México / Casos nacionales
Avatar Virtual — juicio de nulidad
Casos nacionales. La inclusión en esta ficha no convierte una referencia extranjera en una decisión nacional. Se conserva el estado y el alcance de la fuente.

Captura reproducida en §4 del engrose firmado, página impresa 3. Ilustra la misma solicitud en ambas instancias; no acredita una concesión.
Fuente de la imagenIlustración documental; su inclusión no acredita registro ni permiso de reutilización.
Expediente y fuentes
- Nombre
- Avatar Virtual — juicio de nulidad
- Cita
- TFJA 788/24-EPI-01-2; tesis derivada IX-CASE-PI-3
- Tribunal
- TFJA, Sala Especializada en Materia de Propiedad Intelectual
- Instancia
- tribunal nacional
- Fechas
- Decisión
- 2024-08-30
- Presentación
- 2024-05-03
- Publicación
- 2024-12-09
- Estado
- amparo-negado
- Resultado
- Resolutivo único: reconoce la validez de la resolución impugnada. No ordenó registro, no otorgó daños ni reconoció derecho sobre la salida. Fallo aprobado por unanimidad y posteriormente mantenido al negarse el amparo.
- Resumen
- Confirmó el desechamiento: LFDA 3 y 12 exigen persona física creadora y originalidad humana. La plataforma no puede recibir autoría ni derechos morales. Dar instrucciones no equivale a ejecutar la expresión concreta.
- Antecedentes
- Una persona pidió registrar Avatar Virtual en 2023. Había suministrado fotografías propias e instrucciones a Leonardo, pero en el desahogo atribuyó al sistema la decisión creativa, pidió derechos morales para la IA y patrimoniales para sí. INDAUTOR desechó mediante DRPDA/SROC/497/2024 de 28 de febrero de 2024. La copia TFJA testa el nombre y folio; el engrose SCJN posterior identifica públicamente al promovente y permite enlazar la cadena.
- Historia procesal
- Solicitud 7 de noviembre de 2023 y requerimiento 16 de noviembre según SCJN §§1–3. Demanda de nulidad recibida 3 de mayo de 2024; admitida 7 de mayo. Autos de 1 y 2 de julio tuvieron por contestada la demanda y abrieron alegatos. Sentencia 30 de agosto de 2024; notificada por boletín el 9 de septiembre según SCJN §23. Amparo presentado 7 de octubre y finalmente negado por SCJN el 2 de julio de 2025. La publicación de IX-CASE-PI-3 el 9 de diciembre de 2024 es un evento distinto.
- Cuestión jurídica
- Si una salida que el solicitante atribuye como creación a Leonardo es registrable y si la IA puede ser titular de derechos morales; alcance de argumentos de tratados y control de constitucionalidad.
- Criterio
- Confirmó el desechamiento: LFDA 3 y 12 exigen persona física creadora y originalidad humana. La plataforma no puede recibir autoría ni derechos morales. Dar instrucciones no equivale a ejecutar la expresión concreta.
- Fundamento decisivo
- La Sala partió de la atribución de la creación al sistema en el desahogo. Diferenció una herramienta que materializa las acciones o trazos del artista de una plataforma que ejecuta algoritmos tras recibir parámetros. En pp.6,10,22 y25 subrayó que el actor no había pedido reconocimiento proporcional por su propia dotación de parámetros: esa pretensión no integró la litis. Rechazó la aplicación automática de precedentes extranjeros, distinguió patentes australianas de derecho de autor y no encontró base para inaplicar las reglas de autoría. El análisis de derechos morales sigue la falta de autor humano.
- Límites
- La propia Sala excluyó de la litis una reclamación humana por la dotación de parámetros. Su lenguaje general sobre instrucciones no prueba un examen de toda modalidad híbrida. El art.102 reformado en mayo de 2026 no estaba vigente al fallo; protege el programa, no revive esta solicitud. La referencia a ADR131/2021 fechada '16 de junio de 2016' en p10 es errónea: la ficha SJF2024373 confirma 16 de junio de 2021.
- Relevancia
- autoria-output
- Referencias relacionadas
- MEX/avatar-scjn
- MEX/rodriguez-gpt4o
- MEX/rodriguez-midjourney
- Peso del precedente
- Sentencia de Sala Especializada, no jurisprudencia nacional por sí sola. IX-CASE-PI-3 es su tesis publicada, no otro litigio ni otro acto registral. La cadena concreta terminó con negativa de amparo en AD6/2025. Integración/votación: Unanimidad de Héctor Francisco Fernández Cruz, Elizabeth Ortiz Guzmán (instructora) y Francisco Medina Padilla; secretaria Dania Karely Espinoza Perea.
- Fuente
- Referencia
- Avatar Virtual — juicio de nulidad
- Enlace
- Consultar fuente
- Autoridad
- TFJA, Sala Especializada en Materia de Propiedad Intelectual
- Tipo
- sentencia definitiva de nulidad; criterio publicado de Sala Especializada
- Tipo de evidencia
- Sentencia primaria íntegra
- Método de comprobación
- PDF oficial SCJN de sentencia TFJA completo leído; fuente de oficio negativo reproducida en resultando1 y considerandos. No oficio administrativo autónomo recuperado.
- Fecha de comprobación
- 2026-08-31
- Localizador
- Texto completo30pp; pp1–4 trámite/litis; pp5–13 autoría; pp13–23 moral/territorialidad; pp24–29 control; p30 firmas. SCJN §§1–7,23–25 para fechas previas.
- Verificación documentada
- Sí