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Derecho de autor e inteligencia artificial en Bélgica

Bélgica: la expresión enteramente autónoma no cumple la creación humana exigida para el derecho de autor. Pueden protegerse aportes humanos originales identificables. Productor de fijación y base de datos exigen examen separado. Depósitos, ISBN y declaraciones SABAM no conceden protección autoral.

Investigación abierta. Corte general del Atlas: 31 de agosto de 2026. Cobertura no significa revisión completa ni vigencia certificada.

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Marco y alcance

El derecho de autor exige creación de persona física y originalidad. Separar capas humanas, software, selección/disposición, inversión de base, productor fonograma y primera fijación de filme; estos últimos derechos no convierten contenido autónomo en obra.

Limitaciones documentadas

No sentencia o acto individual belga de autoría de output IA verificado; resultado negativo limitado a consultas indexadas y fuentes descritas, no a todo expediente privado/no publicado. Consolidación Justel actualizada4agosto2026; no cotejo exhaustivo de toda Gaceta posterior hasta31agosto2026. Reformas2026 efectivamente leídas se identifican sin inventar regla IA. BPP mostró15títulos recientes; se recuperaron y leyeron cinco cuerpos-base oficiales, no los15 ni una búsqueda nativa exhaustiva. Consultas en francés, neerlandés, alemán e inglés; el alemán fue verificación suplementaria y no produjo caso primario IA retenido. FAQ oficial, su PDF, resumen del estudio y Pasicrisie descargado devolvieron desafíos HTML; no se usaron como fuente sustantiva íntegra ni se eludieron accesos. Juportal suplió Pasicrisie para sentencia2013. La página descriptiva del estudio fue leída, no informe/resumen; se elimina la afirmación heredada sobre disclaimer expreso sin original. Cass2013: cuerpo5pp completo, petición anexa mencionada no incluida; Cass2023: cuerpo9pp y petición20pp completos, fallo de reenvío no obtenido. Los cinco fallos BPP añadidos son cuerpos completos, pero no convierten el índice BPP en censo nacional exhaustivo. Noticia sobre abogados/Lieja12enero2026 queda como pista sin cuerpo primario ni docket verificado, sin vincularla automáticamente a F.21.0052.N. No umbral doméstico de prompting/edición ni expediente de fijación sintética concreto; derechos de productor requieren objeto y sujeto acreditados, no protección automática de todo archivo. CódigoDIP arts93–94 no recuperado íntegro; no conclusión completa sobre conflicto/competencia. No se dictamina todo derecho de personalidad ni licitud de dataset. La revisión raíz valida la separación de ocho fallos nacionales, dos autoridades TJUE y cero actos registrales GenAI; no convierte la búsqueda indexada en censo de expedientes no publicados.

Registro y actos documentados

Estado
no_registry
Resumen
No se identificó registro constitutivo general que examine o conceda derecho de autor: la protección nace al cumplirse creación original. Prueba de fecha, notaría, i-DEPOT, depósitoKBR, ISBN y repertorioSABAM cumplen funciones distintas. No se inspeccionó acto individual de esos servicios ni se les atribuye efecto constitutivo.
Actos documentados

    Casos nacionales

    M-Design Benelux bvba v Geoffrey Bontemps bvba, Interfire bvba y Desloover nv

    Nombre
    M-Design Benelux bvba v Geoffrey Bontemps bvba, Interfire bvba y Desloover nv
    Cita
    Cass., 31 octubre2013, C.12.0263.N; ECLI:BE:CASS:2013:ARR.20131031.1
    Tribunal
    Hof van Cassatie, Primera Sala
    Instancia
    casación nacional
    Fechas
    Decisión
    2013-10-31
    challenged decision
    2011-12-06
    advocate general opinion
    2013-09-05
    Estado
    resuelto
    Resultado
    RECHAZA el recurso; impone costas a la recurrente, tasadas en679,72€ por su parte y313,36€ por la parte recurrida. No casa, no concede indemnización ni reconoce un nuevo copyright.
    Resumen
    No: la obra debe expresar personalidad mediante elecciones libres y creativas. La apelación respondió a la falta de autoría o cesión; una crítica parte de lectura errónea y otras no pueden conducir a casación ante fundamentos independientes no impugnados.
    Antecedentes
    M-Design comercializaba estufas Venus HT y reclamaba protección frente a los demandados. La apelación constató identidad con estufas KVR de Pokrok comercializadas desde2001, fabricación y venta anterior de Pokrok por cuenta propia y falta de prueba de que M-Design fuese autor o cesionario. Son constataciones de la apelación recogidas por Cassation, no investigación fáctica independiente.
    Historia procesal
    Recurso contra sentencia de Bruselas de6diciembre2011, articulado en un medio con tres ramas. El abogado general André Van Ingelgem presentó conclusiones escritas el5septiembre2013; Beatrijs Deconinck informó. La Corte examinó el estándar de originalidad, la respuesta sobre titularidad y las críticas a la valoración probatoria. No se recuperaron separadamente la apelación ni la petición que el cuerpo menciona como anexa.
    Cuestión jurídica
    ¿Basta creación intelectual original sin huella personal y son eficaces las críticas sobre autoría/cesión y fotografías frente a los fundamentos documentales independientes de la apelación?
    Criterio
    No: la obra debe expresar personalidad mediante elecciones libres y creativas. La apelación respondió a la falta de autoría o cesión; una crítica parte de lectura errónea y otras no pueden conducir a casación ante fundamentos independientes no impugnados.
    Fundamento decisivo
    §§1–2 aplican el estándar armonizado de Painer a la Ley de30junio1994: creación intelectual propia exige personalidad reflejada en elecciones creativas. §§3–4 sostienen la respuesta judicial sobre título; §5 descarta una premisa incorrecta sobre las fotografías; §§6–7 mantienen eficacia de los fundamentos documentales no atacados. La originalidad no elimina la necesidad de probar autoría o cadena de cesión.
    Límites
    Caso de estufas sin IA; aplica Ley1994, anterior a entrada en vigor del LibroXI. El cuerpo íntegro no incorpora la petición mencionada. Un comentario secundario que dice que se anuló la apelación contradice el dispositivo original.
    Relevancia
    doctrina-general
    Referencias relacionadas
      Peso del precedente
      Autoridad interpretativa de la máxima jurisdicción ordinaria belga, sobre originalidad y control de casación; no autorización general sobre objetos ni concesión registral. Integración/votación: Beatrijs Deconinck, presidenta; Alain Smetryns, Koen Mestdagh, Geert Jocqué y Koenraad Moens. Abogado general André Van Ingelgem; secretario Johan Pafenols. El cuerpo publicado identifica integración colegiada; no publica votos individuales ni disidencias. No se infiere unanimidad.
      Fuente
      Referencia
      M-Design Benelux bvba v Geoffrey Bontemps bvba, Interfire bvba y Desloover nv
      Enlace
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      Autoridad
      Hof van Cassatie, Primera Sala
      Tipo
      primary_judicial_full_body
      Tipo de evidencia
      primary_judicial_full_body
      Localizador
      pp1–5, §§1–7 y dispositivo
      Verificación documentada

      D.A. y S.B. v Estado belga, Finanzas

      Nombre
      D.A. y S.B. v Estado belga, Finanzas
      Cita
      Cass., 24 marzo2023, F.21.0052.N; ECLI:BE:CASS:2023:ARR.20230324.1N.5
      Tribunal
      Hof van Cassatie, Primera Sala
      Instancia
      casación nacional
      Fechas
      Decisión
      2023-03-24
      challenged decision
      2019-03-12
      first instance
      2016-11-22
      petition
      2021-03-02
      Presentación
      2021-03-19
      interlocutory
      2022-06-23
      service cured
      2022-07-15
      advocate general opinion
      2023-02-17
      index entered
      2023-04-06
      Estado
      resuelto
      Resultado
      ANULA la sentencia impugnada, ordena mención marginal y remite al Tribunal de Apelación de Amberes. Reserva las restantes costas al juez de fondo; la corrección de notificación había sido a costa de recurrentes. No concede en esta sentencia una indemnización ni decide definitivamente la exención/tributación concreta.
      Resumen
      La subsanación oportuna preserva efectos del acto original. No es jurídicamente suficiente negar originalidad porque los escritos se producen profesionalmente y observan reglas: selección, disposición y combinación de palabras pueden expresar elecciones libres y creativas.
      Antecedentes
      Litigio tributario del ejercicio2012 sobre26.653,67€ recibidos por abogado en virtud de cesión de derechos a su despacho. La petición anexa describe contrato de18julio2008, eficaz1agosto2008, y remuneración porcentual. La apelación consideró que escritos jurídicos profesionales y sometidos a reglas no dejaban libertad creativa suficiente. Las alegaciones detalladas del contrato proceden del anexo de parte, no de una declaración autónoma de hechos probados por Cassation.
      Historia procesal
      Primera instancia22noviembre2016 y apelación de Gante12marzo2019,2017/AR/379, según cuerpo/anexo. Sentencia notificada18febrero2021; petición2marzo2021, notificación irregular16marzo y depósito19marzo2021. Interlocutoria23junio2022 permitió subsanar; notificada29junio, fue cumplida15julio2022. Conclusiones del abogado general17febrero2023. Se rechazaron dos objeciones de inadmisibilidad, se estimó primera rama de fondo y se remitió a Amberes; no se obtuvo fallo de reenvío.
      Cuestión jurídica
      ¿La subsanación conserva la eficacia procesal de la notificación y puede negarse en bloque originalidad a textos de abogado por función profesional y restricciones legales/deontológicas?
      Criterio
      La subsanación oportuna preserva efectos del acto original. No es jurídicamente suficiente negar originalidad porque los escritos se producen profesionalmente y observan reglas: selección, disposición y combinación de palabras pueden expresar elecciones libres y creativas.
      Fundamento decisivo
      §§1–8 aplican art861 del Código judicial al defecto de notificación. §§9–12 aplican régimen tributario histórico, arts1 y8 de Ley30junio1994, Berna2.1 y Código judicial444. Las restricciones sólo excluyen originalidad si impiden margen creativo; §§13–14 consideran insuficiente la exclusión general de Gante. No decide que todos los escritos jurídicos sean originales ni que una obra individual concreta ya cumpla el estándar.
      Límites
      No IA. Régimen de ingresos2012 y Ley1994, no asesoramiento fiscal2026. Fecha de carga Juportal6abril2023 no es fecha de sentencia. La noticia de un fallo de Lieja12enero2026 no se identifica como continuación de este expediente. Cuerpo9pp y anexo20pp leídos completos; expediente anterior y resultado posterior no obtenidos.
      Relevancia
      doctrina-general
      Referencias relacionadas
        Peso del precedente
        Doctrina nacional de casación sobre originalidad y límites profesionales, además de regla procesal de subsanación; lectura de la obra concreta queda al juez de reenvío. Integración/votación: Eric Dirix, presidente; Filip Van Volsem, Bart Wylleman, Ilse Couwenberg y François Stévenart Meeûs. Abogado general Johan Vander Fraenen; secretaria Vanity Vanden Hende. El cuerpo publicado identifica integración colegiada; no publica votos individuales ni disidencias. No se infiere unanimidad.
        Fuente
        Referencia
        D.A. y S.B. v Estado belga, Finanzas
        Enlace
        Consultar fuente
        Autoridad
        Hof van Cassatie, Primera Sala
        Tipo
        primary_judicial_full_body
        Tipo de evidencia
        primary_judicial_full_body
        Localizador
        sentencia9pp, §§1–14 y dispositivo; petición anexa20pp para contrato y primera instancia
        Verificación documentada

        Agicoa Europe Brussels y Beheers- en belangenvennootschap voor Audiovisuele Producten: recurso de anulación

        Nombre
        Agicoa Europe Brussels y Beheers- en belangenvennootschap voor Audiovisuele Producten: recurso de anulación
        Cita
        Cour constitutionnelle, arrêt128/2016,13octubre2016, rôle6117
        Tribunal
        Cour constitutionnelle / Grondwettelijk Hof
        Instancia
        jurisdicción constitucional nacional
        Fechas
        Decisión
        2016-10-13
        petition sent
        2014-12-12
        Presentación
        2014-12-16
        Audiencia
        2016-07-06
        Estado
        resuelto
        Resultado
        RECHAZA íntegramente el recurso de anulación. No anula artículos ni concede daños; el dispositivo no publica orden específica sobre costas.
        Resumen
        No se acreditó la discriminación denunciada. Los derechos originarios del productor sobre fijación son distintos del copyright adquirido sobre la obra; los autores/intérpretes y las relaciones entre productores no estaban en situación equivalente en el punto debatido.
        Antecedentes
        Dos entidades de gestión de productores audiovisuales impugnaron XI.212, XI.213 y XI.225 del Código, insertados por Ley19abril2014, publicada12junio2014 y rectificada27junio. Cuestionaron equiparación entre productores de fonogramas y audiovisuales en licencia legal y trato distinto frente a remuneración inalienable de autores/intérpretes por retransmisión por cable. Intervinieron Nethys/Brutélé, Medialaan, Telenet, PlayRight y sociedades de autores, además del Consejo de Ministros.
        Historia procesal
        Petición enviada12diciembre2014 y recibida16diciembre. Providencia11mayo2016 contempló resolución sin audiencia salvo petición; solicitada ésta, providencia2junio fijó audiencia6julio2016. El13octubre2016 resolvió el recurso abstracto. Admitió interés respecto de XI.213 conectado aXI.212 y rechazó ampliación por nuevos motivos de derechoUE de intervinientes o réplica, examinando derechoUE dentro de los motivos constitucionales admisibles.
        Cuestión jurídica
        ¿La licencia legal entonces común a fonogramas y primeras fijaciones audiovisuales y la remuneración por cable reservada a autores/intérpretes vulneraban igualdad y no discriminación de arts10 y11 constitucionales?
        Criterio
        No se acreditó la discriminación denunciada. Los derechos originarios del productor sobre fijación son distintos del copyright adquirido sobre la obra; los autores/intérpretes y las relaciones entre productores no estaban en situación equivalente en el punto debatido.
        Fundamento decisivo
        B.11 distingue obra y fijación: sonidos naturales o una secuencia no original pueden estar dentro del objeto conexo sin constituir obra protegida. La licencia conexa no limita el copyright subyacente. B.12–15 justifican la opción de licencia legal entonces vigente. B.17–19 vinculan remuneración inalienable a corregir desequilibrio negociador de creadores individuales; los productores conservan facultades exclusivas y negociación contractual propias.
        Límites
        Derecho histórico2014–2016: XI.212 fue modificado por Ley25noviembre2018, art3, eficaz1enero2019, y actualmente se refiere sólo a fonogramas. No proyectar la antigua licencia audiovisual al2026. La distinción conceptual copyright/conexos subsiste, pero no dispensa requisitos de productor/fijación.
        Relevancia
        doctrina-general
        Referencias relacionadas
          Peso del precedente
          Sentencia constitucional nacional que mantiene las normas impugnadas en los términos examinados; no decisión de titularidad sobre una fijación individual ni criterio IA. Integración/votación: Presidentes J. Spreutels y E. De Groot; jueces L. Lavrysen, J.-P. Snappe, J.-P. Moerman, E. Derycke y R. Leysen. Presidencia J. Spreutels; secretario F. Meersschaut. El cuerpo publicado identifica integración colegiada; no publica votos individuales ni disidencias. No se infiere unanimidad.
          Fuente
          Referencia
          Agicoa Europe Brussels y Beheers- en belangenvennootschap voor Audiovisuele Producten: recurso de anulación
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          Autoridad
          Cour constitutionnelle / Grondwettelijk Hof
          Tipo
          primary_judicial_full_body
          Tipo de evidencia
          primary_judicial_full_body
          Localizador
          32pp íntegros; B.5–B.19 y dispositivo
          Verificación documentada

          Monsieur A v État belge (Musée royal de l'Afrique centrale)

          Nombre
          Monsieur A v État belge (Musée royal de l'Afrique centrale)
          Cita
          Cour d'appel de Bruxelles, 25 avril 2024, 2020/AR/1380
          Tribunal
          Cour d'appel de Bruxelles, 9e chambre civile
          Instancia
          apelación nacional
          Fechas
          Decisión
          2024-04-25
          first claim
          2019-04-01
          first instance
          2020-06-26
          appeal filed
          2020-10-09
          Estado
          resuelto
          Resultado
          Apelación recibida pero infundada; costas al actor, 10.500 EUR de indemnidad procesal y 400 EUR de tasa. Sin cese, daños ni reconocimiento de copyright.
          Resumen
          No. Intérprete/cantante y autor/compositor son calidades distintas; fuera de presunción aplicable, el reclamante debía probar participación en composición o letra, y no lo hizo.
          Antecedentes
          Un cantante acreditado en un CD reclamó autoría de dos piezas tradicionales grabadas en 1975, pero no probó composición de música o letra.
          Historia procesal
          Demanda 2019, remisión, sentencia de primera instancia 2020 y apelación final 2024.
          Cuestión jurídica
          ¿La condición de cantante, afiliación/recaudación, lista unilateral o autoría de un remix prueban autoría de la música o letra originarias?
          Criterio
          No. Intérprete/cantante y autor/compositor son calidades distintas; fuera de presunción aplicable, el reclamante debía probar participación en composición o letra, y no lo hizo.
          Fundamento decisivo
          La prueba de interpretación, gestión o creación derivada no sustituye la prueba de contribución creadora a la obra originaria.
          Límites
          No IA. El actor rechazó debatir derechos conexos; el fallo no niega que éstos pudieran existir. No es acto registral.
          Relevancia
          doctrina-general
          Referencias relacionadas
            Peso del precedente
            Apelación nacional sobre prueba de autoría y separación autor/intérprete. Integración/votación: Tres integrantes de la 9e chambre identificados en el original BPP con datos personales redactados; sin votos separados publicados. Tres magistrados; sin votos individuales o disidencias publicados.
            Fuente
            Referencia
            Monsieur A v État belge (Musée royal de l'Afrique centrale)
            Enlace
            Consultar fuente
            Autoridad
            Cour d'appel de Bruxelles, 9e chambre civile
            Tipo
            official_primary_judicial_full_body
            Tipo de evidencia
            official_primary_judicial_full_body
            Localizador
            9 pp.; pp. 3-9 y dispositivo
            Verificación documentada

            Monsieur A v Mesdames A, B et C (Chemin des Mines - Kierunek Kopalnia)

            Nombre
            Monsieur A v Mesdames A, B et C (Chemin des Mines - Kierunek Kopalnia)
            Cita
            Cour d'appel de Bruxelles, 20 juin 2024, 2022/KR/35
            Tribunal
            Cour d'appel de Bruxelles, 9e chambre civile
            Instancia
            apelación nacional
            Fechas
            Decisión
            2024-06-20
            first instance
            2022-05-06
            description request
            2021-06-23
            Estado
            resuelto
            Resultado
            Apelaciones recibidas pero infundadas; compensación parcial de costas y 9/10 de indemnidad de apelación al actor. Sin cese, publicación ni documentos accesorios.
            Resumen
            No. El proyecto seguía siendo punto de partida capaz de múltiples expresiones y carecía de estructura/selección suficientemente determinada. La coautoría fotográfica exigía intervención concreta en elecciones expresivas de cada imagen.
            Antecedentes
            Proyecto artístico de cuatro participantes, ruptura de colaboración, libro posterior y reclamación de coautoría del proyecto y fotografías.
            Historia procesal
            Saisie-description 2021, rechazo en primera instancia 2022 y apelación final 2024.
            Cuestión jurídica
            ¿El proyecto estaba expresado con precisión suficiente y las aportaciones de tema, técnica y acompañamiento hacían al actor coautor de las fotografías?
            Criterio
            No. El proyecto seguía siendo punto de partida capaz de múltiples expresiones y carecía de estructura/selección suficientemente determinada. La coautoría fotográfica exigía intervención concreta en elecciones expresivas de cada imagen.
            Fundamento decisivo
            Ideas, objetivos, técnica y trabajo preparatorio no bastan: la obra y la contribución del coautor deben estar expresadas con precisión en el objeto final.
            Límites
            No IA. No afirma que un prompt nunca sea obra; exige seguir la contribución hasta expresión determinada y cada fotografía.
            Relevancia
            doctrina-general
            Referencias relacionadas
              Peso del precedente
              Apelación nacional sobre expresión precisa y contribución concreta a coautoría fotográfica. Integración/votación: Tres integrantes de la 9e chambre identificadas en el original BPP con datos personales redactados; sin votos separados. Tres magistradas; sin votos individuales o disidencias publicados.
              Fuente
              Referencia
              Monsieur A v Mesdames A, B et C (Chemin des Mines - Kierunek Kopalnia)
              Enlace
              Consultar fuente
              Autoridad
              Cour d'appel de Bruxelles, 9e chambre civile
              Tipo
              official_primary_judicial_full_body
              Tipo de evidencia
              official_primary_judicial_full_body
              Localizador
              20 pp.; pp. 11-18 y dispositivo
              Verificación documentada

              Blitz Power BV v Smappee NV

              Nombre
              Blitz Power BV v Smappee NV
              Cita
              Hof van beroep Brussel, 23 september 2024, 2022/AR/1147
              Tribunal
              Hof van beroep Brussel, kamer 8
              Instancia
              apelación nacional
              Fechas
              Decisión
              2024-09-23
              first instance
              2022-06-23
              appeal filed
              2022-08-29
              interlocutory
              2022-12-06
              Estado
              resuelto
              Resultado
              Recurso principal estimado; acciones de copyright de Smappee infundadas. Separadamente, diseño comunitario anulado y comunicaciones desleales retiradas; costas a Smappee.
              Resumen
              No. Debía individualizar objeto y rasgos originales; novedad, premios, estilo general o mera existencia de alternativas no eran suficientes. Subsidiariamente tampoco probó reproducción de elementos originales.
              Antecedentes
              Competidores belgas de cargadores disputaron copyright, diseño comunitario y comunicación comercial.
              Historia procesal
              Cese concedido en 2022 y revocado por sentencia final de apelación en 2024.
              Cuestión jurídica
              ¿Smappee identificó con precisión elecciones libres y creativas y probó reproducción de esos rasgos, pese a función técnica, estilo, novedad, premios y alternativas?
              Criterio
              No. Debía individualizar objeto y rasgos originales; novedad, premios, estilo general o mera existencia de alternativas no eran suficientes. Subsidiariamente tampoco probó reproducción de elementos originales.
              Fundamento decisivo
              La originalidad debe probarse por rasgos expresivos identificados; disponibilidad de opciones, novedad y premios no sustituyen elecciones libres y creativas.
              Límites
              No IA; nulidad de diseño y práctica desleal no son holdings de copyright ni actos de autoría.
              Relevancia
              doctrina-general
              Referencias relacionadas
                Peso del precedente
                Apelación nacional sobre identificación de obra, técnica y prueba positiva de originalidad. Integración/votación: Panel de tres magistrados de la cámara 8, identificados en original con nombres redactados en copia pública. Panel de tres; sin votos individuales o disidencias publicados.
                Fuente
                Referencia
                Blitz Power BV v Smappee NV
                Enlace
                Consultar fuente
                Autoridad
                Hof van beroep Brussel, kamer 8
                Tipo
                official_primary_judicial_full_body
                Tipo de evidencia
                official_primary_judicial_full_body
                Localizador
                31 pp.; pp. 15-24 y 29-30
                Verificación documentada

                Bruker Belgium NV v Neoscan BV y Monsieur A

                Nombre
                Bruker Belgium NV v Neoscan BV y Monsieur A
                Cita
                Hof van beroep Antwerpen, 12 februari 2025, 2021/AR/2031
                Tribunal
                Hof van beroep Antwerpen, kamer 88M
                Instancia
                apelación nacional
                Fechas
                Decisión
                2025-02-12
                first instance
                2021-11-10
                interlocutory
                2023-03-29
                Estado
                resuelto
                Resultado
                Reclamaciones de copyright rechazadas. Sólo se concedieron contramedidas por comunicaciones desleales: cese, lista, rectificación, astreintes y costas contra Bruker.
                Resumen
                No. Los informes se excluyeron; Bruker no identificó software base ni concretó rasgos originales de hardware/listas. El actor debe identificar obra y explicar el umbral para permitir decisión y defensa.
                Antecedentes
                Disputa entre fabricantes microCT sobre software, planos, hardware, listas y secretos.
                Historia procesal
                Saisie-description, fallo 2021, interlocutoria 2023 y sentencia final 2025.
                Cuestión jurídica
                ¿Podían sostenerse copyright de software, hardware y listas con informes fuera del mandato y descripciones generales de la obra y originalidad?
                Criterio
                No. Los informes se excluyeron; Bruker no identificó software base ni concretó rasgos originales de hardware/listas. El actor debe identificar obra y explicar el umbral para permitir decisión y defensa.
                Fundamento decisivo
                Protección e infracción requieren objeto/expresión identificados y prueba lícita; el tribunal no completa generalidades del reclamante.
                Límites
                No IA; no niega protección abstracta de software. Secretos, hardware y competencia son objetos/causas separados.
                Relevancia
                doctrina-general
                Referencias relacionadas
                  Peso del precedente
                  Apelación nacional sobre identificación de software, carga de originalidad y límites de saisie-description. Integración/votación: Panel de tres magistrados; al pronunciarse, la presidenta estaba impedida y las otras dos integrantes y secretaria firmaron conforme art. 785 Ger.W. Panel de tres; una firma suplida conforme art. 785; sin votos individuales publicados.
                  Fuente
                  Referencia
                  Bruker Belgium NV v Neoscan BV y Monsieur A
                  Enlace
                  Consultar fuente
                  Autoridad
                  Hof van beroep Antwerpen, kamer 88M
                  Tipo
                  official_primary_judicial_full_body
                  Tipo de evidencia
                  official_primary_judicial_full_body
                  Localizador
                  61 pp.; pp. 31-55 y 57-60
                  Verificación documentada

                  Monsieur A, Idemax BV y Govaerts Recycling NV v Topspeelplaats-Cour d'École BV

                  Nombre
                  Monsieur A, Idemax BV y Govaerts Recycling NV v Topspeelplaats-Cour d'École BV
                  Cita
                  Hof van beroep Gent, 2 juni 2025, 2024/AR/364
                  Tribunal
                  Hof van beroep Gent, zevende kamer
                  Instancia
                  apelación nacional
                  Fechas
                  Decisión
                  2025-06-02
                  first instance
                  2023-11-08
                  appeal filed
                  2024-02-29
                  Audiencia
                  2025-05-05
                  Estado
                  resuelto
                  Resultado
                  Recursos principal e incidentales infundados; sentencia de 2023 confirmada y costas distribuidas tres cuartos/un cuarto.
                  Resumen
                  No respecto de los objetos examinados: otras formas posibles no bastan si la función determina o restringe expresión. Colores/curvas y diferencias no mostraron aporte creativo suficiente; i-DEPOT sin adjunto no identificó el objeto.
                  Antecedentes
                  Disputa sobre cinco juegos infantiles utilitarios, varios fundamentos y depósito de fecha.
                  Historia procesal
                  Fallo 2023 confirmado en apelación 2025, con límites por objeto del recurso.
                  Cuestión jurídica
                  ¿Las elecciones disponibles y diferencias en objetos utilitarios bastaban para originalidad pese a función técnica y qué probaba un i-DEPOT sin adjunto?
                  Criterio
                  No respecto de los objetos examinados: otras formas posibles no bastan si la función determina o restringe expresión. Colores/curvas y diferencias no mostraron aporte creativo suficiente; i-DEPOT sin adjunto no identificó el objeto.
                  Fundamento decisivo
                  La existencia de elecciones o alternativas no basta si no se prueba expresión creativa; el depósito sólo prueba lo vinculable a su contenido verificable.
                  Límites
                  No IA. El fallo no convierte i-DEPOT en registro de copyright ni revisó de fondo el tren por límites del recurso.
                  Relevancia
                  doctrina-general
                  Referencias relacionadas
                    Peso del precedente
                    Apelación nacional sobre obra utilitaria, función técnica y efecto limitado de i-DEPOT. Integración/votación: Juez único actuando como presidente interino de la séptima cámara, con secretario; no votación colegiada. Juez único; sin voto colegiado.
                    Fuente
                    Referencia
                    Monsieur A, Idemax BV y Govaerts Recycling NV v Topspeelplaats-Cour d'École BV
                    Enlace
                    Consultar fuente
                    Autoridad
                    Hof van beroep Gent, zevende kamer
                    Tipo
                    official_primary_judicial_full_body
                    Tipo de evidencia
                    official_primary_judicial_full_body
                    Localizador
                    27 pp.; pp. 6-20 y 26-27
                    Verificación documentada

                    Procedimientos conocidos

                    No hay entradas en esta colección del Atlas. Esto no demuestra que no existan casos.

                    Autoridades reportadas

                    No hay entradas en esta colección del Atlas. Esto no demuestra que no existan casos.

                    Referencias extranjeras comparadas

                    No hay entradas en esta colección del Atlas. Esto no demuestra que no existan casos.

                    Referencias de contexto

                    No hay entradas en esta colección del Atlas. Esto no demuestra que no existan casos.

                    Doctrina supranacional

                    Cofemel — Sociedade de Vestuário SA v G-Star Raw CV

                    Nombre
                    Cofemel — Sociedade de Vestuário SA v G-Star Raw CV
                    Cita
                    TJUE, C-683/17,12septiembre2019, EU:C:2019:721
                    Tribunal
                    Tribunal de Justicia de la Unión Europea, Sala Tercera
                    Instancia
                    supranacional UE
                    Fechas
                    Decisión
                    2019-09-12
                    reference
                    2017-11-21
                    received
                    2017-12-06
                    Audiencia
                    2018-12-12
                    advocate general opinion
                    2019-05-02
                    Estado
                    resuelto
                    Resultado
                    Responde a la primera cuestión que art2(a) de Directiva2001/29 se opone al criterio estético descrito; segunda respuesta innecesaria. Costas del litigio principal al órgano remitente (§58); no concede remedio contra Cofemel en esta decisión.
                    Resumen
                    Obra exige creación intelectual original y expresión identificable con precisión y objetividad. Un efecto estético específico no basta, por sí solo, para justificar copyright del diseño.
                    Antecedentes
                    G-Star demandó a Cofemel en Portugal por prendas TIFFOSI que reproducirían modelos ARC y ROWDY. Acción30agosto2013; la primera instancia estimó parcialmente y concedió medidas de cese y consecuencias económicas, confirmadas en apelación. El Supremo Tribunal de Justiça planteó si un efecto estético específico permitía copyright sobre diseños.
                    Historia procesal
                    Remisión del Supremo portugués21noviembre2017, recibida6diciembre; audiencia12diciembre2018 y conclusiones de Maciej Szpunar2mayo2019. Sentencia prejudicial12septiembre2019, no resolución de un tribunal belga ni decisión final del pleito portugués.
                    Cuestión jurídica
                    ¿Puede el derecho nacional atribuir copyright a diseños por su efecto visual estético específico, al margen de los requisitos armonizados de obra?
                    Criterio
                    Obra exige creación intelectual original y expresión identificable con precisión y objetividad. Un efecto estético específico no basta, por sí solo, para justificar copyright del diseño.
                    Fundamento decisivo
                    §§29–35 conectan originalidad con personalidad y elecciones libres/creativas y excluyen margen anulado por restricciones técnicas. §§48–56 diferencian finalidades de diseño y copyright, admitiendo acumulación cuando se satisfacen requisitos propios, sin erigir el efecto estético en criterio suficiente.
                    Límites
                    Prendas/diseño, sin IA. Sala Tercera, no Gran Sala. No establece umbral de prompting ni concede derechos sobre output. Expediente nacional no leído separadamente.
                    Relevancia
                    doctrina-general
                    Referencias relacionadas
                      Peso del precedente
                      Interpretación vinculante del derechoUE armonizado que informa aplicación belga; debe presentarse en capa supranacional separada. Integración/votación: A. Prechal, presidenta; F. Biltgen, J. Malenovský (ponente), C. G. Fernlund y L. S. Rossi. Abogado general M. Szpunar; secretaria L. Hewlett. Cuerpo colegiado, sin votos individuales o disidencias publicados.
                      Fuente
                      Referencia
                      Cofemel — Sociedade de Vestuário SA v G-Star Raw CV
                      Enlace
                      Consultar fuente
                      Autoridad
                      Tribunal de Justicia de la Unión Europea, Sala Tercera
                      Tipo
                      primary_judicial_full_body
                      Tipo de evidencia
                      primary_judicial_full_body
                      Localizador
                      §§1–58 y dispositivo; originalidad§§29–35, diseños§§48–56
                      Verificación documentada

                      Mio AB y otros v Asplund AB; USM U. Schärer Söhne AG v konektra GmbH y LN

                      Nombre
                      Mio AB y otros v Asplund AB; USM U. Schärer Söhne AG v konektra GmbH y LN
                      Cita
                      TJUE, asuntos acumulados C-580/23 y C-795/23,4diciembre2025, EU:C:2025:941
                      Tribunal
                      Tribunal de Justicia de la Unión Europea, Sala Primera
                      Instancia
                      supranacional UE
                      Fechas
                      Decisión
                      2025-12-04
                      swedish reference
                      2023-09-20
                      swedish received
                      2023-09-21
                      german reference
                      2023-12-21
                      joined
                      2024-05-13
                      Audiencia
                      2025-01-30
                      advocate general opinion
                      2025-05-08
                      Estado
                      resuelto
                      Resultado
                      Responde interpretativamente sobre originalidad y reproducción en ambos asuntos. Costas de los pleitos principales quedan a los órganos nacionales (§93); no declara definitivamente protegida o infringida una mesa o módulo particular ni concede indemnización.
                      Resumen
                      No hay jerarquía regla/excepción entre protección por diseño y copyright ni umbral creativo más alto para arte aplicado. Deben identificarse elecciones creativas expresadas en el objeto; la simple ausencia de condicionamiento técnico no demuestra creatividad. Infracción atiende a elementos creativos reconocibles, no a impresión visual global.
                      Antecedentes
                      Remisión sueca: Asplund impugnó mesas Cord de Mio por reproducción de Palais Royal, con demanda en octubre2021 y apelación de Mio tras primera instancia favorable aAsplund. Remisión alemana: USM cuestionó comercialización de componentes y ensamblajes Haller por konektra; primera instancia acogió copyright, Düsseldorf lo rechazó y ambas partes recurrieron. No se trataba de generación por IA.
                      Historia procesal
                      Svea hovrätt remitió20septiembre2023, recibido21septiembre; Bundesgerichtshof21diciembre2023. Acumulación13mayo2024; audiencia30enero2025, conclusiones Szpunar8mayo. Sentencia interpretativa4diciembre2025; los órganos nacionales conservan aplicación a objetos y remedios concretos.
                      Cuestión jurídica
                      ¿Existe excepcionalidad o umbral más estricto del copyright para arte aplicado, cómo se prueban elecciones creativas y cómo se verifica reproducción de sus elementos?
                      Criterio
                      No hay jerarquía regla/excepción entre protección por diseño y copyright ni umbral creativo más alto para arte aplicado. Deben identificarse elecciones creativas expresadas en el objeto; la simple ausencia de condicionamiento técnico no demuestra creatividad. Infracción atiende a elementos creativos reconocibles, no a impresión visual global.
                      Fundamento decisivo
                      §§48–58 rechazan requisitos adicionales para arte aplicado. §§60–82 separan decisiones libres y efectivamente creativas: proceso/intención sólo importan si quedan expresados, combinación original de formas conocidas es posible y reconocimiento posterior no es decisivo. §§83–92 separan reproducción de esos elementos de semejanza de conjunto y reconocen creación independiente.
                      Límites
                      Mobiliario, sin IA. No convierte selección de una variante generada en creación automática, ni fija número de prompts o porcentaje de edición. Hechos y trayectoria nacional conocidos por cuerpo TJUE, no por lectura de cada sentencia inferior.
                      Relevancia
                      doctrina-general
                      Referencias relacionadas
                        Peso del precedente
                        DoctrinaUE vigente al corte que obliga a centrar la prueba en la expresión; separada de los tres criterios nacionales belgas. Integración/votación: F. Biltgen, presidente; T. von Danwitz (vicepresidente actuando como juez de Sala), I. Ziemele (ponente), A. Kumin y S. Gervasoni. Abogado general M. Szpunar; secretaria C. Strömholm. Cuerpo colegiado, sin votos individuales o disidencias publicados.
                        Fuente
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                        Mio AB y otros v Asplund AB; USM U. Schärer Söhne AG v konektra GmbH y LN
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                        Autoridad
                        Tribunal de Justicia de la Unión Europea, Sala Primera
                        Tipo
                        primary_judicial_full_body
                        Tipo de evidencia
                        primary_judicial_full_body
                        Localizador
                        §§1–93 y dispositivo; §§48–82 originalidad,83–92 infracción
                        Verificación documentada

                        Fuentes de la ficha

                        Alcance de la confianza documental

                        Alta para texto XI.170 y distinciones de objetos/depósitos; condicionada para aplicación a IA concreta y vigencia exhaustiva de últimas semanas, sin holding nacional IA localizado.

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