Suiza / Casos nacionales
Tribunal Federal — software de análisis de hormigas, UNIL
Casos nacionales. La inclusión en esta ficha no convierte una referencia extranjera en una decisión nacional. Se conserva el estado y el alcance de la fuente.
Expediente y fuentes
- Nombre
- Tribunal Federal — software de análisis de hormigas, UNIL
- Cita
- 4A_317/2022
- Tribunal
- Tribunal Federal de Suiza
- Instancia
- supremo nacional; I Sala Civil
- Fechas
- Decisión
- 2022-11-22
- Estado
- resuelto-sin-firmeza-integral-acreditada
- Resultado
- Recurso rechazado en cuanto admisible. Subsiste la orden cantonal sobre menciones patrimoniales, con autoría de la investigadora preservada y amenaza cantonal de multa art. 292 CP; no se impuso aquí una multa efectiva. Costas federales CHF 5.000 a la recurrente y CHF 6.000 de representación a UNIL.
- Resumen
- La persona jurídica puede adquirir derechos patrimoniales, no ser creadora del art. 6. El art. 17 habilita al empleador para ejercer derechos exclusivos sobre programas creados en ejercicio del trabajo y obligaciones contractuales; no elimina la autoría humana. El Tribunal dejó sin decidir si regía art. 17 LDA o art. 70.2 LUL y si ambos regímenes eran idénticos.
- Antecedentes
- Una asistente de la Universidad de Lausana creó entre 2006 y2011 programas para analizar movimiento y comportamiento de hormigas durante su tesis. Son distintos del equipo físico y del programa de rastreo de otro colaborador. Aunque los pliegos no nombraban programación, los programas resultaron indispensables para la tesis. En2018 los publicó en GitHub reservándose todos los derechos; la universidad reclamó el derecho de utilización.
- Historia procesal
- La solicitud universitaria de retirada a GitHub de 2020-01-17 no recibió respuesta; no fue una decisión registral. Medidas provisionales de 2020-11-04 ordenaron conservar crédito de creación humana y sustituir copyright patrimonial por UNIL. Demanda principal2021-01-29; sentencia civil cantonal2022-06-13, CO20.036036 9/2022/JMN, estimatoria. Recurso federal2022-07-13. El informe informático nuevo de 2022-07-08 fue excluido bajo art. 99 LTF.
- Cuestión jurídica
- Determinar si la universidad podía exigir identificación de sus derechos de uso sobre software laboral sin privar a la investigadora de la calidad de autora.
- Criterio
- La persona jurídica puede adquirir derechos patrimoniales, no ser creadora del art. 6. El art. 17 habilita al empleador para ejercer derechos exclusivos sobre programas creados en ejercicio del trabajo y obligaciones contractuales; no elimina la autoría humana. El Tribunal dejó sin decidir si regía art. 17 LDA o art. 70.2 LUL y si ambos regímenes eran idénticos.
- Fundamento decisivo
- La equivalencia entre regímenes fue premisa cantonal no impugnada. El vínculo estrecho y la indispensabilidad para la tesis estaban acreditados sin arbitrariedad; la recurrente sólo opuso su versión de la prueba. Lugar, horario, iniciativa de aprender programación y posibles usos externos no cambiaban la obligación profesional establecida. El reproche competencial carecía de motivación suficiente.
- Límites
- Software humano, no autoría de sus resultados ni GenAI. No establece automáticamente que toda tesis, programa auxiliar o empleo público quede bajo art. 17. No se leyó el expediente probatorio ni la sentencia cantonal autónoma; sus antecedentes se toman del fallo federal completo. Art.70 LUL se describe como norma temporal examinada allí, no consolidación cantonal actual.
- Relevancia
- doctrina-general
- Referencias relacionadas
- Peso del precedente
- Autoridad interpretativa del Tribunal Federal; vinculada al objeto y límites del recurso. Integración/votación: Ire Cour de droit civil: Kiss, presidenta actuante; Niquille y May Canellas. Secretario O. Carruzzo. Panel nominal publicado; sin cómputo de votos ni disenso publicado en este cuerpo. No se afirma unanimidad.
- Fuente
- Referencia
- Tribunal Federal — software de análisis de hormigas, UNIL
- Enlace
- Consultar fuente
- Autoridad
- Tribunal Federal de Suiza
- Tipo
- Sentencia primaria íntegra
- Tipo de evidencia
- Sentencia primaria íntegra
- Localizador
- Antecedentes A.a–A.n, B–C; considerandos1–6, especialmente3.1.1–3.5 y5.2.4; dispositivo1–4.
- Verificación documentada
- Sí