Montenegro / Casos nacionales

P.br.504/15

Casos nacionales. La inclusión en esta ficha no convierte una referencia extranjera en una decisión nacional. Se conserva el estado y el alcance de la fuente.

Expediente y fuentes

Nombre
P.br.504/15
Cita
P.br.504/15
Tribunal
Privredni sud Crne Gore
Instancia
primera instancia
Fechas
Decisión
2017-03-02
Estado
resuelto-firmeza-no-verificada
Resultado
Rechazó todas las pretensiones principales de infracción, prohibición, compensación y publicación; se declaró sin competencia sobre una parte de la reconvención de patrimonio cultural y desechó la reconvención declarativa restante; impuso 1.000 euros de costas al lado actor a favor del segundo demandado.
Resumen
El artículo 4 exige una creación humana, resultado de trabajo espiritual, conocimiento, talento, originalidad y esfuerzo intelectual personal, realizada por el propio creador y superior a la actividad rutinaria. La idea, la organización y la combinación de disciplinas conocidas no alcanzaron ese umbral. El depósito sólo creó una presunción rebatible y no acreditó obra ni copyright.
Antecedentes
Una asociación y dos personas sostuvieron que habían creado y depositado el proyecto del festival tradicional Šlaufijada y que la organización municipal de la edición de 2 de agosto de 2014 infringió sus derechos. Reclamaron declaración de infracción, prohibición, 45.000 euros por licencia triple, daños morales y publicación. El depósito de 24 de septiembre de 2013 identificaba a dos personas como autores, pero advertía que el contenido no había sido examinado.
Historia procesal
Proceso civil de primera instancia ante el Tribunal Mercantil; vista pública concluida el 31 de enero de 2017 y sentencia unipersonal el 2 de marzo de 2017. La propia sentencia permitía apelación en ocho días ante el Tribunal de Apelación; no se localizó resolución posterior.
Cuestión jurídica
Si la organización y combinación de disciplinas tradicionales del festival constituía una obra original de los demandantes y si el depósito demostraba autoría o subsistencia suficiente para declarar infracción.
Criterio
El artículo 4 exige una creación humana, resultado de trabajo espiritual, conocimiento, talento, originalidad y esfuerzo intelectual personal, realizada por el propio creador y superior a la actividad rutinaria. La idea, la organización y la combinación de disciplinas conocidas no alcanzaron ese umbral. El depósito sólo creó una presunción rebatible y no acreditó obra ni copyright.
Fundamento decisivo
La obra nace de creación humana original y no de formalidad administrativa. El volumen de organización, la idea y la agregación de actividades preexistentes no sustituyen una forma original; el artículo 181(8) preserva el examen judicial de subsistencia pese al asiento.
Límites
No es GenAI, no resuelve selección o arreglo digital, es primera instancia y no se localizó su estado apelativo. El rechazo recae en el festival descrito, no en una regla de que toda combinación carezca de originalidad.
Relevancia
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Referencias relacionadas
    Peso del precedente
    Sentencia nacional de primera instancia, persuasiva y no firmeza verificada. Es la autoridad montenegrina más directa sobre creación humana personal, originalidad y efecto meramente probatorio del depósito; no decide GenAI ni establece que toda combinación sea improtegible. Integración/votación: single-judge judgment by Danijela Vukčević; no collegiate vote
    Fuente
    Referencia
    P.br.504/15
    Enlace
    Consultar fuente
    Autoridad
    Privredni sud Crne Gore
    Tipo
    first-instance national civil copyright judgment; non-AI; appellate status not located
    Tipo de evidencia
    API judicial oficial primario; texto íntegro de la sentencia
    Método de comprobación
    respuesta JSON del endpoint oficial /api/decision/340768, cotejada con la ficha pública
    Fecha de comprobación
    2026-08-31
    Localizador
    encabezado y dispositivo; razonamiento sobre arts. 4, 8, 9 y 181; advertencia del certificado; instrucción de recurso
    Verificación documentada
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