Países / Suecia
Derecho de autor e inteligencia artificial en Suecia
Sólo atribuir derecho de autor tras identificar persona, objeto expresivo, elecciones libres y creativas concretas reflejadas y evidencia trazable. Delimitar el residuo decidido por el modelo; probar después titularidad, coautoría y cesiones. Evaluar separadamente los elementos de productor§46, fotografía§49a y base§49, sin convertirlos en autoría.
Investigación abierta. Corte general del Atlas: 31 de agosto de 2026. Cobertura no significa revisión completa ni vigencia certificada.
Explorar Suecia en el mapa →Marco y alcance
El rótulo general parcial resume sólo la posible protección de expresión humana original, separable o determinante, dentro de un proceso asistido; NO nace del derecho conexo del productor. La creación autónoma cuya expresión decide el modelo no tiene autor bajo §1 leído con el estándar europeo. No se encontró ficción de computer-generated works ni atribución por arreglos necesarios. El uso de herramientas no excluye la creación humana, pero prompt, selección o iteración no otorgan por sí solos todo el resultado. §46 sobre grabaciones, §49 sobre bases y §49a sobre imágenes fotográficas son capas distintas. Su posible aplicación a fijaciones sintéticas exige objeto, productor, inversión y nexo probados; no modifica autonomous:no. Suecia no cuenta con registro estatal constitutivo o declarativo de obras autorales. STIM, depósito legal, ISBN, inscripción de diseños y registro de huérfanas cumplen funciones diferentes.
Limitaciones documentadas
No se localizó fallo nacional que constate generación efectiva mediante IA y resuelva autoría de ese output. Penhaligon’s2024 sólo recoge una alegación; ocultación u omisión de IA y sentencias no publicadas limitan la búsqueda. No se verificó eventual recurso/decisión ulterior ni certificado de firmeza de PMT3854-18, B2404-20 y B10527-18; sus propias sentencias permitían recurso. No se localizó al corte la resolución nacional de retorno en PMT13496-22 tras TJUE2025-12-04. La remisión2023 no es una sentencia de fondo ni la respuesta europea una sentencia sueca. No se obtuvo un certificado separado de firmeza de la rama autoral2024 de Penhaligon’s; la apelación2025 no la revisó. No hay acto individual público verificado de STIM aceptando/rechazando obra con GenAI declarado; los expedientes de usuarios y auditorías internas pueden no ser públicos. La aplicación de §46 a grabación totalmente sintética y de §49a a imagen generada sin proceso fotográfico no tiene decisión sueca localizada; no extender mecánicamente derechos de fijación a toda salida. Cuatro referencias antiguas de HD se conservan como reported_national_cases, no criterios: falta lectura del original y fecha exacta verificada de esas decisiones. La saturación del canon es pública y enfocada, no una afirmación de haber leído toda la historia del derecho de autor sueco. La sentencia de AD2011 adopta el razonamiento inferior; se leyó ese pasaje, pero anexos confidenciales y restantes extremos inferiores no se presentan como prueba disponible. SFS2026:1120 está promulgada pero no opera hasta2026-09-01; el presente análisis no anticipa su vigencia. Las versiones históricas del estándar de doble creación, impresión global y amplitud deben leerse con la posterior interpretación europea; ningún fallo nacional antiguo desplaza Mio2025.
Registro y actos documentados
- Estado
- no_registry
- Resumen
- Sin registro estatal de obras autorales. PRV orienta; STIM administra repertorio declarado; KB e ISBN preservan o identifican publicaciones. Se investigaron separadamente actos nominales GenAI: no se localizó concesión o negativa pública elegible, sin inferir inexistencia de decisiones privadas.
- Actos documentados
Casos nacionales
C More Entertainment AB contra LS
- Nombre
- C More Entertainment AB contra LS
- Cita
- NJA 2015 s. 1097 — B 3510-11
- Tribunal
- Högsta domstolen
- Instancia
- última instancia
- Fechas
- Decisión
- 2015-12-29
- Estado
- resuelto-ultima-instancia-ordinaria
- Resultado
- El HD mantuvo el rechazo de la pretensión autoral y los 7.500 SEK de resarcimiento; redujo la sanción a 30 días-multa de 150 SEK por el tiempo transcurrido. El Estado asumió la defensa en HD por 207.262 SEK. La disidencia habría reconocido originalidad y mantenido 50 días-multa, pero se adhirió a la solución de daños y costas una vez vencida.
- Resumen
- La mayoría negó originalidad autoral del conjunto y de los elementos invocados: las decisiones estaban principalmente determinadas por lo ocurrido en el partido. La condena por las repeticiones protegidas conforme al §46 permaneció porque LS no la recurrió. No se declaró que toda transmisión deportiva carezca de originalidad.
- Antecedentes
- En otoño de 2007 Canal+ ofrecía partidos de hockey por 89 SEK, con registro, pago y enlace a la transmisión. LS administraba un sitio de aficionados a Södertälje y copió enlaces aportados en su chat para los partidos Djurgården–Södertälje de 2007-10-20 y Södertälje–Modo de 2007-11-01. La producción utilizaba cuatro cámaras, tres operadores, comentarista y productor de imagen, además de estadísticas, gráficos, repeticiones y elementos de transición. C More reclamó originalidad del conjunto y de partes de las emisiones; no había IA generativa ni se discutía la creación del partido como obra.
- Historia procesal
- Hudiksvalls tingsrätt condenó por infracción de los §§1 y 46 a 70 días-multa y 11.780 SEK. Hovrätten för Nedre Norrland, 2011-06-20, B 1309-10, descartó obra del §1 y mantuvo los derechos sobre repeticiones del §46: 50 días-multa y 7.500 SEK. Sólo C More recurrió al HD, reclamando además reconocimiento autoral, una sanción mayor y 60.000 SEK (alternativamente 24.450). El HD remitió cinco preguntas al TJUE el 2013-05-15; tras Svensson retiró cuatro el 2014-10-14. La respuesta de 2015-03-26, C-279/13, sobre comunicación y derechos conexos es autoridad europea separada, no otra sentencia sueca.
- Cuestión jurídica
- ¿Las elecciones de realización de estas emisiones expresaban creación intelectual propia protegida por el §1, además del derecho de grabación del §46 ya reconocido? ¿Qué sanción e indemnización correspondían dentro del alcance del recurso?
- Criterio
- La mayoría negó originalidad autoral del conjunto y de los elementos invocados: las decisiones estaban principalmente determinadas por lo ocurrido en el partido. La condena por las repeticiones protegidas conforme al §46 permaneció porque LS no la recurrió. No se declaró que toda transmisión deportiva carezca de originalidad.
- Fundamento decisivo
- El HD aplicó el estándar europeo de elecciones libres y creativas y examinó la expresión efectivamente producida, no sólo organización, destreza o inversión. Las opciones limitadas de cámara, comentarios y presentación, en estas pruebas, no imprimieron la individualidad exigida. El criterio sueco de doble creación independiente es una ayuda, no una definición autónoma suficiente. La separación entre §1 y §46 permite que una fijación sea protegida sin convertir en obra el contenido. La afirmación particularmente tajante sobre productos puramente técnicos sin aporte intelectual humano aparece en el voto disidente, no debe atribuirse como ratio literal de la mayoría.
- Límites
- Analogía humana, no GenAI ni concesión de un resultado autónomo. El §46 subsistía por la delimitación del recurso, no por un examen nuevo de una grabación sintética. No trasladar al autoral las consideraciones de Mattsson sobre inversión o necesidad de reforma de §48. El estándar debe leerse con la posterior doctrina europea Mio de 2025: ni una multiplicidad de opciones ni su ausencia de restricciones basta para probar creatividad.
- Relevancia
- doctrina-general
- Referencias relacionadas
- Peso del precedente
- Alta autoridad orientadora del máximo tribunal ordinario nacional; la interpretación armonizada queda sometida al TJUE. Decisión de última instancia ordinaria en los puntos recurridos; no se invoca certificado separado de firmeza. Integración/votación: Mayoría 3–2 sobre originalidad: Ella Nyström (ponente), Ingemar Persson y Dag Mattsson. Disidencia de Marianne Lundius y Göran Lambertz. Mattsson emitió además una opinión complementaria de tres páginas.
- Fuente
- Referencia
- C More Entertainment AB contra LS
- Enlace
- Consultar fuente
- Autoridad
- Högsta domstolen
- Tipo
- resolución judicial nacional
- Tipo de evidencia
- primary_full_decision
- Método de comprobación
- Lectura íntegra del PDF oficial de 18 páginas, incluidas disidencia y adición; comparación de parte dispositiva con fundamentos. No sólo ficha o sumario.
- Fecha de comprobación
- 2026-08-30
- Localizador
- pp.1–4 (pretensiones y antecedentes); §§17–25 (originalidad y límite del recurso), §§26–32 (resultado); pp.12–15 (disidencia), pp.16–18 (adición).
- Verificación documentada
- Sí
AA contra Skatteverket — Morgonpasset i P3
- Nombre
- AA contra Skatteverket — Morgonpasset i P3
- Cita
- HFD 2020 ref. 30 — 1508-19
- Tribunal
- Högsta förvaltningsdomstolen
- Instancia
- última instancia administrativa
- Fechas
- Decisión
- 2020-06-05
- Estado
- resuelto-ultima-instancia-administrativa
- Resultado
- Estimó el recurso y revocó las decisiones de instancias y autoridad en los extremos impugnados, dejando sin efecto la regularización al 25% y el recargo ligado a ella. Reconoció 6% a toda la prestación; no concedió un registro ni indemnización por infracción.
- Resumen
- Los segmentos preparados eran obras originales y también podían serlo ciertas intervenciones espontáneas. La reproducción puramente mecánica de información no lo es. La prestación económica era única e indivisible y su componente principal, cualitativamente, consistía en la cesión de derechos; por ello se aplicó 6% al conjunto.
- Antecedentes
- AA contrató en mayo de 2014 con Sveriges Radio para participar en Morgonpasset i P3. Cada emisión duraba unas tres horas y media e incluía al menos tres segmentos propios de tres a seis minutos: elegía temas en consulta con el productor, escribía y presentaba, además de conversar espontáneamente y participar en preparación. No seleccionaba la música. El contrato cedía a la emisora los derechos sobre sus aportaciones. Aplicó IVA del 6%; la autoridad exigió 25% y recargo.
- Historia procesal
- Skatteverket regularizó IVA. Förvaltningsrätten i Malmö desestimó la impugnación de la tasa pero ajustó el recargo; Kammarrätten i Göteborg confirmó el 2019-01-09, expediente 2340-18. AA recurrió al HFD pidiendo 6% para todo el servicio o al menos para la cesión autoral y anulación del recargo. La resolución íntegra identifica contrato, alegaciones, prueba y decisiones inferiores.
- Cuestión jurídica
- ¿La prestación de la locutora era una cesión de derechos sobre obras con tasa reducida, o un servicio general gravado al 25%, y debía dividirse fiscalmente?
- Criterio
- Los segmentos preparados eran obras originales y también podían serlo ciertas intervenciones espontáneas. La reproducción puramente mecánica de información no lo es. La prestación económica era única e indivisible y su componente principal, cualitativamente, consistía en la cesión de derechos; por ello se aplicó 6% al conjunto.
- Fundamento decisivo
- El tribunal vinculó verkshöjd con creación intelectual propia y rechazó reducir el análisis a minutos de emisión o al rótulo contractual. AA aportaba elaboración personal de temas y textos que el cliente buscaba para producir el programa; esa finalidad cualitativa predominaba frente a tareas no creativas. La distinción entre segmentos originales y tareas ordinarias fue analítica: NO terminó en dividir la base imponible por fragmentos.
- Límites
- Asunto fiscal sobre una locutora humana y la antigua ley de IVA de 1994, no regla de tributación actual ni caso GenAI. No presume que toda improvisación o todo trabajo de presentador sea obra. La preferencia fiscal por una prestación única no autoriza atribuir el archivo híbrido entero a un usuario de IA.
- Relevancia
- doctrina-general
- Referencias relacionadas
- Peso del precedente
- Máxima autoridad nacional administrativa en materia tributaria; sus consideraciones de originalidad aportan analogía nacional importante, pero no sustituyen el examen civil ni la interpretación europea. Integración/votación: Helena Jäderblom, Margit Knutsson, Mahmut Baran, Leif Gäverth y Malin Bonthron; la publicación no contiene voto discrepante. Secretaria ponente Ann Linders.
- Fuente
- Referencia
- AA contra Skatteverket — Morgonpasset i P3
- Enlace
- Consultar fuente
- Autoridad
- Högsta förvaltningsdomstolen
- Tipo
- resolución judicial nacional
- Tipo de evidencia
- primary_full_decision
- Método de comprobación
- Lectura íntegra del PDF oficial de 10 páginas, incluida parte dispositiva, no sólo referat.
- Fecha de comprobación
- 2026-08-30
- Localizador
- p.1 (dispositivo); §§1–15 (contrato, procedimiento y posiciones); §§19–28 (obra); §§29–31 (prestación única y predominio cualitativo).
- Verificación documentada
- Sí
Star Trading i Svenljunga AB contra Smak Design Stockholm AB — Elflugan
- Nombre
- Star Trading i Svenljunga AB contra Smak Design Stockholm AB — Elflugan
- Cita
- PMÖD 2019:19 — PMT 3854-18
- Tribunal
- Svea hovrätt, Patent- och marknadsöverdomstolen
- Instancia
- apelación
- Fechas
- Decisión
- 2019-06-28
- Estado
- apelacion-permitida-sin-firmeza-verificada
- Resultado
- Modificó la prohibición: multa coercitiva de 1.000.000 SEK para Trix 19L, Trix 19L plastic B/O timer y Strix 15 blanco/negro según la identificación dispositiva; excluyó Trix 19L metálico y los colores no probados. La prohibición operaba aun antes de firmeza. Redujo costas de primera instancia a 605.607 SEK y concedió 273.819 SEK en apelación, más intereses. El millón es coerción futura, NO daños concedidos.
- Resumen
- M.L.C. y K.S. eran coautoras; la ayuda exclusivamente técnica no confería coautoría. La cadena de derechos legitimaba a Smak. Elflugan como combinación concreta era obra original aunque varios componentes pertenecieran al repertorio común. Tres variantes infringían; el modelo metálico Trix 19L no, y no se probó infracción de colores de Strix 15 distintos de blanco y negro.
- Antecedentes
- M.L.C. y K.S. concibieron Elflugan, luminaria decorativa comercializada desde 1997, formada por delgadas varillas a distintas alturas y 19 luces, con simetría y equilibrio particulares. Otros colaboradores resolvieron cuestiones técnicas. Smak invocó licencia exclusiva mundial de 2008 y una cadena societaria de derechos que incluía titulares anteriores y una fusión de 2009. Star Trading comercializó cuatro modelos Trix/Strix y opuso diseños previos, incluidas Halo Candolier y una instalación hotelera CASA, además de falta de autoría y legitimación.
- Historia procesal
- El tribunal de primera instancia dictó medida provisional el 2016-12-05 y sentencia el 2018-03-29, PMT 14823-16: prohibición sobre cuatro modelos bajo multa coercitiva de un millón SEK y costas de 1.211.214 SEK. Star Trading recurrió. PMÖD reprodujo testimonios, recibió prueba complementaria y examinó físicamente las luminarias; admitió la circunstancia de fusión sobre legitimación. La sentencia permitió recurso al HD hasta 2019-07-26. La búsqueda posterior no localizó resolución ulterior; no se presume que nadie recurrió.
- Cuestión jurídica
- ¿Quiénes realizaron los aportes autorales; estaba Smak legitimada; era original la combinación Elflugan; cuáles de los modelos reproducían su expresión protegida?
- Criterio
- M.L.C. y K.S. eran coautoras; la ayuda exclusivamente técnica no confería coautoría. La cadena de derechos legitimaba a Smak. Elflugan como combinación concreta era obra original aunque varios componentes pertenecieran al repertorio común. Tres variantes infringían; el modelo metálico Trix 19L no, y no se probó infracción de colores de Strix 15 distintos de blanco y negro.
- Fundamento decisivo
- Las elecciones de proporciones, disposición, balance y forma se examinaron en el proceso y en la expresión resultante. El tribunal separó contribución creativa de solución técnica y transmisión posterior del derecho. Su análisis de similitud atendió a la combinación protegida, no a monopolizar toda idea de lámpara con varillas. La pretensión alternativa de competencia desleal sobre el modelo metálico fracasó por falta de prueba de conocimiento por el público. Los pasajes históricos sobre doble creación, novedad y amplitud deben actualizarse con Mio 2025.
- Límites
- Caso de diseño humano ordinario, no GenAI ni registro. La autoría no surgió de una licencia o fusión. No utilizar la impresión general o grado de originalidad como test actual decisivo de infracción tras Mio 2025. No hay evidencia de firmeza procesal posterior.
- Relevancia
- doctrina-general
- Referencias relacionadas
- Peso del precedente
- Autoridad especializada nacional de apelación, orientadora y subordinada a HD/TJUE. Recurso ulterior expresamente permitido; estado terminal no comprobado. Integración/votación: Ulrika Ihrfelt, Göran Söderström, Anna Sundström (ponente) y Carl Johan Sundqvist; no se publica disidencia.
- Fuente
- Referencia
- Star Trading i Svenljunga AB contra Smak Design Stockholm AB — Elflugan
- Enlace
- Consultar fuente
- Autoridad
- Svea hovrätt, Patent- och marknadsöverdomstolen
- Tipo
- resolución judicial nacional
- Tipo de evidencia
- primary_full_decision
- Método de comprobación
- Lectura completa de las 27 páginas de la decisión de apelación en el PDF oficial de 71 páginas con anexos. Se leyó también el dispositivo inferior; no se afirma lectura íntegra de todos los anexos ni se retiene la sentencia inferior como criterio independiente.
- Fecha de comprobación
- 2026-08-30
- Localizador
- Sentencia de apelación pp.1–2 (dispositivo), 5–10 (autoría y título), 10–19 (originalidad y alcance), 19–24 (pretensión alternativa), 25–27 (costas y recurso); anexo A p.1 (fallo inferior).
- Verificación documentada
- Sí
RD contra fiscal y MO — Söders Hjältar
- Nombre
- RD contra fiscal y MO — Söders Hjältar
- Cita
- PMÖD 2020:29 — B 2404-20
- Tribunal
- Svea hovrätt, Patent- och marknadsöverdomstolen
- Instancia
- apelación
- Fechas
- Decisión
- 2020-12-30
- Estado
- apelacion-permitida-sin-firmeza-verificada
- Resultado
- Fijó 50 días-multa y 4.500 SEK de remuneración razonable (nueve películas a 1.000 SEK, mitad correspondiente a MO al faltar otra prueba de reparto). Rechazó 50.000 SEK adicionales por falta de prueba del perjuicio. Defensa en apelación por 21.060 SEK a cargo del Estado y mantenimiento de la obligación de reembolso inferior según el dispositivo.
- Resumen
- Los nueve cortos eran obras con coautoría de RD y MO; los aportes literarios o creativos en preparación y realización pueden generar coautoría. Producir, poseer equipo o concentrar derechos contractuales no convierte por sí solo en autor exclusivo. RD carecía de autorización para el nuevo uso y actuó con negligencia grave, no con intención probada.
- Antecedentes
- RD, MO y colaboradores hicieron por afición nueve cortos satíricos en otoño de 2015 para Idiothem en YouTube. RD intervenía en guiones, dirección e improvisación; MO en guion, dirección, fotografía, sonido, música y montaje; ambos figuraban acreditados como guionistas/directores. RD reeditó, quitó créditos y publicó los cortos en Svenska Narrativ y un sitio asociado desde 2016-02-04/05 hasta 2019-04-01. MO se opuso a ese canal. Su permiso para reutilizar un personaje en proyectos nuevos no comprendía las películas anteriores.
- Historia procesal
- La primera instancia, 2020-01-29, B 14945-16, condenó a RD. Éste recurrió buscando absolución y revocación de daños; MO recurrió reclamando intención, finalidad lucrativa/política y 233.000 SEK (183.000 por licencia y 50.000 adicionales). PMÖD resolvió sin nueva audiencia con las grabaciones inferiores y prueba documental; admitió mensajes de Facebook y rechazó un protocolo policial y un planteamiento tardío sobre pérdida de ingresos. El recurso al HD era posible hasta 2021-01-27; no se verificó resolución ulterior.
- Cuestión jurídica
- ¿Era MO coautor pese a las aportaciones de RD y a su actividad de productor; autorizó el nuevo uso; qué responsabilidad y reparación procedían?
- Criterio
- Los nueve cortos eran obras con coautoría de RD y MO; los aportes literarios o creativos en preparación y realización pueden generar coautoría. Producir, poseer equipo o concentrar derechos contractuales no convierte por sí solo en autor exclusivo. RD carecía de autorización para el nuevo uso y actuó con negligencia grave, no con intención probada.
- Fundamento decisivo
- El tribunal valoró créditos conforme a §7, testimonios y tareas creativas concretas; el §6 permitió reclamación de un coautor. La presunción contractual sobre filmación de §39 y los derechos de un productor se separaron de creación originaria. La amistad y diálogos ambiguos no otorgaban licencia ilimitada. No hubo infracción adicional de atribución porque MO no deseaba aparecer vinculado al canal; tampoco se probaron las finalidades lucrativa y política agravantes. La alegación tardía de derechos de intérprete no convirtió la conducta en un acto adicional probado.
- Límites
- Analogía humana audiovisual, no GenAI, no concesión estatal. No toda idea, improvisación o asistencia técnica constituye aporte autoral. No inferir propiedad originaria de contenidos por producir, publicar o contratar. Sin certificado de firmeza posterior.
- Relevancia
- doctrina-general
- Referencias relacionadas
- Peso del precedente
- Autoridad penal especializada de apelación sobre autoría, licencia y prueba; el cauce ordinario de recurso fue permitido. Aplicación sujeta al estándar europeo de originalidad. Integración/votación: Ulrika Beergrehn, Ulrika Ihrfelt (ponente) y Magnus Ulriksson; no consta voto discrepante en la publicación.
- Fuente
- Referencia
- RD contra fiscal y MO — Söders Hjältar
- Enlace
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- Autoridad
- Svea hovrätt, Patent- och marknadsöverdomstolen
- Tipo
- resolución judicial nacional
- Tipo de evidencia
- primary_full_decision
- Método de comprobación
- Lectura íntegra de las 23 páginas de apelación y del análisis autoral inferior expresamente asumido; PDF oficial de 60 páginas con anexos. No se presenta como íntegramente leído todo el expediente de primera instancia.
- Fecha de comprobación
- 2026-08-30
- Localizador
- Apelación pp.1–6 (procedimiento), 7–10 (autoría y presunciones), 11–17 (licencia y culpabilidad), 17–23 (sanción, daños y recurso); anexo inferior pp.13–17 (aportaciones creativas).
- Verificación documentada
- Sí
Fixtures Marketing Ltd contra AB Svenska Spel
- Nombre
- Fixtures Marketing Ltd contra AB Svenska Spel
- Cita
- T 2106-01 — NJA 2005 s. 924
- Tribunal
- Högsta domstolen
- Instancia
- última instancia
- Fechas
- Decisión
- 2005-12-28
- Estado
- resuelto-ultima-instancia-ordinaria
- Resultado
- Confirmó la desestimación de la demanda. Fixtures debía pagar 2.266.989 SEK de costas del HD, incluidos 1.800.000 SEK de honorarios y los componentes e intereses indicados en el fallo; la duplicación innecesaria de trabajo profesional se moderó.
- Resumen
- No se acreditó inversión sustancial independiente en obtener, verificar o presentar contenidos preexistentes. La inversión en crear los propios datos no cuenta por sí sola. El HD dejó abierta la compatibilidad de la alternativa literal sueca de 'gran número de datos' con la Directiva; aun suponiendo esa cobertura, el uso probado no alcanzaba los umbrales de extracción.
- Antecedentes
- Fixtures reclamó protección de calendarios de fútbol inglés y escocés utilizados por Svenska Spel en Stryktipset, Måltipset y Oddset. Invocó aproximadamente 11,5 millones de libras de administración anual y 32.000 libras pagadas a Sema en 1998/99. La prueba mostraba que el esfuerzo principal se destinaba a decidir y crear los emparejamientos, no a obtener datos preexistentes para una base.
- Historia procesal
- Svenska Spel había vencido en instancias; la apelación fue Svea hovrätt, 2001-05-03, T 3504-00. El HD remitió cuestión el 2002-09-10 (NJA 2002 s.398). El TJUE respondió el 2004-11-09, C-338/02, y el HD dictó la aplicación nacional final. La remisión y la sentencia europea se identifican como antecedentes, no dos nuevas decisiones nacionales de fondo.
- Cuestión jurídica
- ¿La inversión en producir calendarios satisfacía la protección de base de datos del §49; existía extracción de parte sustancial o acumulativamente equivalente?
- Criterio
- No se acreditó inversión sustancial independiente en obtener, verificar o presentar contenidos preexistentes. La inversión en crear los propios datos no cuenta por sí sola. El HD dejó abierta la compatibilidad de la alternativa literal sueca de 'gran número de datos' con la Directiva; aun suponiendo esa cobertura, el uso probado no alcanzaba los umbrales de extracción.
- Fundamento decisivo
- El derecho sui generis promueve almacenamiento y tratamiento de información existente, no la actividad de decidir los partidos que genera los datos. Deben desagregarse ambos costes. El número reducido de partidos utilizado y la ausencia de acumulación reconstructiva también impedían estimar la pretensión por la vía alternativa. No convirtió el coste empresarial global en inversión jurídicamente cualificada.
- Límites
- Derecho de base de datos, NO autoría del contenido, no entrenamiento GenAI ni invención. No sostiene que toda base de datos carezca de derechos o que la rama sueca de muchos datos sea inválida: esa cuestión se dejó abierta. Una recopilación de outputs exige separar coste de generación de inversión posterior en contenidos existentes.
- Relevancia
- doctrina-general
- Referencias relacionadas
- Peso del precedente
- Aplicación nacional de máxima autoridad a la interpretación vinculante del TJUE; decisión de última instancia ordinaria. Sujeto a evolución europea sobre bases. Integración/votación: Regner, Blomstrand, Pripp, Lundius (ponente) y Skarhed; no se publica disidencia.
- Fuente
- Referencia
- Fixtures Marketing Ltd contra AB Svenska Spel
- Enlace
- Consultar fuente
- Autoridad
- Högsta domstolen
- Tipo
- resolución judicial nacional
- Tipo de evidencia
- primary_full_decision
- Método de comprobación
- Lectura íntegra del PDF oficial de ocho páginas; delimitación expresa de la cuestión que el tribunal no resolvió.
- Fecha de comprobación
- 2026-08-30
- Localizador
- pp.1–2 (dispositivo y recurso), 3–5 (inversión), 5–6 (alternativa muchos datos y extracción), 7–8 (costas e integración).
- Verificación documentada
- Sí
ETP contra fiscal y MP — fotografía de teléfono en blog
- Nombre
- ETP contra fiscal y MP — fotografía de teléfono en blog
- Cita
- B 10527-18
- Tribunal
- Svea hovrätt, Patent- och marknadsöverdomstolen
- Instancia
- apelación
- Fechas
- Decisión
- 2019-10-25
- Estado
- apelacion-permitida-sin-firmeza-verificada
- Resultado
- Confirmó 40 días-multa de 60 SEK, 2.000 SEK de resarcimiento y la aportación al fondo. Reconoció 34.500 SEK de defensa de apelación con reembolso por ETP de 3.450 SEK según el fallo.
- Resumen
- Confirmó la infracción de §49a. La supuesta sublicencia no quedó demostrada y la excepción informativa fallaba por falta de mención de fuente cuando no se probó imposibilidad. El análisis inferior de falta de originalidad NO fue un holding nuevo de la apelación, porque se retiró esa cuestión.
- Antecedentes
- MP tomó con iPhone en febrero de 2017 una fotografía espontánea, no preparada ni editada, de una mujer abrazando a un joven refugiado en una cocina. La publicó en Instagram. ETP la reprodujo de 2017-04-01 a 2018-04-09 en su blog, identificado como P.s blogg, en una entrada crítica titulada 'Jag står inte ut'. Ese título no es el nombre del blog ni el del grupo de Facebook 'Vi står inte ut' del que dijo que posiblemente había tomado la foto. La circulación por Facebook y las licencias de las plataformas se discutieron; no se acreditó la publicación en Facebook por MP que ETP invocaba. Retiró la imagen después de ser notificado de la sospecha de delito.
- Historia procesal
- La primera instancia, 2018-10-12, B 11629-18, negó originalidad del §1 pero reconoció §49a y condenó a 40 días-multa de 60 SEK y 2.000 SEK (1.000 por uso y 1.000 adicionales), más 800 SEK al fondo de víctimas. En apelación fiscal y MP abandonaron expresamente §1; ETP no discutió la condición de MP como fotógrafo ni §49a. PMÖD examinó licencia, excepción informativa, atribución y culpa. Permitió recurso hasta 2019-11-22; no se verificó una resolución posterior.
- Cuestión jurídica
- Dada la protección fotográfica no autoral admitida, ¿las condiciones de Instagram/Facebook, la información de actualidad o la libertad de expresión autorizaban su reproducción en el blog?
- Criterio
- Confirmó la infracción de §49a. La supuesta sublicencia no quedó demostrada y la excepción informativa fallaba por falta de mención de fuente cuando no se probó imposibilidad. El análisis inferior de falta de originalidad NO fue un holding nuevo de la apelación, porque se retiró esa cuestión.
- Fundamento decisivo
- La protección de una imagen fotográfica tiene objeto y umbral distintos de una obra del §1. Aceptar condiciones de red social no prueba autorización general para terceros. El bloguero experimentado, con alcance importante, debía comprobar permisos y atribución; se apreció negligencia grave. La libertad de expresión no eliminó las condiciones legales de la excepción.
- Límites
- Es fotografía óptica real, no imagen sintética. No resuelve si una salida text-to-image procede de un proceso comparable al fotográfico. No generalizar que toda imagen espontánea carezca de originalidad; esa apreciación inferior concreta no fue revisada. No confundir §49a con autoría ni con registro.
- Relevancia
- doctrina-general
- Referencias relacionadas
- Peso del precedente
- Autoridad nacional especializada de apelación sobre derechos fotográficos y excepciones, con originalidad inferior asumida fuera del objeto del recurso; firmeza posterior no comprobada. Integración/votación: Peter Strömberg, Annika Malm (ponente) y Adrian Engman; no consta disidencia.
- Fuente
- Referencia
- ETP contra fiscal y MP — fotografía de teléfono en blog
- Enlace
- Consultar fuente
- Autoridad
- Svea hovrätt, Patent- och marknadsöverdomstolen
- Tipo
- resolución judicial nacional
- Tipo de evidencia
- primary_full_decision
- Método de comprobación
- Lectura completa de las 12 páginas de apelación y de pp.1–4 de la decisión inferior en PDF oficial de 27 páginas; no se afirma que la apelación decidió nuevamente originalidad.
- Fecha de comprobación
- 2026-08-30
- Localizador
- Apelación pp.1–5 (dispositivo, objeto y abandono de §1), pp.6–12 (licencia, excepción, culpa y recurso); anexo A pp.1–4 (fotografía, originalidad y condena inferior).
- Verificación documentada
- Sí
Pergo (Europe) AB contra Välinge Innovation AB — dibujo técnico
- Nombre
- Pergo (Europe) AB contra Välinge Innovation AB — dibujo técnico
- Cita
- NJA 2004 s.149 — T 218-02
- Tribunal
- Högsta domstolen
- Instancia
- última instancia
- Fechas
- Decisión
- 2004-04-02
- Estado
- resuelto-cuestion-declarativa-costas-devueltas
- Resultado
- Revocó la decisión recurrida y declaró que no existía el derecho del §1 sobre el dibujo aisladamente considerado. Dispuso que las costas de HD se resolvieran con la continuación del litigio; no adjudicó daños por infracción en esta resolución.
- Resumen
- El dibujo no alcanzaba el grado de individualidad necesario para ser obra descriptiva del §1. Ni el valor de la idea técnica ni la improbabilidad de repetir exactamente el proceso bastaban.
- Antecedentes
- Välinge incluyó en una solicitud PCT de 1994-04-29, publicada 1994-11-24, un dibujo de dos vistas de una tabla de suelo rectangular, con líneas y numeración descriptiva. No existía todavía un producto físico idéntico. Alegó que dibujo e idea se habían desarrollado conjuntamente y que sus numerosas alternativas de trazado hacían prácticamente imposible una segunda creación igual. Pergo discutió únicamente la protección del dibujo como representación literaria descriptiva.
- Historia procesal
- Tras la sentencia de Hovrätten över Skåne och Blekinge de 2001-12-07, T 309-99, Pergo acudió al HD. La controversia resuelta era la declaración sobre el dibujo concreto, no la validez de una patente ni el conjunto del documento de solicitud. La cuestión de costas ante HD se remitió a la instancia de continuación.
- Cuestión jurídica
- ¿Un dibujo técnico simple obtiene protección autoral por la actividad intelectual de elaborar la idea y por el gran número de alternativas posibles de realización?
- Criterio
- El dibujo no alcanzaba el grado de individualidad necesario para ser obra descriptiva del §1. Ni el valor de la idea técnica ni la improbabilidad de repetir exactamente el proceso bastaban.
- Fundamento decisivo
- Las ideas, descubrimientos y soluciones científicas no se protegen como expresión autoral por el esfuerzo invertido. La descripción gráfica simple carecía de rasgos individualizadores suficientes. El criterio de doble creación es auxiliar: que el mismo creador pudiera dibujar una versión distinta no acredita originalidad de la expresión reivindicada. El tribunal distinguió expresamente dibujo literario descriptivo de arte y del contenido global de la solicitud.
- Límites
- Analogía autoral nacional; la solicitud PCT es contexto documental, no un caso de inventores de IA ni DABUS. Doctrina anterior a Infopaq, conservable como antecedente de idea/expresión y prueba, pero no como umbral sueco autónomo superior al europeo actual.
- Relevancia
- doctrina-general
- Referencias relacionadas
- Peso del precedente
- Alta autoridad del máximo tribunal ordinario sobre la cuestión declarativa; no acredita terminación de todo litigio ni liquidación de costas. Integración/votación: Lennander, Regner, Victor (ponente), Lindeblad y Wersäll; la publicación no contiene voto discrepante.
- Fuente
- Referencia
- Pergo (Europe) AB contra Välinge Innovation AB — dibujo técnico
- Enlace
- Consultar fuente
- Autoridad
- Högsta domstolen
- Tipo
- resolución judicial nacional
- Tipo de evidencia
- primary_full_decision
- Método de comprobación
- Lectura íntegra del PDF judicial oficial de ocho páginas.
- Fecha de comprobación
- 2026-08-30
- Localizador
- pp.1–2 (procedimiento y dispositivo), pp.3–7 (objeto, idea/expresión y doble creación), p.8 (integración).
- Verificación documentada
- Sí
Mag Instrument Inc contra IKEA Svenska Försäljnings AB — Mini Maglite
- Nombre
- Mag Instrument Inc contra IKEA Svenska Försäljnings AB — Mini Maglite
- Cita
- NJA 2009 s.159 — T 1421-07
- Tribunal
- Högsta domstolen
- Instancia
- última instancia
- Fechas
- Decisión
- 2009-04-09
- Estado
- resuelto-originalidad-con-reenvio-sin-decision-infraccion
- Resultado
- Declaró protegida la linterna; otorgó admisión a las cuestiones restantes y devolvió el caso para continuación en la apelación, manteniendo las disposiciones de confidencialidad. No fijó infracción, indemnización ni costes finales; reservó las costas de HD a la continuación.
- Resumen
- Mini Maglite tenía originalidad suficiente y era obra. La miniaturización como idea no se monopoliza, pero la configuración individual del conjunto podía protegerse. El HD NO resolvió en esta sentencia si IKEA infringía.
- Antecedentes
- A.M. diseñó en la década de 1980 una linterna Mini Maglite para pilas AA: elementos funcionales comunes como reflector, cilindro, tapa y superficie de agarre se combinaron en una forma delgada de transiciones específicas. Mag Instrument alegó infracción por las linternas de IKEA; la discusión de originalidad comparó diseños anteriores y las limitaciones de función, fabricación y tamaño.
- Historia procesal
- La apelación de Hovrätten över Skåne och Blekinge de 2007-02-16, T 916-05, había negado protección. Mag Instrument pidió restablecer el fallo favorable inferior. El HD inicialmente admitió sólo la cuestión de si Mini Maglite era obra, dejando las restantes pendientes. Tras resolver positivamente esa cuestión amplió la admisión, anuló lo pertinente y devolvió a la apelación.
- Cuestión jurídica
- ¿La combinación y forma particular de una linterna utilitaria, compuesta por elementos conocidos y condicionada por su función, podía constituir obra de arte aplicado?
- Criterio
- Mini Maglite tenía originalidad suficiente y era obra. La miniaturización como idea no se monopoliza, pero la configuración individual del conjunto podía protegerse. El HD NO resolvió en esta sentencia si IKEA infringía.
- Fundamento decisivo
- Las restricciones funcionales y componentes comunes no impiden toda aportación individual. El tribunal identificó expresión concreta en proporciones, integración entre cabeza y cuerpo y transiciones del diseño. Describió el caso como fronterizo y el ámbito como estrecho; ese vocabulario histórico debe leerse hoy bajo la regla armonizada europea y la aclaración Mio 2025 que no hace depender la protección de un grado de originalidad.
- Límites
- Diseño humano, no GenAI. Fecha anterior a Infopaq de julio de 2009. No aplicar como norma vigente diferenciaciones históricas de umbral para arte aplicado ni una escala de protección según creatividad en conflicto con Cofemel/Mio. La decisión de subsistencia no equivale a victoria final sobre infracción.
- Relevancia
- doctrina-general
- Referencias relacionadas
- Peso del precedente
- Precedente de HD de gran peso histórico nacional; su alcance actual está condicionado por la evolución interpretativa del TJUE. Reenvío, no firmeza de todo el fondo. Integración/votación: Johan Munck, Torgny Håstad, Ella Nyström, Kerstin Calissendorff y Gudmund Toijer (ponente); no se publica disidencia.
- Fuente
- Referencia
- Mag Instrument Inc contra IKEA Svenska Försäljnings AB — Mini Maglite
- Enlace
- Consultar fuente
- Autoridad
- Högsta domstolen
- Tipo
- resolución judicial nacional
- Tipo de evidencia
- primary_full_decision
- Método de comprobación
- Lectura íntegra del PDF oficial de 13 páginas; se separó declaración de originalidad de infracción pendiente.
- Fecha de comprobación
- 2026-08-30
- Localizador
- pp.1–3 (dispositivo, admisión y remisión), pp.4–12 (marco y rasgos funcionales/creativos), p.13 (conclusión e integración).
- Verificación documentada
- Sí
JL contra MA — Svenska syndabockar
- Nombre
- JL contra MA — Svenska syndabockar
- Cita
- NJA 2017 s.75 — T 1963-15
- Tribunal
- Högsta domstolen
- Instancia
- última instancia
- Fechas
- Decisión
- 2017-02-21
- Estado
- resuelto-ultima-instancia-ordinaria
- Resultado
- Confirmó la desestimación de las pretensiones de JL y le impuso 1.654 SEK de costas ante el HD. No otorgó licencia ni registro de obra.
- Resumen
- La pintura en su conjunto era una obra nueva e independiente. No bastaba convertir una fotografía a óleo: el retrato por sí solo era un caso fronterizo; lo decisivo fue la configuración total distinta.
- Antecedentes
- El fotógrafo JL siguió durante días a CP, conocido por la investigación sobre el asesinato de Olof Palme, y produjo un retrato ampliamente difundido. MA utilizó el retrato como referencia de una pintura al óleo, Svenska syndabockar, que incorporó a CP en un paisaje árido con una cabra y distintivo azul/amarillo. La pintura se exhibió en Moderna Museet en 2006 y se difundió en web y carteles. JL no había autorizado el uso.
- Historia procesal
- Solna tingsrätt, 2014-06-13, otorgó 17.800 de los 20.800 SEK reclamados. Svea hovrätt, 2015-03-17, FT 6377-14, revocó al considerar que existía obra nueva e independiente. JL recurrió al HD. El referat oficial permite reconstruir las instancias, pero el criterio retenido es la resolución final del HD, no tres casos distintos.
- Cuestión jurídica
- ¿La pintura era adaptación dependiente de la fotografía bajo §4.1 o una obra nueva e independiente bajo §4.2?
- Criterio
- La pintura en su conjunto era una obra nueva e independiente. No bastaba convertir una fotografía a óleo: el retrato por sí solo era un caso fronterizo; lo decisivo fue la configuración total distinta.
- Fundamento decisivo
- Se contrastaron la individualidad de la fotografía y la expresión añadida por el pintor. La paleta apagada, paisaje, cabra y composición daban una significación alegórica de chivos expiatorios que dominaba el conjunto. §4.2 requiere que el nuevo producto satisfaga §1; no es una excepción general que permita copiar cualquier obra añadiendo un mensaje.
- Límites
- Transformación humana al óleo, no output de IA. No es el fair use estadounidense ni autorización general para cambio de estilo, filtros o recontextualización. Tras Mio 2025 debe comprobarse si se incorporan de forma reconocible elementos creativos protegidos, no confiar sólo en una impresión o significado global diferente.
- Relevancia
- doctrina-general
- Referencias relacionadas
- Peso del precedente
- Alta autoridad nacional del máximo tribunal ordinario, con aplicación actual compatible con la interpretación europea de reproducción y originalidad. Integración/votación: Stefan Lindskog, Ann-Christine Lindeblad, Johnny Herre, Dag Mattsson (ponente) y Mari Heidenborg; no se publica disidencia.
- Fuente
- Referencia
- JL contra MA — Svenska syndabockar
- Enlace
- Consultar fuente
- Autoridad
- Högsta domstolen
- Tipo
- resolución judicial nacional
- Tipo de evidencia
- primary_full_decision
- Método de comprobación
- Lectura íntegra del fallo oficial de siete páginas y contraste de antecedentes en el referat oficial de Sveriges Domstolar.
- Fecha de comprobación
- 2026-08-30
- Localizador
- PDF pp.1–3 (dispositivo y antecedentes), §§5–15 (adaptación/obra independiente), §§16–19 (aplicación al retrato y conjunto). Referat oficial: historia de primera instancia y apelación.
- Verificación documentada
- Sí
- Fuente de contraste
- Consultar fuente
Daniel Wellington AB contra Ur & Penn AB
- Nombre
- Daniel Wellington AB contra Ur & Penn AB
- Cita
- PMÖD 2019:9 — PMT 5885-18
- Tribunal
- Svea hovrätt, Patent- och marknadsöverdomstolen
- Instancia
- apelación
- Fechas
- Decisión
- 2019-03-22
- Estado
- resuelto-no-recurrible-segun-fallo
- Resultado
- Revocó: prohibición bajo multa coercitiva de 500.000 SEK; destrucción de existencias infractoras a cargo de Ur & Penn; publicidad del fallo durante cuatro semanas en Facebook o Instagram por hasta 50.000 SEK. Declaró derecho a remuneración razonable y reparación del daño al prestigio, SIN cuantificar esos daños; rechazó el lucro cesante. Costas de 633.579 SEK en primera instancia y 950.774 SEK en apelación, con intereses.
- Resumen
- F.T. era creador y había cedido los derechos. El conjunto era original por elecciones libres y creativas acreditadas y se podía identificar objetivamente. Las siete versiones William Gregor infringían: eran casi idénticas y la defensa de desarrollo independiente no quedó acreditada.
- Antecedentes
- F.T. diseñó el reloj Daniel Wellington comercializado desde abril de 2011, combinando caja ancha y delgada, cristal plano, esfera, agujas y correa NATO con una presilla de nylon. Ur & Penn vendió relojes William Gregor desde 2015/2016 y alegó desarrollo independiente desde el proyecto CAD Axcent Vintage y uso de componentes comunes. Se reclamó el conjunto caja/correa en siete colores, no cada componente aisladamente. Hubo testimonio del diseñador y de un experto relojero y examen de piezas reales.
- Historia procesal
- Primera instancia, 2018-05-18, PMT 4678-17, desestimó la demanda por falta de protección y decidió costas. Daniel Wellington recurrió. PMÖD revisó las grabaciones de la prueba y practicó inspección de relojes; parte de la nueva prueba solicitada fue inadmitida. La decisión final dice expresamente que no admite recurso al HD conforme a la regla general de la ley 2016:188.
- Cuestión jurídica
- ¿La selección y combinación de componentes conocidos constituía creación intelectual propia y expresión identificable; se probó transmisión a la sociedad, copia y remedios?
- Criterio
- F.T. era creador y había cedido los derechos. El conjunto era original por elecciones libres y creativas acreditadas y se podía identificar objetivamente. Las siete versiones William Gregor infringían: eran casi idénticas y la defensa de desarrollo independiente no quedó acreditada.
- Fundamento decisivo
- El testimonio detalló decisiones de tamaño, proporciones, color de esfera/bisel, agujas y adaptación de la caja a la correa. La inspección confirmó su expresión en el objeto. El repertorio común no excluye una combinación original; tampoco se deduce creatividad de cualquier elección. La cronología, semejanza y testimonio del propio diseñador de la demandada desmentían el origen independiente. El tribunal diferenció remuneración por uso, perjuicio a reputación y lucro cesante no probado.
- Límites
- Analogía humana, no diseño producido por IA ni grant estatal. Los importes coercitivos y de publicidad no son una indemnización liquidada. Los pasajes de impresión general y amplitud se deben releer con Mio 2025; hoy la incorporación reconocible de elementos creativos es el criterio de infracción, no el mero parecido global.
- Relevancia
- doctrina-general
- Referencias relacionadas
- Peso del precedente
- Autoridad especializada nacional de apelación; no recurrible al HD por declaración expresa del fallo. No se afirma existencia de certificado registral o resultado de eventual vía extraordinaria. Integración/votación: Ulrika Beergrehn, Eva Edwardsson (ponente), Annika Malm y Carl Johan Sundqvist; no consta disidencia.
- Fuente
- Referencia
- Daniel Wellington AB contra Ur & Penn AB
- Enlace
- Consultar fuente
- Autoridad
- Svea hovrätt, Patent- och marknadsöverdomstolen
- Tipo
- resolución judicial nacional
- Tipo de evidencia
- primary_full_decision
- Método de comprobación
- Lectura íntegra de las 23 páginas de apelación y del dispositivo inferior en el PDF oficial con anexos; no sólo la noticia judicial.
- Fecha de comprobación
- 2026-08-30
- Localizador
- Apelación pp.1–4 (dispositivo/proceso), 5–10 (autoría y originalidad), 11–13 (copia), 14–20 (remedios), 21–23 (costas/no recurso/coram); anexo A p.1 (fallo inferior).
- Verificación documentada
- Sí
LN contra Capgemini Sverige AB
- Nombre
- LN contra Capgemini Sverige AB
- Cita
- AD 2011 nr 11 — B 7/10
- Tribunal
- Arbetsdomstolen
- Instancia
- última instancia laboral
- Fechas
- Decisión
- 2011-02-16
- Estado
- resuelto-ultima-instancia-laboral
- Resultado
- Revocó la condena de 500.000 SEK y desestimó la pretensión contra LN. Capgemini debía pagarle 1.082.521 SEK de costas inferiores y 380.123 SEK de apelación más intereses. Mantuvo confidencialidad de anexos; una infracción reconocida no produjo daños concedidos en este caso.
- Resumen
- Asumió el análisis inferior: SAP Processverktyg era obra y también catálogo; Rapport Affärsmöjligheter tenía §49, no autoría reclamada en apelación. El envío de archivos era reproducción no amparada por §11a, aunque no distribución al público. Pese a ello no se acreditó daño económico o tarifa razonable, ni se pidió adecuadamente daño no patrimonial: no cabía la suma general.
- Antecedentes
- LN era consultor de Capgemini desde mayo de 2005 y se incorporó a un competidor tras renunciar en junio de 2006. Durante la relación remitió por correo documentos internos SAP Processverktyg y Rapport Affärsmöjligheter a personas externas; también se discutieron un documento de bonus, información financiera y labores para el competidor. El primer documento reunía conocimientos y procesos elaborados; el informe de oportunidades contenía 120 entradas con diez subapartados. Se aportó análisis de ordenador, correspondencia y testigos.
- Historia procesal
- Lunds tingsrätt, 2010-01-14, T 4003-06, impuso 500.000 SEK como suma general por infracción de derechos, secretos y contrato. Ambas partes recurrieron; AD inadmitió el recurso de la empresa por no solicitar cambio en un extremo desfavorable y admitió el de LN sobre indemnización y costas. Celebró audiencia, reprodujo testimonios y examinó documentos; la empresa retiró algunas imputaciones, incluida protección autoral del informe de oportunidades.
- Cuestión jurídica
- ¿Existían obra y derecho de catálogo, hubo reproducción ilícita y podía concederse una suma global sin prueba de daño económico ni pretensión específica de daño no patrimonial?
- Criterio
- Asumió el análisis inferior: SAP Processverktyg era obra y también catálogo; Rapport Affärsmöjligheter tenía §49, no autoría reclamada en apelación. El envío de archivos era reproducción no amparada por §11a, aunque no distribución al público. Pese a ello no se acreditó daño económico o tarifa razonable, ni se pidió adecuadamente daño no patrimonial: no cabía la suma general.
- Fundamento decisivo
- La originalidad de SAP se apoyó en la prueba del trabajo intelectual individual, especialmente el testigo P.W.; el simple texto de bonus no tenía forma literaria elaborada probada. Se separaron derechos de obra, catálogo, secreto y contrato. Infracción y remedio son elementos distintos: las reglas de estimación no suplen la falta de prueba disponible ni permiten convertir de oficio un pedido económico en daño general. El razonamiento propio de AD se centra en remedios y adopta expresamente los fundamentos inferiores de subsistencia.
- Límites
- Documentos humanos y catálogos empresariales, NO una decisión sobre autoría de código generado ni sobre todo documento de SAP. Aplicó legislación de secretos de 1990 y §54 anterior a 2009; no darla como reparación vigente. Su ratio de §49 es anterior a Football Dataco y se precisa mediante AD2015nr39. Las partes confidenciales no están publicadas y no se presumen leídas.
- Relevancia
- doctrina-general
- Referencias relacionadas
- Peso del precedente
- Máximo tribunal laboral nacional en el ámbito de su competencia; analogía sobre prueba y separación de capas, no decisión GenAI ni criterio general de titularidad automática del empleador. Integración/votación: Carina Gunnarsson, Lars Johan Eklund, Berndt Molin, Lars-Erik Tour, Marianne Hörding, Håkan Pettersson y Gunilla Runnquist. Publicación expresa: unánime.
- Fuente
- Referencia
- LN contra Capgemini Sverige AB
- Enlace
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- Autoridad
- Arbetsdomstolen
- Tipo
- resolución judicial nacional
- Tipo de evidencia
- primary_full_decision
- Método de comprobación
- Lectura completa de la sentencia de AD publicada en pp.1–10 y de la sección de originalidad inferior expresamente adoptada pp.30–31, además de antecedentes pp.11–12. No se afirma lectura de anexos confidenciales ni de todas las pretensiones inferiores excluidas del recurso.
- Fecha de comprobación
- 2026-08-30
- Localizador
- pp.2–4 (proceso y subsistencia asumida), pp.5–10 (daño, resultado/coram); transcripción inferior pp.11–12 (hechos), pp.30–31 (originalidad, catálogo y reproducción).
- Verificación documentada
- Sí
EVRY Business Applications AB contra MK y Xperitus AB
- Nombre
- EVRY Business Applications AB contra MK y Xperitus AB
- Cita
- AD 2015 nr 39 — B 126/14
- Tribunal
- Arbetsdomstolen
- Instancia
- última instancia laboral
- Fechas
- Decisión
- 2015-06-17
- Estado
- resuelto-ultima-instancia-laboral
- Resultado
- Mantuvo los 50.000 SEK y modificó la prohibición a multa coercitiva de 200.000 SEK sobre la base o partes sustanciales. Desestimó las pretensiones contra Xperitus y de secretos; Evry debía pagar a Xperitus 337.902 SEK de costas de AD, con intereses. Entre Evry y MK cada parte asumió sus costes. Mantuvo confidencialidad de extractos.
- Resumen
- La estructura convencional de la base no expresaba creatividad personal y no era obra de §1. Sí existía inversión sustancial en obtener, verificar o presentar información preexistente: §49. MK había reproducido parte sustancial; no se probó actuación por cuenta de Xperitus ni uso/divulgación constitutivos de la infracción de secretos invocada.
- Antecedentes
- MK, directivo de Evry, renunció el 2012-06-14 y comenzó en Xperitus el 2012-09-15. Antes de salir exportó datos de clientes a Excel y Access en su Dropbox; los archivos aparecieron en su ordenador y servidores. La base, creada en 2008 sobre Oracle CRM on Demand, tenía unas 200 cuentas y aproximadamente 20.000 entradas, organizadas en Account, Contact, Opportunity y Lead. Vendedores obtenían información de clientes y dedicaban tiempo periódico a registrarla. No se probó que Xperitus la utilizara.
- Historia procesal
- Evry demandó el 2012-11-08; ese día obtuvo medidas provisionales e inspección, ejecutada desde 2012-11-09 hasta cierre de actuaciones el 2012-12-13. Jönköpings tingsrätt, 2013-10-10, T 3676-12, condenó a MK por §49 a 50.000 SEK y prohibición bajo 500.000 SEK, rechazando secretos e imputación a Xperitus. Evry apeló y MK interpuso recurso adhesivo. AD celebró audiencia con la misma prueba y revisó obra, inversión, extracción y responsabilidad.
- Cuestión jurídica
- ¿Personalizar módulos de un CRM convertía la base en obra original; tenía protección sui generis independiente y qué extracción/responsabilidad se acreditó?
- Criterio
- La estructura convencional de la base no expresaba creatividad personal y no era obra de §1. Sí existía inversión sustancial en obtener, verificar o presentar información preexistente: §49. MK había reproducido parte sustancial; no se probó actuación por cuenta de Xperitus ni uso/divulgación constitutivos de la infracción de secretos invocada.
- Fundamento decisivo
- Aplicó Football Dataco: la originalidad de base reside en selección/disposición, no en el programa que la gestiona ni en los datos. Las adaptaciones de CRM eran convencionales. La prueba de recopilación y mantenimiento de información existente satisfizo inversión, sin confundirla con crear los datos. AD dejó abierta la compatibilidad de la rama sueca 'muchos datos' porque el supuesto cumplía la rama europea. El alcance de la prohibición se restringió a partes sustanciales.
- Límites
- Base de clientes y actividad humana, no reconocimiento de autoría de datos automáticos ni entrenamiento. §49 no atribuye derechos sobre cada dato. El régimen de secretos aplicado era el de 1990 y no se ofrece como ley actual. La publicación contiene una discrepancia junio/julio al narrar la conversión de Access; no se usa esa discrepancia para alterar el holding ni se inventa un hecho preciso.
- Relevancia
- doctrina-general
- Referencias relacionadas
- Peso del precedente
- Última instancia laboral nacional; aplicación importante y posterior a Football Dataco que separa §1 y §49. Subordinada a interpretación armonizada europea. Integración/votación: Jonas Malmberg, Ulla Erlandsson, Christer Måhl, Claes Frankhammar, Håkan Torngren, Håkan Löfgren y Annette Carnhede. Publicación expresa: unánime.
- Fuente
- Referencia
- EVRY Business Applications AB contra MK y Xperitus AB
- Enlace
- Consultar fuente
- Autoridad
- Arbetsdomstolen
- Tipo
- resolución judicial nacional
- Tipo de evidencia
- primary_full_decision
- Método de comprobación
- Lectura íntegra de la sentencia de AD de pp.1–12 y del dispositivo inferior p.42; no se afirma acceso a los extractos confidenciales ni lectura íntegra de todo el anexo de instancia.
- Fecha de comprobación
- 2026-08-30
- Localizador
- pp.2–4 (hechos/procedimiento), pp.4–6 (§1), pp.6–8 (§49), pp.8–12 (responsabilidad/remedios/coram); transcripción inferior p.42 (50.000 SEK mantenidos).
- Verificación documentada
- Sí
Penhaligon’s Limited contra IZ y Pana Dora Sweden AB — The Tragedy of Lord George
- Nombre
- Penhaligon’s Limited contra IZ y Pana Dora Sweden AB — The Tragedy of Lord George
- Cita
- PMT 1396-23 y PMT 1428-23
- Tribunal
- Stockholms tingsrätt, Patent- och marknadsdomstolen
- Instancia
- primera instancia
- Fechas
- Decisión
- 2024-04-25
- Estado
- autoria-resuelta-en-primera-instancia-no-revisada-en-apelacion
- Resultado
- Rechazó todas las pretensiones; Penhaligon’s debía pagar 510.761 SEK a IZ y 954.100 SEK a Pana Dora por costas, con intereses. No concedió derechos de autor ni denegó una solicitud registral. La apelación de 2025 mantuvo el resultado en DISEÑO, no emitió un nuevo pronunciamiento autoral.
- Resumen
- El objeto físico era identificable, pero no se probó originalidad a partir del proceso ni de la forma concreta. Además, como fundamento independiente, no se probó una cadena que atribuyera derechos autorales a Penhaligon’s. La inscripción del diseño y la venta del perfume no demostraban esa titularidad. No existe holding de que una obra GenAI probada haya sido denegada por ser de IA.
- Antecedentes
- Penhaligon’s reclamó un frasco de perfume con tapón de cabeza de ciervo, de su colección Portraits, diseñado según su alegación en 2015 y comercializado en 2016. Invocó diseño comunitario 002825463 (solicitud 2015-10-16; publicación 2016-09-21) y, subsidiariamente, derecho de autor. IZ/Pana Dora comercializaban otros perfumes con tapón animal; IZ aportó comunicaciones con fabricante chino de 2018 y referencias de ciervos. Para su proceso creativo Penhaligon’s presentó un documento de concepto con personajes, relaciones, perfumes y collage, pero no identificó al creador, bocetos, instrucciones concretas, testimonios o explicación del diseño del ciervo. Los demandados alegaron que incluso podría haberse creado con IA: el tribunal NO constató uso real de IA.
- Historia procesal
- Dos procedimientos de 2023 se resolvieron conjuntamente el 2024-04-25. Se reclamaron prohibiciones, retirada/destrucción y remuneraciones millonarias por diseño y subsidiariamente autoría. El fallo rechazó ambos fundamentos. Penhaligon’s apeló: PMT 7290-24, 2025-11-27, examinó EXCLUSIVAMENTE diseño comunitario y costas, confirmó la desestimación y no permitió recurso ulterior. El razonamiento autoral de primera instancia no fue revisado en esa apelación. No se obtuvo certificado independiente de firmeza de la rama autoral.
- Cuestión jurídica
- ¿Se probaron originalidad y titularidad del derecho de autor sobre el frasco cuando la demandante presentó sólo un concepto comercial, sin conectar a un creador con elecciones concretas, frente a la objeción de posible creación mediante IA?
- Criterio
- El objeto físico era identificable, pero no se probó originalidad a partir del proceso ni de la forma concreta. Además, como fundamento independiente, no se probó una cadena que atribuyera derechos autorales a Penhaligon’s. La inscripción del diseño y la venta del perfume no demostraban esa titularidad. No existe holding de que una obra GenAI probada haya sido denegada por ser de IA.
- Fundamento decisivo
- El tribunal exigió prueba de elecciones libres y creativas expresadas en el objeto; efecto decorativo, acervo anterior distinto o referencias comerciales no bastaron. En p.44 registró la objeción de que podía haberse usado IA y la ausencia de explicación verificable del creador/proceso. Las presunciones de anonimato y representación de §§7 y 44 no subsanan la incertidumbre sobre si existe obra. En p.45 añadió la falta de prueba de cesión: ser sociedad británica integrada en un grupo español no explica quién creó ni cómo transfirió derechos.
- Límites
- Caso nacional de prueba de originalidad con alegación de IA NO demostrada, no caso directo de output autónomo ni de prompting valorado. La fecha de un diseño registrado no certifica autoría. No trasladar la firmeza de la apelación de diseño a una supuesta doctrina autoral de PMÖD. No se publican herramientas, modelos, prompts o prueba de generación efectiva.
- Relevancia
- doctrina-general
- Referencias relacionadas
- Peso del precedente
- Sentencia de primera instancia especializada, peso persuasivo inferior a PMÖD/HD. No hay confirmación autoral de apelación. Es relevante como doctrina general probatoria, no como precedente de exclusión categórica de GenAI. Integración/votación: Peter Adamsson, Anna Enbert y Henric Gustafsson; la sentencia no publica voto discrepante.
- Fuente
- Referencia
- Penhaligon’s Limited contra IZ y Pana Dora Sweden AB — The Tragedy of Lord George
- Enlace
- Consultar fuente
- Autoridad
- Stockholms tingsrätt, Patent- och marknadsdomstolen
- Tipo
- resolución judicial nacional
- Tipo de evidencia
- primary_full_decision
- Método de comprobación
- Lectura íntegra de las 48 páginas de la sentencia2024 publicada como anexo A del PDF oficial de apelación; lectura íntegra también de las 10 páginas de apelación2025 para delimitar qué se revisó. Las imágenes anexas no se usan como evaluación estética propia.
- Fecha de comprobación
- 2026-08-30
- Localizador
- Anexo A, sentencia2024: pp.1–4 (dispositivo/partes), pp.5–28 (hechos y alegaciones), pp.39–45 (autoría, p.44 alegación IA, p.45 legitimación), p.48 (coram). PDF físico pp.11–58. Apelación2025 pp.3–4 y10: objeto sólo diseño y no recurso.
- Verificación documentada
- Sí
Procedimientos conocidos
Mio AB, Mio e-handel AB y Mio Försäljning AB contra Galleri Mikael & Thomas Asplund AB
- Nombre
- Mio AB, Mio e-handel AB y Mio Försäljning AB contra Galleri Mikael & Thomas Asplund AB
- Cita
- PMT 13496-22 — resolución de remisión
- Tribunal
- Svea hovrätt, Patent- och marknadsöverdomstolen
- Instancia
- apelación
- Fechas
- Decisión
- 2023-09-20
- deliberation
- 2023-09-12
- Estado
- remision-prejudicial-no-sentencia-final-de-fondo
- Resultado
- Remisión conforme al art.267 TFUE y suspensión de PMT13496-22. La orden no era recurrible. No otorgó daños ni nueva injunction de fondo ni concedió un registro. El estado nacional posterior al fallo europeo no se da por resuelto sin localizar la decisión de retorno.
- Resumen
- La resolución nacional no decidió definitivamente originalidad ni infracción: estimó necesaria la interpretación prejudicial y suspendió el litigio. Sus alternativas interpretativas son preguntas, no doctrinas de fondo definitivamente adoptadas.
- Antecedentes
- Asplund sostuvo que las mesas Cord comercializadas por las sociedades Mio reproducían su serie Palais Royal. Mio objetó que forma y combinación obedecían a función, fabricación, formas comunes y tendencias, e invocó creación independiente. Se discutían elecciones creativas, resultado visible, antecedentes de diseño y alcance de protección de artes aplicadas, sin IA generativa.
- Historia procesal
- Asplund demandó en octubre de 2021 y obtuvo protección e injunction en primera instancia el 2022-10-19, PMT 16606-21. Mio apeló. PMÖD invitó a las partes el 2023-05-25 a pronunciarse sobre cuestiones prejudiciales. El protocolo de deliberación está fechado2023-09-12, pero el dispositivo ordena su emisión el2023-09-20, fecha que confirma la ficha oficial. Remitió cuatro preguntas y suspendió. El TJUE resolvió C-580/23 acumulado con C-795/23 el2025-12-04; esa sentencia pertenece a la capa europea, no es fallo nacional. No se localizó sentencia sueca posterior de retorno al corte.
- Cuestión jurídica
- ¿Cómo se prueban las elecciones creativas en arte aplicado; qué valor tienen proceso/intención, forma final, antecedentes, doble creación y grado de originalidad; cómo se aprecia reproducción protegida?
- Criterio
- La resolución nacional no decidió definitivamente originalidad ni infracción: estimó necesaria la interpretación prejudicial y suspendió el litigio. Sus alternativas interpretativas son preguntas, no doctrinas de fondo definitivamente adoptadas.
- Fundamento decisivo
- PMÖD explicitó tensiones entre pruebas del proceso y rasgos visibles, la protección de diseños y autoral, y el uso tradicional sueco de originalidad/impresión general. Consideró no aclarado cómo aplicar la doctrina europea al caso y sometió cuatro preguntas al TJUE. El resultado europeo2025 ahora controla la aplicación: creatividad debe expresarse e identificarse en la forma, no se presume por libre elección, y copia depende de elementos creativos reconocibles.
- Límites
- Acto procesal nacional, no fallo final ni caso GenAI. No presentar dudas del tribunal como ratio vigente. Separar fecha de deliberación12Sep de decisión20Sep. La sentencia TJUE de2025 pertenece a autoridad supranacional común, no incrementa el conteo de casos suecos.
- Relevancia
- procedimiento-pendiente
- Referencias relacionadas
- Peso del precedente
- Orden especializada de remisión no recurrible, relevante para reconstruir el canon y la incertidumbre histórica; no tiene el peso de un holding final sobre las mesas. Las respuestas del TJUE son vinculantes en la interpretación armonizada. Integración/votación: Ulrika Ihrfelt, Kerstin Norman y Mattias Pleiner (ponente); presentadora Clara Baumann. No consta voto discrepante.
- Fuente
- Referencia
- Mio AB, Mio e-handel AB y Mio Försäljning AB contra Galleri Mikael & Thomas Asplund AB
- Enlace
- Consultar fuente
- Autoridad
- Svea hovrätt, Patent- och marknadsöverdomstolen
- Tipo
- resolución judicial nacional
- Tipo de evidencia
- primary_full_decision
- Método de comprobación
- Lectura íntegra del protocolo/orden de dos páginas y del anexo de remisión de17p, más ficha oficial para fecha exacta de decisión.
- Fecha de comprobación
- 2026-08-30
- Localizador
- Orden pp.1–2 (deliberación, decisión20Sep, suspensión y recurso); anexo de17p, §§1–17 (antecedentes), §§18–49 (incertidumbres), §50 (cuatro preguntas).
- Verificación documentada
- Sí
- Fuente de contraste
- Consultar fuente
Autoridades reportadas
NJA1994s.74
- Nombre
- NJA1994s.74
- Cita
- NJA1994s.74
- Tribunal
- Högsta domstolen
- Fechas
- Referencias relacionadas
- Estado
- reporte-no-validado-como-resolucion
- Antecedentes
- Referencia de jurisprudencia anterior observada en fallos oficiales posteriores, no fuente íntegra independiente examinada.
- Historia procesal
- No reconstruido con decisión originaria; no se presume firmeza ni itinerario.
- Criterio reportado
- No se formula un holding autónomo a partir de la sola cita.
- Límites
- Antecedente histórico citado sobre combinación de elementos y alcance en MiniMaglite, DW, Elflugan y Mio; no se ha leído en esta pasada un fallo primario completo de1994.
- Fuente
- Enlace
- Consultar fuente
- Localizador
- Referencias de precedentes en fundamentos de la resolución posterior; fuente no equivalente al texto íntegro del caso citado.
- Verificación documentada
- No
- Tipo de evidencia
- primary_later_citation_only
NJA1995s.164
- Nombre
- NJA1995s.164
- Cita
- NJA1995s.164
- Tribunal
- Högsta domstolen
- Fechas
- Referencias relacionadas
- Estado
- reporte-no-validado-como-resolucion
- Antecedentes
- Referencia de jurisprudencia anterior observada en fallos oficiales posteriores, no fuente íntegra independiente examinada.
- Historia procesal
- No reconstruido con decisión originaria; no se presume firmeza ni itinerario.
- Criterio reportado
- No se formula un holding autónomo a partir de la sola cita.
- Límites
- Antecedente histórico de arte aplicado citado en el canon; no se certifican fecha exacta, coram, hechos ni resultado propios sin el original.
- Fuente
- Enlace
- Consultar fuente
- Localizador
- Referencias de precedentes en fundamentos de la resolución posterior; fuente no equivalente al texto íntegro del caso citado.
- Verificación documentada
- No
- Tipo de evidencia
- primary_later_citation_only
NJA1998s.563
- Nombre
- NJA1998s.563
- Cita
- NJA1998s.563
- Tribunal
- Högsta domstolen
- Fechas
- Referencias relacionadas
- Estado
- reporte-no-validado-como-resolucion
- Antecedentes
- Referencia de jurisprudencia anterior observada en fallos oficiales posteriores, no fuente íntegra independiente examinada.
- Historia procesal
- No reconstruido con decisión originaria; no se presume firmeza ni itinerario.
- Criterio reportado
- No se formula un holding autónomo a partir de la sola cita.
- Límites
- Referencia histórica sobre protección y alcance, observada en MiniMaglite yPergo. La sola cita posterior no permite reconstruir hechos, fecha exacta o holding íntegro; no se retiene como criterio.
- Fuente
- Enlace
- Consultar fuente
- Localizador
- Referencias de precedentes en fundamentos de la resolución posterior; fuente no equivalente al texto íntegro del caso citado.
- Verificación documentada
- No
- Tipo de evidencia
- primary_later_citation_only
NJA2002s.178
- Nombre
- NJA2002s.178
- Cita
- NJA2002s.178
- Tribunal
- Högsta domstolen
- Fechas
- Referencias relacionadas
- Estado
- reporte-no-validado-como-resolucion
- Antecedentes
- Referencia de jurisprudencia anterior observada en fallos oficiales posteriores, no fuente íntegra independiente examinada.
- Historia procesal
- No reconstruido con decisión originaria; no se presume firmeza ni itinerario.
- Criterio reportado
- No se formula un holding autónomo a partir de la sola cita.
- Límites
- Citado por AD2015nr39 entre antecedentes del estándar de obra; no se reconstruye una decisión propia desde esa sola remisión.
- Fuente
- Enlace
- Consultar fuente
- Localizador
- Referencias de precedentes en fundamentos de la resolución posterior; fuente no equivalente al texto íntegro del caso citado.
- Verificación documentada
- No
- Tipo de evidencia
- primary_later_citation_only
Referencias extranjeras comparadas
No hay entradas en esta colección del Atlas. Esto no demuestra que no existan casos.
Referencias de contexto
No hay entradas en esta colección del Atlas. Esto no demuestra que no existan casos.
Doctrina supranacional
No hay entradas en esta colección del Atlas. Esto no demuestra que no existan casos.
Fuentes de la ficha
- Referencia
- Lag (1960:729) om upphovsrätt till litterära och konstnärliga verk
- Enlace
- Consultar fuente
- Autoridad
- Sveriges riksdag
- Tipo
- ley nacional vigente al corte
- Localizador
- §§1–7,9–10,27,39,40a,43–49a,60–70; versiones de §§45,46,48,49a,60,61 anteriores a2026-09-01 y notas transitorias
- Verificación documentada
- Sí
- Referencia
- SFS 2025:547
- Enlace
- Consultar fuente
- Autoridad
- Svensk författningssamling
- Tipo
- ley modificatoria nacional
- Localizador
- pp.1–3; §§48,61,62 y disposiciones transitorias1–3
- Verificación documentada
- Sí
- Referencia
- SFS 2026:1120
- Enlace
- Consultar fuente
- Autoridad
- Svensk författningssamling
- Tipo
- ley promulgada, todavía no vigente al corte
- Localizador
- p.1 (promulgación/publicación y artículos), p.7 (vigencia y transición)
- Verificación documentada
- Sí
- Referencia
- SFS 2022:1712 y Prop.2021/22:278
- Enlace
- Consultar fuente
- Autoridad
- Svensk författningssamling
- Tipo
- implementación nacional DSM y trabajos preparatorios
- Localizador
- pp.1–2 (§§15a–15c); pp.3–6(cesión); pp.7–11(conexos y plataformas); p.13(transición)
- Verificación documentada
- Sí
- Referencia
- PRV — Upphovsrätt på AI-bilder
- Enlace
- Consultar fuente
- Autoridad
- Patent- och registreringsverket (PRV)
- Tipo
- guía oficial experta, no acto individual
- Localizador
- párrafo que comienza För att man ska kunna få upphovsrätt y tabla de preguntas sobre imagen generada/asistida
- Verificación documentada
- Sí
- Referencia
- PRV — Artificiell intelligens & immaterialrätt, tankepapper2021
- Enlace
- Consultar fuente
- Autoridad
- Patent- och registreringsverket (PRV)
- Tipo
- memorando oficial no vinculante
- Localizador
- paginación impresa pp.7–8 (§4.1, persona física), pp.11–12 (asistencia y capas de inversión)
- Verificación documentada
- Sí
- Referencia
- PRV — FAQ upphovsrätt och streaming
- Enlace
- Consultar fuente
- Autoridad
- Patent- och registreringsverket (PRV)
- Tipo
- práctica oficial sobre formalidades
- Localizador
- pregunta3: protección automática, sin notificación ni registro
- Verificación documentada
- Sí
- Referencia
- PRV — Herrelösa verk
- Enlace
- Consultar fuente
- Autoridad
- Patent- och registreringsverket (PRV)
- Tipo
- gestión oficial de obras huérfanas
- Localizador
- función de PRV e inscripción de instituciones/información en base EUIPO
- Verificación documentada
- Sí
- Referencia
- STIM — Så fungerar det med Stim och AI
- Enlace
- Consultar fuente
- Autoridad
- Svenska Tonsättares Internationella Musikbyrå (STIM)
- Tipo
- política de entidad de gestión colectiva, no estatal
- Localizador
- secciones Du som registrerar verket är ansvarig y Skapat av mänsklig hand
- Verificación documentada
- Sí
- Referencia
- STIM — Registrera verk
- Enlace
- Consultar fuente
- Autoridad
- Svenska Tonsättares Internationella Musikbyrå (STIM)
- Tipo
- formulario de repertorio
- Localizador
- p.1: declaración de autoría, originalidad, porcentajes y reglas de IA; p.2: títulos y duración
- Verificación documentada
- Sí
- Referencia
- Kungliga biblioteket — Vad är pliktleverans?
- Enlace
- Consultar fuente
- Autoridad
- Kungliga biblioteket
- Tipo
- depósito legal y bibliografía oficiales
- Localizador
- secciones Två lagar om pliktexemplar y Nationalbibliografin
- Verificación documentada
- Sí
- Referencia
- ISBN Sverige — Frågor och svar
- Enlace
- Consultar fuente
- Autoridad
- Kungliga biblioteket
- Tipo
- identificador editorial oficial
- Localizador
- preguntas Ger ISBN upphovsrättsligt eller juridiskt skydd? y depósito
- Verificación documentada
- Sí
- Referencia
- Arbetsdomstolen — Att överklaga
- Enlace
- Consultar fuente
- Autoridad
- Arbetsdomstolen
- Tipo
- régimen procesal institucional oficial
- Localizador
- apartado sobre decisiones de Arbetsdomstolen
- Verificación documentada
- Sí
- Referencia
- NJA 2015 s. 1097 — B 3510-11
- Enlace
- Consultar fuente
- Autoridad
- Högsta domstolen
- Tipo
- resolución nacional primaria; última instancia
- Localizador
- pp.1–4 (pretensiones y antecedentes); §§17–25 (originalidad y límite del recurso), §§26–32 (resultado); pp.12–15 (disidencia), pp.16–18 (adición).
- Verificación documentada
- Sí
- Referencia
- HFD 2020 ref. 30 — 1508-19
- Enlace
- Consultar fuente
- Autoridad
- Högsta förvaltningsdomstolen
- Tipo
- resolución nacional primaria; última instancia administrativa
- Localizador
- p.1 (dispositivo); §§1–15 (contrato, procedimiento y posiciones); §§19–28 (obra); §§29–31 (prestación única y predominio cualitativo).
- Verificación documentada
- Sí
- Referencia
- PMÖD 2019:19 — PMT 3854-18
- Enlace
- Consultar fuente
- Autoridad
- Svea hovrätt, Patent- och marknadsöverdomstolen
- Tipo
- resolución nacional primaria; apelación
- Localizador
- Sentencia de apelación pp.1–2 (dispositivo), 5–10 (autoría y título), 10–19 (originalidad y alcance), 19–24 (pretensión alternativa), 25–27 (costas y recurso); anexo A p.1 (fallo inferior).
- Verificación documentada
- Sí
- Referencia
- PMÖD 2020:29 — B 2404-20
- Enlace
- Consultar fuente
- Autoridad
- Svea hovrätt, Patent- och marknadsöverdomstolen
- Tipo
- resolución nacional primaria; apelación
- Localizador
- Apelación pp.1–6 (procedimiento), 7–10 (autoría y presunciones), 11–17 (licencia y culpabilidad), 17–23 (sanción, daños y recurso); anexo inferior pp.13–17 (aportaciones creativas).
- Verificación documentada
- Sí
- Referencia
- T 2106-01 — NJA 2005 s. 924
- Enlace
- Consultar fuente
- Autoridad
- Högsta domstolen
- Tipo
- resolución nacional primaria; última instancia
- Localizador
- pp.1–2 (dispositivo y recurso), 3–5 (inversión), 5–6 (alternativa muchos datos y extracción), 7–8 (costas e integración).
- Verificación documentada
- Sí
- Referencia
- B 10527-18
- Enlace
- Consultar fuente
- Autoridad
- Svea hovrätt, Patent- och marknadsöverdomstolen
- Tipo
- resolución nacional primaria; apelación
- Localizador
- Apelación pp.1–5 (dispositivo, objeto y abandono de §1), pp.6–12 (licencia, excepción, culpa y recurso); anexo A pp.1–4 (fotografía, originalidad y condena inferior).
- Verificación documentada
- Sí
- Referencia
- NJA 2004 s.149 — T 218-02
- Enlace
- Consultar fuente
- Autoridad
- Högsta domstolen
- Tipo
- resolución nacional primaria; última instancia
- Localizador
- pp.1–2 (procedimiento y dispositivo), pp.3–7 (objeto, idea/expresión y doble creación), p.8 (integración).
- Verificación documentada
- Sí
- Referencia
- NJA 2009 s.159 — T 1421-07
- Enlace
- Consultar fuente
- Autoridad
- Högsta domstolen
- Tipo
- resolución nacional primaria; última instancia
- Localizador
- pp.1–3 (dispositivo, admisión y remisión), pp.4–12 (marco y rasgos funcionales/creativos), p.13 (conclusión e integración).
- Verificación documentada
- Sí
- Referencia
- NJA 2017 s.75 — T 1963-15
- Enlace
- Consultar fuente
- Autoridad
- Högsta domstolen
- Tipo
- resolución nacional primaria; última instancia
- Localizador
- PDF pp.1–3 (dispositivo y antecedentes), §§5–15 (adaptación/obra independiente), §§16–19 (aplicación al retrato y conjunto). Referat oficial: historia de primera instancia y apelación.
- Verificación documentada
- Sí
- Referencia
- PMÖD 2019:9 — PMT 5885-18
- Enlace
- Consultar fuente
- Autoridad
- Svea hovrätt, Patent- och marknadsöverdomstolen
- Tipo
- resolución nacional primaria; apelación
- Localizador
- Apelación pp.1–4 (dispositivo/proceso), 5–10 (autoría y originalidad), 11–13 (copia), 14–20 (remedios), 21–23 (costas/no recurso/coram); anexo A p.1 (fallo inferior).
- Verificación documentada
- Sí
- Referencia
- AD 2011 nr 11 — B 7/10
- Enlace
- Consultar fuente
- Autoridad
- Arbetsdomstolen
- Tipo
- resolución nacional primaria; última instancia laboral
- Localizador
- pp.2–4 (proceso y subsistencia asumida), pp.5–10 (daño, resultado/coram); transcripción inferior pp.11–12 (hechos), pp.30–31 (originalidad, catálogo y reproducción).
- Verificación documentada
- Sí
- Referencia
- AD 2015 nr 39 — B 126/14
- Enlace
- Consultar fuente
- Autoridad
- Arbetsdomstolen
- Tipo
- resolución nacional primaria; última instancia laboral
- Localizador
- pp.2–4 (hechos/procedimiento), pp.4–6 (§1), pp.6–8 (§49), pp.8–12 (responsabilidad/remedios/coram); transcripción inferior p.42 (50.000 SEK mantenidos).
- Verificación documentada
- Sí
- Referencia
- PMT 1396-23 y PMT 1428-23
- Enlace
- Consultar fuente
- Autoridad
- Stockholms tingsrätt, Patent- och marknadsdomstolen
- Tipo
- resolución nacional primaria; primera instancia
- Localizador
- Anexo A, sentencia2024: pp.1–4 (dispositivo/partes), pp.5–28 (hechos y alegaciones), pp.39–45 (autoría, p.44 alegación IA, p.45 legitimación), p.48 (coram). PDF físico pp.11–58. Apelación2025 pp.3–4 y10: objeto sólo diseño y no recurso.
- Verificación documentada
- Sí
- Referencia
- PMT 13496-22 — resolución de remisión
- Enlace
- Consultar fuente
- Autoridad
- Svea hovrätt, Patent- och marknadsöverdomstolen
- Tipo
- resolución nacional primaria; apelación
- Localizador
- Orden pp.1–2 (deliberación, decisión20Sep, suspensión y recurso); anexo de17p, §§1–17 (antecedentes), §§18–49 (incertidumbres), §50 (cuatro preguntas).
- Verificación documentada
- Sí
- Referencia
- TJUE — Mio / USM, C-580/23 y C-795/23, EU:C:2025:941
- Enlace
- Consultar fuente
- Autoridad
- Tribunal de Justicia de la Unión Europea
- Tipo
- autoridad supranacional común; no criterio nacional
- Localizador
- sentencia2025-12-04, §§48–58,61–82,85–92 y dispositivo
- Verificación documentada
- Sí
- Referencia
- TJUE — Infopaq
- Enlace
- Consultar fuente
- Autoridad
- Tribunal de Justicia de la Unión Europea
- Tipo
- autoridad supranacional común; no sentencia sueca
- Localizador
- §§33–39,45–48
- Verificación documentada
- Sí
- Referencia
- TJUE — Painer
- Enlace
- Consultar fuente
- Autoridad
- Tribunal de Justicia de la Unión Europea
- Tipo
- autoridad supranacional común; no sentencia sueca
- Localizador
- §§87–94
- Verificación documentada
- Sí
- Referencia
- TJUE — Cofemel
- Enlace
- Consultar fuente
- Autoridad
- Tribunal de Justicia de la Unión Europea
- Tipo
- autoridad supranacional común; no sentencia sueca
- Localizador
- §§29–35,53–55
- Verificación documentada
- Sí
- Referencia
- TJUE — Football Dataco
- Enlace
- Consultar fuente
- Autoridad
- Tribunal de Justicia de la Unión Europea
- Tipo
- autoridad supranacional común; no sentencia sueca
- Localizador
- §§37–42
- Verificación documentada
- Sí
- Referencia
- SOU2024:4 — Inskränkningarna i upphovsrätten
- Enlace
- Consultar fuente
- Autoridad
- Statens offentliga utredningar / Gobierno de Suecia
- Tipo
- informe oficial de reforma; no ley ni resolución
- Localizador
- pp.382–384, §§12.4.1–12.4.2
- Verificación documentada
- Sí
- Referencia
- PRV — Copyright, protect your game concept
- Enlace
- Consultar fuente
- Autoridad
- Patent- och registreringsverket (PRV)
- Tipo
- orientación oficial; estructura del sistema, no acto individual
- Localizador
- Encabezado Copyright, párrafo inicial: imposibilidad de registro en Suecia; Requirements: originalidad como presupuesto
- Verificación documentada
- Sí
Alcance de la confianza documental
Alta para texto vigente, requisito humano interpretado, inexistencia de ficción computer-generated localizada y ausencia de registro estatal; alta para el contenido y fechas de los catorce actos retenidos. Media-alta para aplicación a expresión asistida por falta de fallo sueco sobre una generación efectiva; media para fijación sintética §46 y baja-media para imagen totalmente sintética §49a. La ausencia de sentencia o acto individual se limita al corpus público examinado, no a todo asunto presentado.Enlaces a expedientes individuales