativa; la labor humana de traducción era el sustrato del pleito.
    Historia procesal
    El litigio incluyó la cautelar 5380/2019 del Juzgado Unipersonal de Atenas, fechada el 15-10-2019, que restringió la explotación y afectó existencias. La demanda de fondo, cuya fecha se oculta en la publicación, produjo la sentencia 671/2021 del Tribunal Colegiado de Primera Instancia de Atenas. La Sala de tres jueces de la Audiencia de Atenas dictó 4444/2021, revocando parcialmente y acogiendo derechos y remedios del traductor. El editor interpuso casación y motivos adicionales: sus fechas también aparecen omitidas. Vista 18-09-2023; deliberación/resolución 04-12-2023; publicación en audiencia 27-03-2024. El número 458/2024 sigue el año de publicación, no altera la fecha interna de decisión.
    Cuestión jurídica
    Si las traducciones originales generaban derechos inicialmente en su creador humano y si el editor podía seguir explotándolas amparado en acuerdos orales, oponiendo abuso de derecho y consentimiento frente a la invalidez formal y la alteración del texto.
    Criterio
    Una traducción protegida presupone creación personal humana original, vinculada a la individualidad de su creador. La adquisición originaria nace del acto creativo. Se desestimaron los motivos de casación sobre la invalidez relativa por ausencia de escritura, el alegado abuso y la lesión moral; un motivo de responsabilidad por dependientes resultó inadmisible al no haberse planteado oportunamente.
    Fundamento decisivo
    Los arts. 1, 2 y 6 de la Ley 2121/1993 conectan obra y creador, no mera inversión editorial. El art. 14 exige forma escrita en los negocios de explotación y protege al creador mediante invalidez relativa. La larga colaboración no volvía abusiva su invocación tras la ruptura de confianza, alteración terminológica y explotación posterior sin autorización. La protección moral alcanza cambios expresivos esenciales no consentidos. El tribunal controla los motivos admisibles, no vuelve a juzgar libremente los hechos.
    Límites
    No resolvió autoría de traducción por IA, prompts ni porcentaje mínimo de intervención humana. La fórmula de creación humana se utiliza como doctrina general en un caso de traducciones humanas, no como holding GenAI. Distinguir fundamentos sustantivos de inadmisibilidad. No se reconstruyen las fechas o nombres anonimizados. Publicación de marzo de 2024 no equivale a deliberación de diciembre de 2023; no se verificó un certificado posterior de firmeza.
    Relevancia
    doctrina-general
    Referencias relacionadas
      Peso del precedente
      Sentencia de casación civil del Areios Pagos: autoridad interpretativa nacional de alto peso y efecto en este litigio, no precedente erga omnes de common law. La fuente no aporta certificado de firmeza ni acredita agotamiento de toda vía extraordinaria; no se presume firmeza absoluta. Integración/votación: Asimina Yfanti (vicepresidenta), Vrysiida Thomatou, Georgios Schoinochoritis, Eftychios Nikolopoulos y Varvara Papari (ponente). La publicación identifica cinco integrantes y no publica votos separados ni un cómputo numérico; no se infiere unanimidad.
      Fuente
      Referencia
      A. K. contra Ch. T. — traducciones filosóficas y licencia editorial
      Enlace
      Consultar fuente
      Autoridad
      Areios Pagos, Sala Civil A1
      Tipo
      jurisprudencia nacional de derecho de autor; analogía material, no GenAI
      Tipo de evidencia
      primary_judicial_fulltext_official
      Método de comprobación
      Lectura íntegra del fallo griego oficial descargado; encabezado, considerandos, fallo y fechas cotejados. Se excluyó el resumen experimental generado con IA que enlaza el portal.
      Fecha de comprobación
      2026-08-30
      Localizador
      Encabezado y §§1–3: partes, procedimiento, regla de creación humana y hechos; §§4, 6–7 y 9: motivos, abuso, derecho moral y responsabilidad; §10 y dispositivo: desestimación y costas; últimas dos líneas: decisión/publicación.
      Verificación documentada

      Herederos de Antonios Taxeidarakis contra OPAP — ΝΕΟ ΣΥΣΤΗΜΑ ΛΑΧΕΙΟΥ

      Nombre
      Herederos de Antonios Taxeidarakis contra OPAP — ΝΕΟ ΣΥΣΤΗΜΑ ΛΑΧΕΙΟΥ
      Cita
      ΑΠ 537/2010, Α2 Πολιτικό Τμήμα
      Tribunal
      Areios Pagos, Sala Civil A2
      Instancia
      última instancia
      Fechas
      Decisión
      2010-01-19
      Audiencia
      2009-12-14
      Publicación
      2010-03-19
      pronounced
      2010-03-19
      Estado
      resuelto-firmeza-no-verificada
      Resultado
      Desestimó la casación de los herederos y les impuso 2.700 euros de costas. No resolvió de nuevo la comparación por copia porque la falta de originalidad sostenía por sí sola el rechazo.
      Resumen
      La falta de originalidad estaba suficientemente motivada: la configuración era simple y susceptible de ser ideada por terceros bajo condiciones semejantes. La referencia a un mínimo nivel creativo no añadió en este fallo una exigencia distinta y contradictoria con el examen de individualidad. La novedad alegada no obligaba a reconocer originalidad.
      Antecedentes
      Antonios Taxeidarakis elaboró en 1975 un diagrama y reglas para un nuevo sistema de lotería: cincuenta casillas, cinco filas por diez columnas, elección de cinco cifras y cuatro paneles. Depositó el material en la Biblioteca Nacional. En 1981 propuso al Ministerio de Finanzas su explotación; el rechazo obedeció a la política de juegos y no fue una denegación de derecho de autor. Alegó que ΝΕΟ ΠΡΟΤΟ, comercializado por OPAP en 1997 como variante de siete dígitos de un juego anterior, imitaba la posibilidad de que el jugador eligiera números. Se trataba de un sistema ideado por una persona, no de output informático.
      Historia procesal
      Demanda 18-12-1998; Tribunal Colegiado de Primera Instancia de Atenas: interlocutoria 6604/2000 y definitiva 1662/2004. Apelación 6725/2005 de Atenas rechazó la pretensión, considerando falta de originalidad y, alternativamente, diferencias sustanciales. Los herederos interpusieron casación el 04-04-2008. Vista 14-12-2009; decidido 19-01-2010 y publicado 19-03-2010.
      Cuestión jurídica
      Si las reglas/diagrama alcanzaban originalidad y si los razonamientos sobre singularidad estadística y mínima individualidad creativa eran insuficientes o contradictorios por admitir cierta novedad.
      Criterio
      La falta de originalidad estaba suficientemente motivada: la configuración era simple y susceptible de ser ideada por terceros bajo condiciones semejantes. La referencia a un mínimo nivel creativo no añadió en este fallo una exigencia distinta y contradictoria con el examen de individualidad. La novedad alegada no obligaba a reconocer originalidad.
      Fundamento decisivo
      Bajo las normas históricas aplicables a la creación de 1975 y el art. 2 de la Ley 2121/1993, se exige una expresión con individualidad creativa. La mera idea de elegir números y el diseño elemental del sistema no bastaban. El depósito documentaba una presentación, pero no subsanaba la carencia sustantiva. Al bastar este fundamento, no era necesario revisar el fundamento alternativo de ausencia de reproducción.
      Límites
      No declara que todos los juegos o sus textos carezcan de protección ni convierte novedad patentaria en requisito autoral. No es una decisión sobre IA ni una denegación administrativa de registro. El rechazo ministerial de 1981 fue comercial/regulatorio. El vocabulario histórico de nivel creativo debe leerse hoy junto al criterio armonizado de creación intelectual propia de la UE, sin agregar mérito artístico.
      Relevancia
      doctrina-general
      Referencias relacionadas
        Peso del precedente
        Sentencia de casación civil del Areios Pagos: autoridad interpretativa nacional de alto peso y efecto en este litigio, no precedente erga omnes de common law. La fuente no aporta certificado de firmeza ni acredita agotamiento de toda vía extraordinaria; no se presume firmeza absoluta. Integración/votación: Dimitrios Dalianis (vicepresidente), Ioannis Ioannidis, Charalambos Zois, Athanasios Koutromanos y Chrysostomos Evangelou (ponente). Cinco jueces identificados; no se publica voto disidente ni votación numérica.
        Fuente
        Referencia
        Herederos de Antonios Taxeidarakis contra OPAP — ΝΕΟ ΣΥΣΤΗΜΑ ΛΑΧΕΙΟΥ
        Enlace
        Consultar fuente
        Autoridad
        Areios Pagos, Sala Civil A2
        Tipo
        jurisprudencia nacional de derecho de autor; analogía material, no GenAI
        Tipo de evidencia
        primary_judicial_fulltext_official
        Método de comprobación
        Lectura íntegra del fallo griego oficial descargado; encabezado, considerandos, fallo y fechas cotejados. Se excluyó el resumen experimental generado con IA que enlaza el portal.
        Fecha de comprobación
        2026-08-30
        Localizador
        Párrafos no numerados que comienzan «Από τις διατάξεις», «Στην προκειμένη περίπτωση το Εφετείο» y «Έτσι που έκρινε»; antecedentes iniciales; dispositivo y dos últimas líneas de fechas.
        Verificación documentada

        EXPLORER y otro contra Ψ — fotografías, textos y guía de viaje

        Nombre
        EXPLORER y otro contra Ψ — fotografías, textos y guía de viaje
        Cita
        ΑΠ 1493/2009, Α1 Πολιτικό Τμήμα
        Tribunal
        Areios Pagos, Sala Civil A1
        Instancia
        última instancia
        Fechas
        Decisión
        2009-06-01
        Audiencia
        2009-05-18
        Publicación
        2009-06-15
        pronounced
        2009-06-15
        Recurso
        2006-10-17
        Estado
        casacion-parcial-con-reenvio-resultado-ulterior-no-localizado
        Resultado
        Casó parcialmente la sentencia 6234/21-09-2007 únicamente en el capítulo de indemnización por republicación de fotografías/textos y remitió a la Audiencia de Atenas con otros jueces. Impuso 800 euros de costas al recurrido. No confirmó íntegramente los 27.000 euros ni fijó una suma final sustitutiva.
        Resumen
        Las elecciones fotográficas/editoriales podían mostrar personalidad y originalidad, sin exigir un nivel superior a la creación intelectual personal. Se rechazaron los ataques pertinentes a protección y titularidad, algunos por vaguedad procesal. Prosperó exclusivamente el agravio al cálculo de daños por republicación: debía considerarse la regla especial del art. 38 de la mitad de la remuneración corriente antes de aplicar el art. 65.
        Antecedentes
        Un periodista identificado como Ψ preparó una guía turística griega en 1996 con fotografías propias, negativos, textos y una selección/composición editorial. Cofundó una editorial en 1999, transfirió su participación en mayo de 2001 y terminó la colaboración el 22-01-2004. EXPLORER ΕΚΔΟΣΕΙΣ ΔΙΑΦΗΜΙΣΕΙΣ ΕΚΤΥΠΩΣΕΙΣ ΕΠΕ y Χ2 publicaron en mayo de 2004 una guía y en junio material en otra revista usando fotografías/textos sin permiso y atribuyendo la edición a otra persona. Los ángulos, iluminación y composición apoyaban creación individual. La autoría alegada de mapas no se tuvo por probada: no se aportó un mapa original ni crédito acreditativo.
        Historia procesal
        Demanda fechada 30-08-2004, presentada 13-10-2004 (137822/8319/2004). Primera instancia 3196/2006 acogió parcialmente en rebeldía. Apelación presentada 17-10-2006 (8453/2006): sentencia 6234/2007, fechada 21-09-2007, dejó sin efecto la inicial y resolvió el fondo concediendo 27.000 euros (24.000 patrimoniales y 3.000 morales). Casación fechada 18-04-2008 y presentada 22-04-2008 (525/2008). El demandante recurrido fue considerado ausente por falta de acreditación del poder, pero estaba debidamente citado; vista 18-05-2009. Decisión 01-06-2009, publicación 15-06-2009.
        Cuestión jurídica
        Originalidad de fotografías y composición de una guía, suficiencia de su identificación en la demanda, titularidad y cálculo de la remuneración de una republicación indemnizable.
        Criterio
        Las elecciones fotográficas/editoriales podían mostrar personalidad y originalidad, sin exigir un nivel superior a la creación intelectual personal. Se rechazaron los ataques pertinentes a protección y titularidad, algunos por vaguedad procesal. Prosperó exclusivamente el agravio al cálculo de daños por republicación: debía considerarse la regla especial del art. 38 de la mitad de la remuneración corriente antes de aplicar el art. 65.
        Fundamento decisivo
        Se identificaron decisiones humanas concretas de encuadre, ángulo, luz, composición y ordenación, apoyadas en prueba de la creación; no bastaba la etiqueta de editor. La originalidad no requiere un mérito superior para fotografía. El doble de la tarifa previsto para daños no permite omitir la tarifa especial de republicación. El fallo no descansó únicamente en una presunción de nombre impreso.
        Límites
        No GenAI, no reconocimiento autoral al mero seleccionador de un output. La conclusión sobre mapas fue insuficiencia probatoria de autoría, no exclusión categórica del género. El texto de apelación disponible en OPI es un extracto, no resolución íntegra retenida aparte. No se localizó el resultado ulterior del reenvío; no puede afirmarse el importe final ni firmeza total de los remedios.
        Relevancia
        doctrina-general
        Referencias relacionadas
          Peso del precedente
          Sentencia de casación civil del Areios Pagos: autoridad interpretativa nacional de alto peso y efecto en este litigio, no precedente erga omnes de common law. La fuente no aporta certificado de firmeza ni acredita agotamiento de toda vía extraordinaria; no se presume firmeza absoluta. Integración/votación: Georgios Kalamidas (vicepresidente), Dionysios Giannakopoulos, Ioannis-Spyridon Tentes, Vasileios Foukas y Nikolaos Leontis (ponente). Cinco integrantes identificados; no se publica voto separado ni resultado numérico de votación.
          Fuente
          Referencia
          EXPLORER y otro contra Ψ — fotografías, textos y guía de viaje
          Enlace
          Consultar fuente
          Autoridad
          Areios Pagos, Sala Civil A1
          Tipo
          jurisprudencia nacional de derecho de autor; analogía material, no GenAI
          Tipo de evidencia
          primary_judicial_fulltext_official
          Método de comprobación
          Lectura íntegra del fallo griego oficial descargado; encabezado, considerandos, fallo y fechas cotejados. Se excluyó el resumen experimental generado con IA que enlaza el portal.
          Fecha de comprobación
          2026-08-30
          Localizador
          Encabezado; antecedentes y hechos anteriores a I; I: identificación/originalidad; II: prueba de titularidad; III: art. 38 y cálculo de republicación; dispositivo de casación parcial, reenvío y fechas finales.
          Verificación documentada

          Estado griego contra G. K. — estudio histórico y serie documental

          Nombre
          Estado griego contra G. K. — estudio histórico y serie documental
          Cita
          ΑΠ 1215/2019, Α2 Πολιτικό Τμήμα
          Tribunal
          Areios Pagos, Sala Civil A2
          Instancia
          última instancia
          Fechas
          Decisión
          2019-06-11
          Audiencia
          2019-02-25
          Publicación
          2019-09-27
          pronounced
          2019-09-27
          Recurso
          2015-04-27
          Estado
          resuelto-firmeza-no-verificada
          Resultado
          Mantuvo el resultado sustantivo de reconocimiento/infracción y las cantidades de 13.600 euros patrimoniales y 10.000 morales. Casó parcialmente sólo el capítulo de costas, retuvo el asunto y fijó 600 euros para ambas instancias en lugar de los importes anteriores. No ordenó reenvío sobre el mérito autoral.
          Resumen
          La selección, síntesis, evaluación crítica y estilo personal acreditaban originalidad; no se reclamaba monopolio de los hechos históricos. Decir que el estudio no llenaba un vacío académico no equivalía a confesar falta de originalidad. Acceso gratuito con condiciones no autorizaba la explotación comercial probada. La casación prosperó sólo respecto de costas por la reducción legal aplicable al Estado.
          Antecedentes
          G. K. concluyó en febrero de 2004 un estudio de 481 páginas sobre Alejandro Magno con seis capítulos, apéndice, mapas, escritura y síntesis crítica de fuentes antiguas y modernas. Realizó depósitos notariales en papel/digital en 2004 y 2006; desde 2006 lo ofreció en alexanderofmacedon.info con acceso libre y permiso condicionado de copia no comercial con atribución. Una radiodifusora pública aprobó el 29-09-2008 la serie documental de ocho episodios «Η εκστρατεία που άλλαξε τον κόσμο», dirigida por N. V., que reprodujo extensos pasajes. Comenzó a emitirse el 28-11-2009; el autor advirtió el uso el 27-02-2010 y hubo repeticiones hasta el 16-06-2010. El Estado compareció como sucesor de la radiodifusora extinguida. No hubo IA generativa.
          Historia procesal
          Demanda 06-02-2013; sentencia 477/2015 del Tribunal Colegiado de Primera Instancia de Atenas, parcialmente estimatoria; apelación que el dispositivo fecha 27-04-2015, desestimada por 2002/2017 de la Audiencia de Atenas. Casación 27-11-2017, vista 25-02-2019. El texto contiene en otro pasaje una fecha de apelación 05-01-2016 y denominación de primera instancia incongruentes con encabezado/dispositivo; se conserva esta discrepancia y se usa la fecha del dispositivo sin ocultarla. Decidido 11-06-2019 y publicado 27-09-2019.
          Cuestión jurídica
          Si una obra histórica que trabaja fuentes conocidas contiene expresión original; si acceso gratuito autorizaba explotación comercial; y si procedía el régimen especial de costas del Estado.
          Criterio
          La selección, síntesis, evaluación crítica y estilo personal acreditaban originalidad; no se reclamaba monopolio de los hechos históricos. Decir que el estudio no llenaba un vacío académico no equivalía a confesar falta de originalidad. Acceso gratuito con condiciones no autorizaba la explotación comercial probada. La casación prosperó sólo respecto de costas por la reducción legal aplicable al Estado.
          Fundamento decisivo
          La creación radicaba en la expresión y organización personal de fuentes, no en su descubrimiento ni en una exigencia de novedad científica. La autorización publicada era limitada y no legitimaba reproducir texto para la serie. El privilegio legal de costas del Estado se aplicaba también cuando actuaba mediante abogado privado.
          Límites
          No GenAI; no protege hechos históricos ni toda compilación de fuentes. Depósito notarial y publicación web no fueron concesiones registrales. Debe separarse confirmación sustantiva de modificación de costas y preservarse la inconsistencia documental de la fecha de apelación. No se obtuvo certificado de firmeza ni comprobación de pago.
          Relevancia
          doctrina-general
          Referencias relacionadas
            Peso del precedente
            Sentencia de casación civil del Areios Pagos: autoridad interpretativa nacional de alto peso y efecto en este litigio, no precedente erga omnes de common law. La fuente no aporta certificado de firmeza ni acredita agotamiento de toda vía extraordinaria; no se presume firmeza absoluta. Integración/votación: Iosif Tsalaganidis (vicepresidente), Avrokomi Thoua, Georgios Apostolakis, Theodoros Kanellopoulos y Kyriakos Oikonomou (ponente). Cinco jueces identificados; no se publica voto disidente ni cómputo numérico.
            Fuente
            Referencia
            Estado griego contra G. K. — estudio histórico y serie documental
            Enlace
            Consultar fuente
            Autoridad
            Areios Pagos, Sala Civil A2
            Tipo
            jurisprudencia nacional de derecho de autor; analogía material, no GenAI
            Tipo de evidencia
            primary_judicial_fulltext_official
            Método de comprobación
            Lectura íntegra del fallo griego oficial descargado; encabezado, considerandos, fallo y fechas cotejados. Se excluyó el resumen experimental generado con IA que enlaza el portal.
            Fecha de comprobación
            2026-08-30
            Localizador
            Encabezado; consideraciones sobre primer motivo y hechos del estudio; segundo/tercer motivos de prueba; cuarto motivo sobre copia, autorización e importes; último motivo de costas y dispositivo; fechas finales.
            Verificación documentada

            A. V. contra Enosi Ektipotikon Epichiriseon — remuneración del traductor

            Nombre
            A. V. contra Enosi Ektipotikon Epichiriseon — remuneración del traductor
            Cita
            ΑΠ 1306/2012, Α2 Πολιτικό Τμήμα
            Tribunal
            Areios Pagos, Sala Civil A2
            Instancia
            última instancia
            Fechas
            Decisión
            2012-04-24
            Audiencia
            2012-01-16
            Publicación
            2012-07-13
            pronounced
            2012-07-13
            Estado
            casacion-con-reenvio-resultado-ulterior-no-localizado
            Resultado
            Casó 4651/2009 y remitió al mismo tribunal con composición distinta; impuso 3.000 euros de costas a la editorial. No fijó en casación una remuneración final ni se revisaron los demás motivos por resultar innecesarios.
            Resumen
            La cláusula de explotación sin pago era inválida bajo el art. 39 de la Ley 2121/1993; la demora no autorizaba a eludir la remuneración mínima normativa. El resto del contrato y los remedios generales por incumplimiento debían analizarse separadamente.
            Antecedentes
            A. V., profesor/traductor de francés, pactó el 30-08-2003 traducir 172 páginas de «Le Siècle rebelle» (Larousse) por 12,63 euros por página para la editorial entonces EKDOSEIS OXY AE, después ENOSI EKTIPOTIKON EPICHIRISEON AE. Debía entregar el 31-01-2004. Tras requerimiento de 12-08-2004 con veinte días de plazo, entregó a mediados de septiembre. Una cláusula permitía al editor conservar y usar gratis la traducción entregada fuera de plazo, sin remuneración ni ejemplares para el autor. No hay intervención de IA ni controversia sobre la existencia de la traducción humana.
            Historia procesal
            Demanda 18-01-2006 ante el Juzgado de Paz de Atenas. El encabezado cita sentencia 2827/2007 y el cuerpo 2787/2007: discordancia del propio documento que no se resuelve inventando. El Tribunal Colegiado de Primera Instancia, actuando en apelación, dictó 4651/2009 rechazando el pago. Casación 15-07-2009 y motivos adicionales 23-07-2009; aplazamientos desde 28-02-2011 y 17-10-2011 hasta vista 16-01-2012. La editorial no compareció, pese a notificación válida. Decisión 24-04-2012 y publicación 13-07-2012.
            Cuestión jurídica
            Si un pacto de pérdida íntegra del pago por demora permitía al editor usar gratuitamente una traducción protegida, pese a normas imperativas de protección del creador.
            Criterio
            La cláusula de explotación sin pago era inválida bajo el art. 39 de la Ley 2121/1993; la demora no autorizaba a eludir la remuneración mínima normativa. El resto del contrato y los remedios generales por incumplimiento debían analizarse separadamente.
            Fundamento decisivo
            Los arts. 33(6) y 39 preservan imperativamente la remuneración del traductor. La invalidez afecta a la estipulación contraria a ese régimen y no convierte la traducción en prestación gratuita. El editor conservaba los instrumentos del contrato de obra frente a la demora, no un derecho automático a apropiarse sin pago del resultado.
            Límites
            Criterio contractual de protección/titularidad, no holding de originalidad o de autoría IA. Aunque 458/2024 lo cita en su exposición general, este texto no contiene la misma frase literal de «creación personal humana»: no se le atribuye por arrastre. Resultado ulterior del reenvío no localizado; número de primera instancia discrepante expresamente documentado.
            Relevancia
            doctrina-general
            Referencias relacionadas
              Peso del precedente
              Sentencia de casación civil del Areios Pagos: autoridad interpretativa nacional de alto peso y efecto en este litigio, no precedente erga omnes de common law. La fuente no aporta certificado de firmeza ni acredita agotamiento de toda vía extraordinaria; no se presume firmeza absoluta. Integración/votación: Athanasios Koutromanos (vicepresidente), Dimitra Papantonopoulou, Chrysostomos Evangelou, Effimia Lampropoulou y Emmanouil Kladogenis (ponente). Cinco integrantes identificados; no se publica disidencia ni votación numérica.
              Fuente
              Referencia
              A. V. contra Enosi Ektipotikon Epichiriseon — remuneración del traductor
              Enlace
              Consultar fuente
              Autoridad
              Areios Pagos, Sala Civil A2
              Tipo
              jurisprudencia nacional de derecho de autor; analogía material, no GenAI
              Tipo de evidencia
              primary_judicial_fulltext_official
              Método de comprobación
              Lectura íntegra del fallo griego oficial descargado; encabezado, considerandos, fallo y fechas cotejados. Se excluyó el resumen experimental generado con IA que enlaza el portal.
              Fecha de comprobación
              2026-08-30
              Localizador
              Encabezado y antecedentes de emplazamiento; párrafo jurídico «Τέλος, ο Ν.» sobre arts. 14, 33(6), 39; hechos «Στην προκειμένη περίπτωση»; análisis de invalidez, dispositivo y fechas finales.
              Verificación documentada

              M. T. y E. T. contra Tiletypos, Anosi y A. G. — Δεύτερη Ευκαιρία / Φιλοδοξίες

              Nombre
              M. T. y E. T. contra Tiletypos, Anosi y A. G. — Δεύτερη Ευκαιρία / Φιλοδοξίες
              Cita
              ΑΠ 196/2010, Α1 Πολιτικό Τμήμα
              Tribunal
              Areios Pagos, Sala Civil A1
              Instancia
              última instancia
              Fechas
              Decisión
              2009-12-08
              Audiencia
              2009-11-16
              Publicación
              2010-02-02
              pronounced
              2010-02-02
              Estado
              resuelto-firmeza-no-verificada
              Resultado
              Desestimó la casación. Impuso a las actoras 1.800 euros de costas para cada una de las tres partes recurridas con representación separada, no 1.800 euros en total.
              Resumen
              La protección de un guion no se extiende a ideas, personajes-tipo, combinaciones banales y secuencias comunes carentes de originalidad en el caso. El rechazo por falta de originalidad bastaba por sí mismo; no era necesario resolver de nuevo todos los argumentos contra la comparación alternativa entre los dos proyectos.
              Antecedentes
              Madre e hija elaboraron a fines de 2000 una propuesta de serie romántica «ΔΕΥΤΕΡΗ ΕΥΚΑΙΡΙΑ» (Segunda oportunidad), unas diez páginas densas con trama y personajes, depositada notarialmente el 11-01-2002. El 23-05-2002 entregaron a la televisora el argumento y dos episodios guionados; la propuesta no fue aceptada. Alegaron copia por «ΦΙΛΟΔΟΞΙΕΣ» (Ambiciones), de A. G., proyecto inicialmente llamado «ΣΤΥΛ», emitido por Mega desde el 16-12-2002 y con 196 episodios de treinta minutos al demandar. Se discutían triángulo amoroso, joven modelo, hombre mayor rico, hijos, celos, diez personajes y secuencias comunes. El tribunal identificó coincidencias con tópicos recurrentes de telenovelas; no hubo IA.
              Historia procesal
              Demanda 14-10-2003 contra ΤΗΛΕΤΥΠΟΣ ΑΕ, ΑΝΩΣΗ ΑΕ y A. G.; primera instancia 875/2005. Audiencia de Atenas 2932/2006 anuló la inicial y rechazó la demanda. Casación 15-04-2007; vista 16-11-2009; decisión 08-12-2009; publicación 02-02-2010. La inicial de una actora varía en la narración del original; se mantiene la identificación abreviada del encabezado sin reconstruir nombres.
              Cuestión jurídica
              Si los motivos, personajes y trama alegados constituían expresión original susceptible de protección y si las objeciones sobre comparación de guiones/prueba alteraban el rechazo.
              Criterio
              La protección de un guion no se extiende a ideas, personajes-tipo, combinaciones banales y secuencias comunes carentes de originalidad en el caso. El rechazo por falta de originalidad bastaba por sí mismo; no era necesario resolver de nuevo todos los argumentos contra la comparación alternativa entre los dos proyectos.
              Fundamento decisivo
              La expresión original de partes puede protegerse, pero los elementos reclamados debían concretarse y distinguirse de temas narrativos comunes. Haber redactado y depositado un argumento no demuestra esa diferencia. El tribunal de mérito pudo considerar el conocimiento común de convenciones del género y el material presentado; la casación no sustituye su valoración probatoria bajo la apariencia de otro motivo.
              Límites
              No excluye todas las historias románticas ni todo guion; niega originalidad a los elementos discutidos en este expediente. No GenAI. El depósito notarial no concedió derecho de autor. La ausencia de originalidad fue fundamento autónomo: no se convierte el fundamento alternativo sobre diferencias o comparación texto/serie en regla general absoluta.
              Relevancia
              doctrina-general
              Referencias relacionadas
                Peso del precedente
                Sentencia de casación civil del Areios Pagos: autoridad interpretativa nacional de alto peso y efecto en este litigio, no precedente erga omnes de common law. La fuente no aporta certificado de firmeza ni acredita agotamiento de toda vía extraordinaria; no se presume firmeza absoluta. Integración/votación: Vasileios Rigas (presidente en funciones por impedimento de Ioannis Papanikolaou), Georgios Chrysikos (ponente), Ioannis Sideris, Nikolaos Leontis y Georgios Georgellis. Cinco jueces identificados; no se publica voto separado ni votación numérica.
                Fuente
                Referencia
                M. T. y E. T. contra Tiletypos, Anosi y A. G. — Δεύτερη Ευκαιρία / Φιλοδοξίες
                Enlace
                Consultar fuente
                Autoridad
                Areios Pagos, Sala Civil A1
                Tipo
                jurisprudencia nacional de derecho de autor; analogía material, no GenAI
                Tipo de evidencia
                primary_judicial_fulltext_official
                Método de comprobación
                Lectura íntegra del fallo griego oficial descargado; encabezado, considerandos, fallo y fechas cotejados. Se excluyó el resumen experimental generado con IA que enlaza el portal.
                Fecha de comprobación
                2026-08-30
                Localizador
                Encabezado; I: regla, hechos y falta de originalidad; II: prueba y agravios; III: fundamento autónomo; dispositivo de costas y fechas finales.
                Verificación documentada

                NUNTIUS / ALEXANDER & STERLING contra autora empleada del Banco de Grecia — estudio de custodia de valores

                Nombre
                NUNTIUS / ALEXANDER & STERLING contra autora empleada del Banco de Grecia — estudio de custodia de valores
                Cita
                ΑΠ 963/2006, Α΄ Πολιτικό Τμήμα
                Tribunal
                Areios Pagos, Sala Civil A
                Instancia
                última instancia
                Fechas
                Decisión
                2006-05-03
                Audiencia
                2006-03-27
                Publicación
                2006-05-15
                pronounced
                2006-05-15
                Recurso
                2001-04-30
                Estado
                resuelto-firmeza-no-verificada
                Resultado
                Desestimó la casación; 650 euros de costas. Subsistió la declaración de autoría sobre el estudio y capítulos copiados, prohibición de uso con multa de 300.000 dracmas/880,41 euros por infracción, obligación de comunicar la atribución al Banco, ETBA y destinatarios con multa de 100.000 dracmas/293,47 euros, y reconocimiento de obligación de pagar 7 millones de dracmas de beneficios más 400.000 de daño moral: 7,4 millones/21.716,80 euros con intereses. Se trató de pretensión convertida en declarativa, no prueba de pago.
                Resumen
                La selección de temas, estructura, armonización y expresión del estudio eran creación de la autora. La colaboración laboral no probó transferencia al Banco ni convirtió a los coordinadores de la consultora en creadores de sus capítulos. Tampoco hubo consentimiento tácito para apropiarse del texto. Restitución de beneficios y daño moral podían acumularse, sujeto el daño moral a culpa/intención; la mayoría consideró suficientemente motivado el dolo.
                Antecedentes
                Una empleada del área de títulos del Banco de Grecia escribió por iniciativa propia entre octubre de 1992 y agosto de 1993 «Υπηρεσίες θεματοφύλαξης – Οργάνωση αποθετηρίου τίτλων» (Servicios de custodia/organización de un depositario de valores). Sus tareas laborales incluían correspondencia/revisión de documentación y un informe de veinte páginas tras un congreso londinense de febrero de 1993, no el encargo de ese libro. La consultora NUNTIUS celebró contrato de 16-02-1993 con el Banco y ETBA para un plan de custodia, con honorarios de 21 millones de dracmas. La autora colaboró dando información y archivos de un ordenador APPLE/disquete con la condición de reconocimiento. La versión de 416 páginas de la consultora reprodujo aproximadamente un tercio de la obra sin el crédito prometido. Hubo objeción ya a la entrega parcial de 21-06-1993 y, tras entrega final de octubre, requerimientos de noviembre. Depósito bibliotecario 3623/26-11-1993. El uso del ordenador era mecanográfico/almacenamiento de escritura humana, no generación automática.
                Historia procesal
                Demanda 12-09-1994; interlocutoria probatoria 8157/1995; sentencia parcialmente estimatoria 2320/2001 del Tribunal Colegiado de Primera Instancia de Atenas. Apelación 30-04-2001 rechazada en rebeldía por 9294/2001; oposición a la rebeldía 20-03-2002 rechazada por 4555/2003. Casación 02-02-2004 con motivos adicionales 01-11-2005; vista 27-03-2006. El Areios Pagos distinguió el control directo inadmisible de primera instancia del control de la sentencia de apelación que incorporaba su mérito, y examinó la validez de la notificación. Decisión 03-05-2006 y publicación 15-05-2006.
                Cuestión jurídica
                Originalidad y titularidad de un estudio elaborado por una empleada fuera de un encargo de creación; alcance del permiso de colaboración y de la atribución al coordinador; compatibilidad de restitución de beneficios con daño moral.
                Criterio
                La selección de temas, estructura, armonización y expresión del estudio eran creación de la autora. La colaboración laboral no probó transferencia al Banco ni convirtió a los coordinadores de la consultora en creadores de sus capítulos. Tampoco hubo consentimiento tácito para apropiarse del texto. Restitución de beneficios y daño moral podían acumularse, sujeto el daño moral a culpa/intención; la mayoría consideró suficientemente motivado el dolo.
                Fundamento decisivo
                El nexo laboral no reemplaza la prueba de creación en ejecución de la tarea encomendada: un escrito del Banco de 31-05-1994 distinguía la ayuda a NUNTIUS del libro hecho por iniciativa propia. Aportar datos o un disquete no implica licencia sin restricciones. La expresión y organización humana, no la mera materia económica ni el soporte APPLE, fundaban originalidad. Los arts. 65(2) y (3) regulan pretensiones distintas; devolver ganancias sin exigir culpa no elimina el requisito subjetivo del daño moral, que la mayoría extrajo de la copia a sabiendas y las promesas de crédito incumplidas.
                Límites
                Analogía nacional sobre creación humana, empleo, prueba y atribución; no caso computer-generated ni GenAI. La publicación alterna 138/139 páginas copiadas en diferentes pasajes: se conserva aproximadamente un tercio sin forzar un conteo único. La denominación de la empresa varía STERLING/ESTERLING en el dispositivo. El voto discrepante se limita a motivación de culpa y causalidad para daño moral, no niega la originalidad. No se prueba cumplimiento ni firmeza certificada.
                Relevancia
                doctrina-general
                Referencias relacionadas
                  Peso del precedente
                  Sentencia de casación civil del Areios Pagos: autoridad interpretativa nacional de alto peso y efecto en este litigio, no precedente erga omnes de common law. La fuente no aporta certificado de firmeza ni acredita agotamiento de toda vía extraordinaria; no se presume firmeza absoluta. Integración/votación: Dimitrios Soultanias (vicepresidente), Ioannis Veretsos, Christos Georgantopoulos (ponente), Vasileios Rigas y Dimitrios Kanellopoulos. Se publica disidencia de Christos Georgantopoulos: estimaba insuficiente motivación sobre culpa y nexo del daño moral y proponía casación parcial. Los otros cuatro sostienen el rechazo en ese punto. No se extrapola la división 4–1 a otras cuestiones sin voto separado.
                  Fuente
                  Referencia
                  NUNTIUS / ALEXANDER & STERLING contra autora empleada del Banco de Grecia — estudio de custodia de valores
                  Enlace
                  Consultar fuente
                  Autoridad
                  Areios Pagos, Sala Civil A
                  Tipo
                  jurisprudencia nacional de derecho de autor; analogía material, no GenAI
                  Tipo de evidencia
                  primary_judicial_fulltext_official
                  Método de comprobación
                  Lectura íntegra del fallo griego oficial descargado; encabezado, considerandos, fallo y fechas cotejados. Se excluyó el resumen experimental generado con IA que enlaza el portal.
                  Fecha de comprobación
                  2026-08-30
                  Localizador
                  Encabezado y primeros motivos procesales; consideración que comienza «Περαιτέρω, από την προπαρατεθείσα»; hechos «Εν προκειμένω» y declaración del Banco 31-05-1994; quinto razonamiento con cantidades; noveno motivo, mayoría/disidencia sobre daño moral; dispositivo y fechas finales.
                  Verificación documentada

                  S. S. contra asociación cultural y otros — cortometraje animado incorporado a DVD

                  Nombre
                  S. S. contra asociación cultural y otros — cortometraje animado incorporado a DVD
                  Cita
                  ΑΠ 711/2017, Α1 Πολιτικό Τμήμα
                  Tribunal
                  Areios Pagos, Sala Civil A1
                  Instancia
                  última instancia
                  Fechas
                  Decisión
                  2016-05-23
                  Audiencia
                  2015-11-02
                  Publicación
                  2017-05-05
                  pronounced
                  2017-05-05
                  Recurso
                  2014-08-04
                  Estado
                  casacion-con-reenvio-resultado-ulterior-no-localizado
                  Resultado
                  Casación con reenvío; resultado ulterior no localizado.
                  Resumen
                  La forma escrita del art.14 es imperativa y su invalidez relativa sólo puede invocarla el creador. Entregar material, conocer el fin no lucrativo o guardar silencio no bastaron para inferir licencia gratuita ni abuso; la Audiencia aplicó indebidamente los arts.281CC y14Ley2121.
                  Antecedentes
                  Una asociación cultural sin fines de lucro produjo un DVD educativo con dieciocho cortometrajes animados. El demandante era director, guionista, animador y montajista de una obra de nueve minutos producida en 2006. Entregó la película y materiales biográficos después de conocer el propósito educativo y la distribución gratuita, pero no existió licencia escrita ni declaración expresa de renuncia a remuneración. Tras casi dos años reclamó reconocimiento, cese, 6.000 euros de daños y 5.000 de daño moral. No hubo IA.
                  Historia procesal
                  Demanda 05-02-2009 ante Juzgado de Paz; 1357/2011 se declaró incompetente y remitió al Tribunal Colegiado de Atenas, que dictó 1787/2013. La Audiencia de Atenas 3241/2014 revocó y rechazó por abuso del derecho. Casación 04-08-2014; audiencia 02-11-2015; decisión 23-05-2016 y publicación 05-05-2017.
                  Cuestión jurídica
                  Si la entrega del cortometraje, conocimiento de distribución gratuita e inactividad temporal validaban una licencia oral o hacían abusivo invocar la falta de forma escrita.
                  Criterio
                  La forma escrita del art.14 es imperativa y su invalidez relativa sólo puede invocarla el creador. Entregar material, conocer el fin no lucrativo o guardar silencio no bastaron para inferir licencia gratuita ni abuso; la Audiencia aplicó indebidamente los arts.281CC y14Ley2121.
                  Fundamento decisivo
                  La política protectora del creador impide que amistad, colaboración o finalidad educativa sustituyan la forma escrita o una declaración inequívoca. El abuso requiere circunstancias especiales y consecuencias intolerables causalmente conectadas; la mera inactividad no cumple el estándar. La gratuidad para el público tampoco demuestra renuncia del autor a remuneración.
                  Límites
                  No decide originalidad GenAI ni atribución de output. La autoría humana del cortometraje no estaba controvertida. No se localizó el resultado ulterior del reenvío; no convertir la casación en una indemnización final.
                  Relevancia
                  doctrina-general
                  Referencias relacionadas
                    Peso del precedente
                    Sentencia de casación civil del Areios Pagos con reenvío; alto peso nacional en forma escrita y abuso, sin precedente erga omnes de common law ni resultado ulterior localizado. Integración/votación: Gerasimos Fourlanos (vicepresidente), Vasileios Peppas, Georgios Lekkas, Pinelopi Zontanou (ponente) y Athanasios Kagkanis. Cinco integrantes identificados; no se publica voto separado ni cómputo numérico.
                    Fuente
                    Referencia
                    S. S. contra asociación cultural y otros — cortometraje animado incorporado a DVD
                    Enlace
                    Consultar fuente
                    Autoridad
                    Areios Pagos, Sala Civil A1
                    Tipo
                    jurisprudencia nacional de derecho de autor; analogía material, no GenAI
                    Tipo de evidencia
                    primary_judicial_fulltext_official
                    Método de comprobación
                    Lectura íntegra del fallo griego oficial; se excluyeron los botones de resumen experimental con IA del portal.
                    Fecha de comprobación
                    2026-08-31
                    Localizador
                    Antecedentes y pretensiones; §§III–V; hechos del DVD; análisis de arts.281CC y14Ley2121; dispositivo y fechas finales.
                    Verificación documentada

                    B. M. contra S. A. — pintura «El barco» atribuida a otro en calendario UNESCO

                    Nombre
                    B. M. contra S. A. — pintura «El barco» atribuida a otro en calendario UNESCO
                    Cita
                    ΑΠ 927/2025, ΣΤ΄ Ποινικό Τμήμα
                    Tribunal
                    Areios Pagos, Sala Penal VI
                    Instancia
                    última instancia penal
                    Fechas
                    Decisión
                    2025-05-20
                    Audiencia
                    2025-04-29
                    Publicación
                    2025-06-19
                    pronounced
                    2025-06-19
                    Recurso
                    2024-12-16
                    Estado
                    resuelto-casacion-desestimada
                    Resultado
                    Casación desestimada; condena penal confirmada.
                    Resumen
                    La motivación fue suficiente: la técnica mixta, composición individualizada y rasgos distintivos permitían tratar la pintura como expresión original; borrar/oscurecer la firma, atribuírsela y usar la fotografía en el calendario acreditaron explotación y dolo. Se rechazó la casación.
                    Antecedentes
                    La pintora S. A. exhibió en junio de 2017 una obra de técnica mixta, un velero con piezas de madera y firma visible. B. M., entonces director artístico de un grupo UNESCO, obtuvo permiso para fotografiarla. Para el calendario 2018 se envió una imagen oscurecida en la zona de la firma, junto al currículum de B. M.; éste recibió veinte ejemplares y aceptó felicitaciones como si fuera autor. Tras requerimiento de 13-11-2017, el grupo retiró y reimprimió el calendario, salvo esos ejemplares. No hubo IA.
                    Historia procesal
                    La Audiencia Penal de Atenas 2472/2024 lo declaró culpable por art.66(1), impuso ocho meses de prisión suspendida por tres años y registró la sentencia el 25-11-2024. Recurso 16-12-2024. El Areios Pagos oyó el asunto 29-04-2025, decidió 20-05-2025 y publicó 19-06-2025.
                    Cuestión jurídica
                    Si la condena describió suficientemente una obra original, la explotación y alteración de atribución, el dolo y los elementos del art.66(1).
                    Criterio
                    La motivación fue suficiente: la técnica mixta, composición individualizada y rasgos distintivos permitían tratar la pintura como expresión original; borrar/oscurecer la firma, atribuírsela y usar la fotografía en el calendario acreditaron explotación y dolo. Se rechazó la casación.
                    Fundamento decisivo
                    La originalidad es cuestión fáctica, pero la sentencia debe identificar sus elementos. El criterio nacional enfatiza contribución personal, vínculo con personalidad y expresión sensorial. El tribunal de casación controla la suficiencia y coherencia de la motivación, no revalora la prueba.
                    Límites
                    No es decisión sobre output GenAI ni sobre una foto como obra autónoma. La conducta fue apropiación de una pintura humana preexistente y supresión de atribución. La sentencia no crea un porcentaje de aporte humano ni resuelve prompts.
                    Relevancia
                    doctrina-general
                    Referencias relacionadas
                      Peso del precedente
                      Sentencia de casación penal del Areios Pagos que confirma la condena y expone el estándar nacional de originalidad; alto peso en este litigio, no holding GenAI. Integración/votación: Eleni Katsouli (vicepresidenta), Kleovoulos-Dimitrios Kokkoros (ponente), Leonidas Chatzistavrou, Panagiotis Lymperopoulos y Eleni Theodorakopoulou. Cinco integrantes identificados; no se publica voto separado ni cómputo numérico.
                      Fuente
                      Referencia
                      B. M. contra S. A. — pintura «El barco» atribuida a otro en calendario UNESCO
                      Enlace
                      Consultar fuente
                      Autoridad
                      Areios Pagos, Sala Penal VI
                      Tipo
                      jurisprudencia nacional penal de derecho de autor; analogía material, no GenAI
                      Tipo de evidencia
                      primary_judicial_fulltext_official
                      Método de comprobación
                      Lectura íntegra del fallo oficial del Areios Pagos, incluida regla, hechos probados, motivación penal y dispositivo.
                      Fecha de comprobación
                      2026-08-31
                      Localizador
                      §§37–45 regla y tipo penal; §§56–80 hechos, originalidad, dolo y motivación; §§83–87 dispositivo y fechas.
                      Verificación documentada

                      Procedimientos conocidos

                      No hay entradas en esta colección del Atlas. Esto no demuestra que no existan casos.

                      Autoridades reportadas

                      AP257/1995 — referencia histórica de originalidad

                      Nombre
                      AP257/1995 — referencia histórica de originalidad
                      Cita
                      Areios Pagos257/1995 (referencia NoB43.893)
                      Tribunal
                      Areios Pagos
                      Fechas
                      Referencias relacionadas
                        Estado
                        reporte-no-validado-como-resolucion
                        Antecedentes
                        No reconstruibles con el material público recuperado; se conoce una cita histórica sobre originalidad, no el expediente íntegro.
                        Historia procesal
                        Localizado por la cadena de citas del extracto de la Audiencia6234/2007; Q16–Q17 yQ20 no produjeron primario íntegro.
                        Criterio reportado
                        No validado: no se atribuye una ratio propia desde la mera cita.
                        Límites
                        Fecha exacta, partes, hechos, procedimiento, coram, remedio y texto íntegro no verificados. Excluido del conteo sustantivo; un homónimo penal numérico no fue usado.
                        Fuente
                        Enlace
                        Consultar fuente
                        Localizador
                        p.1 del extracto6234/2007: referencia NoB43.893
                        Verificación documentada
                        No
                        Tipo de evidencia
                        primary_citation_only

                        AP113/1989 — referencia histórica de originalidad

                        Nombre
                        AP113/1989 — referencia histórica de originalidad
                        Cita
                        Areios Pagos113/1989
                        Tribunal
                        Areios Pagos
                        Fechas
                        Referencias relacionadas
                          Estado
                          reporte-no-validado-como-resolucion
                          Antecedentes
                          No reconstruibles desde la sola remisión publicada.
                          Historia procesal
                          Q18–Q20 localizaron referencias, no fallo completo ni fecha de resolución.
                          Criterio reportado
                          No validado ni utilizado como fundamento independiente.
                          Límites
                          No fecha exacta, hechos, coram ni resultado íntegro. Se conserva como pista histórica, no precedente verificado.
                          Fuente
                          Enlace
                          Consultar fuente
                          Localizador
                          p.1 del extracto6234/2007, citas de doctrina nacional
                          Verificación documentada
                          No
                          Tipo de evidencia
                          primary_citation_only

                          EXPLORER contra Ψ — apelación posteriormente casada en parte

                          Nombre
                          EXPLORER contra Ψ — apelación posteriormente casada en parte
                          Cita
                          Audiencia de Atenas6234/2007
                          Tribunal
                          Audiencia de Atenas
                          Fechas
                          Reportado
                          2007-09-21
                          reported decision
                          2007-09-21
                          Referencias relacionadas
                            Estado
                            reporte-no-validado-como-resolucion
                            Antecedentes
                            Misma guía turística, fotografías y textos del expediente AP1493/2009. El extracto omite partes del fallo.
                            Historia procesal
                            Resolvió apelación contra3196/2006; AP1493/2009 casó sólo el capítulo de daños por republicación y ordenó reenvío.
                            Criterio reportado
                            AP1493 reproduce aceptación de originalidad y condena de27.000euros, pero esa suma no quedó confirmada íntegramente.
                            Límites
                            Fecha corroborada por fallo superior íntegro; extracto, no sentencia íntegra propia. Sólo aparece ponente Georgios Dimakis, no coram completo. No contar como décimo criterio independiente ni afirmar firmeza final.
                            Fuente
                            Enlace
                            Consultar fuente
                            Localizador
                            ExtractoOPI de cinco páginas; AP1493/2009 dispositivo acredita6234/21-09-2007.
                            Verificación documentada
                            No
                            Tipo de evidencia
                            primary_judicial_excerpt_only

                            18201/1998 — software y creador persona física

                            Nombre
                            18201/1998 — software y creador persona física
                            Cita
                            Tribunal Colegiado de Primera Instancia de Tesalónica 18201/1998
                            Tribunal
                            Tribunal Colegiado de Primera Instancia de Tesalónica
                            Fechas
                            Referencias relacionadas
                              Estado
                              reporte-no-validado-como-resolucion
                              Antecedentes
                              La ficha OPI describe una controversia de software y protección de programas de ordenador; el cuerpo íntegro del fallo no fue localizado en el corpus público revisado.
                              Historia procesal
                              Sólo se retuvo el resumen institucional; faltan fechas procesales completas, partes, coram y remedios.
                              Criterio reportado
                              Reportado por OPI: sólo una persona física o grupo de personas puede crear un programa, mientras una persona jurídica puede operar como titular presunto. No se usa como ratio primaria propia sin el fallo íntegro.
                              Límites
                              Lead oficial verificable, no criterio promovido ni prueba autónoma de una regla sobre output GenAI.
                              Fuente
                              Enlace
                              Consultar fuente
                              Localizador
                              Título y descripción institucional publicados por la biblioteca OPI
                              Verificación documentada
                              No
                              Tipo de evidencia
                              official_institutional_summary_only

                              AP1720/2004 — originalidad y proceso creativo humano

                              Nombre
                              AP1720/2004 — originalidad y proceso creativo humano
                              Cita
                              Areios Pagos 1720/2004
                              Tribunal
                              Areios Pagos
                              Fechas
                              Referencias relacionadas
                                Estado
                                reporte-no-validado-como-resolucion
                                Antecedentes
                                La ficha OPI resume un asunto penal de reproducción de una obra de un creador identificado, pero no ofrece en la página consultada el expediente íntegro reconstruible.
                                Historia procesal
                                No se localizaron en esta pasada antecedentes completos, fechas exactas de audiencia y decisión, coram, voto ni dispositivo íntegro.
                                Criterio reportado
                                Reportado por OPI: la originalidad refleja la individualidad y particularidad del proceso creativo humano. No se atribuye una ratio independiente más amplia desde el resumen.
                                Límites
                                Lead oficial verificable, no décimo criterio ni caso de output GenAI.
                                Fuente
                                Enlace
                                Consultar fuente
                                Localizador
                                Título y descripción institucional publicados por la biblioteca OPI
                                Verificación documentada
                                No
                                Tipo de evidencia
                                official_institutional_summary_only

                                Referencias extranjeras comparadas

                                No hay entradas en esta colección del Atlas. Esto no demuestra que no existan casos.

                                Referencias de contexto

                                No hay entradas en esta colección del Atlas. Esto no demuestra que no existan casos.

                                Doctrina supranacional

                                No hay entradas en esta colección del Atlas. Esto no demuestra que no existan casos.

                                Fuentes de la ficha

                                Alcance de la confianza documental

                                Alta para creación humana y ausencia de registro general de obras; media para trasladar criterios generales a flujosGenAI concretos sin sentencia nacional directa.

                                Enlaces a expedientes individuales